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Documento BOE-A-2007-9640

Resolución de 20 de marzo de 2007, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación al Informe de fiscalización de las principales actuaciones realizadas por AENA en desarrollo del Plan Director del Aeropuerto de Madrid-Barajas, aprobado el 19 de noviembre de 1999 y de su situación a 31 de diciembre de 2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 11 de mayo de 2007, páginas 20470 a 20470 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2007-9640

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 20 de marzo de 2007, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de las principales actuaciones realizadas por AENA en desarrollo del Plan Director del Aeropuerto de Madrid-Barajas, aprobado el 19 de noviembre de 1999 y de su situación a 31 de diciembre de 2004, acuerda:

Instar al Gobierno, a partir de la fiscalización realizada entre noviembre de 1999 y diciembre de 2004, a: 1. Continuar con el establecimiento de un sistema de información que permita identificar cada una de las inversiones correspondientes a los Planes Directores en ejecución y el correspondiente sistema informático que provea información individualizada de todos los pagos relativos a expropiaciones.

2. Continuar con la implantación de procedimientos adecuados de planificación que permitan obtener una previsión más realista sobre los costes y los plazos de ejecución de los Planes Directores. 3. Continuar con las medidas de control de la deuda, conteniendo para ello los costes y potenciando los ingresos, especialmente los referidos a la actividad comercial de los aeropuertos y establecer, a su vez, los cauces de financiación más adecuados.

Instar a AENA:

4. A que ultime, a la mayor brevedad posible, el encargo ya implementado de una contabilidad analítica independiente para cada uno de los aeropuertos que gestiona, lo cual deberá permitir conocer con detalle los ingresos, gastos e inversiones efectuadas en cada aeropuerto.

5. A que AENA, una vez disponga de la citada contabilidad analítica, publique anualmente el coste de los servicios prestados en cada uno de los aeropuertos que gestiona, justificando, en los términos anteriores, el principio de equivalencia entre la tasa y el coste del servicio o actividad que constituye su hecho imponible.

Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de marzo de 2007.-El Presidente de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Francesc Antich Oliver.-El Secretario de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, José Ramón Mateos Martín. (En suplemento aparte se publica el informe correspondiente)

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