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Documento BOE-A-2006-9503

Resolución de 28 de marzo de 2006, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación al Informe de fiscalización de la contratación, celebrada durante el ejercicio 2002, por las Entidades del Sector Público Estatal sometidas a los procedimientos de contratación establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 30 de mayo de 2006, páginas 20336 a 20336 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2006-9503

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 28 de marzo de 2006, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del informe de fiscalización de la contratación, celebrada durante el ejercicio 2002, por las Entidades del Sector Público Estatal sometidas a los procedimientos de contratación establecidos en el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, acuerda:

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas insta al Gobierno a que: 1. Atienda a las Resoluciones que, respecto a la contratación de los ejercicios 1999, 2000 y 2001, ha efectuado esta Comisión Mixta.

2. Regule, en el ámbito de la Seguridad Social, la expedición de órdenes de pago a justificar para atender, excepcionalmente, aquellos gastos en los que no pueda aportarse la documentación justificativa en el momento del reconocimiento de la obligación y de la propuesta de pago.

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas insta a los Órganos competentes a que:

3. Adopten las medidas adecuadas para que el envío al Tribunal de Cuentas de la relación anual de los contratos celebrados por los diferentes Centros, Organismos o entidades obligados a ello, se ajuste a lo expresado por la normativa reguladora.

4. Adopten las medidas adecuadas para potenciar el rigor en las fases preparatorias de los contratos. 5. Adopten las medidas adecuadas para mejorar los contenidos de los pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, elaborando pliegos tipo que recojan criterios de valoración objetivos y ponderados, con especial atención al criterio del precio, estableciendo fórmulas de valoración de este último criterio. 6. Adopten las medidas adecuadas para incrementar el seguimiento por parte de las entidades contratantes de las distintas fases de ejecución de los contratos y en particular de los plazos previstos para la ejecución de los mismos. 7. Adopten las medidas adecuadas para que empleen el máximo rigor en la selección y justificación de la forma de adjudicación.

8. Adopten las medidas adecuadas para garantizar la adecuada calificación de los contratos de consultoría y asistencia técnica y de servicios.

Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2006.-El Presidente, Francesc Antich Oliver.-El Secretario, José Ramón Mateos Martín.

(En suplemento aparte se publica el Informe de fiscalización correspondiente)

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