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Documento BOE-A-2007-10129

Resolución de 30 de marzo de 2007, de la Secretaría de Industria y Empresa, del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, por la que se autoriza, para su uso e instalación en la red, un modelo de contador eléctrico estático combinado de clase 0,5S para la energía activa y 1,0 para la reactiva, trifásico a tres o cuatro hilos, con conexión mediante transformadores, marca Cirwat, modelo 405UT-x-C.

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 18 de mayo de 2007, páginas 21623 a 21624 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2007-10129

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por la empresa Circutor SA., domiciliada en vial Sant Jordi s/n, de Viladecavalls (Barcelona) en solicitud de autorización de modelo de un contador estático trifásico, de cuatro cuadrantes, con precisión de clase 0,5S en energía activa y clase 1.0 en energía reactiva, con medida de energía generada i consumida, marca Cirwat, modelo 405-UT-x-C; Vista la memoria técnica descriptiva y la declaración de conformidad CE en la que se indica que se cumplen las prescripciones de las directivas 73/23/CEE, 89/336/CEE y 93/68/CE, y que es conforme con les normas EN 61010-1:2001, EN 61000-6-4:2002, y EN 61000-6-2:2000; Vistos los certificados de ensayos emitidos por el Centro Español de Metrología con números de referencia: CEM-CY-04/0333-3.4 y CEM-CY-04/0334-3.4, y los emitidos por el Laboratorio General de Ensayos y Investigaciones con números de referencia 3.008.837, 3.013.311 y 3.015.965, que acreditan el cumplimiento de las prescripciones técnicas, metrológicas y de compatibilidad electromagnética aplicables a estos instrumentos e indicadas en las normas UNE EN 61036, UNE-EN 61268, UNE-EN 62053-21, UNE-EN 62053-61, UNE-EN 60687, UNE-EN 62053-61 y UNE EN 61268; Visto el informe favorable de referencia MEDI-10650/06, expedido por el operador del sistema y relativo a la validación del protocolo del registrador; Considerando el Real Decreto 1433/2002, de 27 de diciembre (BOE 31-12-02) por el que se establecen los requisitos de medida en baja tensión de consumidores y centrales de producción en Régimen Especial, De acuerdo con las competencias establecidas en el Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de diversos departamentos de la administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC 4771 de 29.11.2006), resuelvo:

Autorizar un modelo de contador eléctrico, para su uso e instalación en la red, fabricado por la empresa Circutor SA, cuyas principales características son: Contador estático combinado, marca Cirwat, modelo 405-UT-x-C, con clase de precisión 0,5S para la medida de la energía activa y 1,0 para la energía reactiva, que incorpora funciones de registrador, trifásico a tres o cuatro hilos, frecuencia 50-60 Hz, en medida indirecta (transformadores), en cuatro cuadrantes (activa y reactiva entrante y saliente), intensidades secundarios -/5A y -/1A y tensión multirango (de 3 x 57,7/100 V a 3 x 230/400 V).

El contenido y el alcance de esta autorización están sujetos a las condiciones siguientes:

Primera.-Esta autorización tiene carácter provisional dado que no existe un reglamento específico para el control metrológico de estos instrumentos. Una vez regulado el control metrológico de estos instrumentos, el solicitante deberá de obtener la certificación de conformidad de modelo correspondiente, mediante los procedimientos de evaluación de la conformidad que se especifican en el RD 889/2006, en el término de un año desde la entrada en vigor del citado reglamento metrológico específico.

Segunda.-Sin perjuicio de lo establecido en la anterior condición, esta autorización tiene un plazo máximo de validez de cinco años y podrá ser prorrogada por periodos sucesivos, previa petición presentada por el solicitante de la misma. Tercera.-Previamente a su instalación, los aparatos a los que se refiere esta autorización tendrán que superar el control de verificación en origen realizado por un verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado, justificando el mismo mediante la colocación de los precintos y etiquetas identificativas correspondientes. Cuarta.-Los instrumentos a los que se refiere esta resolución, tendrán que cumplir, adicionalmente, todas las condiciones contenidas en el anexo que la acompaña.

Contra esta resolución que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de que se pueda hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 30 de marzo de 2007.-El Secretario de Industria y Empresa, P. D. de firma (Resolución de 2 de marzo de 2007), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

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