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Documento BOE-A-2010-13478

Orden EHA/2271/2010, de 26 de julio, de revocación a la entidad Ocaso, SA Compañía de Seguros y Reaseguros, de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de responsabilidad civil en vehículos aéreos.

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 27 de agosto de 2010, páginas 74674 a 74674 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2010-13478

TEXTO ORIGINAL

La entidad Ocaso, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros, ha solicitado la revocación de la autorización administrativa para operar en el ramo de Responsabilidad civil en vehículos aéreos, por falta actual de actividad en dicho ramo.

El artículo 26.1.a) del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, dispone que el Ministro de Economía y Hacienda revocará la autorización administrativa concedida a las entidades aseguradoras cuando éstas renuncien a ella expresamente.

Teniendo en cuenta lo anterior, vistos los antecedentes que constan en este centro y al amparo de lo previsto en el artículo 26.1.a) del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y del artículo 81.1.º del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, he resuelto:

Primero.–Revocar a la entidad Ocaso, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros, la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de Responsabilidad civil en vehículos aéreos.

Segundo.–Inscribir en el Registro administrativo de entidades aseguradoras el acuerdo de revocación de la autorización administrativa concedida a la entidad para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de Responsabilidad civil en vehículos aéreos.

Contra la presente Orden ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 26 de julio de 2010.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, José Manuel Campa Fernández.

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