Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación de Cultura y Arte IAC en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre,
Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Ping Gao, doña Lizhen Yang y don Guanpu Yang, en Madrid, el 17 de septiembre de 2007, según consta en la escritura pública número dos mil setecientos treinta y dos, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid don Antonio Crespo Monerri, rectificada y complementada por la escritura pública de 23 de diciembre de 2008, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Juan Gil de Antuñano Fernández, con el número dos mil quinientos veintiocho de orden de su protocolo.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, e en la calle de los Nogales, números 1 a 5, escalera 8, 7º B, código postal 28007 y su ámbito de actuación se desarrollará principalmente en las Comunidades Autónomas de Madrid, Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha y Andalucía.
Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido íntegramente desembolsada, mediante su ingreso en entidad bancaria.
Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: 1.º Desarrollar el conocimiento de la cultura y el arte en España, de las civilizaciones del mundo. 2.ºPromocionar el conocimiento del arte español en el mundo.
Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.
Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: don Ping Gao Secretaria: Lizhen Yang; Vocales: don Guanpu Yang y don Chenfeng Qiu.
En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.
El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre.
La Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, y la Orden CUL/3348/2008, de 14 de noviembre, en virtud de los cuales se delegan en el titular de la Dirección General de Política e Industrias Culturales, las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.
Segundo. Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 b) del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.
Tercero. Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y primera del Real Decreto 1611/2007, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación de Cultura y Arte IAC en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la denominada Fundación de Cultura y Arte IAC, de ámbito estatal, con domicilio en Madrid, en la calle de los Nogales, números 1 a 5, escalera 8, 7.º B, código postal 28007, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.
Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 5 de febrero de 2009.–El Ministro de Cultura, P.D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, y Orden CUL/3348/2008, de 14 de noviembre), el Director General de Política e Industrias Culturales, Guillermo Corral van Damme.
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