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Documento BOE-A-2009-229

Resolución de 5 de diciembre de 2008, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y los departamentos de Salud y Justicia de la Generalitat de Cataluña, para la puesta en marcha y la evaluación de actividades para prevenir la infección por VIH en centros penitenciarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 6 de enero de 2009, páginas 1063 a 1066 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2009-229

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 20 de noviembre de 2008, Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Administración de la Generalitat de Catalunya, mediante el Departamento de Salud y el Departamento de Justicia, para poner en marcha y evaluar actividades de prevención del VIH en Centros Penitenciarios, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 5 de diciembre de 2008.–El Secretario General de Sanidad, José Martínez Olmos.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la administración de la Generalitat de Catalunya, mediante el Departamento de Salud y el Departamento de Justicia, para poner en marcha y evaluar actividades de prevención del VIH en centros penitenciarios

Madrid, 20 de noviembre de 2008.

REUNIDOS

De una parte, don Bernat Soria Escoms, Ministro de Sanidad y Consumo, nombrado por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril (BOE 90 de 14 de abril de 2008), quien actúa en virtud de las facultades conferidas por el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración del Estado, y,

De otra parte, doña Marina Geli i Fàbrega, Consejera de Salud de la Generalitat de Catalunya, y doña Montserrat Tura i Camafreita, Consejera de Justicia de la Generalitat de Catalunya, ambas nombradas por Decreto 423/2006, de 28 de noviembre (DOGC núm. 4771 de 29 de noviembre de 2006), quienes actúan en virtud de las facultades conferidas por el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya.

Ambas partes, reconociéndose mutua capacidad para obligarse y convenir de acuerdo con la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Cataluña, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y legislación concordante, en ejercicio de sus competencias respectivas.

MANIFIESTAN

I. Que en la pandemia de infección por el VIH continua siendo esencial en la lucha contra esta enfermedad potenciar y ampliar todos los programas y acciones que se hayan demostrado eficaces en el campo de la prevención, constituyendo los centros penitenciarios, por sus particularidades, el marco donde la acción preventiva tiene más posibilidades de éxito inmediato.

II. En el marco de las competencias de la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida (Dirección General de Salud Pública) del Ministerio de Sanidad y Consumo se encuentra la coordinación de los diferentes programas desarrollados por las administraciones públicas para la prevención y control del VIH/sida, según lo dispuesto en el Real Decreto 592/1993, de 23 de abril. En este sentido, el Plan Multisectorial frente a la infección por VIH y el sida 2008-2012, aprobado por la Comisión Nacional de Coordinación y Seguimiento de Programas de Prevención del Sida el 13 de diciembre de 2007, prioriza los acuerdos interinstitucionales para potenciar los ámbitos de prevención en entornos específicos como el penitenciario.

III. Que por haber asumido la Generalitat de Catalunya las competencias en materia penitenciaria en su territorio, la colaboración establecida entre la Administración Penitenciaria y la Administración Sanitaria de la Administración General del Estado no alcanza a los centros penitenciarios de Cataluña, por lo que parece conveniente vehiculizar la aportación de la Administración Sanitaria a través de este Convenio de colaboración.

IV. Este Convenio se circunscribe al desarrollo conjunto de actividades de prevención del VIH y enfermedades transmisibles asociadas en los siguientes ámbitos de actuación:

Diseño, ejecución y evaluación de programas de formación en prevención y vigilancia epidemiológica del VIH dirigidos a los profesionales penitenciarios y/o voluntarios de organizaciones no gubernamentales implicados en la ejecución de los programas.

Diseño, ejecución y evaluación de programas de prevención del VIH y enfermedades asociadas a desarrollar en los centros penitenciarios con la colaboración del personal penitenciario destinado en los sectores de sanidad, educación y trabajo social, en coordinación con las organizaciones no gubernamentales que trabajan en centros penitenciarios.

Seguimiento, ejecución y evaluación de los programas de intercambio de jeringuillas, cuya implantación se ha demostrado viable en el ámbito penitenciario y eficaz en la prevención de la transmisión del VIH por vía parenteral.

En consecuencia, siendo el desarrollo de las actividades citadas competencia de las instituciones firmantes, resulta necesario formalizar este Convenio de colaboración para el desarrollo y evaluación de actividades de prevención del VIH/sida en los centros penitenciarios de Cataluña con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.–El Ministerio de Sanidad y Consumo, a través de la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida-Dirección General de Salud Pública, desarrollará conjuntamente con la Administración de la Generalitat de Catalunya, a través de la Dirección General de Salud Pública del Departamento de Salud y de la Secretaría de Servicios Penitenciarios, Rehabilitación y Justicia Juvenil del Departamento de Justicia, las actividades preventivas de la infección por VIH que se especifican en la cláusula segunda.

Segunda. Actividades.–El Ministerio de Sanidad y Consumo, a través de la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida, facilitará a la Administración de la Generalitat de Catalunya –Dirección General de Salud Pública del Departamento de Salud y Secretaría de Servicios Penitenciarios, Rehabilitación y Justicia Juvenil del Departamento de Justicia– cuanta información, asesoramiento y colaboración solicite para la ejecución de las siguientes actividades, la responsabilidad del desarrollo de las cuales corresponderá a la Administración de la Generalitat de Catalunya:

1. Programas de prevención:

1.1 Programas de educación sanitaria e información sobre el VIH/sida a internos/as VIH+ y VIH-, promocionando la adopción y mantenimiento de prácticas sexuales más seguras, tanto en las relaciones homosexuales como en las heterosexuales y facilitando el acceso a los instrumentos de prevención, intensificando la actuación en jóvenes.

1.2 Apoyo emocional, atención psicológica a los internos/as VIH+.

1.3 Actividades de mejora de la adhesión al tratamiento antirretroviral y de coordinación con otros dispositivos asistenciales extrapenitenciarios.

1.4 Actividades de promoción de la participación de los internos en el diseño, ejecución y evaluación de las intervenciones preventivas.

1.5 Realización de talleres de teatro: formación de los grupos, elaboración del guión de una obra de teatro cuya temática gire alrededor del VIH/sida y representación de dicha obra el día mundial del sida.

1.6 Elaboración de un manual de buena praxis en las intervenciones preventivas del VIH/sida en los centros penitenciarios y de un manual de coordinación con los dispositivos asistenciales extrapenitenciarios.

1.7 Elaboración e implementación de un programa de ofrecimiento de realización de piercings y tatuajes higiénicos en 2 centros penitenciarios (C.P. de jóvenes y C.P. de mujeres) según la normativa que regula tales prácticas y los requisitos higiénico-sanitarios que deben cumplir los establecimientos donde se realizan.

Estas actividades preventivas se realizarán en los siguientes centros penitenciarios:

C.P. Quatre Camins.

C.P. Brians Homes I.

C.P. Brians Homes II.

C.P. Brians Dones.

C.P. Girona.

C.P. Figueres.

C.P. Dones de Barcelona (Wad Ras).

C.P. Joves de Barcelona (La Trinitat).

C.P. Homes de Barcelona (La Modelo).

C.P. Tarragona.

C.P. Ponent (Lleida).

2. Programas de intercambio de jeringuillas (PIJ):

2.1 Implementación y evaluación de los programas de intercambio de jeringuillas en los centros penitenciarios de Cataluña.–La Administración de la Generalitat de Catalunya deberá mencionar la colaboración de la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida en los programas, materiales y actividades recogidos en el presente convenio interadministrativo.

Tercera. Financiación.–Las actividades que se detallan en la cláusula anterior se financiarán de la siguiente forma:

1. El Ministerio de Sanidad y Consumo aporta, con cargo a la aplicación presupuestaria 26.07.313B.487 para el año 2008, la cantidad de 64.000 euros, IVA incluido, como importe máximo de las obligaciones a adquirir financiadas por el Ministerio de Sanidad y Consumo para la ejecución de las actividades citadas.

2. Dicho importe será transferido a la cuenta del Tesoro de la Generalitat de Catalunya. El pago se efectuará previa certificación de conformidad de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Consumo.

3. Por su parte, la Administración de la Generalitat de Catalunya aportará la organización, recursos humanos y medios necesarios para la ejecución de las actividades objeto de este Acuerdo.

Cuarta. Ejecución de las actividades y justificación de gastos.

1. La Administración de la Generalitat de Catalunya –Dirección General de Salud Pública del Departamento de Salud y la Secretaría de Servicios Penitenciarios, Rehabilitación y Justicia Juvenil del Departamento de Justicia– se responsabilizará de la ejecución de las actividades objeto de este Convenio, que se especifican en la cláusula segunda. Los suministros de material, asistencias técnicas o servicios externos necesarios para el desarrollo de las mencionadas actividades se contratarán con arreglo a la legislación vigente establecida al efecto.

2. La fiscalización de los gastos derivados de este Convenio se realizará por la Intervención de la Administración de la Generalitat de Catalunya sin perjuicio de las competencias del Tribunal de Cuentas.

3. Los gastos derivados de este convenio se justificarán remitiendo a la Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida del Ministerio de Sanidad y Consumo, antes del 15 de diciembre de 2008, un estado comprensivo de las obligaciones reconocidas a través de factura única que emitirá la Dirección General de Salud Pública del Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya. La factura presentada será certificada y conformada por la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Consumo.

Quinta. Comisión de Seguimiento.

1. Para el seguimiento y evaluación de este Convenio se constituirá en el primer mes de vigencia del mismo una Comisión de Seguimiento, que se reunirá al menos dos veces al año y, en cualquier caso, cuando una de las partes lo solicite. La Comisión estará formada por dos representantes de la Dirección General de Salud Pública-Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida, uno de los cuales actuará en calidad de Presidente y el otro de Secretario, y dos representantes de la Administración de la Generalitat de Catalunya, procedentes de la Consejería de Salud y de la Consejería de Justicia respectivamente, pudiéndose incorporar a la misma puntualmente los técnicos que se consideren oportunos.

2. La Comisión de seguimiento tendrá las siguientes funciones:

Acordar el sistema de evaluación de las actividades objeto del presente Convenio, que serán evaluadas con arreglo a dicho sistema por la comunidad autónoma el primer trimestre del año 2009. Los resultados detallados de la evaluación, junto con un informe o memoria sobre el desarrollo de las actividades ejecutadas, se remitirán a la Dirección General de Salud Pública/Secretaría del Plan Nacional sobre el SIDA antes del 1 de abril de 2009.

Interpretar, en caso de duda, el contenido del presente Convenio y, en consecuencia, proponer las decisiones oportunas acerca de las variaciones o cambios aconsejables para la mejor ejecución de las actuaciones.

3. La Comisión de seguimiento levantará actas de cada una de sus reuniones, recogiendo en las mismas los acuerdos alcanzados,

Sexta. Vigencia.–Este Convenio de colaboración entrará en vigor al día siguiente del de su firma por ambas partes y extenderá su vigencia hasta el 15 de diciembre de 2008, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula anterior para la evaluación de resultados y la presentación del informe o memoria de actividades.

Ambas partes podrán denunciar anticipadamente la vigencia de este Convenio en el supuesto incumplimiento por la otra parte de las obligaciones establecidas.

Sin perjuicio de lo anterior serán causa de resolución anticipada las siguientes:

El acuerdo mutuo entre las partes, que se instrumentará por escrito.

La imposibilidad sobrevenida, legal o material de dar cumplimiento a los pactos.

Séptima. Publicación.–El presente Convenio se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Octava. Régimen jurídico.–Este convenio tiene naturaleza administrativa, y se tramita al amparo de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, que no puedan ser resueltas por la Comisión de Seguimiento, se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa.

En prueba de conformidad, ambas partes firman por quintuplicado ejemplar este Convenio de colaboración en el lugar y fecha indicados.–El Ministro de Sanidad y Consumo, Bernat Soria Escoms.–La Consellera de Salut, Marina Geli i Fâbrega.–La Consellera de Justicia de la Generalitat de Catalunya, Montserrat Tura i Camafreita.

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