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Documento BOE-A-2010-10742

Resolución de 21 de junio de 2010, del Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales, por la que se publica la concesión de ayudas de carácter general y complementario para la amortización de películas cinematográficas de largometraje, en la convocatoria del año 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 6 de julio de 2010, páginas 59845 a 59850 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2010-10742

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 30 de diciembre de 2009 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de febrero de 2010) se convocaron las ayudas para la amortización de películas cinematográficas de largometraje en sus dos modalidades, general y complementaria, al amparo de lo dispuesto en la Ley 55/2007, del Cine, de 25 de diciembre; en el artículo 10 del Real Decreto 526/2002, de 14 de junio, por el que se regulan medidas de fomento y promoción de la cinematografía y la realización de películas en coproducción, y en los artículos 23 a 33 de la Orden CUL/3928/2006 que lo desarrolla, reservándose a tal fin la cantidad de 52.400.000,00 millones de euros del presupuesto de gastos del Organismo para el año 2010.

De acuerdo con lo dispuesto en las citadas disposiciones, el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) ha estudiado las solicitudes admitidas para la ayuda general y para la complementaria, comprobando para ambas modalidades la recaudación obtenida por las películas en el primer año de explotación comercial, o en su caso en los dos primeros años, de acuerdo con lo previsto en la convocatoria, el coste de cada una y la inversión del productor en las mismas, así como los conceptos, límites, restricciones y obligaciones a que se refieren el Real Decreto 526/2002 de 14 de junio, en relación con el Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, de los artículos 23 a 33 de la Orden CUL/3928/2006 y los puntos cuarto, quinto y sexto de la convocatoria.

Teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias del Instituto para este fin, vista la propuesta de la Subdirección General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual y en uso de las atribuciones conferidas por el citado Real Decreto 526/2002, de 14 de junio en relación con el Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, y el apartado octavo de la resolución de convocatoria de ayudas, por resolución de esta Dirección General de 18 de junio de 2010 se concedieron las ayudas de carácter general y complementario para la amortización de películas cinematográficas de largometraje, en la convocatoria del año en curso.

Por todo ello, y como garantía del principio de publicidad establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.—Hacer público el extracto de la Resolución de 18 de junio de 2010 por la que se conceden con cargo a la aplicación presupuestaria 24.101.470 «Fondo de protección a la cinematografía» del programa 335C «Cinematografía», del presupuesto de gastos del Organismo para el año 2010, las ayudas de carácter general y complementario para la amortización de las películas cinematográficas de largometraje que figuran en el anexo I de la presente resolución, por un importe total de 52.400.000,00 euros.

Segundo.—El importe total concedido en concepto de Ayuda general para la amortización asciende a 7.179.710,03 euros y, es el resultado de aplicar el 15 % a la recaudación subvencionable obtenida en el primer año de explotación comercial después de su calificación por las películas concurrentes a la convocatoria, o en su caso en los dos primeros años (cuyo importe total es de 47.864.733,53 euros), de acuerdo con el porcentaje de participación de cada productora en el realización de las mismas.

Tercero.—El importe total concedido en concepto de ayuda complementaria para la amortización asciende a 34.136.075,69 euros y es el resultado de aplicar el 33 por 100 a la inversión del productor subvencionable en las películas concurrentes a la convocatoria (cuyo importe total es de 103.442.653,61 euros) y que han obtenido la recaudación requerida durante el primer año de explotación comercial después de su calificación o, en su caso, en los dos primeros años, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada productora en la realización de las mismas.

Las solicitudes no contempladas en el anexo I se entenderán desestimadas o excluidas.

Cuarto.—La Resolución de 18 de junio de 2010 se encuentra a disposición de los interesados en el tablón de anuncios del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales del Ministerio de Cultura, plaza del Rey, s/n, de Madrid. Esta resolución pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma el interesado podrá interponer en el plazo de dos meses desde el siguiente a la fecha de su notificación, recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.C) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa («Boletín Oficial del Estado» del 14 de julio de 1998).

En el caso de no impugnarla directamente mediante el recurso contencioso-administrativo a que se refiere el párrafo anterior, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La presentación del mencionado recurso de reposición podrá efectuarse, además de en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a través de la oficina virtual «Registro Telemático» del Ministerio de Cultura (www.mcu.es/registro), siempre que se posea un certificado de firma electrónica con plena validez.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 21 de junio de 2010.—El Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Ignasi Guardans Cambó.

ANEXO I

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