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Documento BOE-A-2009-18496

Resolución de 11 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Investigación, por la que se modifica la de 15 de diciembre de 2006, por la que se establece el Programa EUROCIENCIA y se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para la formulación, puesta en marcha y ejecución de Planes de Actuación Estratégica por parte de las Universidades y los Organismos Públicos de Investigación, con el fin de promover, impulsar y fortalecer su participación en el séptimo programa marco de investigación de la Unión Europea.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 20 de noviembre de 2009, páginas 98610 a 98611 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2009-18496

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 432/2008, de 14 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, creó el Ministerio de Ciencia e Innovación como departamento encargado, entre otros, de la propuesta y ejecución del Gobierno en materia de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, transfiriendo las competencias que en este ámbito tenía el anterior Ministerio de Educación y Ciencia. Posteriormente, el Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, desarrollado por el Real Decreto 640/2009, de 17 de abril, deroga el citado Real Decreto 432/2008, de 14 de abril, y confiere al Ministerio de Ciencia e Innovación un nuevo marco de actuación. Finalmente, el Real Decreto 1042/2009, de 29 junio, desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación. Estas modificaciones han producido cambios en los órganos competentes para convocar, instruir y resolver las convocatorias gestionadas anteriormente por el Ministerio de Educación y Ciencia y actualmente por el Ministerio de Ciencia e Innovación.

Por todo lo expuesto en el anterior párrafo, se hace necesario modificar el apartado decimotercero relativo al órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento de la convocatoria del programa Eurociencia 2006 y el apartado decimocuarto, número 3 relativo a la composición de la comisión de valoración para la evaluación y selección de las solicitudes de Eurociencia. En su virtud, resuelvo:

Artículo único.

Modificación de la Resolución de 15 de diciembre de 2006, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se establece el Programa Eurociencia y se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para la formulación, puesta en marcha y ejecución de Planes de Actuación Estratégica por parte de las Universidades y los Organismos Públicos de Investigación, con el fin de promover, impulsar y fortalecer su participación en el Séptimo Programa Marco de Investigación de la Unión Europea.

La Resolución de 15 de diciembre de 2006, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se establece el Programa Eurociencia y se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para la formulación, puesta en marcha y ejecución de Planes de Actuación Estratégica por parte de las Universidades y los Organismos Públicos de Investigación, con el fin de promover, impulsar y fortalecer su participación en el Séptimo Programa Marco de Investigación de la Unión Europea, queda modificada de la siguiente manera:

Uno.–El apartado decimotercero tendrá la siguiente redacción:

«Decimotercero.–Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento.

El órgano competente para la instrucción del procedimiento es la Dirección General de Cooperación Internacional y Relaciones Institucionales.

Corresponde al Secretario de Estado de Investigación, u órgano directivo en que hubiese delegado, la resolución de concesión o denegación de las solicitudes.»

Dos.–El apartado decimocuarto.3 queda redactado del siguiente modo:

«3. Para la evaluación y selección de las solicitudes presentadas se creará una Comisión de Valoración, tal y como establece la disposición sexta de la Orden de bases reguladoras.

Dicha Comisión estará presidida por Directora General de Cooperación Internacional y Relaciones Institucionales, y contará como vocales con la Subdirectora General de Programas Europeos, la Subdirectora General de Programas Internacionales, el Subdirector General de Instalaciones y Organismos Internacionales, expertos en el programa marco hasta un máximo de seis y un funcionario de la Subdirección General de Programas Europeos, que actuará como Secretario. Los miembros de la Comisión no especificados en esta Resolución serán nombrados por la Directora General de Cooperación Internacional y Relaciones Institucionales. En la composición de la comisión se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.»

Disposición adicional única. Adaptación de referencias.

Las referencias a la Dirección General de Investigación contenidas en la Resolución de 15 de diciembre de 2006 se entenderán realizadas a la Dirección General de Cooperación Internacional y Relaciones Institucionales.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 11 de noviembre de 2009.–El Secretario de Estado Investigación, Carlos Martínez Alonso.

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