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Documento BOE-A-2009-17694

Resolución de 28 de octubre de 2009, de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, por la que se conceden las subvenciones destinadas a proyectos piloto, en el marco de la red rural nacional, convocadas por Orden ARM/1288/2009, de 8 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 7 de noviembre de 2009, páginas 93066 a 93071 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-17694

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ARM/1288/2009, de 8 de mayo, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a proyectos piloto, en el marco de la red rural nacional, y se convocan las correspondientes al ejercicio 2009.

De acuerdo con el artículo 10 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 9.9 de la Orden ARM/1288/2009, que atribuye al Secretario de Estado de Medio Rural y Agua las competencias para la concesión de subvenciones, resuelvo:

Primero.–Conceder subvención a las entidades que figuran en el anexo I y desestimar las solicitudes que figuran en anexo II.

El importe total de las subvenciones concedidas asciende a dieciséis millones doscientos mil euros (16.200.000 euros), distribuidos en las siguientes dotaciones para los años que se citan: cuatro millones quinientos mil euros (4.500.000 €) para 2009; cuatro millones cincuenta mil euros (4.050.000 €) para 2010; tres millones novecientos mil euros (3.900.000€) para 2011, y tres millones setecientos cincuenta mil euros (3.750.000 €) para 2012, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 23.18.414B.771.03 y 23.18.414B.773.02.

Segundo.–La instrucción del procedimiento ha sido realizada de conformidad con lo previsto en la citada Orden, en concordancia con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en las demás disposiciones legales aplicables, habiéndose respetado los trámites de audiencia preceptivos a los interesados en el citado procedimiento.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra ella recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional o con carácter previo y potestativo ante el Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, recurso de reposición en el plazo de un mes. No podrán simultanearse ambas vías de de recurso.

Madrid, 28 de octubre de 2009.–El Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, Josep Puxeu Rocamora.

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