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Documento BOE-A-2010-16286

Orden ARM/2742/2010, de 7 de octubre, por la que se modifica la Orden ARM/2657/2009, de 17 de septiembre, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Organismo Autónomo Parques Nacionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 25 de octubre de 2010, páginas 90164 a 90168 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2010-16286
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2010/10/07/arm2742

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente. Asimismo, la disposición adicional primera de dicha norma ordena a las Administraciones Públicas responsables de ficheros aprobar la disposición de creación de los mismos o adaptar la ya existente a las previsiones de la propia ley.

Con la Orden ARM/2657/2009, de 17 de septiembre, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Organismo Autónomo Parques Nacionales, se procedió a adecuar los mismos a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, en los términos que establecen su artículo 20.2 y el artículo 54 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

La dinámica del Organismo Autónomo Parques Nacionales (OAPN) hace necesaria la creación de nuevos ficheros para atender el servicio de videovigilancia en el Centro de Lugar Nuevo y Selladores Contadero y en el Centro Montes y Aserradero de Valsaín, así como para el servicio de reservas on line de actividades reguladas en los Parques Nacionales y Centros dependientes del OAPN.

Asimismo, respecto al fichero «Expedientes de responsabilidad patrimonial» que figura inscrito en el Registro General de Protección de Datos procede su modificación al no incluirse en la disposición de creación del fichero (la citada Orden ARM/2657/2009, de 17 de septiembre) que podían tratarse datos de salud de los afectados por daños provocados por el funcionamiento normal o anormal de los servicios del OAPN.

La norma tiene por objeto dar cumplimiento al mandato legal del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y asegurar a los administrados el ejercicio de sus legítimos derechos.

En la elaboración de la presente han emitido informe la Agencia Española de Protección de Datos y la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Titularidad de los ficheros.

Los ficheros contenidos en el anexo de esta orden son titularidad del Organismo Autónomo Parques Nacionales.

Artículo 2. Régimen jurídico.

Los ficheros que se indican en el anexo se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

Artículo 3. Supresión de ficheros.

La aprobación de la presente Orden no supone la supresión de ningún fichero de datos de carecer personal, por lo que no es necesaria la aplicación de lo dispuesto en el artículo 20.3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 4. Modificación del fichero «Expedientes de responsabilidad patrimonial».

La aprobación de la presente orden supone la modificación del fichero denominado «Expedientes de responsabilidad patrimonial», regulado en la Orden ARM/2657/2009, de 17 de septiembre, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Organismo Autónomo Parques Nacionales, e inscrito en el Registro General de Protección de Datos con el código 2093090631, en lo referente a la estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo, conforme se indica en el anexo.

Artículo 5. Modificación de la Orden ARM/2657/2009, de 17 de septiembre.

El anexo de la Orden ARM/2657/2009, de 17 de septiembre, queda modificado añadiendo los tres ficheros que se relacionan en el anexo de la presente orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de octubre de 2010.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa Mangana.

ANEXO

1. Fichero: Videovigilancia en el Centro de Lugar Nuevo y Selladores Contadero.

a) Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:

Captura de imágenes de personas por motivos de seguridad, conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2006 de la Agencia Española de Protección de Datos.

Los usos que se darán del fichero son la seguridad de las personas y la vigilancia de las infraestructuras e instalaciones existentes en el Centro de Lugar Nuevo y Selladores Contadero.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Cualquier persona que visite las infraestructuras e instalaciones del Centro de Lugar Nuevo y Selladores Contadero.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Mediante dispositivos electrónicos de captura de imágenes en movimiento a través de videocámaras o webcam.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Sistema de tratamiento: Automatizado.

Imágenes de personas físicas identificables.

e) Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, transferencias de datos que se prevean a países terceros:

A disposición de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en virtud de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en caso de ser preciso para la investigación de hechos constitutivos de delito.

f) Órgano de la Administración responsable del fichero:

Centro de Lugar Nuevo y Selladores dependiente del Organismo Autónomo Parques Nacionales.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Centro de Lugar Nuevo y Selladores Contadero. C/ Camino de las Cruces, n.º 26, 1.º A, 23003 Jaén.

h) Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible:

Nivel básico.

2. Fichero: Videovigilancia en el Centro Montes y Aserradero de Valsaín.

a) Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:

Captura de imágenes de personas por motivos de seguridad, conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2006 de la Agencia Española de Protección de Datos.

Los usos que se darán del fichero son la seguridad de las personas y la vigilancia de las infraestructuras e instalaciones existentes en el Centro Montes y Aserradero de Valsaín.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Cualquier persona que visite las infraestructuras e instalaciones del Centro Montes y Aserradero de Valsaín.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Mediante dispositivos electrónicos de captura de imágenes en movimiento a través de videocámaras o webcam.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Sistema de tratamiento: Automatizado.

Imágenes de personas físicas identificables.

e) Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, transferencias de datos que se prevean a países terceros:

A disposición de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en virtud de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en caso de ser preciso para la investigación de hechos constitutivos de delito.

f) Órgano de la Administración responsable del fichero:

Centro Montes y Aserradero de Valsaín.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Centro Montes y Aserradero de Valsaín, c/ Primera, 11, La Pradera de Navalhorno, 40109 Valsaín (Segovia).

h) Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible:

Nivel básico.

3. Fichero: Servicio de Reservas on line de actividades reguladas en los Parques Nacionales y Centros dependientes del OAPN.

a) Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:

Aplicativo informático para gestionar por Internet reservas de actividades reguladas en la Red de Parques Nacionales y centros asociados al Organismo Autónomo de Parques Nacionales.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Personas físicas y representantes de personas jurídicas que soliciten su acceso y el de terceras personas al Parque Nacional o Centro que se desea visitar.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Del propio interesado o su representante legal.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Sistema de tratamiento: automatizado.

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI/NIF/Pasaporte, dirección postal y electrónica, teléfono, fax, domicilio, nacionalidad, edad.

Datos relacionados con la solicitud: Fecha y tiempo de estancia dentro del Parque o Centro, tipo de visita: acampadas, rutas a pie o en vehículo, rutas guiadas o libres, lugar que se visita.

e) Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, transferencias de datos que se prevean a países terceros:

A los Centros asociados al Organismo Autónomo de Parques Nacionales y a los Parques Nacionales a los que se refiera la reserva con la finalidad de gestionar la misma, de conformidad con lo previsto en el artículo 11.2.c) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

f) Órgano de la Administración responsable del fichero:

Organismo Autónomo Parques Nacionales.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Servicio de la Unidad de Apoyo al Director del Organismo Autónomo Parques Nacionales. C/ José Abascal 41, 28003 Madrid.

h) Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible:

Nivel básico.

4. Fichero: Expedientes de responsabilidad patrimonial

a) Modificación del apartado «Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo»:

Sistema de tratamiento: No automatizado.

Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI, dirección postal, datos de la representación que ostenta.

Datos económicos-financieros: datos bancarios, acreditación de la titularidad de los bienes dañados.

Datos especialmente protegidos: datos de salud.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 07/10/2010
  • Fecha de publicación: 25/10/2010
  • Fecha de entrada en vigor: 26/10/2010
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo de la Orden ARM/2657/2009, de 17 de septiembre (Ref. BOE-A-2009-15663).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Parques Nacionales

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