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Documento BOE-A-2010-15770

Orden EDU/2678/2010, de 9 de septiembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Instituto Valenciano de Genómica.

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 15 de octubre de 2010, páginas 87423 a 87424 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-15770

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don Joaquín Arándiga López, solicitando la inscripción de la Fundación Instituto Valenciano de Genómica en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Vicente Saus Mas y la entidad mercantil Iberdiagnosis, Sociedad Limitada, en Valencia, el 28 de julio de 2010, según consta en la escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Valencia don Alejandro Cervera Taulet, con el número 2.224 de su protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó establecido en ronda G. Marconi, 6, Parque Tecnológico, Paterna (Valencia), y su ámbito es estatal.

Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de cincuenta mil euros (50.000 euros). La dotación consistente en dinero ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación incorporados a la escritura pública de constitución figuran como fines de la Fundación los siguientes: El apoyo al desarrollo, impulso, promoción y divulgación de la investigación científica, biológica, bioquímica y médica en el ámbito del ADN, la genética, el genoma y otros modelos de estudio genéticos, aplicando diversas tecnologías en el diagnóstico e investigación biomédica.

Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente el Patronato queda constituido por Presidente: Don Javier Benítez Ortiz. Vicepresidente: Don Félix Prieto García. Secretario: Don Joaquín Arándiga López. Vocales: Don Vicente Saus Mas, doña María-Carmen Cano Revert, doña Marta Saus Cano, doña Lorena Saus Cano, don Alejandro Rubio de Prat, don José-Pascual Masó Fos, doña María Teresa Gil Borja, don Francisco-Javier Vendrell Monton, doña Sonia-Moraima Santillán Garzón, doña Victoria Fernández Pedrosa y doña Virginia de Lanzas López.

En la escritura de constitución y en documento privado con firma legitimada por notario consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.–Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden EDU/1682/2010, de 9 de junio, por la que se modifica la Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio, sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.–Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, habiéndose emitido por el Protectorado del Ministerio de Ciencia e Innovación, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.–Según la Disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Instituto Valenciano de Genómica en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Instituto Valenciano de Genómica, de ámbito estatal, con domicilio en ronda G. Marconi, 6, Parque Tecnológico, Paterna (Valencia), así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Madrid, 9 de septiembre de 2010.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/1682/2010, de 9 de junio), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, José Canal Muñoz.

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