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Documento BOE-A-2009-19001

Acuerdo de 19 de noviembre de 2009, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convocan pruebas de especialización para la provisión de plazas de Magistrado especialista en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 28 de noviembre de 2009, páginas 100934 a 100946 (13 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2009-19001

TEXTO ORIGINAL

El Consejo General del Poder Judicial, por Acuerdo del Pleno de fecha 19 de noviembre de 2009, y con objeto de proveer las vacantes existentes, convoca pruebas de especialización para cubrir 9 plazas en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 311, 312 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como en el capítulo III del Título II del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, en lo que no se oponga a aquélla.

De las especializaciones convocadas se reserva una a personas de la Carrera Judicial o Fiscal con discapacidad en grado igual o superior al 33%, siempre y cuando supere las pruebas. Si esa especialidad no se alcanzara por las personas participantes por ese turno de reserva, acrecerá al turno general.

Las pruebas objeto de la presente convocatoria se regirán por las siguientes bases y, en lo no previsto expresamente, por lo dispuesto en el capítulo citado del Reglamento 1/1995, de 7 de junio.

A. Requisitos de las personas aspirantes

1. Podrán concurrir a las presentes pruebas de especialización los miembros de la Carrera Judicial que, ostentando la categoría de Juez/a, hayan prestado, al menos, dos años de servicios efectivos en la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Igualmente, podrán hacerlo quienes tengan la categoría de Magistrado/a y, como forma de acceso a la Carrera Judicial, los miembros de la Carrera Fiscal; en ambos casos, será necesario haber prestado al menos dos años de servicios efectivos en sus respectivas carreras, en todo caso computados a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes.

Las personas aspirantes podrán participar en las pruebas que se convocan cualquiera que sea su situación administrativa, excepto la de suspensión definitiva.

2. Las personas aspirantes que tomen parte en las pruebas por el turno de reserva para personas con discapacidad deberán acreditar ese extremo mediante la presentación -junto a la solicitud de admisión a las pruebas- de certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo e Inmigración o en su caso del órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma con la competencia transferida en esa materia, indicando asimismo la petición concreta sobre las necesidades específicas que se precisen para tomar parte en el proceso en condiciones de igualdad.

B. Presentación de solicitudes

1. Las solicitudes para tomar parte en las pruebas que se convocan, ajustadas al modelo que figura como anexo II, se presentarán en el Registro General del Consejo General del Poder Judicial (Calle Marqués de la Ensenada, 8, 28071, Madrid), directamente o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro de los veinte días hábiles siguientes a contar desde la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado.

C. Admisión de candidaturas

1. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de quince días naturales, resolverá acerca de la admisión o exclusión de las personas aspirantes. El texto del correspondiente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial del Estado, concediéndose a quienes resulten excluidos/as el plazo de diez días para que subsanen los defectos advertidos o formulen las reclamaciones a que hubiere lugar. Los errores de hecho podrán ser subsanados en cualquier momento, bien de oficio o a petición de la persona interesada.

2. La Comisión Permanente resolverá en el mismo acto sobre las adaptaciones solicitadas por las personas que toman parte por el turno de reserva para personas con discapacidad.

3. Finalizado el plazo de subsanaciones, la Comisión Permanente hará pública la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, resolviendo acerca de las impugnaciones formuladas.

D. Tribunal calificador y reglas de actuación

1. Publicada la relación definitiva a que se refiere el párrafo anterior, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial procederá, según lo previsto en el artículo 314 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, a la designación y nombramiento del Tribunal Calificador, que será publicada en el Boletín Oficial del Estado. El Tribunal estará presidido por el Presidente del Tribunal Supremo o Magistrado/a del Tribunal Supremo o de Tribunal Superior de Justicia en quien delegue y serán vocales del mismo dos Magistrados/as, un/a Fiscal, dos Catedráticos/as de universidad designados/as por razón de la materia, un/a Abogado/a con más de diez años de ejercicio profesional, un/a Abogado/a del Estado, un/a Secretario/a Judicial de primera categoría y un miembro de los órganos técnicos del Consejo General del Poder Judicial, que tenga la licenciatura en Derecho y que actuará como Secretario/a.

2. El Consejo General del Poder Judicial, al conceder comisión de servicio a los miembros del Tribunal que de él dependan, indicará expresamente si dicha comisión ha de ser con relevación de las demás funciones, e instará, en su caso, a las instituciones mencionadas en el apartado 4 del presente artículo a que se pronuncien en el mismo sentido respecto de los miembros del Tribunal cuya propuesta dependa de ellas.

3. Cuando no sea posible designar a catedráticos/as de universidad, podrán nombrarse profesores/as titulares, excepcionalmente y de acuerdo con lo que dispone el citado artículo 314 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

4. De los miembros del Tribunal indicados, los/las catedráticos/as o, en su caso, los/las profesores/as titulares, lo serán a propuesta del Consejo de Coordinación Universitaria; el/la abogado/a del Estado y el/la secretario/a Judicial, del Ministerio de Justicia; el/la abogado/a, del Consejo General de la Abogacía, y el/la fiscal, del Fiscal General del Estado. Las instituciones proponentes elaborarán ternas que remitirán al Consejo General del Poder Judicial para la designación de los/las vocales del Tribunal, salvo que existan causas, que habrán de manifestarse expresamente, que justifiquen proponer sólo a una o dos personas y sin perjuicio de que el Consejo General del Poder Judicial pueda proceder a la designación directa para el caso de que no se elaboren ternas por dichas instituciones.

5. El Tribunal, previa citación hecha de orden de su Presidente/a, se constituirá dentro de los diez días naturales siguientes al de publicación de su nombramiento, levantando la correspondiente acta, y dirigirá al Consejo General del Poder Judicial una propuesta comprensiva del calendario de desarrollo de las pruebas, con señalamiento de la fecha de comienzo del primer ejercicio. Aprobada esta propuesta, se acordará su publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicándose también el lugar de celebración de aquéllas. Entre la expresada publicación y el comienzo de las pruebas deberán mediar, al menos, veinte días.

6. En la sesión de constitución, los miembros del Tribunal en quienes concurra alguna de las causas de abstención establecidas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deberán manifestarlo expresamente, salvo que tuvieran conocimiento de ella en un momento posterior. Por los mismos motivos podrán las personas aspirantes, en su caso, promover la recusación de los miembros del Tribunal.

7. El/La Presidente/a del Tribunal pondrá en conocimiento del Consejo General del Poder Judicial la abstención o recusación de cualquiera de sus miembros a fin de que aquél resuelva sobre ella y proceda, en su caso, a la designación de otro miembro del Tribunal de la misma condición que quien se hubiera abstenido o hubiera sido recusado/a. En el ínterin, sin embargo, el Tribunal podrá seguir actuando si cuenta con el quórum mínimo reglamentario.

8. El Tribunal no podrá actuar sin la presencia, al menos, de cinco de sus miembros. En el caso de no hallarse presente el/la Presidente/a del Tribunal, será sustituido, con carácter accidental, por el/la magistrado/a con más antigüedad. En el supuesto de ausencia del/de la secretario/a, realizará sus funciones el/la abogado/a, o, en su defecto, otro de los miembros del Tribunal por el orden inverso a aquél en que aparezcan enumerados en el acuerdo de su nombramiento.

9. Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de votos, siendo de calidad, en caso de empate, el voto del/de la Presidente/a. El Tribunal resolverá cuantas incidencias se planteen en el desarrollo de las pruebas que no estén previstas en la presente convocatoria, o en el Reglamento que le sirve de marco.

10. Las sesiones se documentarán por el/la secretario/a, que levantará acta de las mismas, suscribiéndolas con el visto bueno del/de la Presidente/a. En las actas se indicarán necesariamente los miembros presentes, las causas de la ausencia de los demás y las motivaciones de las decisiones del Tribunal, expresando las razones concretas por las que las personas aspirantes, en su caso, hayan sido suspendidos/as o invitados/as a retirarse.

E. Proceso selectivo

1. Las pruebas de especialización consistirán en la realización de un ejercicio teórico y el seguimiento posterior de un curso teórico-práctico. El Tribunal calificador, mediante Acuerdo que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, determinará el lugar de celebración de las mismas, junto con el señalamiento del día y hora de comienzo del ejercicio teórico, cuya primera sesión tendrá lugar entre los días 24 y 29 de mayo de 2010.

2. El ejercicio teórico consistirá en la exposición oral ante el Tribunal, constituido en sesión pública, de cuatro temas extraídos a la suerte, de entre los que componen el programa que aparece como anexo I al presente Acuerdo.

Su distribución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 del Reglamento de la Carrera Judicial, será la siguiente: Dos temas de Derecho Administrativo (parte general), un tema de Derecho Administrativo (parte especial) y un tema de Derecho Tributario, durante un tiempo máximo de ochenta minutos.

Para su realización y calificación se observarán las siguientes reglas:

a) Se efectuará un solo llamamiento, quedando decaídas en su derecho las personas aspirantes que no comparezcan a realizarlo, a menos que, con anterioridad a dicho acto, justifiquen debidamente la causa de su incomparecencia, que será apreciada por el Tribunal, en cuyo supuesto serán objeto de una nueva convocatoria.

b) Las personas aspirantes, antes de dar comienzo a la exposición, dispondrán de un máximo de treinta minutos de reflexión, pudiendo confeccionar si lo desean un esquema por escrito y a la vista del Tribunal.

c) Cuando el Tribunal, consultado a tal efecto por su Presidente/a y por decisión unánime de sus miembros, apreciara en cualquier momento de la exposición de los temas una manifiesta deficiencia de contenido, invitará a la persona aspirante a retirarse, indicándole el motivo, dando por concluido para aquélla el desarrollo de las pruebas y haciendo una sucinta referencia en el acta de la sesión correspondiente.

d) Finalizada la exposición de los temas, las personas candidatas habrán de responder a las observaciones que sobre el contenido de los mismos les sean formuladas por los miembros del Tribunal, durante un período de tiempo que en total no exceda de quince minutos.

e) Previa deliberación a puerta cerrada, al término de la sesión de cada día, el Tribunal decidirá por mayoría la aprobación o desaprobación de cada una de las personas aspirantes que hubiesen actuado. El número de puntos que cada miembro del Tribunal podrá conceder a cada aspirante que hubiese actuado será de uno a cinco por cada tema expuesto. Las puntuaciones serán sumadas, excluyendo la más alta y la más baja, y se dividirá el total que resulte entre el número de vocales asistentes cuya calificación se hubiere computado, de tal modo que el cociente obtenido constituirá la calificación de la persona aspirante.

f) Diariamente, el Tribunal hará público el resultado obtenido por las personas aspirantes aprobadas en el tablón de anuncios del local donde se celebren las sesiones.

3. En virtud de lo dispuesto en el artículo 249 del Reglamento 1/1995, 7 de junio, de la Carrera Judicial, para la preparación de las presentes pruebas de especialización, las personas aspirantes que pertenezcan a la Carrera Judicial podrán solicitar licencia de hasta un mes con los requisitos y efectos previstos en el artículo 250 del mismo Reglamento.

4. Concluido el ejercicio teórico, el Tribunal remitirá al Consejo General del Poder Judicial la relación de personas candidatas que lo hubiesen superado, con expresión de la puntuación obtenida, a fin de que por este Órgano se disponga lo necesario en cuanto a la realización del curso en la Escuela Judicial. El expresado curso se acomodará a las siguientes bases:

a) Su duración no será inferior en ningún caso a tres meses, tiempo durante el cual las personas aprobadas realizarán las actividades de contenido esencialmente práctico programadas para estas pruebas selectivas.

b) Dicho programa formativo comprenderá elaboración de resoluciones, estudio de jurisprudencia, seminarios y realización de trabajos o ponencias sobre las materias anunciadas. Al término del curso, los/as alumnos/as que lo hayan seguido elaborarán, bajo la dirección del profesorado de la Escuela Judicial, una memoria de las actividades realizadas en el mismo.

c) El programa formativo del curso se elaborará por los órganos correspondientes de la Escuela Judicial y será sometido a la aprobación de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial. Habrá de comprender la duración del curso, los extremos a que se refiere el artículo 312.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la propuesta de profesorado que haya de dirigirlo.

d) Mientras dure el curso, el Consejo General del Poder Judicial concederá a los/as alumnos/as que hayan de seguirlo las licencias necesarias para concurrir a la sede de la Escuela Judicial en las fechas o períodos de tiempo establecidos en la programación, con el fin de llevar a cabo en la misma las actividades previstas, de conformidad con lo dispuesto en el Título XII del Reglamento de la Carrera Judicial.

e) Concluido el curso, el profesorado que lo hubiera dirigido, reunido en sesión conjunta, presentará al Tribunal un informe razonado de las actividades realizadas por cada una de las personas aspirantes, con propuesta de calificación. Posteriormente, el Tribunal elaborará la calificación final de las personas aspirantes valorando por igual las puntuaciones obtenidas en el ejercicio teórico y en el curso. Efectuada esta calificación, la remitirá al Consejo General del Poder Judicial.

F. Propuesta de personas aprobadas, nombramientos y destinos

1. El Tribunal calificador remitirá la relación de personas aprobadas al Consejo General del Poder Judicial, colocadas por orden de puntuación global obtenida, sin que puedan comprenderse en la misma mayor número de plazas que las anunciadas en la correspondiente convocatoria, salvo que concurran las circunstancias previstas en el apartado 4. Copia de dicha relación se hará pública en el tablón de anuncios del lugar donde se hayan celebrado las pruebas.

2. Recibida en el Consejo General del Poder Judicial la propuesta, se acordará su inserción en el Boletín Oficial del Estado, procediéndose al nombramiento de las personas seleccionadas como magistrados/as especialistas en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, siendo destinados/as a las vacantes existentes, con la salvedad que se expresará en el apartado 4, y otorgándose preferencia a la mejor puntuación obtenida. Los casos de empate serán resueltos a favor de quien ostente mejor puesto en el escalafón. Perderán la condición de magistrado/a especialista quienes no tomen posesión del destino obtenido.

3. Las personas aspirantes con categoría de Juez/a que resulten seleccionadas se incorporarán al escalafón de la categoría de Magistrados/as por el orden de su nombramiento, según la calificación total obtenida, y a continuación del/de la último/a de los/as promovidos/as por cualquiera de los turnos previstos en el artículo 311 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Los/as magistrados/as que superasen las pruebas de especialización en este orden jurisdiccional, conservarán sus respectivas situaciones en el orden escalafonal correspondiente a la categoría de Magistrado/a, independientemente de la puntuación obtenida.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, el orden de puntuación total obtenida por Jueces/zas y Magistrados/as en las pruebas de especialización determinará, independientemente de sus respectivos puestos en el escalafón general, la preferencia para ocupar las plazas de especialista en los términos previstos en los artículos 329.2 y 330.2, en relación con el artículo 332, todos ellos de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

4. Los miembros de la Carrera Judicial destinados en Juzgados de lo Contencioso-Administrativo que adquieran la condición de especialista en virtud de las presentes pruebas podrán continuar en su destino, siguiendo lo dispuesto en el artículo 329.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Asimismo, en el supuesto de que el/la Magistrado/a aprobado/a tuviera destino en una Sala o Sección del orden Contencioso-Administrativo, podrá continuar en el mismo hasta que se le adjudique la primera vacante de especialista que se produzca, tal y como establece el artículo 330.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

5. Las personas aspirantes procedentes de la Carrera Fiscal que accedieren a la Judicial por resultar seleccionados/as se incorporarán al escalafón correspondiente a la categoría de Magistrado/a, por orden de nombramiento, según la calificación final obtenida, a continuación del/de la último/a de los/as promovidos/as por cualquiera de los turnos previstos en el artículo 311 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, quedando sujetos/as a lo dispuesto en el artículo 311, 4 y 5 de la mencionada Ley.

G. Recursos

1. Los actos y resoluciones adoptados por el Tribunal podrán ser impugnados ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos y por los motivos que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Contra el presente Acuerdo, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 19 de noviembre de 2009.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, José Carlos Dívar Blanco.

ANEXO I
Programa de las pruebas de acceso a la categoría de Magistrado especialista en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. (Acuerdo de 19 de noviembre de 2009, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial)

I. Derecho administrativo: Parte general

Tema 1. La Administración Pública. Administración y Derecho; sistemas de sometimiento. El régimen administrativo; rasgos del sistema español.

Tema 2. La Administración y los Tribunales de Justicia. El Principio de autotutela. Los interdictos y la Administración. El sistema de conflictos jurisdiccionales: Ley Orgánica 2/1987, de 19 de mayo.

Tema 3 El ordenamiento jurídico-administrativo. Pluralidad de fuentes. Interpretación y aplicación.

Tema 4. La Constitución como norma jurídica. Su significado y eficacia jurídica. La supremacía de la Constitución. El principio de interpretación del ordenamiento jurídico conforme a la Constitución. El bloque de la constitucionalidad.

Tema 5. Los procesos ante el Tribunal Constitucional. El recurso y la cuestión de inconstitucionalidad. Planteamiento, tramitación y resolución. Conflictos constitucionales. Conflictos positivos y negativos con las Comunidades Autónomas. Impugnación de disposiciones y resoluciones de las Comunidades Autónomas. Las sentencias del Tribunal Constitucional: su valor y alcance.

Tema 6. La Ley: sus clases. Leyes orgánicas y ordinarias. La ley: Clases de leyes estatales en la Constitución. Las leyes de las Comunidades Autónomas. El procedimiento legislativo.

Tema 7. Disposiciones del Gobierno con fuerza de ley: Decretos Legislativos y Decretos Leyes. El control de los excesos de la delegación, en especial el control jurisdiccional.

Tema 8. El Reglamento: concepto y naturaleza. Requisitos. Titularidad de la potestad reglamentaria. Relación entre Ley y Reglamento: reserva de Ley, jerarquía normativa. Procedimiento para la elaboración de las disposiciones generales. La inderogabilidad singular de las disposiciones generales.

Tema 9. Clases de Reglamentos. La impugnación de los Reglamentos. Los actos administrativos generales y las circulares e instrucciones. Otras fuentes del Derecho administrativo.

Tema 10. Los Estatutos de Autonomía. Naturaleza, contenido y reforma. Tipología de las normas autonómicas, las leyes y demás disposiciones autonómicas. El art. 150 de la Constitución. Control jurisdiccional de las disposiciones autonómicas.

Tema 11. El ordenamiento estatal y los ordenamientos autonómicos. Relaciones. Concurrencia normativa entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Ejecución autonómica de la legislación del Estado. Control del Estado sobre las Comunidades Autónomas. Régimen básico de financiación autonómica.

Tema 12. La Unión Europea. Los Tratados Constitutivos. Especial referencia a los Tratados de reforma. El sistema normativo de la Unión Europea: tipos de normas. Caracteres del sistema: primacía, efecto directo y responsabilidad de los Estados miembros por incumplimiento del Derecho comunitario. Relaciones del derecho comunitario con el derecho interno. El juez nacional en la aplicación del Derecho Comunitario.

Tema 13. El sistema jurisdiccional de la Unión Europea. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Primera Instancia. Los Tribunales especializados. Composición, competencias, procedimiento y reglas de funcionamiento.

Tema 14. El recurso de incumplimiento. El recurso de anulación. El recurso de inacción. La cuestión prejudicial. La acción de responsabilidad extracontractual.

Tema 15. La protección internacional de los derechos fundamentales. Unión Europea y derechos fundamentales: especial referencia al Tratado de Niza. El Convenio de Roma de 1950. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Tema 16. Los Derechos fundamentales y las libertades públicas: evolución histórica y teorías sobre la naturaleza de los derechos fundamentales. Los derechos fundamentales en la Constitución de 1978: su clasificación y desarrollo normativo. Doctrina del Tribunal Constitucional en relación con la titularidad y ejercicio de los derechos fundamentales. La reserva de ley y eficacia directa.

Tema 17. Las garantías específicas de los derechos y libertades. Los procesos preferentes y sumarios. El recurso de amparo. La suspensión de derechos. Los llamados derechos estatutarios en los nuevos Estatutos de Autonomía.

Tema 18. Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Integración del principio de igualdad en la interpretación y aplicación de las normas. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. El principio de igualdad en el empleo público.

Tema 19. La personalidad jurídica de las Administraciones Públicas. Tipología de los entes públicos. Principios de las relaciones entre las Administraciones Públicas.

Tema 20. Organización administrativa. El órgano administrativo: concepto y naturaleza. Clases de órganos. Especial consideración de los órganos colegiados. Potestad organizadora. La competencia. Criterios de delimitación. Descentralización y desconcentración. Delegación de competencias, avocación, encomienda de gestión, delegación de firma y suplencia.

Tema 21. El Gobierno y la Administración. La Administración Central del Estado. El Gobierno y su Presidente. Atribuciones generales de los Ministros, Órganos superiores y demás altos cargos de la Administración Central.

Tema 22. La Administración Periférica del Estado. Evolución histórica y régimen actual. Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas. Subdelegados del Gobierno y Directores Insulares. Los Servicios Periféricos. Servicios integrados y no integrados.

Tema 23. Las Comunidades Autónomas: su naturaleza. Órganos de las Comunidades Autónomas. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Relaciones de cooperación y coordinación. El sistema de conflictos.

Tema 24. La Administración Local. El ordenamiento vigente de las entidades locales. Los principios constitucionales en el ámbito de la Administración Local y su expresión en la legislación básica del Estado. Tipología de las entidades locales. Relaciones entre el Estado, Comunidades Autónomas y Entes Locales.

Tema 25. El municipio: su organización y competencias. La provincia como entidad local: organización y competencia. Regímenes locales especiales, en especial el régimen de los grandes municipios

Tema 26. Régimen de funcionamiento de las entidades locales. Impugnación de acuerdos y ejercicio de acciones. Referencia al régimen de bienes y servicios de las Corporaciones Locales.

Tema 27. La Administración institucional. Los Organismos Públicos: Organismos Autónomos, Entidades públicas empresariales y las Agencias Estatales. Régimen jurídico. Organismos públicos regulados por normas especiales.

Tema 28. La Administración Corporativa: Concepto, naturaleza y clasificación. Régimen Jurídico. Derecho público y Derecho privado en el ámbito de la Administración corporativa.

Tema 29. La Administración Consultiva. El Consejo de Estado: evolución histórica; naturaleza; composición y competencias. Los Consejos Consultivos de las Comunidades Autónomas. La función consultiva del Consejo General del Poder Judicial.

Tema 30. El empleado público. Régimen legal vigente. Los empleados públicos: clases y régimen jurídico. La función pública. Naturaleza jurídica de la relación entre el funcionario y la Administración. Ingreso en la función pública: selección y adquisición de la condición de funcionario. La extinción de la relación funcionarial.

Tema 31. Derechos y deberes de los funcionarios; el Código de Conducta. Provisión de puestos de trabajo. Incompatibilidades de los funcionarios públicos. Responsabilidad; especial referencia a la responsabilidad disciplinaria. Situaciones administrativas.

Tema 32. El principio de legalidad de la Administración. Las potestades administrativas. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Control de la discrecionalidad; especial consideración de la desviación de poder. Los conceptos jurídicos indeterminados.

Tema 33. La actuación jurídica de la Administración: pública y privada. El acto administrativo: concepto y elementos. La forma de los actos administrativos: la motivación, la notificación y la publicación. Obligación de resolver. El silencio administrativo: régimen jurídico. Inactividad de la Administración.

Tema 34. Clasificación de los actos administrativos. Especial referencia a los actos presuntos, de trámite, provisionales y que ponen fin a la vía administrativa. Los actos de gobierno: naturaleza y régimen de impugnación en nuestro derecho positivo. La eficacia de los actos administrativos en el orden temporal: comienzo, suspensión y retroactividad.

Tema 35. La ejecutividad de los actos administrativos: fundamento y naturaleza. La ejecución forzosa por la Administración de los actos administrativos: medios en nuestro derecho positivo. La vía de hecho.

Tema 36. Invalidez de los actos administrativos. Nulidad de pleno derecho y anulabilidad de los actos administrativos. Los actos administrativos irregulares. La convalidación, conservación y conversión de los actos administrativos. Los errores materiales o de hecho. Revisión de oficio de los actos administrativos nulos y anulables por la Administración. La revisión de los actos en vía jurisdiccional a instancia de la Administración: la declaración de lesividad. La revocación de los actos administrativos.

Tema 37. Los contratos del sector público: ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público. Contratos sujetos a regulación armonizada. Régimen jurídico de los contratos administrativos y los de derecho privado; los actos separables. Disposiciones comunes a los contratos del sector público; especial referencia al régimen de invalidez de los contratos y al recurso especial en materia de contratación. Prerrogativas de derecho público en la contratación administrativa.

Tema 38. Procedimientos y formas de adjudicación de los contratos administrativos. Criterios de valoración de las ofertas. Perfección y formalización. Ejecución y modificación de los contratos. Extinción. La cesión de los contratos y la subcontratación. Referencia a los procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y las telecomunicaciones.

Tema 39. Régimen jurídico del contrato de obras; actuaciones preparatorias y formas de adjudicación. Ejecución y modificación. Extinción. Ejecución de obras por la propia Administración. El contrato de concesión de obra pública. Régimen de los contratos de gestión de servicios públicos. Contratos de suministros. Los contratos de servicios. Especialidades del contrato para la elaboración de proyectos de obras. El contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado.

Tema 40. Expropiación forzosa. Fundamento y naturaleza. Legislación vigente. Sujetos, objeto y causa de la expropiación. Procedimiento general.

Tema 41. Peculiaridades del procedimiento de urgencia. Especial consideración de las expropiaciones urbanísticas: determinación del justiprecio; especial consideración de la fijación del aprovechamiento. Reversión de bienes expropiados. Garantías jurisdiccionales

Tema 42. Patrimonio de las Administraciones Públicas: concepto, clasificación y régimen jurídico, con especial referencia al Régimen jurídico del dominio público. El patrimonio del Estado. Adquisición de bienes y derechos; protección y defensa del patrimonio, en especial las prerrogativas. Afectación, mutación y adscripción. Uso y explotación; los negocios jurídicos patrimoniales. El patrimonio empresarial de la Administración General del Estado.

Tema 43. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones. Fundamento y elementos que la integran. Legislación vigente. La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas. Responsabilidad patrimonial en el ámbito de la administración sanitaria. La responsabilidad del Estado por la actuación de la Administración de Justicia y la llamada responsabilidad del Estado legislador.

II. Derecho administrativo: Parte especial

Tema 44. La acción administrativa de garantía o limitación. Especial referencia a la potestad sancionadora de la Administración: principios que rigen su ejercicio.

Tema 45. Las técnicas de la actividad de limitación: La reglamentación, la autorización, las licencias, las prohibiciones y los mandatos.

Tema 46. La acción administrativa de estimulación: la subvención, concepto, procedimiento para su otorgamiento, contenido de la relación subvencional, control y sanciones.

Tema 47. La actividad administrativa de prestación. El servicio público. La doctrina clásica del servicio público. Evolución de la doctrina. Técnicas de intervención y control en la prestación de los servicios públicos

Tema 48. Modos de gestión de los servicios públicos. Estudio especial de la concesión y su régimen jurídico. Situación jurídica de los usuarios. Actividad empresarial de los entes públicos.

Tema 49. El dominio público marítimo terrestre: bienes que lo integran. Delimitación, protección y utilización. Costas: Competencias administrativas. Limitaciones a la propiedad de los terrenos contiguos: servidumbres. Régimen de utilización.

Tema 50. Régimen jurídico de los puertos: concepto y clasificación. Distribución de competencias entre el Estado y las CCAA. El dominio público portuario. La Administración portuaria. La gestión de los puertos.

Tema 51. Régimen de las carreteras y autopistas. Planificación, estudios y proyectos. Construcción, financiación y explotación. Limitaciones de la propiedad. Uso de las carreteras. Travesías y redes arteriales.

Tema 52. Ordenación del territorio, costas e infraestructuras públicas: competencias concurrentes; análisis competencial con relación a puertos, aeropuertos, carreteras, autopistas y telecomunicaciones.

Tema 53. Aguas terrestres: el dominio público hidráulico. Competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas. Organismos de cuenca. Utilización del dominio público hidráulico: examen especial de las concesiones de aguas.

Tema 54. Minas. Teoría sobre esta propiedad. Criterio de la legislación vigente. Clasificación de los yacimientos minerales y demás recursos geológicos. Sistema de aprovechamiento de los recursos de las distintas secciones. Régimen especial de los hidrocarburos.

Tema 55. Montes: concepto y defensa. Clasificación y régimen jurídico, en especial el catálogo de Montes de Utilidad Pública. La gestión, conservación y protección de los montes. Montes comunales y vecinales de mano común.

Tema 56. Acción administrativa en el sector agrario: especial referencia al Derecho Comunitario. Transformación y mejora de grandes zonas. Expropiaciones agrarias. Ordenación y regulación de producciones y precios agrarios. Las vías pecuarias.

Tema 57. Acción administrativa en el sector industrial. Régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias. La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales. Ordenación del sector petrolero. Energía nuclear: El Consejo de Seguridad Nuclear. La energía eléctrica. La Comisión Nacional de Energía.

Tema 58. Acción administrativa en el comercio interior. Defensa de la competencia. Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito.

Tema 59. Acción administrativa en los transportes. Los transportes por carretera. Ordenación del sector ferroviario. Régimen de los Aeropuertos.

Tema 60. Ordenación de las telecomunicaciones. La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones. Régimen jurídico del servicio postal. Aspectos esenciales del régimen jurídico de la radio y de la televisión.

Tema 61. Acción administrativa en la sanidad. El Sistema público de Salud. Reparto competencial Estado y Comunidades Autónomas. Régimen de hospitales y farmacias. Ley del Medicamento.

Tema 62. Acción administrativa en materia de medio ambiente (I). Instrumentos internacionales de protección medioambiental. Análisis del Derecho comunitario. Régimen jurídico competencial entre el Estado, las Comunidades Autónomas y los entes locales. Protección constitucional del medio ambiente.

Tema 63. Acción administrativa en materia de medio ambiente (II). Protección del ambiente atmosférico, Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Protección frente al ruido. Evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. La responsabilidad medioambiental.

Tema 64. Regulación de extranjería: régimen general de entrada, residencia y trabajo. Régimen Sancionador. Asilo político y condición de refugiado.

Tema 65. Urbanismo y Derecho. Distribución de competencias en la materia. Ordenación del territorio y ordenación urbanística Contenido del derecho de la propiedad del suelo: facultades, deberes y cargas. Régimen urbanístico del suelo. Bases del Régimen del Suelo: Situaciones básicas del suelo y Actuaciones de Transformación Urbanística. Los planes de ordenación.

Tema 66. Iniciativa en la urbanización. Operaciones de Distribución de Beneficios y Cargas. Régimen de Valoraciones. Disciplina urbanística.

Tema 67. El procedimiento administrativo. Regulación legal: ámbito de aplicación de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La Ley 4/1999, de 13 de enero: sus aspectos principales. Enumeración de los principios generales del procedimiento administrativo. Los interesados en el procedimiento administrativo. La lengua de los procedimientos y el derecho de acceso a archivos y registros. Términos y plazos. La llamada Administración electrónica.

Tema 68. Iniciación, ordenación e instrucción del procedimiento administrativo: la prueba. Participación de los interesados. Terminación: la resolución. Terminación convencional. Otros modos de terminación. Breve referencia a los procedimientos sancionador, de responsabilidad patrimonial y de elaboración de disposiciones generales.

Tema 69. Recursos administrativos: Concepto, clases y principios generales de su regulación. Recursos ordinarios: Alzada y Reposición potestativa; otros procedimientos de impugnación. Recurso extraordinario de revisión. Recursos contra actos del Consejo General del Poder Judicial

Tema 70. El proceso contencioso-administrativo. Evolución de nuestra legislación en esta materia. Régimen legal vigente. La Ley 29/1998, de 13 de julio: características sistemáticas y novedades que introduce respecto de la legislación anterior.

Tema 71. Naturaleza, extensión y límites del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Concepto de la Administración Pública a efectos del recurso. Cuestiones a las que se extiende el conocimiento y cuestiones excluidas de este orden jurisdiccional.

Tema 72. Los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Reglas determinantes de su respectiva competencia. Referencia a la constitución de Salas y distribución de asuntos.

Tema 73. Las partes en el proceso contencioso-administrativo: capacidad, legitimación, consideración especial de las Administraciones autonómicas y locales; representación y defensa de la Administración en sus diversas esferas. Actuación administrativa impugnable: Exclusiones legales. Pretensiones de las partes. Acumulación. Cuantía del recurso. El agotamiento de la vía administrativa.

Tema 74. El procedimiento en el recurso contencioso-administrativo. Examen del procedimiento ordinario.

Tema 75. El procedimiento abreviado. Procedimientos especiales: El proceso contencioso-administrativo de protección de derechos fundamentales. La cuestión de ilegalidad. El procedimiento en los casos de suspensión administrativa previa de acuerdos. El proceso contencioso-electoral.

Tema 76. Las medidas cautelares en el recurso contencioso-administrativo: criterios jurisprudenciales. Medidas cautelares previas al recurso.

Tema 77. La sentencia en el proceso contencioso-administrativo. Ejecución provisional y definitiva de sentencias. Suspensión e inejecución de las mismas.

Tema 78. Régimen general de impugnación de las resoluciones dictadas en el proceso contencioso-administrativo: evolución histórica y situación actual. Recursos contra providencias y autos. Recurso de apelación.

Tema 79. Recurso de casación común: requisitos, procedimiento y efectos. Recurso de casación para la unificación de doctrina. Recurso de casación en interés de la Ley. Recurso de revisión.

III. Derecho tributario

Tema 1. Derecho financiero y Derecho tributario. Fuentes del Derecho tributario. Principios constitucionales en este ámbito. La Ley. Especial referencia a la Ley General Tributaria y a la Ley General Presupuestaria.

Tema 2. El Presupuesto. Concepto y naturaleza jurídica. Los Presupuestos Generales del Estado, de Comunidades Autónomas y Entidades locales. Principios y reglas de programación y de gestión presupuestaria; la estabilidad presupuestaria y la programación presupuestaria.

Tema 3. Los ingresos públicos. El Tributo: Concepto y clases. Principios de la imposición. Impuestos. Tasas. Contribuciones especiales. Los Precios Públicos: especial consideración de su naturaleza jurídica.

Tema 4. La relación jurídico-tributaria y el nacimiento de la obligación tributaria. La deuda tributaria. La potestad tributaria del Estado, Comunidades Autónomas y Entes locales. La Política fiscal de la Unión Europea.

Tema 5. Derechos y garantías de los obligados tributarios. Los obligados tributarios: concepto y clases; el sujeto pasivo; los responsables del tributo. La capacidad de obrar en el orden tributario. El domicilio fiscal.

Tema 6. Exenciones subjetivas. Solidaridad y sucesión en la deuda tributaria. Responsables y sustitutos del impuesto.

Tema 7. El objeto de los tributos y formas de su determinación. Exenciones por el objeto. Devengo del impuesto. Base imponible. Regímenes de determinación. El tipo de gravamen.

Tema 8. Liquidación de los tributos: Sus formas. Procedimiento de liquidación. La declaración y su comprobación. Investigación y denuncia. Las consultas tributarias.

Tema 9. El pago de los tributos. Ejecución forzosa. Caducidad y prescripción de la deuda y crédito tributario. Otras formas de extinción de la deuda tributaria.

Tema 10. Infracciones y sanciones tributarias. Procedimiento sancionador en materia tributaria. El delito fiscal. Especial referencia a la prescripción del mismo.

Tema 11. Revisión administrativa de los actos y actuaciones de aplicación de los tributos. Procedimientos especiales de revisión: clases de procedimientos especiales de revisión. El recurso de reposición; las reclamaciones económico-administrativas. Recursos contra las resoluciones de los Tribunales económico-administrativos: Recurso de anulación; recurso de alzada ordinario; recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio; recurso extraordinario para la unificación de doctrina; recurso extraordinario de revisión.

Tema 12. El sistema tributario español: Estructura básica. Clasificación de los impuestos. Principios de la imposición.

Tema 13. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Hecho imponible. Sujetos pasivos. Régimen de la unidad familiar. Regímenes de determinación de la base imponible. Base liquidable y cuota tributaria.

Tema 14. El Impuesto sobre Sociedades Hecho imponible. Sujeto pasivo. Período impositivo y devengo del impuesto. Base imponible: reglas de valoración e imputación temporal. Deuda tributaria del Impuesto sobre Sociedades. Regímenes tributarios especiales. La consolidación fiscal.

Tema 15. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Impuesto General sobre las Sucesiones: Concepto y breve exposición de su estructura.

Tema 16. El Impuesto sobre el Valor Añadido: Concepto y fundamento. Sujeto pasivo. Hecho imponible. Base imponible. Exenciones. Tipo impositivo. Gestión del impuesto.

Tema 17. La potestad tributaria de las Comunidades Autónomas: Sus límites. Recursos de las Comunidades Autónomas. Fondo de Compensación Interterritorial. Tributos cedidos por el Estado. Participación en tributos estatales no cedidos. La financiación de las Comunidades Autónomas de régimen foral: País Vasco y Navarra. El régimen económico-fiscal de Canarias.

Tema 18. Las Haciendas locales. Evolución y características. Recursos. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales en materia tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación y régimen de impugnación de los actos de imposición y ordenación de tributos. El establecimiento de recursos no tributarios.

Tema 19. Tasas municipales: Hecho imponible, sujeto pasivo, cuantía y devengo. Contribuciones especiales: Hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible, cuota y devengo, imposición y ordenación. Los Precios Públicos.

Tema 20. Impuestos municipales: clasificación. Impuesto sobre Bienes Inmuebles: Naturaleza y hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible, cuota, devengo y período impositivo. Gestión catastral y Gestión tributaria. Impuesto sobre Actividades Económicas: Naturaleza y hecho imponible, exenciones, sujetos pasivos, cuota tributaria y período impositivo. Gestión censal y gestión tributaria.

Tema 21. Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica: Naturaleza y hecho imponible, exenciones y bonificaciones, sujetos pasivos, cuota, período impositivo y devengo, gestión. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras: Naturaleza y hecho imponible, sujetos pasivos, base imponible, cuota y devengo, gestión.

Tema 22. Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana: Naturaleza y hecho imponible, sujetos pasivos, base imponible y cuota, devengo, gestión. Otros recursos municipales.

Tema 23. Control de la actividad financiera del Estado y demás entes públicos. Intervención General del Estado. El Tribunal de Cuentas: Examen de sus competencias. Órganos de control de la actividad financiera de las Comunidades Autónomas.

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