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Documento BOE-A-2009-17601

Decreto 120/2009, de 16 de septiembre, por el que se delimita el entorno de protección de la cueva de El Quintanal y Valmori, en el concejo de Llanes.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 5 de noviembre de 2009, páginas 92697 a 92699 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2009-17601

TEXTO ORIGINAL

Las cuevas de Valmori y de El Quintanal, sitas en Valmori, concejo de Llanes fueron declarada Bien de Interés Cultural en aplicación del artículo 40.2 de la Ley 16/85, de 16 de junio, de Patrimonio Histórico Español. La Cueva de Valmori, ocupada entre los períodos Solutrense y Asturiense cuenta con una representación de motivos artísticos paleolíticos integrada por varios conjuntos de signos abstractos, mientras que, por su parte, la Cueva de El Quintanal presenta en su estrecha galería una representación animal, identificada con un jabalí o con un bisonte, a la que se superpone otra figura de identificación más problemática, todo ello datable en las fases iniciales del Paleolítico Superior.

Mediante Resolución de 5 de febrero de 2008, de la Consejería de Cultura y Turismo, se incoó expediente para la delimitación del entorno de protección de estas cuevas.

Con posterioridad a esa Resolución se ha seguido la tramitación regulada en la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural. Se cuenta con informes favorables de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias, la Real Academia de la Historia, y la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Mediante Resolución de 3 de noviembre de 2008, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, de fecha 28 de noviembre de 2008, se abría un período de información pública, en el transcurso del cual no se presentó ningún escrito respecto a este expediente.

Finalmente, el Pleno del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias, en su reunión de 13 de abril de 2009, emitió informe favorable y motivado respecto a esta propuesta de protección patrimonial, por lo que, cumplimentados los trámites exigidos por la Ley en la instrucción del expediente, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y siguientes y la Disposición Transitoria Primera de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, y así, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 16 de septiembre de 2009, dispongo:

Primero. Se procede a delimitar el entorno de protección de las cuevas de El Quintanal y Valmori, en el concejo de Llanes, según la descripción complementaria que se hace constar en el Anexo I que se adjunta y que forma parte del presente decreto.

Dado en Oviedo, a 16 de septiembre de 2009.–El Presidente del Principado, Vicente Álvarez Areces.–La Consejera de Cultura y Turismo, Mercedes Álvarez González.

(Publicado en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» número 229, de 2 de octubre de 2009)

ANEXO I
Extracto del expediente de delimitación del entorno de protección de Las Cuevas de El Quintanal y Valmori, en el Concejo de Llanes

I. Datos sobre el bien objeto de la delimitación

1. Denominación: Cuevas de El Quintanal y Valmori.

2. Localización:

a) Comunidad Autónoma: Principado de Asturias.

b) Provincia: Asturias.

c) Municipio: Llanes.

d) Lugar: Valmori.

II. Entorno de protección

La delimitación del entorno de protección abarca un total de 27.28 has. Este entorno es común para las cuevas de El Quintanal y Valmori abarcando la totalidad de la ladera en la que se abre la primera de estas cavidades, así como el cueto calizo en el que se localiza la segunda.

El entorno BIC engloba las siguientes parcelas, pertenecientes al polígono 001:

00882, 00883, 00884, 00886, 00945, 00946, 00947, 00966, 00967, 00968, 00969, 00970, 00984, 00986, 01021, 01023, 01026, 01115, 01122, 01127, 01128, 01164, 71179 y 81179.

El entorno de protección comprende el espacio situado dentro del perímetro definido por los siguientes puntos:

1

Noroeste del entorno en la carretera Ll-11.

1-2

Eje de carretera Ll-11 hacia el este, colindante con la parcela de referencia catastral 01105.

2-3

Del punto 2, siguiendo el lindero de la finca catastral: 01105 hasta su encuentro con la carretera Ll-10.

3-4

Eje de carretera Ll-11 hacia el sur (09019), colindante con el borde de las parcelas de referencia catastral 01115 y 01128.

4-5-6

Línea de borde de las fincas de referencia catastral: 01128, 71179, 81179, 00882, 00884, 00883, 00806, 00967, 00966, 00969, 00970, 00984, 0112 y 01026.

6-7

Eje del camino (09014) colindante con las parcelas catastrales: 01026 y 01023.

7-8

Línea de borde de las fincas de referencia catastral: 01164 y 01105.

III. Descripción gráfica del entorno de protección

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

IV. Datos administrativos

1. Expediente CPCA 2057/07 y 2058/07.

2. Incoación del expediente.

a) Fecha de incoación: 5 de febrero de 2008.

b) Fecha de notificación de la incoación: 22 de febrero de 2008.

c) Fecha de publicación: BOPA: 14 de marzo de 2008. BOE: 9 de abril de 2008.

d) Fecha de comunicación al Registro General de Bienes de Interés Cultural: 22 de febrero de 2008.

3. Instrucción.

a) Instituciones que han emitido informe favorable:

Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Real Academia de la Historia.

Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio (CUOTA).

b) Fecha y «Diario Oficial» en que se publica la apertura del período de información pública y duración del mismo: BOPA: de 28 de noviembre de 2008. Duración 20 días hábiles.

c) Ayuntamiento oído en el expediente: Ayuntamiento de Ribadedeva.

d) Acuerdo favorable a la declaración del Pleno del Consejo de Patrimonio Cultural de Asturias, en su reunión del 13 de abril de 2009.

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