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Documento BOE-A-2009-19826

Resolución de 26 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Política Universitaria, por la que se convoca la prueba objetiva correspondiente al acceso al título de Enfermero Especialista en Enfermería de Salud Mental, al amparo de lo previsto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, de especialidades de Enfermería.

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 8 de diciembre de 2009, páginas 104309 a 104328 (20 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2009-19826

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de enfermería, establece en el apartado sexto de su disposición transitoria segunda que le corresponde al Secretario General de Universidades del Ministerio de Educación la aprobación, mediante una resolución, de las bases de la convocatoria de la prueba objetiva contemplada en la misma, dirigida a evaluar la competencia de los aspirantes en sus ámbitos de conocimientos, habilidades y actitudes necesarios para el adecuado ejercicio de la especialidad de que se trate.

En cumplimiento de la citada disposición, el 29 de julio de 2009 se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado» la Resolución de 17 de julio de 2009, de la Secretaría General de Universidades por la que se establecen las bases de la convocatoria de la prueba objetiva, que prevé el contenido de las pruebas correspondientes a todas las especialidades de Enfermería determinadas en el Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, la composición de la comisión evaluadora, el sistema de evaluación y los aspectos necesarios para su adecuada organización.

Por otra parte, el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero (BOE de 21 de febrero), en su disposición adicional cuarta establece el plazo de presentación de solicitudes para acceder al título de especialista en Enfermería de Salud Mental hasta el 22 de agosto de 2008.

El apartado 5 de la citada disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005 establece que la Dirección General de Política Universitaria, a propuesta de la Comisión Mixta, dictará una resolución en la que declare la admisión o exclusión de los interesados a la prueba objetiva, desde que concluya el plazo de presentación de solicitudes.

La prueba objetiva se dirigirá a evaluar la competencia de sus aspirantes en sus ámbitos de conocimientos, habilidades y actitudes necesarios para el adecuado ejercicio de la especialidad de Enfermería de Salud Mental.

Por todo ello, en cumplimiento de lo previsto en las disposiciones anteriores, previo informe de la Dirección General de Ordenación Profesional, Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección del Ministerio de Sanidad y Política Social,

Esta Dirección General resuelve:

Primero. Aspirantes admitidos y excluidos a la realización de la prueba objetiva para acceder al título de Enfermero Especialista en Enfermería de Salud Mental.–Los aspirantes admitidos a la referida prueba para la obtención del Título de Enfermero Especialista en Salud Mental, son los que figuran en la relación provisional de la página web del Ministerio de Educación, cuya dirección de enlace directo es la siguiente:

http://educacion.es/educacion/universidades/convocatorias/especialidad-enfermeria/salud-mental.html

Los aspirantes excluidos a la referida prueba para la obtención del Título de Enfermero Especialista en Salud Mental, son los que figuran en la relación provisional del Anexo I de esta resolución y en la página web del Ministerio de Educación, cuya dirección de enlace directo es la siguiente:

http://educacion.es/educacion/universidades/convocatorias/especialidad-enfermeria/salud-mental.html

En todo caso, al objeto de evitar errores y en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en la relación de admitidos.

Tanto los aspirantes excluidos como los omitidos por no figurar en las listas de admitidos ni en las de excluidos, disponen de un plazo de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente resolución para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o la omisión simultánea en las listas de admitidos y excluidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

En caso de producirse modificaciones en la relación de admitidos y excluidos, éstas figurarán en la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos de la prueba que será publicada en la dirección electrónica:

http://educacion.es/educacion/universidades/convocatorias/especialidad-enfermeria/salud-mental.html

La relación definitiva de aspirantes excluidos será publicada en el Boletín Oficial del Estado mediante su correspondiente resolución por la Dirección General de Política Universitaria.

Segundo. Convocatoria y calendario de las pruebas.–Los aspirantes admitidos a la prueba objetiva correspondiente al acceso al título de Enfermero Especialista en Enfermería de Salud Mental, dispondrán para realizar dicha prueba, de un máximo de dos convocatorias a elegir por ellos, entre las tres fechas siguientes:

Fechas de celebración de la prueba:

Sábado, 16 de enero de 2010.

Sábado, 13 de febrero de 2010.

Sábado, 27 de marzo de 2010.

Lugar de celebración de la prueba:

Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid.

Facultad de Económicas y Empresariales de la Universidad Autónoma de Madrid.

Hora de comienzo y duración de la prueba:

De 10 horas a 13 horas, ininterrumpidamente.

Dirección de la Universidad Autónoma de Madrid:

Campus Cantoblanco, situado en la Carretera de Colmenar Viejo, Km. 15. 28049 Madrid.

Tercero. Comisión evaluadora de la prueba objetiva.–La Comisión Evaluadora titular y suplente de la prueba objetiva de Enfermería de Salud Mental, conforme a lo dispuesto en la resolución de 17 de julio de 2009, por la que se establecen las bases de la convocatoria de la prueba objetiva prevista en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de enfermería, estará integrada por los siguientes miembros:

Comisión Evaluadora Titular:

Presidenta: Doña M.ª Soledad González Iglesias, Subdirectora General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación.

Vocales:

Doña Ana Giménez Maroto, Jefe de Servicio de Enfermería de la Subdirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Doña Cristina Fernández Álvarez, Presidenta de la Comisión Nacional de la Especialidad de Enfermería de Salud Mental.

Don Marciano Tomé Alonso, Vicepresidente de la Comisión Nacional de la Especialidad de Enfermería de Salud Mental.

Secretaria: Doña Cristina Cuevas Santos, Jefe de Servicio de Enfermería de la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación.

Comisión Evaluadora Suplente:

Presidenta: Doña Margarita de Lezcano-Mújica Núñez, Subdirectora General Adjunta de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación.

Vocales:

Doña Mercedes de Jorge Gallego, Jefe de Sección de la Subdirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Doña Encarnación Betolaza López de Gámiz, vocal de la Comisión Nacional de la Especialidad de Enfermería de Salud Mental.

Don Armando Colomer Simón, vocal de la Comisión Nacional de la Especialidad de Enfermería de Salud Mental.

Secretaria: Doña Leticia Gamo Martín, Jefe de Área de la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación.

Para el desarrollo de sus funciones en relación con la referida prueba, la Comisión Evaluadora estará asistida en las tareas administrativas por personal de la Dirección General de Política Universitaria.

La actuación de la Comisión Evaluadora titular y suplente de la prueba objetiva de Enfermería de Salud Mental, se adecuará en lo no previsto en el Real Decreto 450/2005, sobre especialidades de Enfermería y en la resolución de 17 de julio de 2009, a las previsiones contenidas en el Capítulo II, del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto. Contenido y estructura de la prueba objetiva.–Las preguntas versarán sobre las bases científicas y tecnológicas necesarias para la práctica actualizada de la especialidad de Salud Mental, estando recogidas en el programa formativo vigente de la mencionada especialidad, que se publica como Anexo II a esta Resolución.

La prueba objetiva será escrita y constará de dos partes, que se realizará de forma ininterrumpida en el mismo día:

a) La primera parte de la prueba, consistirá en un cuestionario de 100 preguntas de tipo test, más 10 de reserva, de respuestas múltiples, de las que sólo una de ellas será válida. Dicha parte tendrá una duración de 2 horas.

El cuestionario de preguntas se estructurará con el grado de discriminación y dificultad que se corresponda con el buen hacer profesional de un Enfermero Especialista de Enfermería de Salud Mental en su práctica habitual, de acuerdo con el correspondiente programa formativo.

En la calificación de esta parte, se valorará con 1 punto cada respuesta correcta, se restará 0,35 puntos por cada respuesta incorrecta, y se dejarán sin puntuar las preguntas que no hayan sido respondidas.

El cuestionario de preguntas se valorará sobre una escala de 0 a 100 puntos.

b) La segunda parte de la prueba, consistirá en el análisis de 5 casos clínicos referidos a la especialidad, que abarquen distintas situaciones clínicas que incluyan aspectos fundamentales del ejercicio profesional de la misma.

Cada caso irá seguido de 5 preguntas, para cada una de las cuales se propondrán varias respuestas alternativas, de las que sólo una será la correcta. Dicha parte de la prueba tendrá una duración de 1 hora.

El contenido de esta parte habrá de permitir la comprobación de que los aspirantes están capacitados para dar respuesta a los problemas de enfermería que se presentan en el ámbito específico de la especialidad de Enfermería de Salud Mental.

En la calificación de esta parte se valorará con 4 puntos cada respuesta correcta, se restará 1 punto por cada respuesta incorrecta, y se dejarán sin puntuar las preguntas que no hayan sido respondidas.

Dicha valoración, sobre una escala de 0 a 100 puntos, estará integrada por la suma de las puntuaciones que obtenga el aspirante en cada caso clínico, a cuyos efectos cada uno de ellos se valorará sobre una escala de 0 a 20 puntos.

Para la elaboración de dichos ejercicios de respuesta múltiple, se tendrá en cuenta que los enunciados de los cuestionarios y las respuestas correctas estén redactados de forma clara y concisa, de tal forma que el aspirante pueda conocer con exactitud el objeto de las preguntas. Asimismo, todas las cuestiones y problemas que se planteen en estas pruebas deberán tener una única respuesta válida, fiable y practicable en el contexto profesional de que se trate.

Quinto. Evaluación y calificación final de los aspirantes por la Comisión Evaluadora.–Una vez celebrada la prueba, en un plazo de cinco días, se harán públicas las plantillas provisionales de las respuestas consideradas correctas por la Comisión Evaluadora, mediante la exhibición de las mismas en las sedes de la Secretaría General de Universidades, y de la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones, situada en Madrid en el edificio de la calle Albacete 5, procediendo, además, a su publicación en la siguiente dirección electrónica:

http://educacion.es/educacion/universidades/convocatorias/especialidad-enfermeria/salud-mental.html

En un plazo de tres días naturales a contar desde la publicación de las plantillas provisionales a la que se ha hecho referencia, los interesados podrán presentar las reclamaciones que estimen pertinentes, respecto a la formulación de las preguntas y de las correspondientes respuestas correctas en las correspondientes Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno o en el Registro General del Ministerio Educación, situado en la Calle Los Madrazo número 17. 28071 Madrid.

Estas reclamaciones serán resueltas por la Comisión Evaluadora, que las estimará o rechazará, anulando o sustituyendo la respuesta, que en su caso considere necesaria y determinando las de reserva que sustituyan a las anuladas si las hubiere, al tiempo que ratificará las que considere correctas a cuyo tenor se evaluará la prueba.

La evaluación de la prueba objetiva del aspirante, sobre una escala de 0 a 200 puntos, estará integrada por la suma de las puntuaciones que obtenga el aspirante en cada una de las dos partes que la componen.

La calificación final de cada aspirante será de «apto» o «no apto». Para ser considerado «apto», la puntuación mínima que el aspirante deberá tener es la de 40 puntos en cada una de las partes, siendo necesario obtener al menos 100 puntos en la suma de ambas; en caso contrario, será considerado «no apto».

La Comisión Evaluadora levantará acta de evaluación en la que constará la puntuación obtenida por cada aspirante y su evaluación como apto o no apto y elevará la propuesta a la Dirección General de Política Universitaria para la concesión del título a los aspirantes que hayan resultado evaluados como aptos y para su denegación a quienes hayan resultado con evaluación de no apto.

Sexto. Celebración de la Prueba.–Los aspirantes admitidos acudirán en llamamiento único a la realización de la prueba objetiva, provistos del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte y del documento mediante el que la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación, notificó a cada uno de ellos la Resolución por la que fueron admitidos a dicha prueba, dictada por la Dirección General de Política Universitaria.

Los aspirantes que no comparezcan serán excluidos de la prueba, comportando la denegación del título de enfermero especialista en Enfermería de Salud Mental.

Los aspirantes desarrollarán la prueba ante una Mesa integrada, al menos, por un Interventor designado por la Dirección General de Política Universitaria, que actuará como Presidente y por un vocal designado por la Dirección General de Ordenación Profesional, Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Los candidatos escribirán con bolígrafo de tinta indeleble las respuestas a los cuestionarios en la hoja de respuestas, utilizando exclusivamente los signos o guarismos permitidos en el cuaderno de instrucciones. Cualquier anotación a lápiz, confusa, ilegible o que no corresponda a los signos permitidos será valorada como respuesta incorrecta.

No estará permitido el uso de teléfonos móviles dentro del recinto de la prueba, ni de cualquier dispositivo con capacidad de almacenamiento de la información o posibilidad de comunicación mediante voz o datos, una vez iniciada la prueba y hasta su finalización. Asimismo, no estará permitida la utilización de calculadoras.

Durante la celebración de la prueba no se permitirá el acceso al lugar donde se esté desarrollando, de personas ajenas al mismo o de aspirantes que no hayan comparecido al llamamiento. Los candidatos no podrán abandonar el lugar donde se esté realizando la prueba, salvo causa excepcional o inaplazable, hasta transcurrida media hora del comienzo del ejercicio. Posteriormente podrán hacerlo, en caso de necesidad, autorizados por la Mesa que dispondrá lo necesario para garantizar su incomunicación. Estas ausencias no darán derecho a prórrogas en el tiempo hábil para responder el cuestionario.

La mesa levantará acta suscrita por sus miembros en la que se hará referencia al desarrollo de la sesión y, en particular, al número de aspirantes presentados a la prueba y al de los retirados durante su desarrollo, así como a cualquier otra incidencia que tenga lugar durante la realización de dicha prueba.

Séptimo. Resolución del Procedimiento.–Una vez evaluados los candidatos y elevada la propuesta de la Comisión Evaluadora en los términos previstos en el apartado quinto de esta Resolución, el Director General de Política Universitaria dictará las resoluciones de concesión o, en su caso, de denegación del título de enfermero especialista en Enfermería de Salud Mental. De estas Resoluciones se dará traslado a los interesados según lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dichas resoluciones no serán definitivas en la vía administrativa y contra las mismas podrá interponerse recurso de alzada ante el Secretario General de Universidades en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114, 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Octavo. Aspirantes con varias solicitudes de título de especialista.–De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 de la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto 450/2005 de 22 de abril, sólo se podrá acceder por esta vía a un único título de Enfermero, o de Ayudante Técnico Sanitario Especialista.

En el supuesto de que un aspirante admitido a la realización de la prueba objetiva para acceder al título de Enfermero Especialista en Enfermería de Salud Mental, además, haya solicitado o solicite posteriormente otros títulos de Enfermero especialista a través de la vía excepcional establecida en la Disposición Transitoria Segunda del citado Real Decreto 450/2005 y reúna los requisitos establecidos, podrá optar a las respectivas pruebas determinadas a tal fin.

A tal efecto, una vez superada la prueba de acceso al título de especialista en Enfermería de Salud Mental, el interesado, en un plazo máximo de 30 días hábiles a contar desde la publicación de los listados definitivos de aptos, deberá presentar una solicitud dirigida a la Dirección General de Política Universitaria del Ministerio de Educación, señalando si desea obtener este título de especialista o desea esperar a la realización de una o más de las posibles pruebas de evaluación para el acceso excepcional a otros títulos de especialista en enfermería, según modelo publicado como anexo III a la presente Resolución.

Si el interesado opta en tal plazo por el título de Salud Mental, se concederá directamente el mismo, de conformidad con lo previsto en la presente resolución. Si, por el contrario, opta por esperar, y sin perjuicio de lo que se establezca en las convocatorias de otras especialidades, una vez aprobadas las pruebas en aquellas a las que haya podido presentarse, deberá ejercitar de igual modo al previsto en el párrafo precedente la opción por la que se decanta, concediéndose el título según la preferencia manifestada.

Transcurridos dichos plazos sin que el solicitante haya manifestado su pretensión y tras haber obtenido la calificación de apto en más de una especialidad, la Dirección General de Política Universitaria actuará de oficio, concediendo el título correspondiente a la prueba objetiva en la que haya obtenido mayor calificación, y en caso de empate en la calificación de las pruebas, se concederá el título de aquella que haya sido realizada en primer lugar.

Noveno. Indemnización por Razón del Servicio.–Los miembros de la Comisión Evaluadora de cada una de las especialidades de Enfermería, así como el personal asignado para la realización de las actividades necesarias para el desarrollo de la prueba, devengarán las asistencias correspondientes de acuerdo con lo establecido por el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.

Dichas indemnizaciones se harán efectivas con cargo al Presupuesto de la Dirección General de Política Universitaria, en sus programas 21.04.322c23 y 21.04.463a23.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 26 de noviembre de 2009.–El Director General de Política Universitaria, Felipe Pétriz Calvo.

ANEXO I
Relación Provisional de Excluidos a la Prueba Objetiva para acceder al título de Enfermero Especialista en Enfermería de Salud Mental

Apellidos

Nombre

DNI/Pasaporte

ABELLA ALBESA.

MARIA TERESA.

78581374

ABELLAN CARDALDA.

VANESSA.

46360931

ADELL ARGENTO.

BARBARA.

78582693

AGUILAR GOMEZ.

RITA SABINA.

47897857

AGUILAR TOMAS.

MARIA ELENA.

19001002

AGUILAR-BLARDONY NODA.

YAIZA MARIA.

78556575

ALCANTARA GARCIA.

MONTSERRAT.

30793515

ALONSO PEREZ.

PILAR.

18442419

ALVAREZ GOMEZ.

RUBEN.

53138110

ALVAREZ HERRERO.

ESTRELLA.

09707252

ALVAREZ SOS.

MARIA DEL PILAR.

10035070

ANDRES VALHERMOSO.

JUAN ANTONIO.

24313036

AÑOVER DIEZ.

JUAN.

46857159

APARICIO JABON.

MARIA GLORIA.

06997342

ARANA ALVAREZ.

MARIA CONCEPCION.

01489966

ARANA GARCIA.

MARIA CARMEN.

24317399

ARENAS MARTINEZ.

ANA CRISTINA.

17450628

ARISTU BUENO.

IZASKUN.

72692336

ARIZA NEVADO.

ANTONIA MARIA.

74820018

ARRESE ITURBE.

OLAIA.

18600733

ASENSIO MANZANO.

MARIA ROSA.

37387549

AVILA SANCHEZ.

DOLORES.

24894926

AZABAL RAICH.

EVA.

34759196

BAENA VALLS.

JOSE.

52462300

BAHON ROMERO.

VICTOR.

72884597

BARBERA JOVER.

FRANCISCA.

52776617

BARRERA GONZALEZ.

MARIA NATIVIDAD.

09733001

BARRIONUEVO PEÑA.

MATILDE FRANCISCA.

51961291

BARROSO LATORRE.

MONICA.

52912157

BARTOLOMESANZ ALBARRAN.

MARIA ISABEL.

45570452

BASTERRA ARANA.

MARIA NIEVES.

16244864

BAYLACH RUIZ.

MARIA MONTSERRAT.

77251030

BAZATAQUI LOPEZ.

DOLORES.

19082979

BELENGUER ABIAN.

CRISTINA.

29119619

BELTRAN BALLESTA.

JOSE FRANCISCO.

22466187

BELTRAN NAVIO.

NOEMI.

43735291

BENAVIDES COLON.

ISABEL.

00676072

BENAVIDES GARCIA DE ZUÑIGA.

MARIA DEL PILAR.

50012695

BENEITO REIG.

MARIA ASUNCION.

74083327

BENITO AGULLO.

MARIA CELSA.

22537688

BLANCO GOMEZ.

EMILIO JESUS.

52924551

BLASCO LAZARO.

MARIA JESUS.

19843422

BODAS MARTINEZ.

MARIA DEL MAR.

53082615

BOGAS GALISTEO.

JOSE LUIS.

44182242

BONO ESTARLICH.

JOSEFA.

73927146

BUXO AUSIO.

PEDRO.

77080209

CALATAYUD CARRERES.

ALICIA.

20411373

CALDERON SANCHEZ.

MARIA MERCEDES.

11783457

CALLARISA ROCA.

MARTA.

44415964

CALLE VICENTE.

MARIA FLOR.

11766349

CAMEO RICO.

ANA CRISTINA.

25437056

CAMPILLOS FERNANDEZ.

HECTOR.

38857248

CANO CANO.

SUSANA.

04191581

CANOVAS MOLINA.

MARIA ANGELES.

24272105

CAPITAN FERNANDEZ.

MARTA.

46877896

CARBALLO LADO.

CLARA MANUELA.

33230137

CARMONA PAREDES.

JUANA.

45275598

CARRETERO SEVILLA.

CONSUELO.

07802895

CASARIEGO POLA.

MARIA ESTHER.

13709793

CASAS OCHOA.

ISIDORA.

06233650

CASTILLO PERIS.

CARMEN.

20776071

CASTILLO TENDERO.

JOSE LEANDRO.

26215947

CATALA MIRALLES.

MIGUEL ANGEL.

28987646

CERDAN VIVANCOS.

JUAN JOSE.

21469162

CHAPELA BROULLON.

BEGOÑA.

78735154

CLAR SANCHO.

MARIA GEMA.

20790035

CLASCA ANDREU.

ALBERTINA DE.

46204625

COBACHO CASAS.

MARIA CARMEN.

19085532

COEJO CUIÑAS.

ISABEL.

44086046

COGOLLOS OSETE.

JOSE VICENTE.

22692961

COLLADO GONZALEZ.

EVA.

78904671

CONESA MORENO.

MARIA AZUCENA.

23005746

CONTRERAS CASADO.

MARIA PILAR.

03102023

CORDOBA MARTIN.

EMILIANA.

40812634

COROMINAS ROCA.

XAVIER.

39354612

DELGADO CANO.

VANESSA.

79271578

DELGADO CAÑADA.

ANA.

77119011

DELTORO CARRION.

MARIA CONSUELO.

19972823

DOMENECH PEJO.

MONTSERRAT.

38149036

DOMINGO ACCENSI.

FRANCISCO RAMON.

40935502

DURA BERENGUER.

MARIA DE LOS ANGELES.

21456415

ECIJA BERMEJO.

LAURA MARGARITA.

44177124

ESCOBAR MARTINEZ.

JOSEFA.

73545579

ESCUSA JULIAN.

MILAGROS.

18433495

ESPALLARDO SALAR.

BEATRIZ.

48418422

ESPEJO PELAEZ.

CRISTINA.

40348741

ESTEVE MEGIAS.

ORIOL.

46609604

ESTÉVEZ RANCEL.

GENOVEVA.

42068059

FAUS CUÑAT.

VICTOR.

73935027

FELIPE TORRES.

EMMA DE.

18595551

FERNANDEZ CONDE.

MARIA JESUS.

12368271

FERNANDEZ DE ARROYABE AZURMENDI.

ARANTZA.

14601137

FERNANDEZ JIMENEZ.

ANA MARIA.

77520042

FERNANDEZ LOPEZ.

ANTONIO.

40965744

FERNANDEZ LUZON.

NURIA.

24168628

FERNANDEZ PRIETO.

MARIA DEL CARMEN.

09252345

FERNANDEZ RAMOS.

ADELINA.

28744223

FERNANDEZ RODRIGUEZ.

VERONICA.

34263073

FERNANDEZ SARCEDA.

ROSARIO.

33332035

FERRER GINER.

CRISTINA.

47628944

FORT CIURET.

JORGE.

39908936

FRANCISCO PROFUMO.

SEYLA DE.

46773319

FREIXA MATALONGA.

MARIA ANTONIA.

45462095

FRESNO LOZANO.

JAVIER.

46972131

GARCIA AMOR.

SUSANA.

76109937

GARCIA BALLESTER.

MARIA ELENA.

17452295

GARCIA BALTANAS.

MINERVA.

45467524

GARCIA CORCOLES.

JUAN JOSE.

52943282

GARCIA DE DIONISIO CONTRERAS.

MARIA DE LA CONCEPCION.

22968667

GARCIA FERNANDEZ.

INMACULADA.

33352119

GARCIA GAMEZ.

MARINA.

74847671

GARCIA JOVER.

ADELA.

73752618

GARCIA MATA.

AMPARO.

07809197

GARCIA PERTIÑEZ.

ELISABETH.

23792925

GARCIA PLAZA.

ANA MARIA.

17446327

GARCIA RODRIGUEZ.

MARIA ROCIO.

08932297

GARCIA SALAMANCA.

RAQUEL.

71422248

GARCIA SALGUERO.

MARIA.

52664078

GARCIA SANCHEZ.

MARIA DEL CARMEN.

43442909

GARCIA SOTO.

GLORIA ELISA.

13685991

GASANZ VAZQUEZ.

RAQUEL.

52919954

GAZTELU ZUÑIGA.

MARIA ANGELES.

15763881

GEA JIMENEZ.

ANA MARIA.

52812147

GELABERT VILELLA.

SANDRA.

40367648

GER GAMEZ.

ANA MARIA.

05244535

GIMENEZ DOMINGO.

ROSA MARIA MERCEDES.

22531782

GIMENEZ LLINARES.

JOSE JUAN.

22669188

GIMENEZ MARTINEZ.

JOSE ANTONIO.

47615633

GIRALT JASANADA.

ANNA MARIA.

52598942

GODO FREIXES.

MERCE NEUS.

9200008

GOMEZ DE PEDRO.

MARIA LOURDES.

13079795

GOMEZ PEINADO.

EUNICE.

74225781

GOMEZ RUIZ.

ELISA.

72114245

GONZALEZ CANO.

CARLOS.

43456267

GONZALEZ CHAVARRIA.

ANTONIO LUIS.

28587440

GONZALEZ MARIN.

JUAN JOSE.

47622135

GONZALEZ QUINTANA.

CARLOS.

10900278

GONZALEZ SAEZ.

VANESA.

47617031

GONZALEZ UROZ.

ANA MARIA.

19872388

GUEREDIAGA ESCRIBANO.

MARIA ARANZAZU.

18981287

GUTIERREZ BENITO.

ALICIA.

47788067

GUTIERREZ CAÑO.

MARIA SOCORRO.

11382700

GUTIERREZ DEL POZO.

ISABEL JUANA.

06522589

GUTIERREZ VALLEZ.

SILVIA.

46701105

HEREDIA BORREGO.

LUIS.

25972506

HERNANDEZ COROMINAS.

MARIA ANGELES.

52800399

HERNANDEZ HERNANDEZ.

ENRIQUETA.

52518834

HERNANDEZ PADILLA.

MARIA.

73650078

HERRERO FAUS.

REGINA.

19838111

HIDALGO GONZALEZ.

MARIA ARANZAZU.

20214259

HIGUERAS YUSTE.

MARIA ANGELES.

43399725

IBAÑEZ RELAT.

ROGER.

77739664

IGLESIAS SABALLS.

CRISTINA.

40356617

IÑIGO PRIETO.

MARIA ANGELES.

50196706

IRIBARREN FELIP.

MIRIAM.

78088217

ISIDRO ABAD.

MARIA ROSA.

46219127

JAEN BEDATE.

ELISA.

72883195

JERONIMO GONZALEZ.

NATIVIDAD.

23779009

JIMÉNEZ HERRERA.

MANUEL BENITO GENOVEVO.

28552460

JIMENEZ PEREÑA.

JUAN TOMAS.

74931312

JIMENEZ SANCHEZ.

ANDRES FRANCISCO.

48396161

JULIA I PINYOL.

EUGENIA.

47604277

KIRILOVA TOSHEVA CHUPEVA.

YOANNA.

X3727595

LARA SILES.

GEMA CRISTINA.

40360487

LAZARO LAZARO.

ANA MARIA.

18428906

LIEBANA FERNANDEZ.

PALOMA.

05350548

LIRA RUEDA.

SUSANA.

47705688

LLACH BARCELO.

ANNA.

40353900

LLIMONA MANUEL.

GESSAMI.

47723301

LLOS SABRIA.

MARIA DOLORES.

72531798

LOPEZ ALARCON.

MONICA LUCINA.

22534457

LOPEZ BAZA.

ABEL.

46786599

LOPEZ CALVO.

ADELA.

53079423

LOPEZ FERNANDEZ.

AURORA MARIA.

76580112

LOPEZ GENIZ.

EDUARDA.

34039700

LOPEZ HERNANDEZ.

ROSA MARIA.

18431541

LOPEZ MARTINEZ.

ROSARIO.

52772839

LOPEZ PIÑA.

JOSE ANTONIO.

05110305

LOPEZ TRIVIÑO.

MARIA DE LOS REYES.

09387045

LOZANO GALLART.

MARIA VICENTA.

73939951

LUNA RODRIGUEZ.

EDUARDO.

46680420

MACHO AGUILLO.

JUAN TOMAS.

22723180

MACIA ASTORCH.

LAURA.

46637099

MAGRO PALACIO.

TATIANA.

71637278

MANCILLA TORTAJADA.

ROSARIO.

39673931

MARCAL LOPEZ.

JESUS ANGEL.

14693727

MARCHENA SANCHEZ.

CYRA.

28780030

MARCO ARRIBAS.

ELENA.

04605028

MARRO LARRAÑAGA.

ITXASO.

44625202

MARTIN BLASCO.

INGRID.

46793841

MARTIN JURADO.

MARIA DOLORES.

34747623

MARTIN RUBIO.

JOSE LUIS.

33981939

MARTINEZ ABAD.

MILAGROS.

04542648

MARTINEZ COLLADO.

MARIA JOSEFA.

27241907

MARTINEZ FLORINDO.

JOSE.

28699489

MARTINEZ GALIAN.

FAUSTO.

22948663

MARTINEZ GARCIA.

MARTA.

52870180

MARTINEZ GASCUEÑA.

MARIA CARMEN.

04527917

MARTINEZ GONZALEZ.

GEMMA.

53531265

MARTINEZ GÜEMES.

MARIA ISABEL.

13129254

MARTINEZ HERNANDEZ.

ROSARIO.

34804297

MARTINEZ MARTINEZ.

MARIA DOLORES.

73653304

MARTINEZ MOLINA.

AMADA DE SALES.

05196846

MARTINEZ RIU.

INGRID.

46745375

MARTINEZ TISCAR.

DOLORES.

26188002

MAS PLANAS.

MARIA DEL CARMEN.

38802159

MASEGOSO ARTEAGA.

MARCELINO.

24308941

MEDINA ROSAS.

FERNANDA.

30533588

MESTANZA NAVAS.

MARIA BELEN.

25662797

MIGOYA MENDEZ.

MARIA DEL CARMEN.

10907588

MIGUEL CORRALES.

MARIA PILAR.

25161857

MIGUELEZ DE LA HOZ.

JOSE MANUEL.

32861391

MOHAND MOHAND.

YAMINA.

45283090

MOLINA GARCIA.

MARIA CARMEN.

27488778

MOLINERO GONZALEZ.

BEATRIZ.

29132039

MONEDERO CHARRO.

SONIA.

47607898

MONTARDIT GÜELL.

MONTSERRAT.

39644216

MONTES DE LA LINDE.

ITZIAR.

44550956

MORAL MANRIQUE.

ROSA ANA DEL.

14563397

MORALES PRADES.

MONTSERRAT.

44198242

MORATILLA MARQUEZ.

ANA.

22894968

MORENO AROCA.

MARIA DEL CARMEN.

29038307

MORENO CARVAJAL.

MARIA DOLORES.

44998962

MORENO RUIZ.

IGNACIO PEDRO.

26009311

MOSQUERA VIDAL.

MARIA ELENA.

37738121

MUNUERA CASES.

ANDRES.

21973690

MUÑOZ FERNANDEZ.

LEONOR.

33978906

MUR LUIS.

JOSE FELIX.

22711923

NAVAJAS ALMENDRO.

ALFREDO.

19829593

NICOLENO ONTIVEROS.

EVELYN.

43465462

NUÑEZ GONZALEZ.

ANA BELEN.

53054636

NUÑEZ LLAIQUI.

PATRICIA JENNY.

50227428

OCHOA GARCIA.

TAMAR.

78746282

OLABARRIA BENGOA.

NAIARA.

72727035

OLMOS DEVESA.

MARIA DEL CARMEN.

19844282

OMELLA LOLO.

INES.

39897206

ORDOÑEZ GONZALEZ.

MIRIAM.

53083110

ORDOÑEZ ORTIZ.

MARIA FERNANDA.

13704918

ORGA SANZ.

MARIA ASUNCION.

17729400

ORTEGA APARICIO.

MARIA DEL CARMEN.

19849395

ORTIZ MORENO.

SONIA.

47609572

ORTIZ SUAREZ.

ANNA.

47602782

OTERO MENENDEZ.

PATRICIA.

71877379

PAEZ RODRIGUEZ.

AURORA.

52407929

PALENZUELA SERRANO.

JUAN.

24097425

PALOMANES ESPADALE.

MARIA LUISA.

40353704

PALOMARES LOPEZ.

MARIA JESUS.

53079008

PALOMO OLLER.

ADORACION.

24267849

PANIAGUA GORDO.

INES.

16263392

PANIEGO MARTIN.

MARIA TERESA.

13128479

PARDO SOLANA.

MARIA CRISTINA.

18038786

PARDOS BALLESTIN.

CARMEN GEMA.

16793729

PARIS ALVARADO.

VICTOR EDUARDO.

47490142

PAYERO PAYERO.

JOSE.

01350782

PEIRO HINOJOSA.

FRANCISCA EMILIA.

18424637

PELLICER SABATE.

EVA.

39889137

PEREZ CALVO.

ANA.

29119885

PEREZ GARROTE.

MONTSERRAT.

50804685

PEREZ LOPEZ.

ANTONIO.

37269260

PEREZ MONTERO.

MARIA ANGELES.

44979677

PEREZ PEREZ.

SOFIA.

05135847

PEREZ SALAS.

MARIA CARMEN.

29751368

PICA CALDERON.

MARIA DEL MAR.

46718599

PIÑEIRO MENDEZ.

HERMINDO MIGUEL.

76805550

POBLETE PIEDRABUENA.

JESUS.

22556543

POL NICOLAU.

ONOFRE.

18223563

POLO VELASCO.

JAVIER.

53128166

POSSO YAÑEZ.

ZULMA.

47323297

PRADO DEL BAÑO.

JOSE MANUEL.

18884322

PRAT REIXACH.

ELISABET.

07731823

PRIETO BORRULL.

NOEMI.

39912510

PUIGDEVALL GRAU.

ELENA.

46357814

RAMIREZ LOZANO.

MARIA ANGELES.

19097591

RAMON COSTA.

JUAN CARLOS.

43025376

RAPOSO RODRIGUEZ.

LUIS JESUS.

33158599

RECASENS PAHI.

MIREIA.

39875848

REDONDO GARCIA.

IGNACIO.

03874763

REDONDO MOLINERO.

JUAN JOSE.

52629832

REVILLA SANZ.

BEATRIZ.

12396394

REVUELTA LEMA.

ANTONIO.

05416597

RIBAS VALLE.

NATALIA.

40338565

ROCA PARDO.

BEATRIZ.

48478135

RODAL SOUTO.

JOSE MARCOS.

52499245

RODRIGUEZ COELLO.

CONRADO.

05649687

RODRIGUEZ GARCIA.

MARIA ISABEL.

24318476

RODRÍGUEZ GARCIA.

JUAN.

26174895

RODRIGUEZ GONZALEZ.

DACIL.

78697580

RODRIGUEZ MARTIN.

JUAN MANUEL.

18910091

RODRIGUEZ MARTINEZ.

MARIA ELENA.

32438382

RODRIGUEZ PEÑALVER.

MANUEL FRANCISCO.

28403639

RODRIGUEZ VILLAR.

ANA MARIA.

77092266

ROLDAN RAMIREZ.

CLEMENTE JESUS.

30834054

ROSA AGUILAR.

MARIA DEL CARMEN DE LA.

07557266

ROSALES VILCHES.

MARIA DEL CARMEN.

26465583

ROYO IGLESIAS.

MARIA TERESA.

47764874

RUBIO GARCIA.

MIGUEL ANGEL.

42986013

RUBIO MARTIN.

MARIA DEL CARMEN.

07435595

RUBIO SORIANO.

MARIA CONCEPCIÓN.

17705371

RUIZ ALMERIA.

JESUS.

22452731

RUIZ COBACHO.

NEUS.

53069188

RUIZ OLIVARES.

ANGELA.

20159732

SABATA GARRIGA.

MARIA DE LAS MERCEDES.

37747176

SALA CORBINOS.

DOLORES.

43721935

SALAS MOREIRA.

MARIANA ANTONIETA.

43217606

SALINAS VILLA.

MARIA LOURDES.

21417161

SAMON CABALLERO.

PAULA.

38866930

SAMPEDRO GONZALEZ.

MARIA ENCARNACION.

06526672

SANCHEZ ALDABO.

CLAUDIA.

39901208

SANCHEZ MIGUEL.

ANA MARIA.

46322365

SANCHEZ RUIZ.

LAURA.

47795828

SANCHEZ SEPULVEDA.

OSCAR.

53133012

SANCHEZ TORRES.

SARA.

53005159

SANDOVAL GONZALEZ.

JUANA MARIA.

52819621

SANTAELLA ORTEGA.

MARIA CARMEN.

24292046

SANTIAGO PASCUAL.

MONTSERRAT.

44415564

SANTOS CANO.

CAROLINA.

38141089

SANZ HERAS.

RAQUEL.

77117796

SANZ ROMERO.

DAVID.

18445607

SAURA QUESADA.

LAURA MARIA.

51072409

SERRANO GARCIA.

CARIDAD RITA.

05158191

SERRANO PEREZ.

SILVIA.

37388616

SERRANO ZURBITU.

AINHOA.

72741734

SERRAT GRABOLEDA.

EVA.

40347660

SEVILLA VICEDO.

MARIA DOLORES.

21982436

SIRER ADAN.

MARGARITA.

18217020

SOARES DE OLIVEIRA.

ISABEL CRISTINA.

43167809

SOMOZA QUIROGA.

MARINA LUISA.

34239738

TAMARIT COLOMAR.

JUAN AGUSTIN SALVADOR.

73897325

TOLEDO RUIZ.

MARIA GRANADA.

52757549

TOLOS GARCIA.

SILVIA.

39882862

TOLOSA MERLOS.

DIANA.

47712313

TOMEO FERRER.

MONICA.

25463811

TRIMIÑO UTRILLA.

ESTHER.

52465645

URBEA CASTELLS.

ANNA.

47791896

VACAS RUIZ.

OLGA.

47604338

VALENCIA LOZANO.

INMACULADA.

73940460

VALENZUELA MORENO.

BERNABELA.

42825006

VALLEJO CALVO.

RICARDO.

12707279

VARONA MARCOS.

LEYRE.

78919136

VAZQUEZ BARBANCHO.

MARIA FELISA.

09187745

VAZQUEZ SAN JOSE.

ALICIA.

44163373

VAZQUEZ SANCHEZ.

MARIA BEGOÑA.

14701288

VELASCO GONZALEZ.

CARMEN TERESA.

10595110

VIA GONZALEZ.

ANA MARIA.

71408321

VICENTE GONZALEZ.

MARIA DE LOS ANGELES.

09443023

VIDAL PASCUAL.

XAVIER.

44008584

VIDAL PUIG.

GEMMA.

46141774

VILLALVILLA MARTINEZ.

CANDIDO.

70475639

VILLAVERDE JIMENEZ.

JAVIER.

50161066

VINUES SALAS.

CARLOTA.

18041630

ZAPATA LOPEZ.

LUIS MANUEL.

75235501

ANEXO II
Programa Formativo de la Especialidad de Enfermería de Salud Mental

(Aprobado por Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo del Ministerio de Educación y Cultura, de fecha 9 de julio de 1998)

Justificación de la especialidad

La modificación del concepto de salud, entendida no como un fin en sí mismo, sino como parte integrante del desarrollo personal, obliga a un nuevo enfoque de la atención centrada en el individuo sano o enfermo, familia y comunidad. Incluyendo los conceptos de prevención, promoción y rehabilitación para la salud, apareciendo nuevas demandas de cuidados en el contexto de la atención.

Cabría señalar otros factores que influyen en la configuración y modificación de estas demandas. En primer lugar, los rápidos cambios socioeconómicos, políticos y medioambientales ocurridos últimamente, tales como el aumento de las migraciones humanas, la superpoblación urbana y abandono de las zonas rurales, los niveles elevados de estrés ambiental, laboral y personal, han determinado, entre otras consecuencias, el incremento de enfermedades psicosomáticas, trastornos emocionales y el aumento de las toxicomanías.

Otros factores destacables hacen referencia a la proliferación de nuevos tipos de familias (monoparentales, segundas y/o dobles familias, etc.) y el envejecimiento de la población, con el consecuente aumento de la dependencia debido al aislamiento, soledad, incapacidades, enfermedades crónicas y medioambientales. Asimismo, la aparición de nuevos grupos de riesgo, con nuevas formas de enfermar y morir, modificando el patrón epidemiológico en el campo de la Salud Mental, determinan nuevas pautas de conducta, sistemas de valores y estilos de vida diferentes a los ya existentes, que requieren el despliegue de una serie de habilidades y mecanismos de integración del individuo en su nueva situación y formas de vida.

Existen, además, otros elementos determinantes de las nuevas expectativas que surgen alrededor de la enfermería especializada en salud mental. Éstos vienen dados por los cambios en el sistema de salud, los avances científicos y tecnológicos que requieren un personal altamente cualificado y, al mismo tiempo, con unas determinadas capacidades y habilidades relacionales que le permitan optimizar la promoción y prestación de cuidados. Por otro lado, la actual orientación de la atención hacia un enfoque comunitario, basado en la provisión de recursos al individuo en su grupo de pertenencia, así como la diversificación de unidades de trabajo, suponen para los enfermeros una constante evolución en el concepto y significación de los cuidados.

El conocimiento y valoración de los cambios anteriormente expuestos, junto a la escasez de enfermeros especialistas, la especificidad en la atención de los problemas de salud mental y la demanda social de atención a estos problemas, justifican la formación de enfermeros especialistas en Salud Mental que favorezca la mejora de la calidad de los cuidados ofrecidos por el equipo, en los diferentes niveles de atención.

Perfil profesional

La aportación profesional específica de los enfermeros de Salud Mental viene definida por el trabajo que desarrollan con las personas y con las respuestas humanas derivadas de las alteraciones de la salud mental, con los aspectos afectivos que la conducta humana lleva implícitos y la potencialidad de éstos para incidir en la capacidad de integración socialmente aceptable de los individuos. Para ello prestan cuidados utilizando la relación interpersonal como instrumento terapéutico básico. Para llevar a cabo lo enunciado deberán:

Prestar cuidados a personas, familias y grupos, de acuerdo con el concepto de atención integral, para la promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación de la salud mental.

Asesorar, en calidad de experto, a profesionales de enfermería y a otros profesionales de la salud.

Educar en materia de salud mental a la persona, familia, grupos y comunidad.

Formar en materia de salud mental a los futuros profesionales de enfermería, así como colaborar en la formación de otros profesionales.

Investigar en el campo de Enfermería en Salud Mental y participar en otros proyectos de investigación.

Dirigir y/o participar en la organización y administración de los servicios de salud mental.

Participar en la determinación de objetivos y estrategias en materia de salud mental, dentro de las líneas generales de la política sanitaria y social del país.

Actuar como consultores de las diferentes Administraciones locales, autonómicas y estatal, así como de organismos internacionales en materia de Enfermería de Salud Mental.

Propósito general de la formación del especialista

Formar enfermeros especialistas que aseguren la prestación de cuidados a individuos, familias y grupos en los diferentes niveles de atención de salud mental, dotándoles de los conocimientos necesarios que les permitan dar atención especializada, así como formar, investigar, gestionar y asumir responsabilidades en todos los ámbitos de su campo de actuación.

Objetivos generales del programa de formación

La formación de los enfermeros especialistas de Salud Mental deberá garantizar que al terminar el programa de formación serán capaces de:

Profundizar en las ciencias que conforman la base de la Enfermería de Salud Mental y Psiquiátrica, de acuerdo con el concepto de atención integral que cubre las necesidades biológicas, psicológicas y sociales de los pacientes / clientes y familias en su comunidad de pertenencia.

Conocer y aplicar los métodos de tratamientos enfermeros de salud mental y psiquiátricos y capacitarlos para la elección del método terapéutico apropiado a la edad, situación, a las circunstancias del paciente/cliente y de acuerdo con los diagnósticos de enfermería formulados.

Reconocer que el producto final de la atención a los pacientes/clientes es el resultado de las interacciones de éstos con los miembros del equipo interdisciplinar y de las que se producen entre los propios integrantes del equipo.

Tener conciencia de su identidad profesional y conocimiento de los derechos y deberes éticos y legales propios de la profesión.

Desarrollar y colaborar en procesos educativos dirigidos a pacientes/clientes, familias, profesionales y grupos significativos del medio comunitario.

Conocer la legislación vigente en materia de salud mental.

Investigar en el campo de la Enfermería en Salud Mental y participar en otros proyectos de investigación interdisciplinares.

Organizar y administrar servicios de salud mental.

Conocer las líneas de la política sanitaria y social que les permitan asesorar en calidad de expertos y decidir estrategias en el marco de la salud mental.

Cuantificación de objetivos del programa de formación

La formación se desarrollará bajo la supervisión de enfermeros especialistas, debiendo cumplir al menos los siguientes objetivos:

Participar en la atención de primeras demandas al menos en 20 casos.

Participar en al menos 10 sesiones de coordinación de programas.

Participar en al menos 20 sesiones clínicas de enfermería.

Participar en al menos 20 sesiones clínicas del equipo de salud mental.

Participar en al menos 5 sesiones de coordinación de casos clínicos a nivel de área.

Realizar consultas de enfermería, al menos, en 50 casos a nivel individual y 15 en familias.

Realizar al menos 20 visitas a domicilio.

Llevar a cabo el seguimiento completo del paciente, de acuerdo con el proceso de atención de enfermería, al menos en los siguientes casos:

1 infanto-juvenil.

2 en la asistencia intrahospitalaria.

5 en la asistencia comunitaria.

2 casos que utilicen los tres niveles de atención.

{Equipos de Salud Mental.

{Unidades de Hospitalización.

{Unidades de apoyo.

Colaborar al menos en 2 procesos grupales instalados.

Intervenir al menos en 10 situaciones de urgencia y/o crisis.

Participar en las sesiones formativas del equipo interdisciplinar, del equipo de Enfermería en Salud Mental y del equipo de Atención Primaria, al menos 2 veces.

Elaborar 1 diseño de Proyecto de Investigación sobre Enfermería de Salud Mental.

Participar al menos en 1 programa de Educación para la Salud Mental.

Participar en al menos 1 programa de rehabilitación psico-social.

Colaborar en la actualización continua del diagnóstico de Salud Mental del área socio-sanitaria, al menos en uno de sus componentes.

Duración del programa de formación

El Programa se desarrollará a lo largo de un año a tiempo completo, mediante el sistema de residencia, en los términos previstos en el apartado noveno, 3, de la Orden de 24 de junio de 1998 (BOE del 30) por la que se desarrolla el Real Decreto 992/1987, de 3 de julio, sobre la obtención del título de Enfermero especialista.

Materias del programa de formación

A continuación se reflejan las materias que componen el Programa de Formación, quedando especificado el número de horas que deben desarrollarse en el ámbito de la Atención Comunitaria y las que se llevarán a cabo en el de la Atención Especializada.

Materias

AT. Com.

AT. Esp.

Total

Enfermería de Salud Mental y Psiquiátrica I.

175 horas.

75 horas.

250 horas.

Enfermería de Salud Mental y Psiquiátrica II.

315 horas.

135 horas.

450 horas.

Enfermería Psicosocial I.

100 horas.

50 horas.

150 horas.

Enfermería Psicosocial II.

245 horas.

105 horas.

350 horas.

Educación para la Salud Mental.

44 horas.

26 horas.

70 horas.

Ética y Legislación de Enfermería de Salud Mental.

 

 

45 horas.

Administración de los Servicios de Salud Mental.

43 horas

17 horas.

60 horas.

Investigación en Enfermería de Salud Mental.

 

 

270 horas.

Actividades de formación teórica.

10 horas semanales, un total máximo de 460 horas y un mínimo de 428 horas.

En el caso de las materias de Ética y Legislación de Enfermería de Salud Mental e Investigación de Enfermería de Salud Mental, las enseñanzas se llevarán a cabo en el ámbito que el responsable docente considere oportuno, en función de los recursos y posibilidades existentes.

Teniendo en cuenta el concepto generalmente aceptado sobre la formación de post-grado, basada en el predominio del autoaprendizaje tutorizado, la metodología docente para la impartición de las materias que conforman el programa formativo aplicará métodos educativos creativos, que aseguren la participación activa en los servicios asistenciales y el aprendizaje experiencial, fomentando la realización de seminarios, talleres de trabajo o discusión de casos clínicos y problemas que se plantean en las situaciones de cuidados.

Desarrollo de las materias

Enfermería de Salud Mental y Psiquiátrica I

Objetivos:

Conocer en profundidad las distintas teorías y modelos psicológicos y psiquiátricos, con el fin de planificar actuaciones específicas de enfermería, en el marco de las decisiones del equipo.

Conocer en profundidad la psicopatología y la clínica psiquiátrica con el fin de planificar actuaciones de enfermería en el marco de las decisiones en equipo.

Identificar las necesidades en materia de salud mental que presenta la comunidad a la que atiende, participando en el desarrollo de programas de intervención.

Conocer las distintas modalidades terapéuticas de intervención, manejando los principales conceptos teóricos de cada una de ellas con el fin de intervenir adecuadamente.

Contenidos:

Evolución histórica de la asistencia psiquiátrica.

Teorías y modelos psicológicos y psiquiátricos.

Psicopatología y clínica psiquiátrica. Clasificaciones diagnósticas.

Diagnóstico de salud mental de la comunidad. Grupos de riesgo.

Desarrollo de programas específicos.

Modalidades terapéuticas de intervención.

Enfermería de Salud Mental y Psiquiátrica II

Objetivos:

Conocer en profundidad las distintas teorías y modelos enfermeros, con el fin de planificar actuaciones específicas de enfermería en salud mental, según el modelo elegido.

Identificar los factores que condicionan la salud mental del individuo, familia y comunidad.

Cuidar a la persona, familia y grupos en base a los problemas de salud mental que presentan, siguiendo el proceso de atención de enfermería.

Actuar como enfermero especialista de enlace, en los distintos niveles del sistema de salud.

Participar en la planificación y desarrollo de programas de enfermería de salud mental dirigidos a la comunidad en los distintos niveles de intervención.

Contenidos:

Evolución histórica de los cuidados de enfermería de salud mental y psiquiátrica.

Conceptos y características de la salud mental.

Modelos de enfermería aplicados.

Clasificaciones diagnósticas de enfermería. Diagnósticos relacionados.

Aplicación de la metodología enfermera en el cuidado de la salud y enfermedad mental, en las distintas etapas del desarrollo evolutivo y distintos procesos y fases de la enfermedad.

Intervención en los distintos ámbitos:

Promoción, prevención y rehabilitación.

Programas de intervención específica.

Continuidad de los cuidados de intervención.

Interconsulta.

Enfermería Psicosocial I

Objetivos:

Conocer características, recursos y dinamismos de la comunidad a la que se atiende.

Conocer las bases del comportamiento humano, identificando las respuestas adaptativas o desadaptativas a las situaciones de cambio ylo de crisis.

Conocer las principales teorías de la comunicación humana y los principios que rigen la interacción positiva.

Conocer y manejar teorías y técnicas de intervención grupal dirigidas a personas sanas o enfermas.

Contenidos:

Sociología de la salud mental.

Aspectos socioculturales, estilos de vida y calidad de vida.

La comunicación humana.

Comportamientos adaptativo /desadaptativos en las experiencias vitales.

Teoría y dinámica de grupos. Técnicas y manejo de grupos.

Recursos comunitarios. Movimientos asociativos y de autoayuda.

Enfermería Psicosocial II

Objetivos:

Determinar los factores que influyen en el bienestar subjetivo, la adaptación y el aprendizaje de un estilo de vida positivo.

Demostrar capacidad para manejar las relaciones interpersonales, tanto en la vida personal como en la profesional, actuando como referente en las demandas de consulta y/o interconsulta que se presenten.

Establecer una relación terapéutica que ayude al individuo en su proceso de reeducación personal, en su adaptación al medio y en el aprendizaje de nuevos hábitos que mejoren su autonomía.

Detectar las necesidades que presenta el grupo familiar, interviniendo adecuadamente con el fin de optimizar su capacidad como grupo de apoyo.

Desarrollar habilidades de intervención enfermera, adecuadas a las distintas situaciones de cambio y/o crisis en que se encuentra la persona, familia o grupos.

Tener suficiente autoconocimiento que le permita desarrollar actitudes terapéuticas.

Colaborar en el desarrollo e implantación de programas de rehabilitación psicosocial, aplicando la metodología enfermera.

Actuar como agentes de cambio para crear condiciones para la salud mental en los diferentes ámbitos de relación y atención en los que actúa.

Contenidos:

La salud mental positiva.

Teoría y manejo de las relaciones interpersonales. La relación intrapersonal.

El autoconocimiento y el autocuidado de la enfermera.

La relación terapéutica enfermero / paciente.

La familia como grupo de apoyo.

Intervenciones en situaciones de estrés, cambio y/o crisis.

Rehabilitación psicosocial en los diferentes niveles de intervención y situaciones de cuidados.

Los enfermeros de salud mental, como líderes y agentes de cambio.

Educación para la Salud Mental

Objetivo:

Adquirir los conocimientos necesarios para planificar, desarrollar y evaluar actividades educativas dirigidas al individuo, familia y grupos, así como a otros profesionales de la salud.

Contenidos:

El proceso de enseñanza-aprendizaje:

Características.

Los objetivos: elección y formulación.

Metodología educativa.

Recursos necesarios.

La evaluación del proceso enseñanza-aprendizaje.

La persona como objeto de la educación para la salud en cada etapa del proceso evolutivo y otras situaciones de cambio.

La educación sanitaria: bases científicas y psicológicas.

Elaboración del programa de educación para la salud mental.

Los grupos objeto de educación para la salud, como colectivos implicados en el proceso salud/ enfermedad mental.

Ética y Legislación de Enfermería de Salud Mental

Objetivo:

Conocer y analizar los principios éticos y la legislación vigente relativa a la salud mental y psiquiatría.

Contenidos:

Código Deontológico de la profesión de Enfermería.

Ética y salud mental.

Ética e investigación.

Declaraciones, manifiestos y recomendaciones nacionales e internacionales en defensa de los derechos de los enfermos mentales y sus familias.

Derechos constitucionales.

Normativa vigente sobre la protección social e integración sociolaboral del enfermo mental.

Normativas sobre internamiento psiquiátrico, tutorías e incapacitaciones.

Normativas sobre el derecho a la intimidad y a la propia imagen.

Responsabilidad penal y civil de la enfermedad mental.

Responsabilidad penal y civil de los profesionales de la salud mental.

Administración de los Servicios de Salud Mental

Objetivo:

Conocer los distintos sistemas de salud mental y el proceso administrativo, aplicándolo a los servicios de Enfermería de Salud Mental en los diferentes niveles del Sistema Sanitario.

Contenidos:

Tendencias y sistemas de salud mental.

La atención de Salud Mental y Psiquiátrica en el Sistema Nacional de Salud. Niveles asistenciales.

Proceso administrativo, funciones que lo integran.

Administración de los servicios de Enfermería de Salud Mental: Filosofía y objetivos.

Instrumentos de planificación, organización, dirección y evaluación de los servicios de Enfermería de Salud Mental.

Gestión de la calidad de los servicios de Enfermería de Salud Mental.

Investigación en Enfermería de Salud Mental

Objetivo:

Profundizar en las bases teóricas y prácticas que componen el proceso de la investigación, mediante el desarrollo de un proyecto de investigación sobre Enfermería de Salud Mental.

Contenido:

Metodología de la Investigación.

Áreas prioritarias de investigación en Enfermería de Salud Mental.

Diseño de un proyecto de investigación sobre Enfermería de Salud Mental.

Fuentes de información.

Análisis de datos.

Comunicación y aplicación de los resultados.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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