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Documento BOE-A-2007-10887

Orden ECI/1535/2007, de 21 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por promoción interna, en la Escala de Investigadores Científicos del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 1 de junio de 2007, páginas 23926 a 23932 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-10887

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2007, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración pública, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, y acuerdo de la Junta de Gobierno del CSIC, acuerda convocar proceso selectivo para acceso a la Escala de Investigadores Científicos (código 5403) del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en al Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero (Boletín Oficial del Estado núm. 48 de 25 de febrero de 2005).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 200 plazas de la Escala de Investigadores Científicos del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (código 5403) por el sistema de promoción interna.

Del total de estas plazas se reservarán diez para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100. La distribución por áreas de especialización científica y tecnológica, de las plazas convocadas por el turno ordinario es la siguiente:

N.º de plazas

Denominación

Destino

Tribunal núm.

8

Historia y Arte

CSIC

1

8

Filología y Filosofía

CSIC

2

5

Ciencias Sociales

CSIC

3

26

Biología y Biomedicina

CSIC

4

16

Biología de Organismos y Sistemas Terrestres

CSIC

5

8

Ciencias Marinas y Acuicultura

CSIC

6

7

Ciencias de la Tierra y la Atmósfera

CSIC

7

23

Ciencias Agrarias

CSIC

8

4

Física Teórica y Matemáticas

CSIC

9

5

Física Experimental

CSIC

10

9

Tecnologías Físicas

CSIC

11

5

Ciencias del Espacio

CSIC

12

14

Ciencia de Materiales

CSIC

13

10

Tecnología de Materiales

CSIC

14

17

Ciencia y Tecnología de los Alimentos

CSIC

15

15

Ciencias Químicas

CSIC

16

10

Tecnologías Químicas

CSIC

17

La distribución por áreas de especialización científica y tecnológica, por las que podrán concurrir los aspirantes que participen en el proceso selectivo por el cupo de discapacitados es la siguiente:

Denominación

Destino

Tribunal núm.

Historia y Arte

CSIC

1

Filología y Filosofía

CSIC

2

Ciencias Sociales

CSIC

3

Biología y Biomedicina

CSIC

4

Biología de Organismos y Sistemas Terrestres

CSIC

5

Ciencias Marinas y Acuicultura

CSIC

6

Ciencias de la Tierra y la Atmósfera

CSIC

7

Ciencias Agrarias

CSIC

8

Física Teórica y Matemáticas

CSIC

9

Física Experimental

CSIC

10

Tecnologías Físicas

CSIC

11

Ciencias del Espacio

CSIC

12

Ciencia de Materiales

CSIC

13

Tecnología de Materiales

CSIC

14

Ciencia y Tecnología de los Alimentos

CSIC

15

Ciencias Químicas

CSIC

16

Tecnologías Químicas

CSIC

17

Las diez plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad serán adjudicadas, de entre los aspirantes con discapacidad del citado cupo que hayan aprobado el proceso selectivo, a aquellos candidatos con las diez mejores puntuaciones finales, con independencia del área de especialización científica y tecnológica por la que concurran.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las del turno ordinario por el mismo área de especialización científica y tecnológica que optaron en el cupo de reserva para discapacitados. Las plazas reservadas para el cupo de reserva para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las del turno ordinario de las áreas de especialización científica y tecnológica según el orden siguiente: la primera plaza para Física Experimental, la segunda plaza para Biología de Organismos y Sistemas Terrestres, la tercera plaza para Biología y Biomedicina, la cuarta plaza para Ciencia y Tecnología de Alimentos, la quinta plaza para Ciencia de Materiales, la sexta plaza para Ciencias Agrarias, la séptima plaza para Ciencias Sociales, la octava plaza para Tecnologías Químicas, la novena plaza para Ciencias del Espacio y la décima plaza Ciencia de la Tierra y la Atmósfera.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

3. Titulación

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

4. Requisitos específicos

Pertenecer como funcionario de carrera a la Escala de Científicos Titulares del CSIC, en la que deberán haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años.

5. Solicitudes

5.1 Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo 790 que será facilitado gratuitamente en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas (www.map.es).

5.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo III. 5.3 Ningún aspirante podrá presentar más de una solicitud, ni concurrir a más de un área de especialización. 5.4 A la solicitud se acompañará en soporte informático (CD-ROM), los siguientes archivos en formato pdf:

5.4.1 Curriculum vitae. Este archivo se deberá identificar con el siguiente nombre: CV_apellidos y nombre del candidato.pdf.

5.4.2 Un resumen, de un máximo de seis páginas (UNE-A4) mecanografiados a doble espacio con el tamaño de letra de 12 puntos, en el que se expresarán los objetivos científicos que el aspirante ha perseguido a lo largo de su carrera investigadora, así como las líneas fundamentales de su investigación futura, con especial énfasis en estas últimas, para su valoración de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1. a) del anexo I. Este archivo se deberá identificarse con el siguiente nombre: OBJETIVOS_apellidos y nombre del candidato.pdf. 5.4.3 Ejemplares de las cinco aportaciones científicas, técnicas o de cualquier otra índole que, a juicio del aspirante, sean las más relevantes de su carrera profesional. Este archivo se deberá identificar con el siguiente nombre: APORTACIONES_apellidos y nombre del candidato.pdf. En el supuesto de que dichas aportaciones no se pudieran remitir en soporte informático, podrán enviarse los originales o copias de los mismos. 5.4.4 Un resumen de las cinco aportaciones, a las que se refiere la base 5.4.3., de un máximo de tres páginas (UNE-A4) mecanografiadas a doble espacio con el tamaño de letra de 12 puntos, subrayando la relevancia de las aportaciones seleccionadas y la contribución personal a las mismas. Este archivo se deberá identificar con el siguiente nombre: RESUMEN_apellidos y nombre candidato.pdf.

6. Tribunales

6.1 Los Tribunales calificadores de estos procesos selectivos son los que figuran como anexo II a esta convocatoria.

6.2 Los Tribunales de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. 6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en los locales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, calle Serrano, número 117, 28006 Madrid, teléfono (91) 585 52 65/52 63 y fax 91 585 53 86, dirección de correo electrónico p.decabo@orgc.csic.es, mj.navas@orgc.csic.es y j.ruiz@orgc.csic.es

7. Norma final

Al presente proceso le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 21 de mayo de 2007.-La Ministra de Educación y Ciencia, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Carlos Martínez Alonso

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

1. En la calificación de los concursantes se valorará:

a) Objetivos científicos perseguidos a lo largo de la carrera investigadora, con énfasis en las líneas fundamentales de investigación futura.

b) Contribuciones científicas y/o tecnológicas realizadas, valorando la calidad y repercusión de los trabajos originales de investigación publicados y/o de las patentes licenciadas. c) Publicación o participación en la publicación de libros, monografías, etc., no considerados en el apartado anterior. Participación en patentes no licenciadas, en modelos de utilidad y en trabajos de apoyo tecnológico. Trabajos o estancias en centros de investigación nacionales y extranjeros. Participación en proyectos o programas y contratos o convenios de investigación. Participación en congresos científicos, seminarios y cursos. Dirección y formación de personal investigador. Dirección de tesis doctorales. Trabajos en revistas de divulgación. Cualquier otro mérito que alegue el aspirante. d) Tareas de gestión de la investigación científica, con especial énfasis en el desempeño de cargos de responsabilidad o representación, dentro o fuera del Organismo (coordinación de área, participación en la dirección de centros, comisiones internacionales, gestión de programas del Plan Nacional, coordinación de la ANEP, entre otros) e) Servicios prestados en la Escala de Científicos Titulares del CSIC: 0,25 puntos por año de servicio prestado hasta un máximo de 2 puntos. Los méritos a valorar serán aquellos que se tuvieran a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. El Tribunal podrá entrevistar a aquellos aspirantes que considere oportuno en orden a clarificar conceptos y determinar los méritos y conocimientos alegados.

3. La calificación de los aspirantes, relativa a los méritos contenidos en los apartados a), b), c) y d) del punto 1 de este anexo se hará mediante deliberación conjunta de los miembros de los correspondientes Tribunales, cada uno de los cuales podrá adjudicar a cada aspirante de cero a tres puntos, de cero a ocho, de cero a cinco y de cero a dos, respectivamente. Dichas calificaciones deberán justificarlas individualmente los miembros de los Tribunales mediante la formulación, por escrito, de un juicio razonado relativo a la valoración de cada uno de los méritos. Los mencionados escritos de justificación se unirán al acta correspondiente. La puntuación correspondiente a estos apartados será la media de las puntuaciones asignadas para cada uno de ellos por cada uno de los miembros del tribunal, excluidas la puntuación más alta y la más baja, sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y una mínima. La acreditación de los servicios prestados del punto 1.e) de este anexo se realizará de oficio por la Subdirección General de Recursos Humanos del CSIC, que procederá a expedir certificación relativa a la antigüedad en la Escala de Científicos Titulares del CSIC, referida a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La puntuación final de cada aspirante vendrá determinada por la suma del valor medio de las puntuaciones asignadas en cada uno de los apartados a), b), c) y d) del punto 1 de este anexo, más la puntuación correspondiente al apartado e). La puntuación máxima será de 20 puntos y se necesitará alcanzar 10 puntos, como mínimo, para superar la fase de concurso. En el supuesto de producirse empates al confeccionar las listas de aspirantes aprobados, aquéllos se dirimirán a favor del que hubiese obtenido mayor puntuación en los distintos apartados a), b), c), d) y e), relacionados en el punto 1. de este anexo, de forma sucesiva.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO III

Instrucciones para cumplimentar la solicitud Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares:

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Educación y Ciencia». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Consejo Superior de Investigaciones Científicas».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se señalará «Investigadores Científicos», consignándose el código 5403 en el espacio reservado para el mismo que figura a su lado. En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «P». En el recuadro 18, «Ministerio/Organo/Entidad convocante», se consignará «CSIC». En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado en la base 3 de esta convocatoria. En el recuadro 25, apartado A) del epígrafe «Datos a consignar según las Bases de la convocatoria», se hará constar expresamente el área de conocimiento y especialización científica o tecnológica a la que concurre.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 13,54 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2370-44-0200203771, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Educación y Ciencia. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

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