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Documento BOE-A-2007-10928

Resolución de 17 de mayo de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la actualización de las tablas y complementos salariales correspondientes a 2006, del Convenio Colectivo estatal para las industrias de captación, elevación, conducción, tratamiento, depuración y distribución de agua.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 1 de junio de 2007, páginas 23984 a 23984 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2007-10928
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2007/05/17/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el contenido de la actualización de las tablas y complementos salariales correspondientes al año 2006 del Convenio Colectivo Estatal para las Industrias de Captación, Elevación, Conducción, Tratamiento, Depuración y Distribución de Agua, publicado en el B.O.E. de 27.07.2006, (Código de Convenio n.º 9914365), que fue suscrito con fecha 22 de febrero de 2007, de una parte por la Asociación Española de Empresas Gestoras de los Servicios de Agua a Poblaciones (AGA) en representación de las empresas del sector, y de otra por las centrales sindicales FIA-UGT y CC. OO. en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 17 de mayo de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACTA DE ACTUALIZACIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES, PLUS NOCTURNIDAD Y DIETAS PARA EL AÑO 2006 DEL II CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS INDUSTRIAS DE CAPTACIÓN, ELEVACIÓN, CONDUCCIÓN, TRATAMIENTO, POTABILIZACIÓN, DISTRIBUCIÓN, SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS

Por AGA (Asociación Española de Empresas Gestoras de los Servicios de Agua a Poblaciones):

Jesús Rodríguez Bernabé.

José María Clavel Padró. Lluc Orpella Bernat. Antonio Álvarez Baeza.

Por FIA-UGT:

Gregorio González Muñoz.

Pedro Téllez Guerrero.

Por CC. OO.:

Fernando J. Antón Pérez.

Jordi Requena Ferrando.

En Madrid, siendo las 11 horas del día 22 de febrero de 2007, se reúnen en la sede de AGA las partes reseñadas, en funciones de Comisión Paritaria del II Convenio Colectivo Estatal para las Industrias de captación, elevación, conducción, tratamiento, potabilización, distribución, saneamiento y depuración de aguas, y tal como se establece en el artículo 46 de dicho convenio, proceden a actualizar, de forma definitiva, una vez conocida la inflación del año 2006 (2,7 %), las retribuciones de los Grupos Profesionales, el plus de nocturnidad y las dietas para el año 2006.

Por ello, las partes toman por unanimidad los siguientes acuerdos:

Primero.-Se acuerda actualizar las retribuciones de los Grupos Profesionales para el año 2006, de forma definitiva una vez publicado el IPC real a final de año (2,7 %), de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 del II Convenio Colectivo Estatal, aplicando a las tablas definitivas del año 2005 el incremento correspondiente al IPC real del año 2006, fijado en 2,7 %, y sumándole un diferencia de +0,7 %.

Grupo profes.

Total anual definitiva 2006 con IPC real 2,7 %+ 0,7 %

1

13.425,88

2

13.771,77

3

14.117,68

4

14.463,58

5

14.578,89

Asimismo se procede a actualizar de forma definitiva el plus de nocturnidad para el año 2006 regulado en el artículo 26 del Convenio, de acuerdo con la forma de cálculo establecida en dicho artículo, aplicando al importe definitivo del año 2005, el IPC real del año 2006, fijado en 2,7 %, y sumándole un diferencial de +0,7 %.

Plus nocturnidad definitivo 2006 con IPC real 2,7 % + 0,7 %: 11,6 €/h.

Igualmente, se procede a actualizar el importe de las dietas para el año 2006, reguladas en el artículo 31 del Convenio, de acuerdo con la forma de cálculo establecida en dicho artículo, aplicando al importe definitivo del año 2005, el IPC real del año 2006, fijado en 2,7 %, y sumándole un diferencial de +0,7 %. Importe dietas definitivo 2006 con IPC real 2,7% + 0,7%: 10,81 €.

Segundo.-Los representantes de AGA quedan encargados de realizar las gestiones necesarias para presentar este escrito de modificación de las retribuciones de los Grupos Profesionales, plus de nocturnidad y dietas para el año 2006 del II Convenio Colectivo Estatal de las Industrias de captación, elevación, conducción, tratamiento, potabilización, distribución, saneamiento y depuración de aguas ante la Dirección General de Trabajo, a los efectos de proceder a su registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente acta en el lugar y fecha indicados «ut supra».

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/05/2007
  • Fecha de publicación: 01/06/2007
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 156, de 30 de junio de 2007 (Ref. BOE-A-2007-12791).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 14 de julio de 2006 (Ref. BOE-A-2006-13639).
Materias
  • Abastecimiento de aguas
  • Convenios colectivos

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