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Documento BOE-A-2009-20061

Orden ARM/3347/2009, de 4 de diciembre, por la que se modifican los Reglamentos de inscripción de variedades de especies de cereales, maíz, oleaginosas, textiles, patata, forrajeras, pratenses, cespitosas, leguminosas grano, remolacha y hortícolas.

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 14 de diciembre de 2009, páginas 105711 a 105717 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-20061
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2009/12/04/arm3347

TEXTO ORIGINAL

La Directiva 2003/90/CE, de la Comisión, de 6 de octubre de 2003, por la que se establecen disposiciones de aplicación a los fines del artículo 7 de la Directiva 2002/53/CE del Consejo con respecto a los caracteres que los exámenes deben analizar como mínimo y las condiciones mínimas para examinar determinadas variedades de especies de plantas agrícolas, y la Directiva 2003/91/CE, de la Comisión, de 6 de octubre de 2003, por la que se establecen disposiciones de aplicación a los fines del artículo 7 de la Directiva 2002/55/CE del Consejo con respecto a los caracteres que los exámenes deben analizar como mínimo y las condiciones mínimas para examinar determinadas variedades de especies de plantas hortícolas, fueron incorporadas a nuestro ordenamiento interno por la Orden APA/530/2004, de 13 de febrero, por la que se modifican los reglamentos de inscripción de variedades en el registro de variedades comerciales correspondientes a especies de cereales, maíz, oleaginosas, textiles, patata, forrajeras, pratenses, cespitosas, leguminosas grano, remolacha y hortícolas.

Mediante la Directiva 2009/97/CE, de la Comisión, de 3 agosto de 2009, que modifica las Directivas 2003/90/CE y 2003/91/CE del Consejo, de 6 de octubre de 2003, por las que se establecen disposiciones de aplicación, a los fines del artículo 7 de las Directivas 2002/53/CE y 2002/55/CE del Consejo, con respecto a las características que los exámenes deben analizar como mínimo y las condiciones mínimas para examinar variedades de determinadas especies de plantas agrícolas y hortícolas, se han sustituido los anexos I y II de la Directiva 2003/90/CE, de la Comisión, de 6 de octubre de 2003, y de la Directiva 2003/91/CE, de la Comisión, de 6 de octubre de 2003.

Procede, por tanto, la incorporación de la mencionada Directiva 2009/97/CE de la Comisión, de 3 de agosto de 2009, a través de la correspondiente modificación de los Reglamentos de las variedades cereales, maíz, oleaginosas, textiles, patata, forrajeras, pratenses, cespitosas, leguminosas grano, remolacha y hortícolas. Asimismo, se prevé en esta orden la adecuación de dichos Reglamentos a la Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos filogenéticos, derogatoria de la Ley 11/1971, de 30 de marzo, de semillas y plantas de vivero.

En la elaboración de la presente orden han sido consultadas las comunidades autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados.

En su virtud, dispongo:

Artículo primero.–Modificación de la Orden del Ministerio de Agricultura de 28 de abril de 1975 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de especies de cereales.

Los anexos 1 y 2 de la Orden del Ministerio de Agricultura de 28 de abril de 1975 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de especies de cereales, se sustituyen por los que figuran en el anexo I de esta orden.

Artículo segundo.–Modificación de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 1 de julio de 1985 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de especies de maíz, sorgo e híbridos de sorgo y pasto del Sudán.

Los anexos 1 y 2 de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 1 de julio de 1985 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de especies de maíz, sorgo e híbridos de sorgo y pasto del Sudán, se sustituyen por los que figuran en el anexo II de esta orden.

Artículo tercero.–Modificación de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 1 de julio de 1985 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de especies de oleaginosas y textiles.

Los anexos 1 y 2 de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 1 de julio de 1985 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de especies de oleaginosas y textiles, se sustituyen por los que figuran en el anexo III de esta orden.

Artículo cuarto.–Modificación de la Orden del Ministerio de Agricultura de 28 de abril de 1975 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de especie patata.

Los anexos 1 y 2 de la Orden del Ministerio de Agricultura de 28 de abril de 1975 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de especie patata, se sustituyen por los que figuran en el anexo IV de esta orden.

Artículo quinto.–Modificación de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 1 de julio de 1985 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de especies de forrajeras, pratenses, cespitosas y leguminosas grano.

Los anexos 1 y 2 de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 1 de julio de 1985 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de especies de forrajeras, pratenses, cespitosas y leguminosas grano, se sustituyen por los que figuran en el anexo V de esta orden.

Artículo sexto.–Modificación de la Orden del Ministerio de Agricultura de 28 de abril de 1975 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de especies de remolacha.

Los anexos 1 y 2 de la Orden del Ministerio de Agricultura de 28 de abril de 1975 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de especies de remolacha, se sustituyen por los que figuran en el anexo VI de esta orden.

Artículo séptimo.–Modificación de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 23 de mayo de 1986 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de especies de hortícolas.

Los anexos E y F de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 23 de mayo de 1986 por la que se aprueba el Reglamento de inscripción de variedades de especies de hortícolas, se sustituyen por los que figuran en el anexo VII de esta orden.

Disposición adicional única.

Aplicación de la Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos filogenéticos.

Las referencias a la Ley 11/1971, de 30 de marzo, de semillas y plantas de vivero, que se contienen en los Reglamentos generales que se modifican en esta orden se entenderán hechas a los preceptos correspondientes de la Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos filogenéticos, que será aplicable en todo lo no previsto expresamente en ambos Reglamentos.

Disposición transitoria única. Variedades que se encuentren en trámite de admisión.

Aquellas variedades, de las especies que se citan en los anexos, que con anterioridad al 1 de enero de 2010 hayan iniciado los exámenes oficiales para su admisión en Registro de Variedades, podrán ser aceptadas si cumplen las disposiciones establecidas respectivamente por la presente Orden o, en su caso, por las disposiciones anteriores sustituidas por estas.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas todas las disposiciones, de igual o inferior rango, que se opongan a esta Orden Ministerial y, en particular la Orden APA/530/2004, de 13 de febrero, por la que se modifican los reglamentos de inscripción de variedades en el registro de variedades comerciales correspondientes a especies de cereales, maíz, oleaginosas, textiles, patata, forrajeras, pratenses, cespitosas, leguminosas grano, remolacha y hortícolas.

Disposición final primera. Incorporación de derecho de la Unión Europea.

Mediante esta orden se incorpora al derecho español la Directiva 2009/97/CE, de la Comisión, de 3 agosto de 2009, que modifica las Directivas 2003/90/CE y 2003/91/CE del Consejo, de 6 de octubre de 2003, por la que se establecen disposiciones de aplicación, a los fines del artículo 7 de las Directivas 2002/53/CE y 2002/55/CE del Consejo, con respecto a las características que los exámenes deben analizar como mínimo y las condiciones mínimas para examinar variedades de determinadas especies de plantas agrícolas y hortícolas

Disposición final segunda. Título competencial.

Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.9ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación sobre propiedad intelectual e industrial.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2010.

Madrid, 4 de diciembre de 2009.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa Mangana.

ANEXO I

«ANEXO 1

Lista de especies que cumplen con las directrices de examen de la OCVV1

Nombre científico

Denominación común

Protocolo

Oriza sativa L.

Arroz.

TP 16/1 de 18.11.2004.

Avena sativa L.

Avena.

TP 20/1 de 6.11.2003.

Hordeum vulgare L.

Cebada.

TP 19/2 de 6.11.2003.

Secale cerale L.

Centeno.

TP 58/1 de 31.10.2002.

Triticum aestivum L.

Trigo blando.

TP 3/3 de 6.11.2003.

Triticum durum Desf.

Trigo duro.

TP 120/2 de 6.11.2003.

Triticosecale Wittm.ex A. Camus.

Triticale (Híbridos del cruce de una especie del género Triticum con una especie del género Secale.

TP 121/2 de 22.01.2007.

ANEXO 2

Lista de especies que cumplen con las directrices de examen de la UPOV2

1 El texto de estos protocolos puede consultarse en la web de la OCVV (www.cpvo.europa.eu).

2 El texto de estas directrices puede consultarse en la web de la UPOV (www.upov.int).»

ANEXO II

«ANEXO 1

Lista de especies que cumplen con las directrices de examen de la OCVV1

Nombre científico

Denominación común

Protocolo

Zea mays L.

Maíz.

TP 2/2 de 15.11.2001.

ANEXO 2

Lista de especies que cumplen con las directrices de examen de la UPOV2

Nombre científico

Denominación común

Protocolo

Sorghum bicolor L. Moench.

Sorgo.

TG/122/3 de 6.10.1989.

1 El texto de estos protocolos puede consultarse en la web de la OCVV (www.cpvo.europa.eu).

2 El texto de estas directrices puede consultarse en la web de la UPOV (www.upov.int).»

ANEXO III

«ANEXO 1

Lista de especies que cumplen con las directrices de examen de la OCVV1

Nombre científico

Denominación común

Protocolo

Brassica napus L.

Colza.

TP 36/1 de 25.3.2004.

Helianthus annus L.

Girasol.

TP 81/1 de 31.10.2002.

Linux usitatissimun L.

Lino.

TP 57/1 de 21.3.2007.

ANEXO 2

Lista de especies que cumplen con las directrices de examen de la UPOV2

Nombre científico

Denominación común

Protocolo

Papaver somniferum L.

Adormidera.

TG/166/3 de 24.3.1999.

Carthamus tinctorius L.

Alazor o Cártamo.

TG/134/3 de 12.10.1990.

Gossypium spp.

Algodón.

TG/88/6 de 4.4.2001.

Glycine max L. Merrill

Soja.

TG/80/6 de 1.4.1998.

1 El texto de estos protocolos puede consultarse en la web de la OCVV (www.cpvo.europa.eu).

2 El texto de estas directrices puede consultarse en la web de la UPOV (www.upov.int).»

ANEXO IV

«ANEXO 1

Lista de especies que cumplen con las directrices de examen de la OCVV1

Nombre científico

Denominación común

Protocolo

Solanum tuberosum L.

Patata.

TP 23/2 de 1.12.2005.

ANEXO 2

Lista de especies que cumplen con las directrices de examen de la UPOV2

1 El texto de estos protocolos puede consultarse en la web de la OCVV (www.cpvo.europa.eu).

2 El texto de estas directrices puede consultarse en la web de la UPOV (www.upov.int).»

ANEXO V

«ANEXO 1

Lista de especies que cumplen con las directrices de examen de la OCVV1

Nombre científico

Denominación común

Protocolo

Pisum sativum L.

Guisante forrajero.

TP 7/1 de 6.11.2003.

Vicia faba L.

Haba común.

TP Broadbean/1 de 25.3.2004.

ANEXO 2

Lista de especies que cumplen con las directrices de examen de la UPOV2

Nombre científico

Denominación común

Protocolo

Agróstis estolonifera L.

Agrostis rastrera.

TG/30/6 de 12.10.1990.

Agróstis capillaris L.

Agrostis común.

TG/30/6 de 12.10.1990.

Medicago sativa L.

Alfalfa.

TG/6/5 de 6.4.2005.

Lupinus albus L.

Altramuz blanco.

TG/66/4 de 31.3.2004.

Lupinus luteus L.

Altramuz amarillo.

TG/66/4 de 31.3.2004.

Lupinusa angustifolius L.

Altramuz azul.

TG/66/4 de 31.3.2004.

Dactylis glomerata L.

Dactilo.

TG/31/8 de 17.4.2002.

Festuca arundinacea Schreber.

Festuca alta.

TG/39/8 de 17.4.2002.

Festuca pratensis Huds.

Festuca de los prados.

TG/39/8 de 17.4.2002.

Festuca rubra L.

Festuca roja.

TG/67/5 de 5.4.2006.

Poa pratensis L.

Poa de los prados.

TG/33/6 de 12.10.1990.

Lolium multiflorum Lam.

Ray grass Italiano.

TG/4/8 de 5.4.2006.

Lolium perenne.

Ray-grass Inglés.

TG/4/8 de 5.4.2006.

Lolium x boucheanum Kunth.

Ray-grass híbrido.

TG/4/8 de 5.4.2006.

Trifolium pratense L.

Trébol común.

TG/5/7 de 4.4.2001.

Trifolium repens L.

Trébol blanco.

TG/38/7 de 9.4.2003.

Vicia sativa L.

Veza común.

TG/32/6 de 21.10.1988.

1 El texto de estos protocolos puede consultarse en la web de la OCVV (www.cpvo.europa.eu).

2 El texto de estas directrices puede consultarse en la web de la UPOV (www.upov.int).»

ANEXO VI

«ANEXO 1

Lista de especies que cumplen con las directrices de examen de la OCVV1

ANEXO 2

Lista de especies que cumplen con las directrices de examen de la UPOV2

Nombre científico

Denominación común

Protocolo

Beta vulgaris L.

Remolacha forrajera.

TG/150/3 de 4.11.1994.

1 El texto de estos protocolos puede consultarse en la web de la OCVV (www.cpvo.europa.eu).

2 El texto de estas directrices puede consultarse en la web de la UPOV (www.upov.int)»

ANEXO VII

«ANEXO E

Lista de especies que cumplen con las directrices de examen de la OCVV1

Nombre científico

Denominación común

Protocolo

Allium cepa L. (Cepa group).

Cebolla.

TP 46/2 de 1.4.2009.

Allium cepa L. (Aggregatum group).

Chalota.

TP 46/2 de 1.4.2009.

Allium porrum L.

Puerro.

TP 85/2 de 1.4.2009.

Allium sativum L.

Ajo.

TP 162/1 de 25.3.2004.

Allium schoenoprasum L.

Cebollino.

TP 198/1 de 1.4.2009.

Apium graveolens L.

Apio.

TP 82/1 de 13.3.2008.

Apium graveolens L.

Apionabo.

TP 74/1 de 13.3.2008.

Asparagus officinalis L.

Espárrago.

TP 130/1 de 27.3.2002.

Beta vulgaris L.

Remolacha de mesa.

TP 60/1 de 1.4.2009.

Brassica oleracea L.

Coliflor.

TP 45/1 de 15.11.2001.

Brassica oleracea L.

Bróculi o brécol.

TP 151/2 de 21.3.2007.

Brassica oleracea L.

Col de Bruselas.

TP 54/2 de 1.12.2005.

Brassica oleracea L.

Colirrábano.

TP 65/1 de 25.3.2004.

Brassica oleracea L.

Col de Milán, repollo y lombarda.

TP 48/2 de 1.12.2005.

Brassica rapa L.

Col de China.

TP 105/1 de 13.3.2008.

Capsicum annuum L.

Pimiento.

TP 76/2 de 21.3.2007.

Cichorium endivia L.

Escarola y endivia.

TP 118/2 de 1.12.2005.

Cichorium intybus L.

Achicoria industrial.

TP 172/2 de 1.12.2005.

Cichorium intybus L.

Achicoria silvestre.

TP 173/1 de 25.3.2004.

Citrullus lanatus (Thunb.) Matsum. et Nakai

Sandía.

TP 142/1 de 21.3.2007.

Cucumis melo L.

Melón.

TP 104/2 de 21.3.2007.

Cucumis sativus L.

Pepino y pepinillo.

TP 61/2 de 13.3.2008.

Cucurbita pepo L.

Calabacín.

TP 119/1 de 25.3.2004.

Cynara cardunculus L.

Alcachofa y cardo.

TP 184/1 de 25.3.2004.

Daucus carota L.

Zanahoria de mesa y zanahoria forrajera.

TP 49/3 de 13.3.2008.

Foeniculum vulgare Mill.

Hinojo.

TP 183/1 de 25.3.2004.

Lactuca sativa L.

Lechuga.

TP 13/4 de 1.4.2009.

Lycopersicon lycopersicum.

Tomate.

TP 44/3 de 21.3.2007.

Petroselinum crispum (Mill.) Nyman ex A. W. Hill

Perejil.

TP 136/1 de 21.3.2007.

Phaseolus coccineus L.

Judía escarlata.

TP 9/1 de 21.3.2007.

Phaseolus vulgaris L.

Judía de mata baja y judía de enrame.

TP 12/3 de 1.4.2009.

Pisum sativum L. (partim)

Guisante de grano rugoso, guisante de grano liso redondo y guisante cometodo.

TP 7/1 de 6.11.2003.

Raphanus sativus L.

Rábano y rabanito.

TP 64/1 de 27.3.2002.

Solanum melongena L.

Berenjena.

TP 117/1 de 13.3.2008.

Spinacia oleracea L.

Espinacas.

TP 55/2 de 13.3.2008.

Valerianella locusta (L.) Laterr.

Canónigo o hierba de los canónigos.

TP 75/2 de 21.3.2007.

Vicia faba L. (partim)

Haba.

TP Broadbean/1 de 25.3.2004.

Zea mays L. (partim)

Maíz dulce y maíz para palomitas.

TP 2/2 de 15.11.2001.

ANEXO F

Lista de especies que cumplen con las directrices de examen de la UPOV2

Nombre científico

Denominación común

Protocolo

Allium fistulosum L.

Cebolleta.

TG/161/3 de 1.4.1998.

Beta vulgaris L.

Acelga.

TG/106/4 de 31.3.2004.

Brassica oleracea L.

Col forrajera o berza.

TG/90/6 de 31.3.2004.

Brassica rapa L.

Nabo.

TG/37/10 de 4.4.2001.

Cichorium intybus L.

Achicoria común o italiana.

TG/154/3 de 18.10.1996.

Cucurbita maxima Duchesne.

Calabaza.

TG/155/4de 28.3.2007.

Raphanus sativus L.

Rábano de invierno o rábano negro.

TG/63/6 de 24.3.1999.

Rheum rhabarbarum L.

Ruibarbo.

TG/62/6 de 24.3.1999.

Scorzonera hispanica L.

Escorzonera o salsifí negro.

TG/116/3 de 21.10.1988.

1 El texto de estos protocolos puede consultarse en la web de la OCVV (www.cpvo.europa.eu).

2 El texto de estas directrices puede consultarse en la web de la UPOV (www.upov.int).»

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 04/12/2009
  • Fecha de publicación: 14/12/2009
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2010
Referencias anteriores
  • DEROGA la Orden APA/530/2004, de 13 de febrero (Ref. BOE-A-2004-3865).
  • SUSTITUYE:
    • Anexos E y F del Reglamento aprobado por Orden de 23 de mayo de 1986 (Ref. BOE-A-1986-14958).
    • Anexos 1 y 2 del Reglamento aprobado por Orden de 1 de julio de 1985 (Ref. BOE-A-1985-15249).
    • Anexos 1 y 2 del Reglamento aprobado por Orden de 1 de julio de 1985 (Ref. BOE-A-1985-15248).
    • Anexos 1 y 2 del Reglamento aprobado por Orden de 1 de julio de 1985 (Ref. BOE-A-1985-15247).
    • Anexos 1 y 2 del Reglamento aprobado por Orden de 28 de abril de 1975 (Ref. BOE-A-1975-9739).
    • Anexos 1 y 2 del Reglamento aprobado por Orden de 28 de abril de 1975 (Ref. BOE-A-1975-9695).
    • Anexos 1 y 2 del Reglamento aprobado por Orden de 28 de abril de 1975 (Ref. BOE-A-1975-9626).
  • TRANSPONE la Directiva 2009/97/CE, de 3 de agosto (Ref. DOUE-L-2009-81418).
  • CITA Ley 30/2006, de 26 de julio (Ref. BOE-A-2006-13555).
Materias
  • Plantas
  • Producción vegetal

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