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Documento BOE-A-2007-19211

Resolución de 25 de octubre de 2007, de la Dirección General de Coordinación Financiera con las Entidades Locales, por la que se autoriza al Cabildo Insular de Tenerife para realizar una emisión de deuda pública por importe de 60.730.000 euros.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 6 de noviembre de 2007, páginas 45564 a 45564 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2007-19211

TEXTO ORIGINAL

El Cabildo Insular de Tenerife solicita autorización para emitir Deuda Pública por importe de 60.730.000 euros, con destino a la financiación de las inversiones contenidas en el Presupuesto de 2007. Aparece acreditado en el expediente el cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación vigente y constan los informes favorables emitidos por el Comité de Inversiones Públicas y por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera de este Ministerio. Consta asimismo que el Gobierno de la Nación, mediante acuerdo del Consejo de Ministros, adoptado en sesión celebrada en 19 de octubre de 2007, aprobó la cuantía y el destino de esta Emisión de Deuda Pública y la declaró apta para materializar la reserva para inversiones en Canarias, regulada en el artículo 27.4.d), de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del régimen económico y fiscal de Canarias. En consecuencia con lo anterior y en el ejercicio de las competencias que esta Dirección General tiene atribuidas por los Reales Decretos 705/2002, de 19 de julio, y 756/2005, de 24 de junio, tengo a bien disponer:

Primero.-Otorgar autorización al Cabildo Insular de Tenerife para realizar una Emisión de Deuda Pública, por importe de sesenta millones setecientos treinta mil euros (60.730.000 euros), con destino a la financiación de las inversiones contenidas en el Presupuesto de 2007, en las siguientes condiciones: Importe nominal de la emisión: 60.730.000 euros.

Plazo de emisión: Cinco años. Nominal de cada valor: 1.000 euros. Peticiones: mínimo 1.000 euros (un valor).

Tipo de interés (cupón): el tipo de interés de los valores será fijo, siendo el tipo de interés nominal (cupón) del 0,75% bruto anual durante los cinco años.

Fechas de pago de cupón: los cupones serán pagaderos anualmente, en fecha 14 de diciembre de cada año (2008-2012). Si alguna de estas fechas resultase no hábil, el pago se realizaría el día hábil inmediatamente posterior. Período de suscripción pública: del 22 de noviembre al 10 de diciembre de 2007, ambos inclusive. Fecha de Resolución de la oferta pública: 11 de diciembre de 2007, mediante Resolución del Consejero Insular de Presidencia y Hacienda. Fecha de emisión y desembolso: 14 de diciembre de 2007. Fecha de amortización: 14 de diciembre de 2012. Amortización: única al final del período. Precio de emisión: a la par. Precio de amortización: a la par. La presente emisión está calificada como apta para la materialización de la Reserva para las inversiones en Canarias. Entidad Directora Técnica: Consultores de las Administraciones Públicas, S. A. Entidades Colaboradoras: Caja General de Ahorros de Canarias (CajaCanarias); Caja insular de Ahorros de Canarias (La Caja de Canarias), Banco de Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA): Banco Santander Central Hispano (BSCH), Bankinter; La Caixa; Caja Rural de Tenerife, Caja Madrid, Banco Popular y Banco Sabadell Atlántico Agente de Pagos: Caja General de Ahorros de Canarias (CajaCanarias). Comisiones de colocación: 0,15 % del importe efectivamente suscrito a través de cada Entidad Colaboradora. Cotización: Asociación de Intermediarios de Activos Financieros (AIAF) o cualquiera que resulte de la integración de la misma. Representación: Los valores estarán representados mediante anotaciones en cuenta. Entidad encargada de la compensación, liquidación y registro contable de los títulos: Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S. A (Iberclear). Código asignado por la Agencia Nacional de codificación de valores: ES0301330082. Segundo.-De conformidad con lo previsto en apartado 4 del artículo 5 del Real Decreto 705/2002, de 19 de julio, la autorización que ahora se otorga tiene un período de vigencia de seis meses contados a partir de la fecha en que el Cabildo Insular de Tenerife reciba la correspondiente notificación. Tercero.-El Cabildo Insular de Tenerife deberá tener a disposición de los interesados la información relevante a efectos de conocer la situación económica y financiera del emisor, así como las características definitivas aprobadas para la presente emisión. Cuarto.-El Cabildo Insular de Tenerife deberá consignar en sus Presupuestos la cantidad precisa para el pago de los intereses y amortización de esta Emisión de Deuda. Quinto.-De conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Real Decreto 705/2002, de 19 de julio, el Cabildo Insular de Tenerife deberá publicar íntegramente en el «Boletín Oficial del Estado» la presente Resolución. Sexto.-Una vez efectuada la colocación de la emisión que se autoriza deberá el Cabildo Insular de Tenerife comunicar a este Centro el importe total suscrito.

Lo que se comunica en respuesta al expediente incoado a tales efectos, informándole que contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse ante las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.j) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter previo a su interposición, podrá efectuar a esta Dirección General, dentro del mismo plazo, el requerimiento a que se refiere el artículo 44 de la citada Ley.

Madrid, 25 de octubre de 2007.-El Director General de Coordinación Financiera con las Entidades Locales, Alain Cuenca García.

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