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Documento BOE-A-2008-12961

Resolución de 18 de julio de 2008, de la Comisión Nacional de Energía, por la que se establecen y hacen públicas, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 34 y en la disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, las relaciones de operadores principales en los sectores energéticos.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 29 de julio de 2008, páginas 32772 a 32773 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2008-12961

TEXTO ORIGINAL

El artículo 3.1 del Reglamento de Procedimiento de autorización previsto en el artículo 34 del Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, Reglamento aprobado mediante Real Decreto 1232/2001, de 12 de noviembre, establece que «La Comisión Nacional de Energía y la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones establecerán y harán pública, anualmente, la relación de los operadores que se consideren principales en los mercados o sectores referidos en el artículo 34.dos del Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio. Dicha relación podrá ser modificada, en cualquier momento, durante el transcurso del año». En el ejercicio de las funciones atribuidas a esta Comisión en el artículo 34 y en la disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, y en cumplimiento de la obligación referida en el mencionado artículo 3.1 del Reglamento aprobado mediante Real Decreto 1232/2001, de 12 de noviembre, el Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía ha aprobado, en su sesión celebrada el día 3 de julio de 2008, la Resolución por la que se establecen y hacen públicas las relaciones de operadores principales en los sectores energéticos. En la referida Resolución, la CNE acuerda en el apartado primero «Establecer y hacer públicas las relaciones de operadores principales en los mercados energéticos de electricidad, carburantes, gas natural y gases licuados del petróleo, que se refieren en el apartado V de la presente Resolución, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios, y en el artículo 3.1 del Reglamento del procedimiento de autorización previsto en dicho artículo 34 del Real Decreto-ley 6/2000, aprobado mediante el Real Decreto 1232/2001, de 12 de noviembre». En el apartado V de la Resolución se recogen las siguientes relaciones de operadores principales:

Relación de operadores principales del sector eléctrico:

Operador principal

1

ACCIONA/ENDESA/ENEL (*).

1

ENDESA, S.A.

1

ENDESA RED, S.A.

1

ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L.

1

ENDESA GENERACIÓN, S.A.U.

1

ENDESA ENERGÍA, S.A.U.

2

GRUPO IBERDROLA.

2

IBERDROLA, S.A.

2

IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U.

2

IBERDROLA GENERACIÓN, S.A.

3

ACS/UNIÓN FENOSA (***).

3

UNION FENOSA, S.A.

3

UNION FENOSA DISTRIBUCIÓN, S. A.

3

UNION FENOSA GENERACIÓN, S.A.

4

REPSOL YPF/GAS NATURAL.

4

GAS NATURAL SDG, S.A. (**).

5

GRUPO HIDROCANTÁBRICO/EDP.

5

HIDROELÉCTRICA DEL CANTÄBRICO, S.A.

(*) ENDESA es una sociedad participada conjuntamente por ACCIONA y ENEL, respecto de la que existe control conjunto por parte de ACCIONA y ENEL, según lo acordado por estas sociedades. (**) GAS NATURAL SDG es una empresa participada conjuntamente por REPSOL-YPF y LA CAIXA, respecto de la que existe un control conjunto por parte de REPSOL-YPF y LA CAIXA, según lo acordado por estas sociedades, aún cuando GAS NATURAL no constituya un grupo consolidado globalmente, ni con REPSOL-YPF ni con LA CAIXA. (***) Se ha incluido a ACS junto al grupo UNIÓN FENOSA dado que aquella sociedad dispone de control exclusivo sobre este grupo, según declaró en su día el extinguido Servicio de Defensa de la Competencia.

Relación de operadores principales del sector de gas natural:

Operador principal

1

REPSOL YPF-GAS NATURAL.

1

GAS NATURAL SDG, S.A. (*).

1

GAS NATURAL DISTRIBUCIÓN SDG, S.A.

1

GAS NATURAL COMERCIALIZADORA, S.A.

2

GRUPO IBERDROLA.

2

IBERDROLA, S.A.

3 3 3 3

ACS/UNION FENOSA (***). UNION FENOSA, S.A. UNION FENOSA GAS, S.A. UNION FENOSA GAS COMERCIALIZADORA, S.A.

4

ACCIONA/ENDESA/ENEL (**).

4

ENDESA, S.A.

4

ENDESA ENERGÍA, S.A.

5

GRUPO HIDROCANTABRICO/EDP.

5

HIDROELÉCTRICA DEL CANTÁBRICO, S.A.

5

NATURGAS ENERGÍA GRUPO, S.A.

(*) GAS NATURAL SDG es una empresa participada conjuntamente por REPSOL-YPF y LA CAIXA, respecto de la que existe un control conjunto por parte de REPSOL-YPF y LA CAIXA, según lo acordado por estas sociedades, aún cuando GAS NATURAL no constituya un grupo consolidado globalmente, ni con REPSOL-YPF ni con LA CAIXA. (**) ENDESA es una sociedad participada conjuntamente por ACCIONA y ENEL, respecto de la que existe control conjunto por parte de ACCIONA y ENEL, según lo acordado por estas sociedades. (***) Se ha incluido a ACS junto al grupo UNIÓN FENOSA dado que aquella sociedad dispone de control exclusivo sobre este grupo, según declaró en su día el extinguido Servicio de Defensa de la Competencia.

Relación de operadores principales del sector de carburantes:

Operador principal

1

GRUPO REPSOL YPF.

1

REPSOL YPF, S.A.

1

REPSOL PETRÓLEO, S.A.

1

PETRONOR, S.A.

1

REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS, S.A.

2

GRUPO CEPSA

2

COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE PETRÓLEOS, S.A.

2

CEPSA MARINE FUELS, S.A.

2

CEPSA ESTACIONES DE SERVICIO, S.A.

3

GRUPO BP ESPAÑA.

3

BP ESPAÑA, S.A.U.

3

BP OIL ESPAÑA, S.A.U.

3

BP OIL REFINERÍA DE CASTELLÓN, S.A.

4

GRUPO GALP ENERGÍA ESPAÑA.

4

GALP ENERGÍA ESPAÑA, S.A.U.

5

SARAS ENERGÍA, S.A.

Relación de operadores principales del sector de gases licuados del petróleo:

Operador principal

1

GRUPO REPSOL YPF.

1

REPSOL YPF, S.A.

1

REPSOL BUTANO, S.A.

1

PETRONOR, S.A.

1

REPSOL PETRÓLEO, S.A.

2

GRUPO CEPSA.

2

COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE PETRÓLEOS, S.A.

2

CEPSA GAS LICUADO, S.A.

3

GRUPO BP ESPAÑA.

3

BP ESPAÑA, S.A.U.

3

BP OIL REFINERÍA DE CASTELLÓN, S.A.

4

GRUPO DISA.

4

DISA CORPORACIÓN PETROLÍFERA, S.A.

4

DISA GAS, S.A.U.

5

GRUPO GALP ENERGÍA ESPAÑA.

5

GALP ENERGÍA ESPAÑA, S.A.U.

La Resolución citada puede ser consultada en la sede de la Comisión Nacional de Energía, sita en la calle Alcalá, 47, así como en el sitio web de la misma en www.cne.es

Madrid, 18 de julio de 2008.-La Presidenta de la Comisión Nacional de Energía, María Teresa Costa Campi.

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