Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-10888

Orden ECI/1536/2007, de 23 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de concurso-oposición libre, en la Escala de Profesores de Investigación del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 1 de junio de 2007, páginas 23932 a 23937 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-10888

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2007, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, y acuerdo de la Junta de Gobierno del CSIC, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Profesores de Investigación (Código 5402) del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005 por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero («Boletín Oficial del Estado» núm. 48, de 25 de febrero de 2005).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 10 plazas de la Escala de Profesores de Investigación del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (Código 5402) por el sistema de concurso-oposición libre. La distribución por áreas de especialización científica y tecnológica de las plazas convocadas es la siguiente:

Núm. de plazas

Denominación

Centro de destino

Tribunal núm.

1

Análisis Empírico y Cuantitativo de la Ciencia.

Centro de Ciencias Humanas y Sociales-IPRBP.

1

1

Historia y Filosofía de la Ciencia.

Centro de Ciencias Humanas y Sociales-IFS.

2

1

Ciclo Celular.

Instituto de Biología Molecular de Barcelona.

3

1

Biotecnología y Sanidad Animal.

Instituto de Investigación en Recursos Cinegéticos.

4

1

Captura de Carbono y Nitrógeno en Suelos.

Instituto de Recursos Naturales y Agrobiologia Sevilla.

5

1

Biodegradación y Fitorremediación de Contaminantes.

Estación Experimental del Zaidín.

6

1

Matemática Aplicada.

Instituto de Ciencias Matemáticas.

7

1

Minería de Datos en Sistemas Complejos: Predicción Meteorológica y Cambio Climático.

Instituto de Física de Cantabria.

8

1

Teoría Fotónica de Metales Nanoestructurados.

Instituto de Ciencia de Materiales de Aragón.

9

1

Calidad de Aguas Continentales y su Gestión.

Instituto de Investigaciones Químicas y Ambientales J. Pascual Vila (Inst. Diagnóstico Ambiental y Estudio del Agua).

10

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición libre, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

3. Titulación

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

4. Solicitudes

4.1 Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo 790 que será facilitado gratuitamente en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas (www.map.es). 4.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo III. 4.3 Ningún aspirante podrá presentar más de una solicitud, ni concurrir a más de un área de especialización. 4.4 A la solicitud se acompañarán:

4.4.1 Acreditación documental de haber desarrollado labores de investigación en Instituciones públicas o privadas, españolas o extranjeras, durante un periodo de nueve años como mínimo.

4.4.2 En soporte informático (cd-rom), los siguientes archivos en formato pdf:

4.4.2.1 Curriculum Vitae. Este archivo se deberá identificar con el siguiente nombre: CV_apellidos y nombre del candidato.pdf.

4.4.2.2 Un resumen, de un máximo de 10 páginas (UNE-A4) mecanografiadas a doble espacio con el tamaño de la letra de 12 puntos, en el que se expresarán los objetivos científicos que el aspirante ha perseguido a lo largo de su carrera investigadora, así como las líneas fundamentales de su investigación futura, para su valoración de acuerdo con lo dispuesto en el anexo I, apartado 1.1.a). Este archivo se deberá identificarse con el siguiente nombre: OBJETIVOS_apellidos y nombre del candidato.pdf. 4.4.2.3 Ejemplares de las cinco aportaciones científicas, técnicas o de cualquier otra índole que, a juicio del aspirante, sean las más relevantes de su carrera profesional. Este archivo se deberá identificar con el siguiente nombre: Aportaciones_apellidos y nombre del candidato.pdf. En el supuesto de que dichas aportaciones no se pudieran remitir en soporte informático, podrán enviarse los originales o copias de los mismos. 4.4.2.4 Un resumen de las cinco aportaciones, a las que se refiere la base 4.4.2.3., de una extensión máxima de tres páginas (UNE-A4) mecanografiadas a doble espacio con el tamaño de letra de 12 puntos, subrayando la relevancia de las aportaciones seleccionadas y la contribución personal a las mismas. Este archivo se deberá identificar con el siguiente nombre: Resumen_apellidos y nombre candidato.pdf.

5. Tribunales

5.1 Los Tribunales calificadores de este proceso selectivo son los que figuran como Anexo II a esta convocatoria. 5.2 Los Tribunales de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. 5.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en los locales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, calle Serrano, núm. 113. 28006 Madrid, teléfono (91) 5855265/5263 y Fax 91 585 53 86, dirección de correo electrónico p.decabo@orgc.csic.es, mj.navas@orgc.csic.es y j.ruiz@orgc.csic.es.

6. Desarrollo del proceso selectivo

Dentro de cada especialidad, el orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «B», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 17 de enero de 2007 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de enero).

7. Norma final

Al presente proceso le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria. Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso -administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso -Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 23 de mayo de 2007.-La Ministra de Educación y Ciencia, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Carlos Martínez Alonso.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

Publicada por resolución de la Presidencia del CSIC la citación para la realización de la fase concurso, en el lugar, fecha y hora determinados, previo llamamiento del Tribunal, los aspirantes presentarán ante el mismo los trabajos y documentos acreditativos del contenido de su correspondiente Curriculum Vitae. Asimismo, entregarán al Tribunal, en sobre cerrado un resumen, de un máximo de cinco páginas (UNE-A4) mecanografiadas a doble espacio con el tamaño de letra de 12 puntos, en el que se contenga su visión acerca del estado actual del tema objeto de la plaza convocada, así como de sus posibles líneas de evolución y de la actividad que prevé desarrollar el candidato en relación con ellas. El concurso-oposición se desarrollará de forma independiente para cada una de las especialidades, constará de dos fases que se desarrollarán en castellano:

1. Fase de concurso

La fase concurso consistirá en la exposición oral y pública por el aspirante, en el tiempo máximo de una hora, de los méritos alegados y de la labor científica desarrollada descrita en el Curriculum Vitae. Seguidamente, el Tribunal debatirá con el aspirante, sin límite de tiempo, sobre el contenido de la exposición oral del mismo, pudiendo formular todas las preguntas que considere convenientes y, fundamentalmente, aquellas que se relacionen con los temas de trabajo más relevantes de la investigación. 1.1 Relación de méritos que han de tenerse en cuenta en la selección y sistema de calificación. En la calificación de los aspirantes en la fase concurso se valorarán:

a) Objetivos científicos perseguidos a lo largo de la carrera investigadora y líneas fundamentales de investigación futura.

b) Contribuciones científicas y/o tecnológicas realizadas, valorando la calidad y repercusión de los trabajos originales de investigación publicados y/o de las patentes licenciadas. c) Publicación o participación en la publicación de libros, monografías, etc., no considerados en el apartado anterior. Participación en patentes no licenciadas, en modelos de utilidad y en trabajos de apoyo tecnológico. Trabajos o estancias en centros de investigación nacionales y extranjeros. Participación en proyectos o programas y contratos o convenios de investigación. Participación en congresos científicos, seminarios y cursos. Dirección y formación de personal investigador. Dirección de tesis doctorales. Trabajos en revistas de divulgación. Cualquier otro mérito que alegue el aspirante. Los méritos a valorar serán aquellos que se tuvieran debidamente acreditados en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 1.2. La calificación de los aspirantes en la fase de concurso se hará mediante deliberación conjunta de los miembros de los correspondientes Tribunales, cada uno de los cuales podrá adjudicar a cada aspirante de cero a dos puntos; de cero a diez puntos y de cero a ocho respectivamente. Dicha calificación deberá justificarse individualmente por los miembros de los Tribunales mediante formulación, por escrito, de un juicio razonado relativo a la valoración de cada uno de los méritos antes relacionados. Los mencionados escritos de justificación se unirán al acta correspondiente. La puntuación final de la fase concurso de cada aspirante vendrá determinada por la suma del valor medio de las puntuaciones asignadas en cada uno de los apartados a), b) y c), siendo necesario alcanzar, como mínimo diez puntos para pasar a la fase de oposición. Al calcular el valor medio de las puntuaciones se excluirá del computo de puntuaciones la más alta y la más baja, sin que en ningún caso pueda ser excluida más de una máxima y una mínima.

2. Fase de oposición

La fase de oposición consistirá en la exposición oral y pública por el aspirante, durante un tiempo máximo de una hora, de su visión acerca del estado actual del tema objeto de la plaza convocada, así como de sus posibles líneas de evolución y de la actividad que prevé desarrollar el candidato en relación con ellas. Seguidamente, el Tribunal debatirá con el aspirante durante un tiempo máximo de una hora, acerca de los contenidos científicos expuestos y de todos aquellos aspectos que considere relevantes en relación con el tema. La fase de oposición tendrá una valoración máxima de diez puntos, y será necesario alcanzar cinco puntos, como mínimo, para superarla. La calificación de los aspirantes en la fase de oposición se hará mediante deliberación conjunta de los miembros de los correspondientes Tribunales, cada uno de los cuales podrá adjudicar a cada aspirante de cero a diez puntos. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición. Se calificará por separado a cada aspirante, excluyendo del cómputo de puntuaciones la más alta y la más baja, sin que en ningún caso pueda ser excluida más de una máxima y una mínima. El valor medio de las puntuaciones computadas constituirá la calificación de la fase de oposición.

3. Puntuación final del concurso-oposición

La puntuación final del concurso-oposición será la suma de las puntuaciones parciales obtenidas en cada fase. En el supuesto de producirse empates al confeccionar las listas de aspirantes aprobados, aquellos se dirimirán a favor del que hubiese obtenido mayor puntuación en la fase de concurso. De persistir el empate se acudirá sucesivamente a la puntuación de los méritos contemplados en este Anexo apartado 1.1. a), en 1.1. b) y en 1.1.c), y de mantenerse tal circunstancia el Tribunal resolverá por votación. Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO III

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares. En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Educación y Ciencia». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Consejo Superior de Investigaciones Científicas». En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se señalará «Profesores Investigación», consignándose el código 5402 en el espacio reservado para el mismo que figura a su lado. En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L». En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «CSIC». En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con minusvalía podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en la base 3 de esta convocatoria. En el recuadro 25, apartado A) del epígrafe «Datos a consignar según las Bases de la convocatoria», se hará constar expresamente el área de conocimiento y especialización científica o tecnológica a la que concurre. El importe de la tasa por derechos de examen será de 27,07 euros. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2370-44-0200203771, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Educación y Ciencia. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid