Visto el expediente de indulto de don Francisco Javier García Espina, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva, en sentencia de 27 de septiembre de 2003, como autor de dos delitos de robo con intimidación con uso de armas, a la pena de tres años y seis meses de prisión, por cada uno, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2002, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de mayo de 2008,
Vengo en indultar a don Francisco Javier García Espina dos años del total de las penas privativas de libertad impuestas, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 23 de mayo de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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