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Documento BOE-A-2009-230

Resolución de 5 de diciembre de 2008, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2008, del Protocolo general de colaboración entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 6 de enero de 2009, páginas 1067 a 1068 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2009-230

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 26 de noviembre de 2008, Convenio específico para el año 2008 del Protocolo General de Colaboración suscrito el 1 de septiembre de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de Extremadura, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 5 de diciembre de 2008.–El Secretario General de Sanidad, José Martínez Olmos.

ANEXO
Convenio específico para el año 2008 del Protocolo General de Colaboración suscrito el 1 de septiembre de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de Extremadura

En Madrid, a 26 de noviembre de 2008

REUNIDOS

De una parte, don Bernat Soria Escoms, Ministro de Sanidad y Consumo, nombrado por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, BOE de 14 de abril, en representación del Gobierno de la Nación, en virtud de las competencias que le atribuyen el artículo 4.1 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno y el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra, la Excma. Sra. doña María Jesús Mejuto Carril, Consejera de Sanidad y Dependencia de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrada por Decreto 26/2007, de 30 de junio del Presidente (DOE 2 de Julio de 2007), actuando en nombre y representación de la Junta de Extremadura, y actuando en el ejercicio de las facultades atribuidas en los artículos 36 y 53 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, debidamente facultada para este acto por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión celebrada el día 7 de noviembre de 2008 y con delegación para su firma por el Presidente de la Junta de Extremadura mediante resolución de fecha 2 de agosto de 2007.

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Sanidad y Dependencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura suscribieron un Protocolo General de Colaboración, de fecha 1 de septiembre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Sanidad y Dependencia de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo General se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,

ACUERDAN

Primero.–Que la actuación de la Consejería de Sanidad y Dependencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el año 2008 se concretará en el desarrollo de los programas:

Programa de prevención del consumo de drogas en el ámbito escolar con especial incidencia en el consumo de tabaco, alcohol y otras drogas: 200.000,00 euros.

Segundo.–Que el Ministerio de Sanidad y Consumo (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de este programa, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, de fecha 17 de junio de 2008, con un total de 200.000,00 euros con cargo al concepto 26.14.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.–Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Sanidad y Dependencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Cuarto.–Que el programa citado en el Acuerdo primero, se desarrollará por la Consejería de Sanidad y Dependencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el ejercicio 2008.

Quinto.–Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público.

Sexto.–El presente Convenio queda excluido de la aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, al amparo de lo dispuesto en su artículo 4.1.c), aplicándose los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las controversias que pudieran surgir, serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.–El Ministro de Sanidad y Consumo, Bernat Soria Escoms.–La Consejera de Sanidad y Dependencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura, María Jesús Mejuto Carril.

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