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Documento BOE-A-2010-11791

Resolución de 14 de julio de 2010, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Anexo del Convenio de colaboración con el Gobierno de Aragón para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos rutas literarias, escuelas viajeras y rutas científicas, durante 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 23 de julio de 2010, páginas 64477 a 64480 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-11791

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y el Gobierno de Aragón han suscrito un Anexo al Convenio para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos rutas literarias, escuelas viajeras y rutas científicas, durante 2010, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicho anexo.

Madrid, 14 de julio de 2010.—La Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

Anexo al Convenio de colaboración suscrito el 3 de julio de 2009 entre el Ministerio de Educación y el Gobierno de Aragón para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos rutas literarias, escuelas viajeras y rutas científicas, durante 2010

REUNIDOS

De una parte, don Ángel Gabilondo Pujol, Ministro de Educación, en virtud del Real Decreto 556/2009, de 7 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, doña María Victoria Broto Cosculluela, Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según acuerdo adoptado en la reunión de fecha 23 de febrero de 2010.

EXPONEN

Primero.—Con fecha 3 de julio de 2009, el Ministerio de Educación y el Gobierno de Aragón suscribieron un convenio para el desarrollo de los Programas de Cooperación Territorial Rutas Literarias, Escuelas Viajeras y Rutas Científicas, en cuya cláusula octava se recogía la posibilidad de prórroga por períodos anuales sucesivos previo acuerdo de las partes, incorporando un anexo a dicho convenio.

Segundo.—De conformidad con ello, ambas partes acuerdan prorrogar dicha colaboración previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, para el desarrollo durante 2010 de los Programas de Cooperación Territorial denominados:

Rutas Literarias.

Escuelas Viajeras y

Rutas Científicas,

con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del presente anexo.—El presente anexo al Convenio de colaboración suscrito el 3 de julio de 2009, tiene por objeto actualizar los datos de participación y aportaciones en base a los que han de ejecutarse cada uno de los programas, teniendo en cuenta que todos los compromisos económicos con cargo al presupuesto 2010 recogidos en el presente anexo, están sujetos a las disponibilidades presupuestarias de las aplicaciones correspondientes.

Segunda. Programas de Cooperación Territorial incluidos en el presente anexo y financiación.—Por parte del Ministerio de Educación las aportaciones en 2010 ascenderán a un máximo de 57.122,62 euros con el desglose por programas que se indica a continuación:

1. Programa de rutas literarias.—Para el curso 2009-2010, las partes acuerdan que el Programa se desarrollará con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

1.1 Alumnado y profesorado participantes:

Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y dos profesores, procedentes de la Comunidad Autónoma de Aragón que participarán en el Programa: seis grupos.

Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y dos profesores, procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta literaria» de la Comunidad Autónoma de Aragón: seis grupos.

1.2 recursos financieros: Aportaciones para el desarrollo del programa:

A) Por parte del Ministerio de Educación:

a) Gastos del programa: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la Ruta Literaria establecida en dicha Comunidad hasta una cuantía máxima de 26.536, 86 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, libra a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta literaria» asignada, por importe de 21.513,00 euros.

El presente programa no presenta ningún contenido económico para el Ministerio de Educación con cargo al ejercicio presupuestario 2010, ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.06.324N.482 del presupuesto de 2009, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa «Rutas Literarias» durante la primavera del curso 2009-2010, por Resolución de 30 de diciembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional. El Gobierno de Aragón ingresa el importe de dicho libramiento en el presupuesto de gastos y habilita el crédito recibido en su presupuesto de 2010, de forma que les permita hacer frente a los gastos que se deriven de la actividad y transfieran las ayudas para la preparación de la actividad y desplazamiento a los centros beneficiarios de las mismas.

B) Por parte del Gobierno de Aragón.—Cofinanciación con el Ministerio de Educación de los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnos y profesores que recorran la ruta de Aragón) así como los gastos correspondientes a la contratación del personal de servicios y del profesorado acompañante y otros gastos de funcionamiento de las instalaciones.

2. Programa de Escuelas Viajeras.—Para el curso 2009-2010, las partes acuerdan que el Programa se desarrollará con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

2.1 Alumnado y profesorado participantes:

Número de grupos de 12 a 15 alumnos y un profesor procedentes de la Comunidad Autónoma de Aragón que participarán en otra ruta: 26.

Número de grupos de 12 a15 alumnos y un profesor procedente de la Comunidad Autónoma de Aragón que participarán en la actividad a resultas de vacantes en las ayudas ofertadas a otra administración educativa: uno.

Número máximo de grupos de 12 a 15 alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la ruta de la Comunidad Autónoma de Aragón: 30.

2.2 Recursos financieros:

A) Por parte del Ministerio de Educación:

a) Gastos del programa: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la ruta establecida en dicha Comunidad hasta una cuantía máxima de 36.496,62 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, librará a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquella en la que se inicie la ruta de Escuelas Viajeras asignada, por un importe de 58.080,00 euros para una posterior transferencia a los centros.

Los gastos de la ruta y las ayudas para preparación y desplazamiento no suponen coste para el Ministerio de Educación con cargo al ejercicio presupuestario 2010 ya que las cuantías citadas, se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.06.324N.482 del presupuesto 2009, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa durante 2010, por Resolución de 30 de diciembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional.

B) Por parte del Gobierno de Aragón: Cofinanciar con el Ministerio de Educación los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnos y profesores que recorran la ruta de Aragón), así como los gastos correspondientes a la contratación del personal de servicios y del profesorado acompañante y otros gastos de funcionamiento de las instalaciones.

3. Programa de Rutas Científicas.—Para el curso 2010-2011, las partes acuerdan que el Programa se desarrollará con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

Alumnado y profesorado participantes:

Número de grupos de la Comunidad Autónoma de Aragón que participarán en otra «Ruta científica»: seis.

Número de grupos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta científica» de la Comunidad Autónoma de Aragón: seis.

Recursos financieros:

A El Ministerio de Educación con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.324N.489.02 del año 2010 financiará los siguientes gastos:

a) Gastos del programa de la «Ruta científica» de la Comunidad Autónoma de Aragón para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la actividad hasta un máximo de 27.460,62 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con las convocatorias de ayudas, el Ministerio de Educación, libra al Gobierno de Aragón el total de las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta científica» asignada, para una posterior transferencia a los centros, hasta un máximo de 29.662,00 euros.

B) Por parte del Gobierno de Aragón: Cofinanciar con el Ministerio de Educación los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnos y profesores que recorran la ruta de Aragón) así como los gastos correspondientes a la contratación del personal de servicios y del profesorado acompañante y otros gastos de funcionamiento de las instalaciones.

Tercera. Ejecución de los Programas.—En la ejecución de los programas realizados en el presente anexo serán de aplicación las bases acordadas en el convenio suscrito con fecha de 3 de julio de 2009.

Cuarta. Naturaleza.—El presente anexo de colaboración será del tipo de los mencionados en el artículo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, siéndole de aplicación igualmente, en defecto de normas especiales, los principios de dicho texto legal, para resolver dudas y lagunas que pudieran producirse.

Quinta. Resolución de controversias.—Según dispone expresamente el artículo 4.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público se aplicarán los principios de dicha ley a la resolución de las dudas que pudiera plantear el cumplimiento de este anexo. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre su ejecución e interpretación, deberán solventarse con carácter previo de mutuo acuerdo entre las partes, a través del órgano de seguimiento. Si dicho Acuerdo no pudiera alcanzarse, las posibles controversias deberán ser resueltas por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Sexta. Vigencia.—El presente anexo tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2011.

Madrid, 7 de junio de 2010.—Por el Ministerio de Educación, Ángel Gabilondo Pujol.—Por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, M.ª Victoria Broto Cosculluela.

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