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Documento BOE-A-2008-10102

Real Decreto 901/2008, de 23 de mayo, por el que se indulta a don Ricardo Gómez Andrés.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 12 de junio de 2008, páginas 26983 a 26983 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2008-10102

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de don Ricardo Gómez Andrés, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Logroño, en sentencia de 17 de junio de 2005, como autor de un delito de alzamiento de bienes, a la pena de un año y seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 18 meses con una cuota diaria de 20 euros, y de un delito continuado de falsificación de documento oficial, a la pena de dos años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 10 meses con una cuota diaria de 20 euros, por hechos cometidos durante los años 1998-2000, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de mayo de 2008,

Vengo en conmutar a don Ricardo Gómez Andrés las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelta a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 23 de mayo de 2008.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

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