Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-20471

Resolución de 26 de octubre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Nuevo encauzamiento del arroyo Tamarguillo, en Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 2007, páginas 48800 a 48803 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-20471

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado c) del grupo 8 del Anexo II del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental en fecha 27 de julio de 2007, en base a los posibles impactos significativos que se podrían producir sobre el LIC (ES 6150019) «Bajo Guadalquivir», decidió su sometimiento a evaluación de impacto ambiental, procediendo formular su declaración de impacto de acuerdo con el artículo 4.1 de la citada norma. Según el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la ejecución del procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la proposición de las declaraciones de impacto ambiental. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y Órgano Sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas El promotor y órgano sustantivo del proyecto, es la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

La nueva canalización propuesta, estará integramente ubicada en el término municipal de Sevilla, cruzando de este a oeste por el norte del casco urbano sevillano, hasta llegar al río Guadalquivir a la altura del paraje de Playa de Tercia. Se situará al Norte del actual y también artificial, cauce del arroyo Tamarguillo. Según informa el promotor, con el nuevo encauzamiento proyectado, se pretenden conseguir los siguientes objetivos:

Garantizar la seguridad y la calidad de vida de la ciudadanía, liberando de posibles inundaciones provocadas por avenidas extraordinarias, tanto al casco urbano de Sevilla como a los terrenos que se le pretenden anexionar, en virtud del nuevo Plan General de Ordenación Urbana de Sevilla, actualmente en trámite de aprobación. Se resuelven de esta manera las limitaciones existentes al crecimiento urbano por el N de la ciudad, consiguiendo así mismo, más espacios libres y más zonas verdes.

Proteger adecuadamente las dos márgenes de la nueva infraestructura. Gestionar de manera adecuada los terrenos ocupados por el nuevo trazado, configurando un pasillo natural entre áreas urbanas. Aceptar los caudales del arroyo Ranillas, eliminando así sus problemas de evacuación. Integrar el actual canal del arroyo Tamarguillo, una vez restaurado, en la red verde municipal. El nuevo encauzamiento tendrá un recorrido de unos 10.450 m, de anchura variable y con tres obras de enlace que son: el emboquillado del Ranillas, conexión con el arroyo Miraflores y conexión con el arroyo Tamarguillo.

Alternativas de actuación:

La alternativa de no actuar manteniendo el actual canal, se desestima debido a que no se promueve la necesaria articulación de las infraestructuras territoriales hidráulicas con el sistema de espacios libres y zonas verdes, a la difícil adquisición de suelo, que no facilita su integración y actúa como barrera en las relaciones sociales y económicas de la ciudad y a la presencia de infraestructuras que ahogan y ciñen el actual cauce del arroyo Tamarguillo.

La alternativa de realizar un nuevo encauzamiento, se considera la más conveniente ya que resuelve problemas de seguridad por posibles inundaciones, elimina la limitación existente al crecimiento urbano hacia el norte de la ciudad de Sevilla y consigue la función ecológica e integradora de este tipo de obras mejorando la gestión de los terrenos ocupados y configurando un pasillo natural inmerso entre áreas urbanas de baja densidad, ejerciendo y conformando un nexo urbano.

Alternativas de trazado:

Se presentan tres alternativas para el trazado desde el Canal del Bajo Guadalquivir hasta desembocar en el río Guadalquivir. Todas ellas garantizan la protección frente a inundaciones de los terrenos situados tanto al norte como al sur del actual cauce del Tamarguillo, pasan bajo la línea del AVE y de la línea férrea Sevilla -Huelva y bajo el nudo viario trébol del nuevo planeamiento municipal y compatibilizan los aspectos hidráulicos con los criterios de potenciación de valores geomorfológicos y bióticos del río y la integración paisajística y de uso en su entorno urbano. Alternativa 1: Nace en el emboquillado del Ranillas, toma dirección noroeste, salvando el nudo viario mediante un arco convexo. Sigue un trazado recto, dirección noroeste, hasta llegar al cruce con la línea AVE, donde se incurva al oeste -suroeste, para seguir el mismo trazado del canal actual, paralelo a la Ronda Supernorte y al ferrocarril de Huelva.

Presenta considerables deficiencias técnicas y económicas. Entre las más importantes, destaca la imposibilidad de lograr la sección que se pretende en la mayor parte de su recorrido, por lo que no resuelve buena parte de los problemas que justifican la ejecución de la obra. Alternativa 2: Difiere de la anterior en que, en vez de buscar el actual cauce del Tamarguillo, se sitúa paralela a la vía de nueva planta (cierre de la SE-30). Alcanza el río aproximadamente a la misma altura que el río Rivera de Huelva. Su desventaja principal es que se trata de una obra totalmente de nueva planta. A pesar de ello, presenta un trazado total más corto y menos forzado para el desagüe del caudal en el río Guadalquivir, que el anterior. Alternativa 3: Varía muy poco respecto al anterior, teniendo quizá un trazado más rectilíneo. Transcurre desde el suroeste del aeropuerto, donde las aguas del Tamarguillo y del Ranillas son conducidas al nuevo canal. Después, toma dirección sureste -noroeste hasta llegar al arroyo Miraflores. En este punto, la sección se ensancha y se dirige hacia el norte, para alcanzar finalmente el Guadalquivir a 1.600 metros aguas arriba del actual punto de evacuación. Se selecciona la alternativa 3, puesto que es la que mejor cumple el objetivo hidráulico del desalojo de aguas. Satisface de igual manera, tanto las condiciones técnico -económicas como los aspectos ambientales exigidos.

Alternativas de sección:

Se desecha el uso de material pétreo y canal estrecho y profundo, y se escoge la opción de superficie de tierra y escaso calado con gran anchura debido al mejor uso que puede darse a los terrenos ocupados por el encauzamiento y a la mayor integración en la trama urbana de los canales poco profundos.

El proyecto de nuevo encauzamiento se describe sintéticamente como sigue:

El arranque de la obra tendrá lugar en el actual cauce del arroyo Ranillas, paralelo a las pistas del Aeropuerto de San Pablo. Se demolerá la banqueta derecha del canal, permitiendo su vertido al Arroyo Tamarguillo. El nuevo canal del Ranillas tendrá una amplia solera terriza de 27,5 m, en la que se abrirá un canal de aguas bajas con 4 m de ancho y 1 m de calado, revestido de hormigón. La posición del canal es excéntrica, dejando en la margen derecha un ancho de solera de 6 m para mantenimiento y el resto, a la izquierda. La solera del canal llevará vegetación consistente en arboledas con cierto carácter lineal junto a vegetación arbustiva.

Siguiendo el nuevo trazado en el sentido del agua, se encuentra la incorporación del arroyo Miraflores que supone un considerable aumento de sección del canal proyectado, mediante un abocinamiento en la margen derecha, con una cota de coronación de muros elevada. Se ha proyectado un dique de tierras, de 2 metros de coronación y taludes 2,5:1, en el borde del cajero izquierdo, elevando su cota 2,50 metros y prolongándose desde aguas arriba de Valdezorras hasta el cruce con la carretera SE-112. La obra de entrega de aguas del nuevo cauce al río Guadalquivir, catalogado como LIC, debe realizarse de manera tal que además de salvaguardar los condicionante hiráulicos que se presentan, se mejoren las carácterísticas ambientales de la zona. Para poder conseguir esos dos objetivos y teniendo en cuenta que el punto de vertido se realiza a cota de 2,40 m, muy superior a la típica del río, se proyectan diversas obras tales como: sección de control que permita el vertido sin aumentar la velocidad aguas arriba; una rápida que salve el desnivel entre el encauzamiento y el río en bajamar; resalto hidráulico que suprima las turbulencias; darsena; islas y refugios para nutria y plantaciones de vegetación de ribera en las soleras. En cuanto a movimientos de tierra, el balance se aproxima a 3.748.000 m3 de excedentes. De ellos, 1.315.000 m3 se utilizan en la propia obra para realizar montículos y taludes sobre los que se efectúa revegetación, otros 2.000.000 de m3 se destinarán a generar montículos en la isla de Tercia, sobre los que se efectuará tratamiento vegetal y paisajístico y los restantes serán trasladados a graveras, depósitos controlados y al antiguo canal del Tamarguillo.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto Según el promotor, la mayor parte de los terrenos ocupados por las obras, están dedicados al cúltivo de herbáceas, frutales y olivar en regadío. Otras zonas afectadas de menor importancia, son áreas de pequeñas huertas y viveros. No se afecta a ningún área urbana consolidada, pero sí a residencias orientadas al uso agrícola.

El tramo final de la nueva canalización desemboca en el río Guadalquivir y se sitúa dentro del LIC (ES 6150019) «Bajo Guadalquivir». Sus valores ambientales se fundamentan principalmente en la presencia de varios hábitats naturales y especies faunísticas, protegidos en virtud de la Directiva 92/43/CEE. Las aguas de este tramo del río Guadalquivir constituyen hábitat histórico de esturión (Accipenser sturio) y en ellas se cita la presencia de nutria (Lutra lutra). En cuanto a la vegetación, es destacable la existencia de sotos de ribera y bosques deciduos de hoja ancha, entre otras formaciones. Respecto al Patrimonio Histórico protegido, en la zona existen las siguientes vías pecuarias: Vereda de la Rinconada, Cordel de Brenes y Cantillana, Cañada Real del bodegón de las Cañas o de Cordoba a Sevilla, Cañada Real de Poco Aceite y Cordel del Camino de la Fuente del Arzobispo o Carretera de Carmona. Tiene especial interés el tramo oriental del canal, entre los arroyos Miraflores y Tamarguillo, donde se ubica la denominada «Gravera del Aeropuerto», encontrándose restos paleontológicos de fauna cuaternaria. De igual manera, próximo al trazado se encuentra el yacimiento de origen romano denominado «Casa del Francés». 3. Resumen del proceso de evaluación

A. Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto. a) Entrada documentación inicial. La tramitación comenzó el 29 de diciembre de 2004, con la recepción de la memoria-resumen.

b) Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones.

Con fecha 1 de marzo de 2005, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental solicitó consultas previas al proyecto, a los siguientes organismos e instituciones:

Organismos consultados

Resultado de la consulta

Dirección General para la Biodiversidad. Ministerio de Medio Ambiente.

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Dirección General de Gestión del Medio Natural. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía.

Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía.

X(2)

Dirección General de la Red de Espacios Naturales Protegidos y Servicios Ambientales. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía.

Dirección General de Bienes Culturales. Consejería de Cultura. Junta de Andalucía.

X

Ayuntamiento de Sevilla.

X

Ecologistas en Acción.

X

GREENPEACE.

SEO.

Federación Andaluza de Asociaciones para la Defensa de la Naturaleza.

Plataforma del Guadalquivir.

Los aspectos ambientales más relevantes expuestos en las contestaciones recibidas son:

El nuevo encauzamiento proyectado, desemboca en el LIC (ES6150019) «Bajo Guadalquivir». Por ello se considera necesario el establecimiento de medidas y cautelas que protejan los valores ambientales que motivaron su propuesta. Estos valores a proteger son tanto los diversos hábitats naturales presentes (río con dinámica mareal, sotos de ribera, bosques deciduos ...) como las especies de flora y fauna asociadas y sensibles a sus alteraciones. Cabe reseñar que las aguas del río Guadalquivir en este tramo, son hábitát histórico de esturión (Accipenser sturio), y se cita presencia de nutria (Lutra lutra). La recreación vegetal y paisajística propuesta ha de guardar coherencia y continuidad con la existente en el LIC, a fin de conformar hábitats similares y/o compatibles con los actuales. Se deberá proteger la calidad visual de estos nuevos espacios, frente a las actividades de crecimiento urbano que con el nuevo encauzamiento se pretende alcanzar. Con el proyecto se afectará también al enclave denominado Isla de Tercia.

En el trazado del nuevo canal, además de existir yacimientos ya inventariados, podrían aparecer nuevos hallazgos, por lo que se propone realizar una prospección arqueológica superficial en toda la zona, así como una prospección microespacial del entorno del yacimiento arqueológico «Cortijo del Francés», con utilización de medios auxiliares si fuera necesario, con el fin de delimitar perfectamente el yacimiento, principalmente en su extremo norte. Se considera necesario el control arqueológico de los movimentos de tierra al objeto de comprobar la existencia de restos paleontológicos cuaternarios. El proyecto de nuevo encauzamiento, forma parte de las propuestas incluidas en la Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Sevilla y está incluido en el Convenio Marco de colaboración, dentro del Plan Hidrológico Forestal y de protección de cauces en Sevilla. El Ayuntamiento de Sevilla, considera necesario su ejecución para la defensa contra inundaciones de terrenos al norte del núcleo urbano de Sevilla. El resultado de las contestaciones a las consultas se remitió al promotor el 20 de julio de 2005, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos más relevantes que se deberían incluir en el estudio de impacto ambiental.

B. Fase de información pública.

Con fecha 17 de enero de 2006 se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla número 12, el anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, por el que se somete a información pública el proyecto y el estudio de impacto ambiental.

Transcurrido el plazo de información pública se recibieron un total de 32 alegaciones, ninguna de las cuales pertenecían a organismos públicos. La gran mayoría de las alegaciones, provenían de particulares que muestran su disconformidad con la valoración a efectos expropiatorios, de las fincas de su propiedad y con ciertas cuestiones formales del procedimiento. La Dirección del proyecto informa que todo el proceso se ha llevado a cabo con arreglo a la legalidad vigente y que los temas relativos a las valoraciones, serán tenidos en cuenta durante el expediente específico de expropiación de terrenos o en el jurado de expropiaciones. El contenido del resto de las alegaciones presentadas es el siguiente:

La Asamblea de Afectados por el proyecto, solicita reunión en la que puedan obtener información más detallada sobre el proyecto.

El promotor informa que la reunión aclaratoria tuvo lugar con fecha 13 de marzo de 2007. La Comunidad de Regantes del Valle Inferior solicita que se incluyan sus parcelas en el anexo de expropiaciones, que se tengan en cuenta las interferencias de la red secundaria justificándo sus cálculos y que se la considere como parte interesada en el expediente, notificándosele cualquier trámite. La Dirección del proyecto muestra su conformidad con el primero de los puntos, si bien indica que los parámetros de la reposición actual de las fincas, se definirán con exactitud más adelante, habida cuenta que las infraestructuras de la citada Comunidad de Regantes están siendo objeto de un proyecto de mejora y modernización. La Asociación «Movida Pro - Parque del Tamarguillo» y la «Asociación Ciudadana y de entidades del Parque Alcosa la Fea», exponen su disconformidad con el trazado, alegando que el proyecto influirá de forma drástica en el régimen de los caudales y en el transporte de sedimentos que aporta dicho arroyo al río Guadalquivir y que, de llevarse a cabo, cambiaría la dinámica hidráulica del mismo, además de la de los Arroyos Miraflores, Tamarguillo y Ranillas. Se muestran en desacuerdo con el estudio de impacto ambiental y solicitan que se conserve el trazado actual del arroyo Tamarguillo, proponiendo la creación de un corredor verde, que conecte a modo de nodos verdes el área de Isla de Tercia, el Parque Alamillo, el Parque de San Jerónimo, el Parque de Miraflores y el Parque Tamarguillo, a través de un cauce restaurado y reforestado en sus márgenes, que incluya la parte nororiental de Sevilla. La Dirección del proyecto responde que las modificaciones que se darán en la dinámica fluvial, han sido convenientemente estudiadas y valoradas en el estudio de impacto. La opción de actuación sobre el canal existente se valoró y rechazó por los motivos que se exponen en el estudio de impacto ambiental. El actual trazado del arroyo quedará como cauce de drenaje de la zona aledaña al mismo entre él y el nuevo cauce. Se tiene previsto, además, dejar una compuerta a su inicio (zona del parque de San Ildefonso), para cuando se considere oportuno derivar hacia él caudales a partir de una determinada cota. Además, el cauce actual está previsto que se utilice como corredor verde entre el Parque del Alamillo - Isla de Tercia y Parque de San Jerónimo. Manuel Fernández Montes y 57 particulares, muestran su conformidad y adhesión con la ejecución del nuevo cauce del Tamarguillo y demás actuaciones previstas en el nuevo Plan General de Ordenación Urbana de Sevilla. El promotor agradece el apoyo mostrado.

Con fecha 26 de marzo de 2007, se recibió en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, el expediente completo que incluye la información pública, el estudio de impacto ambiental, las alegaciones y la respuesta a las mismas. C. Consultas posteriores.

Como paso previo a la elaboración de la declaración de impacto ambiental, con fecha 13 de junio de 2007, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental realiza consultas sobre el Estudio de Impacto Ambiental, al objeto de recabar observaciones al mismo, a los siguientes organismos:

Organismos consultados

Resultado de la consulta

Gerencia de Urbanismo.Ayuntamiento de Sevilla

X

Dirección General de Bienes Culturales. Consejería de Cultura. Junta de Andalucía.

X

Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía

-

Los principales datos obtenidos de dichas consultas son los siguientes:

El Ayuntamiento de Sevilla informa que la alternativa de trazado y sección elegida por el promotor, cumple los criterios ambientales establecidos para esta actuación, en el Plan General de Ordenación Urbana pendiente de aprobación. Además, adjunta copia del escrito remitido a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir con fecha 24 de mayo de 2006, indicando pequeños ajustes a realizar en la traza y en las afecciones temporales, que minimicen las afecciones a viviendas y construcciones existentes. Comenta la necesidad de coordinar este proyecto, con el Anteproyecto de la Nueva Ronda Urbana SE-35. Tramo N entre la A-4 y la A-66 'Ruta de la Plata'. Estas indicaciones han sido incorporadas al proyecto por el promotor.

La Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía envía escrito indicando la remisión de la consulta a la Delegación Provincial en Sevilla de la Consejería de Cultura, para que realice las consideraciones oportunas.

Ante la falta de respuesta, las consultas se volvieron a repetir con fecha 24 de septiembre de 2007, dirigidas en esta ocasión tanto a la Dirección General de Bienes Culturales, como a la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental sin haber recibido hasta el momento contestación.

4. Integración de la evaluación

a) Análisis ambiental para selección de alternativas. El promotor tras el análisis de las diversas alternativas presentadas en el estudio de impacto, llega a la conclusión de que es necesaria la realización de un nuevo encauzamiento, escogiendo la alternativa de trazado 3, que cumplirá más satisfactoriamente con el objetivo hidráulico del desalojo de aguas, así como con el resto de las condiciones tanto técnico-económicas como ambientales exigidas, es la alternativa 3. Con respecto a los materiales y al tipo de sección, se opta por una estructura de tierra y con una sección de escaso calado y gran ocupación, que permitirá una mejor integración y utilización de los terrenos afectados por el nuevo encauzamiento.

b) Impactos significativos de la alternativa elegida.

Las principales afecciones ambientales del proyecto, así como las medidas preventivas y correctoras propuestas en el estudio de impacto ambiental para mitigarlas, se resumen a continuación: Afecciones al Patrimonio Cultural e Histórico.-Para evitar posibles afecciones al patrimonio, se realizará una prospección arqueológica superficial de carácter extensivo por toda la superficie afectada por las obras. Se realizará una prospección microespacial del entorno del yacimiento arqueológico del 'Cortijo del Francés'. El proyecto de trazado respetará las construcciones de interés que se puedan ver afectados, tales como cortijos, haciendas y otros restos constructivos reseñables. Se contratará arqueólogo cualificado para que supervise las prospecciones y los trabajos de excavación y movimientos de tierras necesarios.

En relación con yacimientos y otros bienes de interés cultural no inventariados, en aplicación de la Ley 1/1991 de Patrimonio Histórico de Andalucía, los hallazgos casuales de restos de interés arqueológico serán comunicados a los Ayuntamientos o Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura competentes. En cuanto a Vías Pecuarias, se cumplirá lo establecido en el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Decreto 155/1988, de 21 de julio). Cualquier ocupación de carácter temporal, requerirá autorización de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla. El nuevo trazado de vías pecuarias deberá resolver los pasos que garanticen la funcionalidad del Sistema General Vía-Pecuario, definido en el nuevo Plan General de Ordenación Urbanística de Sevilla, actualmente en proceso de aprobación por parte de la Consejería de Medio Ambiente. Afecciones vegetación y paisaje.-Para mitigar posibles afecciones, el promotor presenta un Proyecto Integral de Tratamiento Vegetal y Paisajístico que abarca al nuevo encauzamiento completo y al paraje denominado Isla de Tercia. Se procurará la máxima integración de los elementos del proyecto (canal, vías de acceso, zonas verdes, etc.) en el paisaje circundante. De igual manera, se minimizará la destruccion de la vegetación con un adecuado diseño de las obras, revegetando con especies autóctonas las superficies desnudas generadas. La corta de árboles deberá ser selectiva, con mención especial para el paraje 'Cortijo de San Ildefonso', con vegetación abundante y donde se evitará en lo posible la tala de árboles, para no limitar su desarrollo previsto como parque urbano. En la zona de entrega de aguas al río Guadalquivir, catalogada como LIC (ES6150019) «Bajo Guadalquivir», la recreación vegetal y paisajística propuesta guardarán coherencia y continuidad con la existente, procurando mejorar las condiciones ambientales actuales y no fragmentando los hábitats afectados. Afecciones fauna.-Se dispondrán cajones diseñados para servir de madrigueras a nutrias, en el perímetro de la laguna que se generará en la obra de entrega al Guadalquivir, en una cota no inundable en las condiciones de caudal previsto para el nuevo encauzamiento. Estos cajones se ubicarán de manera tal que queden suficientemente protegidos por la vegetación de ribera que se plantará, de la vista de transeúntes y visitantes del parque. Se colocarán grandes piedras y se construirán pequeñas hendiduras o cuevas dentro de las orillas, que actúen como refugio de peces ante crecidas invernales de las aguas y depredadores. La pendiente de las paredes del canal deberán ser lo más tendidas posible, con el fin de permitir la salida de la fauna en caso de crecidas. La fauna que actualmente habita el canal, se irá acomodando al nuevo trazado, donde encontrará condiciones ambientales similares o mejores, ya que es previsible una mejor calidad de las aguas que transporte y vierta. Por otro lado, la recuperación que se propone al actual canal del Tamarguillo, constituirá un incremento en la franja verde del río Guadalquivir, que aumenta sus orillas en la desembocadura y que incorpora zonas restauradas al cauce existente. Este hecho propiciará el aumento de zonas colonizables por grupos faunísticos ahora muy mermados, como pueden ser entre otros, los anfibios. Afecciones a Red Natura 2000.-Con la aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas en el estudio de impacto ambiental y ya recogidas en los apartados «Afecciones vegetación y paisaje» y «Afecciones fauna» de la presente declaración, no se prevé la afección significativa sobre el LIC (ES 6150019) «Bajo Guadalquivir», espacio en el cual se desarrollarán los últimos 10 m del nuevo encauzamiento proyectado.

5. Especificaciones para el seguimiento ambiental El estudio de impacto ambiental incluye un programa de vigilancia ambiental que se considera adecuado, donde se establecen prescripciones para la observación y seguimiento de las diferentes actuaciones tanto en la fase de construcción como en la de explotación, así como de la correcta ejecución y cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras propuestas. En caso de indentificarse algún impacto no previsto, se planterarán medidas adicionales.

El programa de vigilancia ambiental incluye entre otras las siguientes medidas:

Control eficacia alcanzada por el Proyecto Integral de Tratamiento vegetal y paisajístico.

Control de la gestión de residuos. Control de los niveles sonoros y de emisiones atmósfera. Vigilancia correcto funcionamiento del drenaje superficial. Control sobre protección del suelo. Plan de emergencia ante riesgo de inundación, de acuerdo con la Ley 2/1985, de 21 de enero, de Protección Civil. Además el promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el BOE en el que se publica su Declaración de Impacto Ambiental.

Conclusión: En consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 25 de octubre de 2007, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto nuevo encauzamiento del arroyo Tamarguillo (Sevilla) concluyendo que siempre y cuando que se autorice en la alternativa y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público y se comunica a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto, de conformidad con el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

Madrid, 26 de octubre de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid