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Documento BOE-A-2010-14878

Resolución de 22 de junio de 2010, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la actividad llevada a cabo por la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias de la Meseta Sur, SA desde su constitución en 1999 hasta el 31 de diciembre de 2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 28 de septiembre de 2010, páginas 82469 a 82512 (44 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2010-14878

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 22 de junio de 2010, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la actividad llevada a cabo por la «Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias de la Meseta Sur, S.A.» (SEIASA Meseta Sur), desde su constitución en 1999 hasta el 31 de diciembre de 2004, acuerda:

Instar al Gobierno a que por parte de SEIASA de la Meseta Sur, S.A., se adopten las medidas necesarias para:

1. Corregir en el futuro los desfases temporales de los cobros a terceros y evitar en la medida de lo posible las modificaciones de los esquemas financieros pactados en los convenios con los regantes, usuarios de las inversiones.

2. Solicitar a la UE la financiación correspondiente a todos los gastos inherentes a las inversiones.

3. Registrar adecuadamente en sus estados contables las inversiones llevadas a cabo en infraestructuras, de forma que las cuentas reflejen fielmente la situación de dichas inversiones, así como las dotaciones a su amortización y el resultado derivado de las mismas, evitando demoras innecesarias desde la finalización de las obras hasta la suscripción de los correspondientes convenios con las Comunidades de Regantes y Usuarios y ajustar la firma de los convenios de explotación de las obras realizadas con las Comunidades de Regantes, tras una adecuada puesta en marcha, al momento en que éstas se encuentren en condiciones de ser explotadas.

4. Exigir a los proyectistas de las obras que los proyectos se adapten mejor a la realidad de los terrenos en los que se vayan a realizar las inversiones para tratar de evitar las modificaciones de los contratos de las obras.

5. Adoptar las medidas necesarias para llevar a cabo en todas sus actuaciones la pertinente evaluación del impacto medioambiental y efectuar un permanente seguimiento de los efectos que para el entorno medioambiental pudieran derivarse de las mismas.

6. Aplicar, en su actividad contractual, los principios y los procedimientos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, que le sean de aplicación, exigiendo que las garantías y avales de los contratistas se adecuen a la situación de la obra contratada.

Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de junio de 2010.–La Presidenta de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, María Isabel Pozuelo Meño.–El Secretario de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, José Luis Ábalos Meco.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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