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Documento BOE-A-2009-18692

Resolución de 4 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Embalse de Guijasalbas, términos municipales de Valdeprado y Vegas de Matute, Segovia.

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 23 de noviembre de 2009, páginas 99343 a 99358 (16 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-18692

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el grupo 9.b del anexo I del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Según el Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas

Promotor y órgano sustantivo. El promotor es Aguas del Duero. S.A. (ACUADUERO) del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. El órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Duero.

Objeto y justificación. El objeto del proyecto es la construcción de un embalse de 3,14 Hm3 en el río Moros para el abastecimiento de las poblaciones de la zona de Segovia, así como la regulación de la cuenca del río Eresma.

Los objetivos del proyecto según el orden de prioridad son:

Solución del abastecimiento: Con la construcción de este embalse se pretende actuar sobre poblaciones con insuficientes recursos principalmente para atender a la población estacional veraniega de los municipios de Villacastín, Navas de San Antonio, Coto de San Isidro, Ituero y Lama, Zarzuela del Monte, Vegas del Matute, Guijasalbas y Valdeprados. Esta zona presenta una demanda anual prevista de 0,875 Hm3.

Garantía del caudal ecológico en los cauces del río Moros y cuenca del río Eresma.

Recuperación del acuífero de los Arenales con los caudales sobrantes tras atender las necesidades anteriormente mencionadas.

Dicho proyecto se ha catalogado como de interés general atendiendo al Real Decreto 1/2001 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, en su Sección 3.a (hacienda y patrimonio), Título III (de la planificación hidrológica), artículo 46.

Localización. El proyecto se encuentra situado sobre el río Moros en las cercanías de la localidad de Valdeprados de la provincia de Segovia en la Comunidad Autónoma de Castilla y León. En concreto, la cerrada se sitúa al inicio del denominado Desfiladero de la Risca.

Descripción sintética. El embalse de Guijasalbas tiene proyectadas las siguientes características técnicas:

Nivel Máximo Normal
(Cota 971,36 m.s.n.m.)

3,14 Hm3 (57,10 ha)

Nivel Máximo Extraordinario
(Cota 974 m.s.n.m.)

4,85 Hm3 (74,57 ha)

Altura máxima sobre cimiento

22,5 m (975 m.s.n.m.)

Ancho de coronación de presa

7 m

Volumen de hormigón del cuerpo de presa

7.200 m3

Longitud de aliviadero

21,5 m

La restitución de caudales al cauce se ejecuta mediante la disposición de un trampolín de lanzamiento a la cota 962,00. Además del anterior, se proyecta un aliviadero lateral en laberinto junto al estribo derecho.

Se ha previsto un desvío del río durante la construcción de la presa mediante un túnel por la margen derecha de 4,5 m de ancho interior por 3,5 m de altura libre. Una vez construida la presa, en el túnel de desvío del río se proyectan dos conductos de 600 mm de diámetro para los desagües de fondo y la toma de agua de la presa.

El sistema de auscultación previsto consta de los siguientes elementos: 3 aforadores Thomson para control de filtraciones, 6 bases de defórmetros para control de movimiento en juntas, 7 termómetros en el hormigón, 7 bases para mira móvil en coronación para control topográfico, 1 medidor de nivel de embalse y 1 estación meteorológica para registro de las principales variables climáticas.

Se ha previsto la construcción de carreteras de acceso a la presa por ambos márgenes. Parten de caminos existentes, y llegan a los estribos de la presa. La sección tipo considerada es de 7,0 metros de ancho con un firme compuesto por una base granular de 0,30 metros de espesor y una capa de rodadura de 6,0 cm. La longitud total es de 864 m, de los cuales 690 corresponden al de margen derecha y 174 al de margen izquierda.

Alternativas. Se contempla la Alternativa 0 como el escenario de no realización del proyecto, pero el promotor concluye que en las localidades objetivo de estudio no se conseguirían los beneficios sociales y económicos previstos, entre los que se destacan el abastecimiento de calidad y la suficiente garantía de suministro. Además, en las poblaciones que se abastecen del acuífero de los Arenales, el suministro de agua superficial supone evitar un problema de salud pública, por la elevada concentración de arsénico existente.

A continuación se resumen las principales características de las soluciones estudiadas:

Alternativa de la Cerrada de Prados: Ubicada a la altura del núcleo de Prados, al Noroeste del cruce de la carretera SG-7225. El nivel de avenida de la alternativa queda limitado a la cota 1.135 por la afección a la autopista AP-6 y a la depuradora que se sitúa en el entorno. El volumen de embalse útil sería de aproximadamente 5 Hm3 a nivel máximo normal, con una cuenca de aportación de 102 km2.

Alternativa de la Cerrada de Guijasalvas: Situada aguas abajo de la localidad de Valdeprados, encajado en un desfiladero de pocos metros de ancho y unos 30 m de altura, donde el terreno está formado por gneis de gran dureza. La altura de presa se limita para no afectar al núcleo urbano de Valdeprados, con lo que el nivel de avenida extrema debe quedar por debajo de la cota 975. Con ello se consigue un volumen de embalse cercano a los 3 Hm3.

El análisis de alternativas se ha llevado a cabo atendiendo tanto a parámetros técnicos (cota, distancia a redes de abastecimiento, volumen, cuenca de drenaje y coste) como ambientales y socioeconómicos (hábitats, espacios protegidos, vías pecuarias, usos del suelo edificaciones, infraestructuras):

Cota y distancia a redes de abastecimiento: actualmente existe una conducción, que va desde el embalse de El Tejo, hasta Segovia más cercana a la primera alternativa en caso de que se pudiera aprovechar la conducción existente. Sin embargo, en caso de construirse una conducción nueva (paralela a la actual Tejo - Revenga), resultaría más ventajosa la localización de Guijasalbas al encontrarse esta alternativa a menos distancia de Revenga.

Volumen, cuenca de drenaje y coste: parecería lógico pensar que la mejor alternativa es la cerrada de Prados puesto que el volumen embalsado es superior (5 Hm3 frente a los 3 Hm3) que en Guijasalbas; en contraposición el tamaño de la cuenca de drenaje correspondiente a la cerrada de Guijasalbas es más del doble que el correspondiente a la de Prados (252 km2 frente a 102 km2) por lo que desde el punto de vista de la satisfacción de la demanda Guijasalbas resultaría más eficiente al disponer de mayor volumen de agua.

Medio biológico: la valoración cuantitativa es prácticamente la misma ya que ambas ubicaciones están situadas dentro, en el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) Valles del Voltoya y del Zorita, inundando hábitats de interés comunitario, así como una superficie forestal diversa.

Medio socioeconómico: la cerrada de Prados resulta peor valorada que el embalse de Guijasalbas, debido a la inundación de diversas infraestructuras.

Por tanto, comparando ambas alternativas con los criterios citados, la Cerrada de Guijasalbas resulta elegida en el EsIA como solución de mayor viabilidad técnica, económica y de abastecimiento a las poblaciones objetivo, así como de menor afección ambiental, por lo que se selecciona esta ubicación.

Una vez seleccionada la cerrada de Guijasalbas se realiza un estudio más específico para determinar la tipología y la altura de la presa. El nivel máximo normal debe situarse por encima de la cota 970,00 m.s.n.m. para poder dar suministro a la población actual con la garantía necesaria. Por debajo de la cota 975,00 es a partir de la cual se producen afecciones a las viviendas más bajas de Valdeprados, a la ermita de la Virgen de Matute, así como afecciones importantes a vías de comunicación. Teniendo en cuenta las dos circunstancias, se fija el nivel de avenida extrema a la cota 974,00 m.s.n.m.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

El proyecto se localiza en una zona en la que el uso del suelo mayoritario es el ganadero con más del 50 % de la superficie, seguido de un 31 % de zonas destinadas al uso agrícola. Las áreas de aprovechamiento forestal representan únicamente el 9 % del total de la superficie del área de estudio. Las zonas urbanas, vías de comunicación y otros usos constituyen el 10 % restante.

Geología. El emplazamiento propuesto para el vaso lo constituye un valle de rocas carbonatadas y siliciclásticas del Cretácico Superior. Se trata de una combinación de litologías con resistencias mecánicas y permeabilidades muy diferentes.

La ubicación de la presa se realiza aprovechando el máximo estrechamiento de un desfiladero labrado en gneises de edad precámbrico-paleozoicos conocido como el Desfiladero de la Risca. En los márgenes del río Moros y apoyado sobre materiales de la serie cretácica se encuentran depósitos cuaternarios de tipo aluvial y coluvial.

Hidrogeología. El área de estudio se encuentra dentro de la Cuenca Hidrográfica del Duero y, más concretamente, en el Sistema Acuífero n.º 11. Se trata de una fosa tectónica rellena por materiales detríticos terciarios semipermeables. En el ámbito de estudio se encuentran acuíferos libres asociados a los depósitos cuaternarios (depósitos aluviales de ríos Moros y depósitos eólicos). Es, por tanto, una zona con una permeabilidad muy elevada.

Hidrología. La aportación anual media es de aproximadamente de 67,6 Hm3, durante este periodo el caudal medio anual fue de 2,14 m3/s. El periodo de menor aportación y por tanto de menor caudal corresponde con los meses de agosto a septiembre, con una aportación mensual de 0,11 Hm3 y un caudal mensual de 0,04 m3/sg en agosto. Por tanto, el río Moros a su paso por el municipio de Guijasalbas permanece con unos niveles de agua relativamente bajos en los meses estivales. Los meses en los que se produce un mayor aporte hídrico a lo largo del año corresponden con los meses de enero y marzo.

La calidad de las aguas, según el Índice de Calidad General, tanto aguas arriba (estación de El Espinar) como aguas abajo del proyecto (estación de Añe) es excelente. Sin embargo, se establecía para el embalse de San Rafael un diagnóstico deficiente de calidad de sus aguas y un estado trófico de eutrofia.

Espacios naturales protegidos. Red Natura 2000 y hábitats de interés comunitario. El proyecto se localiza en el ámbito del LIC ES4160111 y ZEPA ES0000188 Valles del Voltoya y Zorita. La zona de estudio se encuentra incluida en su totalidad dentro del área importante para las aves (IBA) N.º 56 Umbría de Guadarrama, importante por la cría de águila imperial ibérica y buitre negro.

De acuerdo con los inventarios y trabajo de campo incluido en el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), existen los siguientes tipos de hábitats de interés comunitario, afectados directamente: 92A0 bosques galería de Salix alba y Populus alba, 9340 encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia, y 91B0 fresnedas termófilas de Fraxinus angustifolia.

Vegetación. La vegetación actual se corresponde con áreas de encinar degradado, matorrales de Retama sphaerocarpa, bosque de galería y cultivos de cereal. El estado de conservación de la vegetación en el área de estudio es bueno, siendo reseñables el bosque de galería que se encuentra asociado al río Moros y las dehesas de encinar que se mantienen con usos ganaderos. Se localizan dos poblaciones de Apium repens que cubren una superficie aproximada total de 1.000 m2, especie catalogada como de atención preferente en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León (Decreto 63/2007, de 14 de junio).

Fauna. En la zona de proyecto la riqueza específica de la comunidad de aves es muy amplia. La comunidad de rapaces es un excelente indicador de la calidad ambiental del valle, destacando entre ellos una pareja de halcón peregrino (Falco peregrinus). Además hay presencia de milano negro (Milvus migrans), milano real (Milvus milvus), buitre negro (Aegypius monachus), azor común (Accipiter gentiles), aguililla calzada (Hieraaetus pennatus), aguilucho lagunero (Circus aeruginosus), águila real (Aquila chrysaetos), garza real (Ardea cinerea), aguilucho cenizo (Cyrcus pygargus), tórtola común (Streptopelia turtur), colirrojo tizón (Phoenicurus ochruros), águila imperial ibérica (Aquila adalberti) y cigüeña negra (Ciconia nigra).

El proyecto se localiza dentro de un área sensible del ámbito de aplicación del plan de recuperación del águila imperial ibérica de Castilla y León, que según el Decreto 114/2003, de 8 de octubre, de la Junta de Castilla y León, que tiene como objetivo contribuir a impulsar las acciones necesarias para conseguir que la especie alcance un estado de conservación más favorable que el actual de especie en peligro de extinción, preservando al águila Imperial Ibérica y sus hábitats.

Además se encuentra a unos dos kilómetros de una zona de importancia para la cigüeña Negra recogida en el Decreto 83/1995, de 11 de mayo, por el que se aprueba el plan de recuperación de la citada especie y se dictan medidas complementarias para su protección. Además según informe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León está propuesta como área crítica para la cigüeña negra (N.º 6 curso medio del río Moros), en la revisión de zonas provinciales de importancia y áreas críticas para la especie (Soto-Largo 2005).

En cuanto a mamíferos destacan Rhinolophus ferrumequinum, Myotis myotis, Myotis schreibersii, Arvicola sapidus, Oryctolagus cuniculus y Eliomys quercinus. El área de estudio se encuentra en la denominada zona III del plan de conservación y gestión del lobo en Castilla y León, cuyo objetivo específico de gestión es mantener, mediante un cupo de extracción alto, una densidad baja o muy baja de lobos que permita limitar los daños socioeconómicos.

La comunidad de peces de la zona se caracteriza por presentar alta sensibilidad, ya que el tramo del río Moros afectado por la zona de inundación del proyecto del embalse de Guijasalbas, tiene la consideración de aguas trucheras (Salmo trutta). Otras especies destacadas son Chondrostoma arcasii, Cobitis calderoni, Gobio lozanoi.

Hay que destacar la presencia en el cauce del río Moros del molusco bivalvo: Náyade o mejillón de agua dulce (Unio pictorum), especie muy sensible a la destrucción de sus hábitats naturales.

Paisaje. Existen siete unidades de paisaje: encinares en ladera, vegetación de ribera, cultivos de secano, pastizales en llanuras de inundación, roquedos, cañón del río Moros y elementos antrópicos.

Patrimonio histórico, artístico y arqueológico, montes de utilidad pública y vías pecuarias. Según la información remitida por Servicio de Ordenación y Protección del Patrimonio Histórico de la Junta de Castilla y León y la prospección arqueológica de detalle realizada por el promotor se han podido destacar los siguientes elementos patrimoniales afectados por el embalse:

Yacimientos: Cueva de los Moros, Matute, Las Crestas y Vado.

Otros elementos patrimoniales: entorno de la Ermita de Nuestra Señora de Matute (ermita, edificio en ruinas, posible molino y molino), Pajar, Huerta Requena, Explotación Minera, Cueva del Cestero y Puente de los Enamorados.

Asimismo, se afecta a la vía pecuaria: Vereda del Camino Viejo de las Vegas de Matute a la Venta del Hambre.

Además, según el Catálogo de Montes de Utilidad Pública (MUP) de la Provincia de Segovia la lámina de agua ocupará 31,42 ha de superficie perteneciente al MUP n.º 173 en un 33,45% (74,57 ha) del mismo. Dicho MUP tiene como finalidad contribuir a la conservación de la diversidad biológica forestal.

3. Resumen del proceso de evaluación

a. Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto.

a) Entrada documentación inicial. La tramitación se inició con fecha 13 de febrero de 2008, momento en que tiene entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (DGCyEA) del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino el documento ambiental del proyecto Embalse de Guijasalbas, términos municipales de Valdeprados y Vegas de Matute (Segovia) procedente de la Confederación Hidrográfica del Duero.

b) Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones. En la tabla adjunta se recogen los organismos e instituciones consultados por la DGCyEA con fecha 15 de abril del 2008, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe.

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

X

Subdelegación del Gobierno en Segovia

Comisaría de Aguas. Confederación Hidrográfica del Duero. Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

X

Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León

Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León

Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León

X

Dirección General de Infraestructuras Ambientales de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León

Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental y Auditorías Ambientales de la Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León

Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León

X

Dirección General de Patrimonio y Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León

X

Dirección General de Infraestructuras y Diversificación Rural de la Viceconsejería de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León

X

Dirección General de Industrialización y Modernización Agraria de la Viceconsejería de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León

Diputación Provincial de Segovia

Instituto Geológico y Minero de España (IGME). Ministerio de Ciencia e Innovación

X

Ayuntamiento de Valdeprados

X

Ayuntamiento de Vegas de Matute

X

ADENA

S.E.O./BirdLife

X

Ecologistas en Acción. Castilla y León

Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG)

Asociación Estudio, Mejora Salmonidos (AEMS-RÍOS CON VIDA)

Asociación Ecologista Centaurea

X

Asociación de Pescadores El Batán

Asociación Cultural Valdeprados

X

Además, de recibe informe de la Sección de Vida Silvestre del Servicio Territorial de Segovia de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

A continuación se resumen los aspectos ambientales más relevantes:

Proyecto, alternativas e infraestructuras asociadas. La Dirección General (D.G.) de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio señala que para continuar la tramitación, el proyecto deberá adaptarse a lo establecido en los apartados 5 y 6 del artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que establece la necesidad someter a evaluación ambiental los proyectos que afecten a lugares dentro de la Red Natura 2000.

SEO/BirdLife considera que el proyecto debe ser desestimado en su forma actual ya que producirá un impacto crítico en la zona, y que no se justifica por ninguna de las causas mencionadas en la legislación y que con mucha probabilidad existen alternativas de menor influencia sobre el medio.

La Asociación Ecologista Centaurea indica que no es necesario hacer este pantano, para cubrir las necesidades de abastecimiento se pueden utilizar diferentes acuíferos y los embalses existentes. Es proyecto provocará un impacto ambiental crítico e irreversible para los municipios afectados.

La D.G. de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino señala que la documentación ambiental inicial no incluye alternativas ni de reubicación, ni de dimensiones.

La citada D.G. de Medio Natural y Política Forestal, la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Duero y SEO/BirdLife indican que el estudio de impacto ambiental tiene que incluir las infraestructuras asociadas al proyecto: edificaciones, caminos, conducciones, líneas eléctricas, etc. Además, recomienda que el estudio de impacto ambiental contenga un adecuado programa de vigilancia ambiental y seguimiento ambiental para la fase operativa del proyecto y que en los costes totales del proyecto no deben faltar los gastos derivados de la aplicación de las medidas correctoras, garantizando así la financiación y atribuyendo más peso en el balance global a las alternativas que menos afectan.

Atmósfera. El ayuntamiento de Valdeprados señala que los desplazamientos de la maquinaria y los movimientos de tierra provocarán un aumento de los niveles de polvo y gases tóxicos y por lo tanto se deberán tomar medidas para prevenir y minimizar los efectos negativos.

Geología-geomorfología. Centaurea señala que se deberá realizar un estudio riguroso del sistema de diaclasas y fallas, y un estudio geológico riguroso y detallado para ver la capacidad real de almacenamiento de la presa. Además, solicitan que se incluya un estudio de la importancia geológica y paisajística de la zona afectada y valoración de los daños previsibles.

El Instituto Geológico y Minero (IGME) y la Asociación Cultural Valdeprados señalan que el paraje de La Risca es el único desfiladero en gneis que existe en la Comunidad de Castilla y León y el segundo en importancia a nivel nacional. Por lo tanto la valoración de su patrimonio geológico indica que se trata de un Lugar de Interés Geológico que debe ser protegido de acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Añade que los principales valores patrimoniales de este paraje son la singularidad geomorfológica, la representatividad tectonoestratigráfica y la geodiversidad local.

Asimismo, el ayuntamiento de Valdeprados advierte que la actuación se localiza al inicio de la garganta de La Risca, que aunque carece de figura de protección específica es equiparable a los denominados Lugares de Interés Natural (LIN) definidos en las Directivas de Ordenación territorial de Segovia y Entorno (DOTSE), y que además está propuesto Monumento Natural.

Hidrología. La D.G. de Medio Natural y Política Forestal afirma que la transformación del río en un sistema lacustre por la construcción de la presa alterará la dinámica fluvial. Indica que será necesario aportar un estudio completo de los caudales hidrológicos, los cálculos pertinentes para el diseño de un Régimen Ambiental de Caudales (RAC), y datos de la calidad de las aguas (con medidas de los parámetros fisicoquímicos y biológicos) para el río Moros. Igualmente, indican que se realizará un estudio sobre los requerimientos ecológicos del LIC riberas del río Adaja y afluentes que se sitúa aguas abajo del embalse proyectado.

La Confederación Hidrográfica del Duero señala que el estudio de impacto ambiental deberá evaluar los cambios que se puedan producir en los procesos hidromorfológicos de erosión-sedimentación del tramo afectado y en el ecosistema fluvial. Se deberá realizar un estudio analizando los cambios que puedan producirse en la calidad físico-química del agua. Se aportarán los estudios que justifiquen que el caudal ecológico propuesto es el adecuado para el mantenimiento de la funcionalidad y estructura de los ecosistemas y el estudio incluirá los mecanismos que garanticen el caudal y por donde verterá dicho caudal.

La D.G. de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León pide que se realice un estudio sobre el medio hidrológico subterráneo y superficial.

El ayuntamiento de Valdeprados indica que se debe realizar un estudio de cómo va afectar a la regulación del río Moros la presencia del futuro embalse y del embalse existente de los Ángeles de San Rafael, que se encuentra ubicado en el tramo superior del río. En la zona adyacente de la zona de actuación afloran sedimentos carbonatados que presentan la característica de ser fácilmente solubles y son carstificables provocando filtraciones y pérdida de capacidad del embalse.

Espacios naturales protegidos. Red Natura 2000 y hábitats de interés comunitario. Tal como indica la practica totalidad de los organismos consultados la actuación se sitúa en el LIC ES0000188 Valles del Voltoya y el Zorita y en la IBA nº 56 Umbría de Guadarrama, con gran importancia ornitológica por la nidificación de rapaces. Y además, afectará de manera indirecta al LIC ES4180081 riberas del río Adaja y afluentes y al LIC ES4160109 y ZEPA ES0000010 Sierra de Guadarrama.

La Confederación Hidrográfica del Duero pide que se incluya en el estudio de impacto ambiental la información cartográfica con todos los hábitats de ribera de interés comunitario que se ven afectados y el número de hectáreas de cada hábitat que quedará alterado por el proyecto incluyendo el tramo aguas arriba y abajo del azud.

La D.G. de Medio Natural y Política Forestal advierte que las actuaciones del proyecto eliminaran los hábitats 92A0 bosques de galería de Salix alba y Populus alba y 9340 bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia que están recogidos en la Directiva 92/43/CEE. Y SEO/BirdLife, Centaurea y la Asociación Cultural Valdeprados añaden que existen otros hábitats de interés comunitario de la citada Directiva Hábitats afectados por el embalse, como son prados (6420 y 6410) y subestepas de gramíneas y anuales (6220), siendo este último prioritario.

Vegetación. La D.G. de Medio Natural y Política Forestal advierte que habrá una pérdida de la vegetación natural por las obras. Se presentará un inventario de flora obtenido mediante trabajo de campo que completará la información bibliográfica. En la restauración y adecuación de la zona se usarán especies presentes en el ecosistema.

El Servicio Territorial de Segovia de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León señala que la inundación supondrá la pérdida de poblaciones de Flora protegida como dos poblaciones de apio enano (Apium repens), especie catalogada de atención preferente en el Decreto 63/2007, de 14 de junio, por el que se crean el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León y la figura de protección denominada Microrreserva de Flora.

Fauna. Según la D.G. de Medio Natural y Política Forestal el estudio de impacto ambiental incluirá un inventario de fauna obtenido mediante trabajo de campo que completará la información bibliográfica consultada. La nutria (Lutra lutra) y varias especies de murciélagos se pueden ver afectados por la pérdida del carácter natural del ecosistema.

La D.G. de Medio Natural y Política Forestal, Centaurea, SEO/BirdLife, y la Asociación cultural Valdeprados indican que para determinar el impacto real del proyecto sobre las poblaciones de aves del área afectada, será necesario un análisis detallado sobre presencia, densidad, comportamiento y uso del territorio de las especies. Es necesario establecer compromisos de gestión de áreas óptimas para las poblaciones de aves afectadas. Especialmente, se deberá hacer estudios sobre especies catalogadas en Peligro de extinción, según el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, por lo que se deberá aplicar el apartado 7 del artículo 45 de la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad como es el caso de la zona de estudio del águila imperial Ibérica (Aquila adalberti) y de la cigüeña negra (Ciconia nigra). La ZEPA Valles del Voltoya y el Zorita está incluida en el del plan de recuperación del águila imperial ibérica para la Comunidad de Castilla y León, recogido en el Decreto 114/2003, de 2 de octubre y el río Moros es zona de importancia para la cigüeña negra. Se evitarán talas y actividades incompatibles con la conservación de ambas especies, cumpliendo los objetivos de sus planes de recuperación. También el estudio de impacto ambiental incluirá un calendario de las obras, incluyendo como medida preventiva respetar la época de celo y reproducción de las aves.

La D.G. de Medio Natural y Política Forestal, así como y la Confederación Hidrográfica del Duero señalan que se deberán construir escalas para peces que tengan las dimensiones y las características adecuadas para que la presa sea franqueable por todas las especies de ictiofauna inventariadas en este lugar y se incluirán planos y cálculos demostrando que el efecto barrera del azud queda corregido.

El Servicio Territorial de Segovia señala que la especie náyade de río (Unio pictorum) es muy sensible a la modificación de su hábitat. Además señalan que el proyecto supondrá una barrera infranqueable para especies como la trucha común (Salmo trutta fario).

Paisaje. Las citadas D.G. de Medio Natural y Política Forestal, y la D.G. de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio señalan que habrá un impacto paisajístico importante, ya que éste cambiará de manera radical, por lo que se deberá realizar un estudio con medidas correctoras tanto en la fase de construcción como de explotación.

Medio socioeconómico. La D.G. de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León pide que se estudie la afección socioeconómica del proyecto.

El ayuntamiento de Valdeprados advierte que con la creación del embalse se verán anegadas zonas tradicionales de esparcimiento de la población de las localidades cercanas. Supondrá una afección a la localidad de Valdeprados en la que se ha propuesto realizar un desarrollo ambientalmente sostenible y respetuoso con el medio.

Centaurea y la Asociación Cultural Valdeprados señalan que los efectos socio-económicos en los embalses son negativos por la pérdida de empleos provocada por la inundación de terrenos con aprovechamiento ganadero y/o agrícola, las condiciones agroclimáticas varían por el microclima inducido, la red de carreteras y caminos se modifica dificultando el acceso y se perjudica el desarrollo turístico del municipio de Valdeprados.

Patrimonio histórico, artístico y arqueológico, Montes de Utilidad Pública y Vías pecuarias. La Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León indica que es la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de Segovia la que otorgará la autorización necesaria con carácter previo a la realización de las obras a este respecto.

El ayuntamiento de Valdeprados señala que el proyecto supone una afección para los restos del antiguo Puente Romano y para la ruta denominada La Risca en todo su trayecto. Solicita que se efectúe una prospección arqueológica previa al inicio de las obras y si apareciese algún resto que se lleven a cabo las medidas preventivas y correctoras que se establezcan en el estudio arqueológico.

El ayuntamiento de Vegas de Matute señala que la construcción del proyecto afectará a la Ermita de Matute, construcción catalogada como elemento a proteger en las Normas Urbanísticas Municipales de Vegas de Matute.

Centaurea y la Asociación Cultural Valdeprados advierten que desaparecerán con certeza la primitiva fuente y pilón de abastecimiento de Valdeprados, el puente viejo sobre el río Moros y el puente del camino de Valdeprados a Vegas de Matute, dependiendo de la cota que se elija pueden verse afectados la Cueva del Cestero, la Cueva de la Mora, el yacimiento arqueológico de Matute, el yacimiento arqueológico de industria de silex y cuarzo, Castillo de Valdeprados y Ermita de Nuestra Señora del Rosario. Además a los anteriores organismos se suma el Servicio Territorial de Segovia de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León en la afirmación de que desaparecerán unos 500 metros de la Vereda del camino viejo de las Vegas de Matute a la Venta del Hambre.

El Servicio Territorial de Segovia, Centaurea y la Asociación Cultural Valdeprados señalan que aproximadamente el 50 % de la superficie inundada prevista se corresponde con terrenos del monte de utilidad pública n.º 173 «El Matute».

c) Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las Administraciones ambientales afectadas. El resultado de las contestaciones a las consultas se remitió al promotor el 15 de julio de 2008, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas, y los aspectos más relevantes que se consideró que debía incluir el estudio de impacto ambiental. Realizando, con fecha 17 de septiembre de 2008 y 27 de febrero de 2009, un traslado de las respuestas recibidas con posterioridad.

b. Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. Información pública. Resultado. La Confederación Hidrográfica del Duero sometió el EsIA al trámite de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado núm. 41, de 17 de febrero de 2009. Asimismo, conforme al artículo 9.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, se procedió a consultar a todas la Administraciones Públicas e Instituciones interesadas que determinó el Órgano Ambiental y que participaron en la fase de consultas previas.

Con fecha 31 de agosto de 2009 tuvo entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente de información pública del Anteproyecto y el estudio de impacto ambiental (en adelante EsIA).

Durante el proceso de información pública se recibieron 2.959 alegaciones e informes de las cuales muchas consistían en copias de varios escritos comunes. Dentro de los que cabe destacar los siguientes: Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León, Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Duero, Diputación de Segovia, Ayuntamiento de Valdeprados, Ayuntamiento de Armuña, Instituto Geológico y Minero de España (IGME), y varias asociaciones ecologistas como Greenpeace, WWF/Adena, Ecologistas en Acción de Segovia, SEO/BirdLife, AEMS Ríos con Vida, Sociedad Geológica de España, Esparvel, Centaurea, ASDEN, etc.

Los aspectos ambientales más destacados son los siguientes:

Proyecto, objetivos y alternativas e infraestructuras asociadas. Diferentes asociaciones y particulares destacan que el objetivo de recargar el acuífero de los Arenales es una pésima solución.

Para lo que el promotor admite la posibilidad de que no se permita disponer de agua para recargarlo y que es poco probable que se realice esta actuación.

Igualmente las alegaciones indican que no se plantean alternativas de mejoras de gestión y racionalización del uso del agua. En varias de ellas se plantea como alternativas para el abastecimiento de la población: la utilización del embalse de Los Ángeles de San Rafael, que es actualmente de uso recreativo y privado; el uso del embalse del Tejo o la explotación de aguas subterráneas.

El promotor responde que es independiente esta gestión del agua, de la necesidad de realización del proyecto. En cualquier caso, las alternativas de mejora de este tipo gestión se salen de su competencia. En cuanto a la posibilidad de utilizar el embalse de San Rafael no se considera al no cubrir las necesidades objetivo y no poder regular más las aportaciones que las que ya realiza, además dicho embalse presenta problemas de eutrofización. En cuanto al embalse del Tejo su volumen ya está comprometido y la utilización de aguas subterráneas está descartada para evitar la sobreexplotación de los acuíferos y por la calidad de dichas aguas que presenta niveles altos de arsénico y compuestos nitrogenados.

No se exponen con claridad las actuaciones asociadas al embalse (líneas eléctricas, vías de acceso, edificaciones asociadas al embalse, etc.), así como los impactos que producen las mismas.

El promotor no responde a este aspecto, ni lo trata con detalle en el EsIA.

Afecciones al clima. Pueden producirse tormentas térmicas locales de tipo torrencial debido a la presencia de una gran superficie de agua.

El promotor expone que tanto el agua embalsada como la superficie de lámina no se corresponden con la de un gran embalse, por lo que no se considera probable la aparición de tormentas térmicas de tipo torrencial. Asimismo, a escasa distancia se encuentra el embalse de Los Ángeles de San Rafael, también de pequeño tamaño, y del que no se han reportado efectos severos sobre el clima local.

Afecciones geológicas (desfiladero de la Risca). Numerosas alegaciones indican que existe un insuficiente estudio geológico y geotécnico, por lo que existe un riesgo de que se produzcan filtraciones tanto en la zona de contacto presa-cimentación, como en el vaso.

A lo que el promotor responde que el nivel de detalle de estos estudios es suficiente para un anteproyecto y que los estudios realizados hasta el momento, aunque no con precisión requerida en la fase de proyecto, ofrecen pocas dudas de su viabilidad.

Entre otros, el IGME destaca que el desfiladero de la Risca, es el único en gneis en Castilla y León y el segundo en importancia en España. Tiene representatividad tectonoestratigráfica y geodiversidad local y está propuesto en el año 2008 para Monumento Natural a la espera de su aprobación como tal.

A lo que el promotor responde que la afección del proyecto a este desfiladero es mínima, porque solo afecta directamente a los primeros metros del mismo que es donde se situará el dique. Asimismo, el desfiladero carece de ningún tipo de protección legal en la fecha en la que se da respuesta a la alegación.

Afección a la hidrología. Entre otros, WWF/Adena plantea en su escrito de alegación errores de estimación del caudal necesario y del sobredimensionamiento del volumen de agua de la presa.

A lo que el promotor responde que los volúmenes necesarios están calculados según los datos de la Instrucción de planificación hidrológica (BOE, 22/09/2008) y teniendo en cuenta la necesidad de regular el caudal ecológico del río. Y afirma que dicho volumen asegurará el caudal de estiaje provocado por las infraestructuras aguas arriba.

Se exponen afecciones debidas a la falta de caudal ecológico provocado no solo por la presencia del embalse proyectado, si no también por la de otro situado a dos kilómetros aguas arriba, en los Ángeles de San Rafael.

El promotor responde que como el objetivo de la presa está en mantener dicho caudal ecológico, de los 12,5 Hm3 que regularía el embalse, 11,3 son para abastecer el caudal ecológico por lo que la infraestructura asegurará la presencia de caudal de estiaje provocado las infraestructuras aguas arriba.

Posibles procesos de eutrofización del agua debido a las características del embalse. El promotor estima dicho impacto como moderado y establece medidas como comprobación de la deforestación del vaso extracción de limos y establecimiento de un sistema de control de calidad.

El promotor remite al EsIA indicando que comprobarán el cumplimiento del plan de deforestación del vaso, y que realizarán un control periódico del aterramiento en el embalse.

Afección a espacios naturales protegidos. Red Natura 2000 y hábitats de interés comunitario. La mayor parte de las alegaciones, destacando la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, indican que el proyecto está dentro del LIC y ZEPA Valles del Voltoya y del Zorita, que constituye una zona de alimentación y trasiego de avifauna así como de riqueza en vegetación de ribera. También se encuentra dentro de la IBA n.º 56.

El promotor no plantea medidas adicionales a las presentes en el EsIA, ya que considera correcta su valoración del impacto y medidas propuestas. Expone, además, que no existen áreas especialmente críticas de afección dentro la zona de inundación.

Del mismo modo un elevado número de alegaciones hacen referencia a que existen afecciones a varios hábitats declarados, alguno de carácter prioritario, que no se ha incluido en el estudio.

El promotor responde que además de los presentes en la cartografía nacional de hábitats se han encontrado, durante los trabajos de campo, otros dos hábitats que corresponden al hábitat 3260 vegetación flotante de ranúnculos de los ríos de zonas pre-montañosas y de planicies y 6420 prados mediterráneos de hierbas altas y juncos (Molinion Holoschoenion).

La Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León concluye su informe con la siguiente consideración tanto de forma individual como en conjunto con otras infraestructuras presentes o en proyecto, causará un impacto negativo y apreciable sobre el paisaje y la geodiversidad, cuya preservación es uno de los principios inspiradores de la Ley 4272007, de 13 de diciembre, y cuyos elementos forman parte ineludible del LIC y ZEPA Valles de Voltoya y el Zorita.

A este respecto la conclusión del informe de Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Duero: «(…) la afección que supondría la ejecución de este proyecto en lo referente a las materias objeto de la competencia de este Organismo se considera muy significativa, siendo algunos de los impactos originados sobre el mismo irreversibles e irrecuperables. Algunas de las medidas propuestas en el estudio de impacto ambiental para prevenir, corregir o compensar los potenciales impactos sobre el medio hídrico (…) del presente informe, se consideran insuficientes».

En general cabe destacar que en su mayoría el grueso de asociaciones ecologistas, vecinales y particulares coinciden en la inviabilidad ambiental del proyecto (calificándolo como irreversible, irrecuperable, de impacto crítico) basándose en los valores naturales de la zona que motivaron su inclusión en la Red Natura 2000.

Afección a la vegetación. Multitud de escritos hacen referencia a las afecciones a la vegetación de ribera y zonas húmedas y forestales con alto valor ecológico, se destaca la afección a la especie Apium repens o apio enano catalogada como de atención preferente, según el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León, y cuya población afectada constituye una Microreserva de Flora, clasificada también por dicho catálogo, al ser una de las poblaciones más extensas en superficie de Segovia y que desaparecería totalmente por la inundación como indica la citada Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio.

El promotor remite al EsIA en el que se indica que para corregir la pérdida de superficie de zonas húmedas con un valor ecológico muy elevado, se restaurará una zona de ribera aguas abajo de la presa generando un humedal de características similares e idéntica superficie.

Afecciones a la fauna. Según la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio, entre otros, el proyecto está incluido en Área Sensible del Plan de Recuperación del Águila Imperial Ibérica (aunque no dentro de ningún Área Crítica). No afecta a ninguna zona de exclusiva protección de Cigüeña negra, si bien está cerca de una Zona de Importancia de Cigüeña negra siendo la zona de inundación es un área potencial de alimentación y trasiego.

El promotor responde que al no estar ubicado en ningún área crítica de estas especies el impacto es compatible al perderse una pequeña zona de alimentación (pérdida del 0,12% de superficie de área sensible para águila imperial ibérica).

La inmensa mayoría de alegaciones indican que afectará a una gran diversidad de especies de ribera, ictiofauna, avifauna, etc por los efectos de inundación y barrera del embalse. Se destaca la afección del proyecto que provocará la desaparición irreversible del molusco bivalvo Unio pictorum, y se proponen medidas de recuperación en otra zona.

Numerosos escritos indican que en el EsIA, se dan medidas sobre el efecto barrera de la ictiofauna poco adecuadas, el método de pesca eléctrica realizado una vez al año para traslocar especies aguas arriba o abajo no es el método más adecuado, ya sea porque las especies que se quieren desplazar no tienen los mismos periodos de desplazamiento o desove y el sistema en aguas abiertas tipo lago no es efectivo.

El promotor explica que solo se pretende desplazar parte de la población para compensar la pérdida poblacional aguas arriba. El sistema de pesca no se realizará en el embalse sino en zonas del río aguas debajo de la actuación. En el programa de vigilancia se plantea el control, evolución y supervisión de las poblaciones.

Afección a elementos del Patrimonio histórico, artístico y arqueológico, montes de utilidad pública y vías pecuarias. En cuanto a las afecciones al patrimonio la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León indica que el desplazamiento de los elementos indicados en el EsIA, supone la pérdida de descontextualización del valor histórico, la tradición y las costumbres que existen sobre ellos por lo que no es una medida efectiva. El promotor en contestación remite a las medidas aportadas en el EsIA.

Según el ayuntamiento de Valdeprados, entre otros, se afecta gravemente a 33% de la superficie del MUP n.º 173. El promotor responde que EsIA establece que se deberá formular una solicitud para la ocupación parcial, y se solicitará la incoación de un expediente de prevalencia de la utilidad pública necesario para ejecutar la obra.

El ayuntamiento de Valdeprados, varios particulares y asociaciones, indican que se afectará entorno a medio kilómetro de la vía pecuaria Vereda del Camino Viejo de las Vegas de Matute a la Venta del Hambre. A lo que el promotor propone corregir y restutuir el trazado afectado.

Afección al medio socioeconómico. En el EsIA no se consideran convenientemente los impactos sociales y económicos sobre las zonas agro-ganaderas afectadas y la repercusión en esta fuente de ingresos en la zona.

El promotor indica que si procede se redactará un plan de restitución territorial con el objeto de compensar las afecciones generadas sobre el equilibrio socioeconómico de la zona en la que se ubica la obra proyectada. En todo caso, se establecerán las medidas necesarias para compensar a los propietarios de los bienes y derechos afectados.

4. Integración de la evaluación

a. Impactos significativos de la alternativa elegida y medidas preventivas y correctoras previstas por el promotor. A continuación se exponen la serie de impactos significativos clasificados por elementos del medio, así como las medidas planteadas por el promotor para corregirlos o minimizarlos.

Para evitar minimizar los impactos, principalmente los producidos en la fase de construcción el promotor propone la Incorporación de buenas prácticas ambientales en obra.

Atmósfera y ruido. En cuanto a estos elementos se refiere el impacto presente es el producido por las emisiones a la atmósfera y ruido sobre la población. Como medida a aplicar según el EsIA está evitar los trabajos susceptibles de generar ruido en horario nocturno.

Geología-geomorfología y suelo. Las actuaciones del proyecto pueden provocar modificaciones geomorfológicas, compactación, contaminación de suelos, pérdida de suelo fertil, y aumento de la erosión, por la apertura de pistas, zanjas o cimentaciones, el desvío del agua, el tránsito de maquinaria, acopios de materiales y parques de maquinaria, vertidos, etc.

En cuanto a las medidas a aplicar el promotor asume, entre otras, la retirada y correcta gestión de la capa de tierra vegetal, descompactación de suelos afectados, transporte a vertedero de los inertes excedentarios, revegetaciones para estabilizar taludes, restauración de las zonas degradadas, restricción de la circulación de maquinaria, etc.

Hidrología. El proyecto conllevaría regulación hidrológica, y posibles cambios en la calidad de las aguas de los ríos y del agua embalsada, derivación de las aguas del río Moros, posible contaminación de aguas subterráneas por vertidos, así como los efectos derivados de la presencia de la lámina de agua y sus oscilaciones sobre la edafología, la vegetación, patrimonio e infraestructuras. En el análisis incluido en el EsIA, los impactos sobre este elemento del medio se consideran como severos y/o significativos.

Como medidas el promotor incluye el control periódico la calidad del agua, la ubicación de los acopios de materiales, parques de maquinaria y otros elementos temporales, en zonas que no se vean afectadas por la lámina de agua, el desvio del flujo de aguas turbias a balsas de decantación, la limpieza exhaustiva de la zona de ocupación temporal, retirando todos aquellos elementos, materiales, excedentes y residuos generados, etc.

Espacios naturales protegidos. Red Natura 2000 y hábitats de interés comunitario. El EsIA considera como impactos severos las afecciones a espacios de interés natural, en concreto a los hábitats de interés comunitario, a la IBA n.º 56 Umbría de Guadarrama, al área sensible de águila imperial ibérica y al LIC y ZEPA Valles del Voltoya y el Zorita, así como la posible contaminación por vertidos de la fauna acuática ligada al cauce.

El promotor indica que le son de aplicación las medidas propuestas para todos los elementos del medio.

Vegetación. En cuanto a vegetación la incidencia del proyecto también se considera impacto severo en el EsIA debido a la eliminación de la cobertura vegetal necesaria para la preparación del vaso (destacando la eliminación de la especie Apium repens), daños a la vegetación por el tránsito de maquinaria, el acopio de materiales, vertidos incontrolados, etc.

El promotor propone como medidas el jalonamiento de la zona de actuación y la protección de los pies de arbolado que puedan verse afectados, el desarrollo de un plan de restauración ecológico y paisajístico, con objeto de restituir la pérdida forestal, la restauración de una zona de ribera aguas abajo de la presa generando un humedal de características similares, con una extensión mínima de 1.000 m2 (superficie aproximada ocupada actualmente por Apium repens), así como el desarrollo de un plan de autoprotección en materia de incendios forestales (que incluya la gestión de los residuos de desbroce y la prohibición de quemas).

Fauna. En el EsIA se considera como impacto severo la pérdida de hábitats faunísticos como el del náyabe (Unio pictorum) y la pérdida de zonas de nidificación y alimentación de rapaces por invasión de la lámina de agua y las obras de construcción. También se consideran las diversas molestias ocasionadas como el aumento de ruido ambiental producido por la actividad de la obra o el tránsito de maquinaria, a la diversa y nutrida comunidad de avifauna presente.

Además, se consideran como impacto destacable el producido por el efecto barrera tanto para la fauna acuática como para la terrestre.

Una de las medidas a adoptar consiste en realizar un rescate de ejemplares de Unio pictorum previo al llenado, para su posterior reintroducción en tramos cercanos del río Moros en los que se encuentren otras poblaciones de este bivalvo y proceder a su enriquecimiento o, en su defecto, ubicarlos en una zona que reúna las características necesarias para su supervivencia.

También se aplicarán medidas de ejecución de pasos de fauna y traslocación de especies mediante pesca eléctrica para evitar el efecto barrera.

Paisaje. El promotor identifica como significativos los siguientes impactos en el paisaje: deforestación por la ejecución de las obras, modificación paisajística por la presencia del embalse, y aparición de la banda árida por las oscilaciones de la lámina de agua.

La medida que proponen para la mitigación de este impacto es la ejecución del ya citado Plan de Restauración Ecológico y Paisajístico.

Medio socioeconómico. La ejecución del proyecto supone una afección al sector primario del ámbito de estudio por la ocupación de suelos dedicados a agricultura, ganadería y explotación forestal, así como la ocupación de suelo catalogado como no urbanizable en la planificación urbanística vigente de cada uno de los municipios afectados, según la normativa vigente de la ley de aguas.

Patrimonio histórico, artístico y arqueológico, vías pecuarias, Montes de Utilidad Pública e infraestructuras. El promotor recoge en el EsIA la afección sobre el patrimonio cultural por la presencia de la lámina de agua como severo. Además consideran impactos significativos las afecciones a los MUP, a yacimientos, vía pecuaria, y a las infraestructuras y equipamientos de la zona.

Las medidas propuestas consisten en evitar las afecciones innecesarias sobre las zonas de protección de presunción arqueológica, la comunicación de hallazgos casuales patrimoniales a la Administración competente, y atender a las recomendaciones de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León, mantener útil la transitabilidad de todas las vías de comunicación y compensación por la pérdida de bienes y derechos generada por el embalse.

Impactos acumulativos y sinérgicos. La existencia de tres infraestructuras similares (embalses de Los Ángeles de San Rafael, el Tejo y el azud de Carbonero) supondría un aumento de la tramificación del río, siendo significativo el efecto barrera sinérgico, tanto para organismos vivos, como para la materia en suspensión que circula por el río Eresma. Igualmente destaca las modificaciones en el régimen hídrico del río y los cambios en el paisaje que supondría.

b. Valoración del órgano ambiental sobre la idoneidad de las medidas previstas por el promotor para la corrección o compensación del impacto.

Tras el análisis de la documentación que obra el expediente, se considera que el proyecto supone impactos significativos negativos sobre el lugar de importancia comunitaria ES4160111 y también zona de especial protección para las aves ES0000188 Valles del Voltoya y Zorita, según informe del organismo con competencia en materia ambiental, Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, en el que indica que las actuaciones afectarán negativamente y de forma apreciable a los valores naturales que han motivado la inclusión del área en la Red Natura 2000. Igualmente indica que existen incompatibilidades con lo establecido en el Decreto 114/2003 del plan de recuperación del águila imperial ibérica en Castilla y León. Con respecto a la especie Apium repens consideran el proyecto incompatible con los objetivos de conservación establecidos en el Catalogo de Flora Protegida de Castilla y León (Decreto 63/2007 mencionado anteriormente). Además, indica que la realización del proyecto anegará un área de una diversidad botánica de excepción viéndose afectadas especies como el bivalvo Unio pictorum. Finalmente concluye que causará un impacto negativo y apreciable sobre el paisaje y la geodiversidad cuya preservación es uno de los principios inspiradores de la citada Ley 42/2007, de 13 de diciembre, y cuyos elementos son parte ineludible del LIC y ZEPA citado anteriormente.

Asimismo, la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Duero, organismo competente en actividad de policía sobre el Dominio Público Hidráulico, considera la afección del proyecto como muy significativa, siendo algunos de los impactos originados sobre el mismo irreversibles e irrecuperables.

Por todo ello, se considera que la ejecución del proyecto es incompatible con el mantenimiento de las condiciones actuales de la zona de estudio.

Conclusión. En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula una declaración de impacto ambiental en sentido negativo para el proyecto Embalse de Guijasalbas, términos municipales de Valdeprados y Vegas de Matute (Segovia), concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará efectos negativos significativos sobre el medio ambiente, y considerándose que las medidas previstas por el promotor no son una garantía suficiente de su completa corrección o su adecuada compensación.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a Confederación Hidrográfica del Duero para su incorporación al procedimiento sustantivo del proyecto.

Madrid, 4 de noviembre de 2009.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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