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Documento BOE-A-2006-716

Resolución de 27 de diciembre de 2005, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos de Gestión.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 18 de enero de 2006, páginas 2227 a 2234 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2006-716

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 426/2005, de 15 abril, y con el fin de atender las necesidades de personal funcionario de Administración y Servicios, Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas por el art. 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el art. 2.2.e) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, con sujeción a las siguientes

Bases

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas de la Escala de Técnicos de Gestión de la UNED por el sistema de promoción interna. 1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988 de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto 426/2005, de 15 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad, y lo dispuesto en la presente convocatoria. 1.3 El procedimiento de selección constará, de una fase de oposición y una fase de concurso, con las pruebas, puntuaciones y valoraciones que se especifican en la Base 6. 1.4 El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en el Anexo I de esta convocatoria. 1.5 El primer ejercicio de la oposición se celebrará a partir del mes de septiembre de 2006, determinándose en la Resolución a que se refiere la base 4.1 los lugares y fecha de su realización.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Hallarse en posesión de la titulación establecida en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto (Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente).

b) Los aspirantes que concurran a estas plazas de promoción interna deberán haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como funcionarios de carrera en la Escala de Gestión Universitaria de la UNED, o en un Cuerpo o Escala adscrito al Grupo B del artículo 25 de la Ley 30/1984 y tener destino definitivo en la UNED. c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

2.2 Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de toma de posesión como funcionario de carrera de la Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo que figura como Anexo V. Dicho modelo se facilitará en las Unidades de Información de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, sitas en la calle Bravo Murillo número 38, en el Pabellón de Gobierno (calle Juan del Rosal, n.º 12) y en el edificio de Humanidades (calle Senda del Rey, n.º 7. Puente de los Franceses), de Madrid. Podrá utilizarse dicho modelo fotocopiado, o el obtenido por Internet www.uned.es/gerencia/pas, siempre y cuando se presente por duplicado (ejemplar para la Sección de PAS y para el interesado). 3.2 Los aspirantes acompañarán a su solicitud una fotocopia legible de su documento nacional de identidad. 3.3 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes tendrán en cuenta lo siguiente:

a) Las solicitudes se dirigirán al Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta convocatoria.

b) La presentación de solicitudes podrá realizarse en el Registro General de la Universidad Nacional de Educación a Distancia o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, dirigidas a Universidad Nacional de Educación a Distancia, calle Bravo Murillo, 38, 28015, Madrid. c) Los derechos de examen serán de 13,00 euros y se ingresarán en la cuenta de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, número 0049-0001-54-2211438387, del Banco Santander Central Hispano, realizando el ingreso en concepto de «Pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Técnicos de Gestión de la UNED». A la solicitud de participación deberá adjuntarse el comprobante bancario original de la transferencia o ingreso, o cuando se haya realizado el pago por otro medio (banca electrónica, internet.) certificado de la entidad bancaria que justifique la operación realizada. En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante. Estarán exentos del pago de los derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición. 3.4 Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

a) En el recuadro de la solicitud destinado a Escala, los aspirantes harán constar «Escala de Técnicos de Gestión de la UNED».

b) En el recuadro destinado a forma de acceso, se consignará la letra «P», sistema de promoción interna. c) Aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de las pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar dentro del plazo referido en la base 4.2 de la presente convocatoria, escrito en el que soliciten el tipo de adaptación que necesitan, así como certificado médico acreditativo de la discapacidad. El tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado de la Universidad dictará Resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta Resolución, que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», junto con la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión, figurará la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición, así como los Centros donde estará expuesta la lista certificada completa de aspirantes admitidos. 4.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Resolución aludida en la base 4.1., para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. En todo caso, al objeto de evitar errores, en el supuesto de producirse, y de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos. En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen. 4.3 La Resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Rectorado de esta Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II de esta convocatoria. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría primera. 5.2 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador. 5.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, así como de los asesores especialistas y el personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior. 5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de éste y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. 5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes y, en todo caso, la del Secretario y Presidente (titular o suplente). 5.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, teléfonos: 91/3987544 y 91/3987467. 5.7 En ningún caso el Tribunal podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que de plazas convocadas. Cualquier propuesta de nombramiento que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho. 5.8. Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos. En todo momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.9 Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes.

6. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.

6.1 Fase de oposición: Constará de tres ejercicios, de ellos los dos primeros eliminatorios y el tercero de carácter voluntario. a) Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito dos temas generales a elegir entre cuatro propuestos por el Tribunal basados en el contenido íntegro del programa. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas. Los temas propuestos no coincidirán necesariamente con epígrafes o temas en su conjunto del mencionado temario.

El ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública. Finalizada la lectura el Tribunal podrá dialogar con el opositor sobre aspectos del tema desarrollado. El Tribunal lo calificará valorando los conocimientos, claridad, orden de ideas y calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición. Este ejercicio se calificará de 0 a 35 puntos. b) Segundo ejercicio. Consistirá en la resolución por escrito de dos supuestos prácticos a elegir entre cuatro propuestos por el Tribunal. Los supuestos prácticos versarán sobre el contenido íntegro del programa. Los aspirantes deberán elaborar por escrito las propuestas de resolución, informes o recursos que procedan según lo planteado en el supuesto práctico elegido y podrán utilizar los textos, libros y documentación que consideren necesaria. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas. El ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública, que podrá realizar al aspirante las preguntas que considere oportunas relacionadas con los supuestos prácticos. El Tribunal valorará atendiendo especialmente al rigor analítico y a la claridad de ideas y conocimientos en orden al desarrollo razonado del supuesto. Este ejercicio se calificará de 0 a 35 puntos. El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar cada uno de los ejercicios. c) Tercer ejercicio. Consistirá en la traducción directa, por escrito y sin diccionario, de un texto redactado en francés y/o inglés. Los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de treinta minutos para cada uno de los idiomas. Este ejercicio tendrá carácter voluntario y se calificará con un máximo de 7,5 puntos por cada uno de los idiomas. 6.2 Fase de concurso: En la fase de concurso se valorarán los méritos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias para participar en esta convocatoria, de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, de conformidad con el siguiente baremo:

a) Antigüedad: Se valorará por tiempo de servicios con un máximo de 4 puntos y a razón de: Por cada año de antigüedad en la UNED: 0,2 puntos, añadiéndose 0,016 puntos más por cada mes completo.

Por año de antigüedad en otras Administraciones Públicas: 0,06 puntos, añadiéndose 0,005 puntos más por cada mes completo.

b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado, se otorgará la siguiente puntuación: Grado 24: 3 puntos.

Grado 26: 5 puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria como funcionario del Grupo B, se otorgará la siguiente puntuación: Nivel 24: 2 puntos.

Nivel 26: 4 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicio se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Grupo B. A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado y a los funcionarios en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso. d) Formación: Los cursos de formación o perfeccionamiento que versen sobre materias directamente relacionadas con los cometidos propios de los Cuerpos o Escalas desde los que se accede o de la Escala a que se pretende acceder, organizados por la UNED, el INAP u otros organismos de la Administración Pública, se valorarán a razón de 0,4 puntos por curso, hasta un máximo de 2 puntos.

7. Calendario y desarrollo de los ejercicios de la fase de oposición

7.1 Los ejercicios de la fase de oposición de estas pruebas selectivas se celebrarán en Madrid. 7.2 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará a partir del mes de septiembre de 2006, publicándose en el «Boletín Oficial del Estado» en la misma Resolución a que se refiere la base 4.1, el lugar, fecha y hora de su celebración. 7.3 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «F» de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 10 de enero de 2005 («Boletín Oficial del Estado» del 17 de enero) por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 3 de enero. El anuncio de celebración de los restantes ejercicios no será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y se efectuará a través de las Resoluciones del Tribunal calificador en las que se hagan públicas la relaciones de aprobados del ejercicio anterior. 7.4 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad. 7.5 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan. 7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Rectorado, dando traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes. 7.7 Corresponderá al Tribunal la verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes.

8. Listas de aprobados y valoración de méritos de la fase de concurso.

8.1 Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase oposición, el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de celebración de éstos, en la sede del Tribunal y en aquellos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes que lo hayan superado por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad. Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo, salvo en el caso del tercer ejercicio, de carácter voluntario. 8.2 Realizado el tercer ejercicio, se publicará la relación de aspirantes que hayan superado la fase de oposición, concediéndoles un plazo improrrogable de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al que se haga pública dicha relación, para presentar en el Registro General de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base 6.2. La documentación acreditativa de los méritos deberá presentarse precedida de la carátula que se publica como Anexo III de esta convocatoria, que servirá como identificativo de la documentación que cada aspirante entregue. Los méritos incluidos en las letras a), b) y c) de la base 6.2., se acreditarán con certificación expedida por el Servicio de Personal de la UNED, o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios, en el modelo que figura como Anexo IV. Los méritos incluidos en la letra d) de la misma base 6.2., se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del PAS. La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración al aspirante de la fase de concurso. 8.3 Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública, en la sede del Tribunal (Bravo Murillo, 38, 28015, Madrid), la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes que superaron la fase de oposición, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración. 8.4 Finalizadas ambas fases, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. En esta lista los aspirantes aparecerán ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso y, asimismo, figurarán las puntuaciones totales obtenidas en cada fase. En caso de empate, se resolverá a favor de quien más puntuación hubiera obtenido en la fase de concurso y, de persistir la igualdad, a favor de quien más puntuación hubiera obtenido en el mérito que aparece relacionado en primer lugar, y así sucesivamente con los siguientes méritos. Si persistiera la igualdad, se resolverá a favor de quien más puntuación hubiera obtenido en el segundo ejercicio de la fase de oposición. Finalmente, y de resultar necesario, el Tribunal efectuará un sorteo entre los aspirantes igualados. En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier relación de aspirantes cuyo número supere al de plazas convocadas. La motivación de dicha lista, en cuanto acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica del Tribunal, y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. 8.5 El Tribunal elevará, finalmente, al Rectorado la correspondiente propuesta de nombramiento como funcionarios de carrera de la Escala de Técnicos de Gestión de la UNED a favor de los aspirantes que han superado el proceso selectivo. El Rectorado hará pública en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios de carrera

9.1 En el plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista de aprobados en el proceso selectivo, los aspirantes deberán presentar en el Servicio de Personal de la UNED los documentos que acrediten las condiciones y requisitos exigidos para el acceso a la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, a excepción de aquellos que obren ya en poder del citado Servicio como consecuencia de la aportación realizada para su anterior nombramiento como funcionario de carrera. Estos documentos deberán ser aportados mediante copia cotejada o, en caso contrario, acompañada de los originales para su comprobación y posterior cotejo. Asimismo y dentro del citado plazo deberá entregarse, debidamente cumplimentada, la declaración jurada que figura como Anexo VI de esta convocatoria. 9.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos que se indican en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial. 9.3 Por la autoridad convocante se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera mediante Resolución que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado». 9.4 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

10. Normas finales

10.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones o recursos pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

10.2 Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Rectorado de esta Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 27 de diciembre de 2005.-El Rector, Juan A. Gimeno Ullastres.

ANEXO I Temario

I. Derecho Administrativo y Ciencia de la Administración

1. La Administración Pública: Concepto. La Administración, las funciones y los poderes del Estado. 2. La Administración Pública y el Derecho: el principio de legalidad y el poder de autotutela. 3. El ordenamiento jurídico-administrativo (I). Fuentes. La Constitución. La Ley. Las disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley. Las leyes de las Comunidades Autónomas. 4. El ordenamiento jurídico-administrativo (II). Los Tratados Internacionales. Las fuentes del ordenamiento jurídico comunitario. 5. El ordenamiento jurídico-administrativo (III). El Reglamento. Concepto, naturaleza y clases. Procedimiento de elaboración. El control de la potestad reglamentaria. 6. Los actos jurídicos de la Administración: Públicos y privados. El acto administrativo: Concepto, elementos y clases. 7. La eficacia de los actos administrativos. Su ejecutividad. La ejecución forzosa por la Administración. Nulidad de pleno derecho y anulabilidad. Revisión de oficio. Revocación. 8. El procedimiento administrativo (I). Concepto, naturaleza y caracterización. El procedimiento administrativo común. Sus fases. 9. El procedimiento administrativo (II). La posición del ciudadano en el procedimiento. Los recursos administrativos. Reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial. 10. El administrado. Clases. La capacidad de los administrados y sus causas modificativas. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. La participación en las Administraciones Públicas. 11. La relación jurídica administrativa. Los derechos públicos subjetivos. 12. La jurisdicción contencioso-administrativa: Naturaleza, extensión y límites. 13. El procedimiento ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Recursos. Ejecución de sentencias. 14. Los principios de la organización administrativa. La jerarquía. La competencia y sus técnicas de traslación. La coordinación y el control. 15. Centralización y descentralización. Clases de centralización. La desconcentración. 16. Los órganos de la Administración Pública. Origen y contenido. Estructura. Tipos de órganos. 17. La Administración Institucional. Los Organismos públicos. Los Organismos autónomos y las Entidades públicas empresariales. 18. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Evolución histórica y situación actual. Procedimiento de responsabilidad patrimonial. 19. La potestad sancionadora de la Administración. Principios generales. El procedimiento sancionador. 20. Expropiación forzosa. Fundamento y naturaleza. Sujetos, objeto y causa de la expropiación. El procedimiento expropiatorio. 21. Las propiedades administrativas. El dominio público: concepto, naturaleza, elementos y régimen jurídico. 22. Los bienes patrimoniales de la Administración. El Patrimonio Nacional. Los bienes comunales. 23. La actividad administrativa de fomento. Tipología y régimen jurídico de sus manifestaciones. 24. La actividad administrativa de policía en el Estado de Derecho. Manifestaciones más importantes. Los poderes de policía de las distintas Administraciones Públicas. 25. La actividad administrativa de servicio público. Formas de gestión de los servicios públicos. 26. Los contratos de las Administraciones Públicas. Principios comunes. Requisitos necesarios para la celebración de los contratos. Perfección, formalización y extinción de los contratos. Formas de adjudicación de los contratos. 27. El contrato de obras. 28. El contrato de gestión de servicios públicos. 29. El contrato de suministro. 30. Los contratos de consultoría y asistencia técnica, servicios y trabajos específicos y no habituales de la Administración y de concesión de obras públicas. 31. La formación de la ciencia administrativa: Orígenes y evolución. Situación actual. Problemas de la investigación administrativa. 32. La burocracia: Orígenes. El modelo de organización burocrática en las teorías clásicas. Burocracia y tecnocracia en el Estado contemporáneo. El poder burocrático. 33. Sistemas administrativos comparados. El modelo anglosajón. El modelo francés. 34. La gestión pública. Similitudes, diferencias e influencias entre gestión pública y gestión privada. Los procesos de modernización de las Administrativas Públicas. 35. Evaluación de las políticas públicas. Medición y evaluación: criterios, indicadores y estándares. Tipos de evaluación. Especial referencia a las políticas de igualdad de género: normativa vigente.

II. Administración de Recursos Públicos

1. El sistema español de empleo público. Evolución y características actuales. 2. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Clasificación y características. Los regímenes especiales de función pública. 3. La planificación de recursos humanos en las Administraciones Públicas. La oferta de empleo público. Los planes de empleo. Otros instrumentos de planificación de recursos humanos. 4. La selección de personal. Principios constitucionales. Sistemas de selección. Los procesos selectivos en la Administración Pública. La formación del personal. 5. La movilidad y los sistemas de provisión de puestos de trabajo. La carrera administrativa y la promoción interna. 6. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Nacimiento y extinción de la relación de servicios. El sistema retributivo. 7. Participación y régimen de representación del personal al servicio de las Administraciones Públicas. La negociación colectiva en las Administraciones Públicas. Acuerdos y Pactos. Convenios Colectivos. 8. Conflictos colectivos: la huelga y el cierre patronal. Las peculiaridades en las Administraciones Públicas. 9. Las situaciones administrativas. 10. Las incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. 11. Responsabilidad de los funcionarios. Régimen disciplinario. Responsabilidad patrimonial y penal. 12. El Derecho del Trabajo. Características. Las fuentes del Derecho Laboral. 13. El contrato de trabajo (I): Partes, capacidad para contratar, contenido y prestaciones. 14. El contrato de trabajo (II): La modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Modalidades del contrato. 15. La contratación laboral en la Administración Pública. Peculiaridades del Derecho laboral en su aplicación a las Administraciones Públicas. 16. La prevención de riesgos laborales. Conceptos básicos y disciplinas que la integran. La prevención de riesgos laborales en las Administraciones Públicas. 17. El sistema de Seguridad Social. Régimen general y regímenes especiales. Afiliación y cotización. La acción protectora. 18. El Régimen de Seguridad Social de los funcionarios del Estado. Estructura y gestión del sistema. Clases Pasivas. Mutualismo administrativo. 19. El régimen económico, financiación, gestión y problemática actual del Sistema de la Seguridad Social. 20. La Ley General Presupuestaria y las leyes anuales de Presupuestos. 21. El Presupuesto: Concepto y naturaleza. Procedimiento de elaboración y aprobación. Contenido y estructura. 22. Modificaciones presupuestarias. El fondo de contingencia. 23. La planificación del gasto público. El Pacto de estabilidad y crecimiento y la legislación de estabilidad presupuestaria. 24. El procedimiento de ejecución presupuestaria: Fases. Ordenación de gastos y ordenación del pago. Las subvenciones públicas. 25. Los Anticipos de Caja Fija y los Pagos a Justificar. 26. El control presupuestario. Concepto, naturaleza y clases. El control interno. 27. El control externo. El Tribunal de Cuentas. 28. Los ingresos públicos: concepto y clasificación. Impuestos directos. Impuestos indirectos. Tasas y precios públicos. 29. La Contabilidad Pública. La Cuenta General del Estado. 30. El régimen financiero de los Organismos Autónomos, Entidades Públicas Empresariales y otros Entes del sector público estatal.

III. Gestión Universitaria

1. La autonomía universitaria: Reconocimiento constitucional, contenido y alcance. Creación, régimen jurídico y estructura de las Universidades. Los Estatutos de las Universidades. El Consejo de Coordinación Universitaria. 2. Los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Contenido y estructura. Su reforma. El Defensor del Universitario. 3. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Organización académica (I): Departamentos, Facultades y Escuelas Universitarias. 4. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Organización académica (II): Institutos Universitarios. La red de Centros Asociados: su régimen jurídico. 5. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Órganos de gobierno y administración colegiados: Consejo Social. Claustro Universitario. Consejo de Gobierno. Juntas de Facultad y Escuelas. Consejos de Departamento y de Institutos Universitarios. 6. La Universidad Nacional de Educación a Distancia. Órganos de gobierno y administración unipersonales: Rector. Vicerrectores. Secretario General. Gerente. Decanos, Vicedecanos y Secretarios de Facultades. Directores, Subdirectores y Secretarios de Escuelas Universitarias. Directores de Departamentos e Institutos y Secretarios de Departamento. 7. La Universidad Nacional de Educación a Distancia. Profesorado: Clases y régimen jurídico. Retribuciones. 8. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Personal de Administración y Servicios Funcionario. 9. Personal de Administración y Servicios Laboral: Convenio Colectivo de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. 10. El Espacio Europeo de Enseñanza Superior. 11. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Alumnado (I): Acceso. Permanencia. Planes de Estudios. Titulaciones universitarias: oficiales y propias. La regulación de los estudios del Tercer Ciclo. 12. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Alumnado (II): Convalidación de estudios y homologación de títulos extranjeros. Becas y Ayudas al estudio. Precios públicos por la prestación del servicio público de la Educación Superior. 13. La investigación en la Universidad. Los contratos del artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades. 14. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Régimen económico: financiación y presupuesto. Régimen patrimonial. 15. La protección de datos de carácter personal en las Administraciones Públicas: especial referencia a las Universidades Públicas. 16. La Fundación UNED: Naturaleza, fines, régimen económico y órganos de gobierno.

ANEXO II

Tribunal

Tribunal titular:

Presidente: D. Agustín Miralles de Imperial Mora-Figueroa, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales: D.ª Pilar Navas García, Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad de la Laguna. D.ª Elena Azpiazu Garrido, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. D.ª Paloma Isla Álvarez de Tejera, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED. Secretaria: D.ª M.ª Carmen Sicilia Fernández-Shaw, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Tribunal suplente:

Presidente: D. Juan José de la Vega Viñambres, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Vocales: D.ª M.ª Teresa Mendiguchía González, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. D.ª M.ª José Martínez García, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. D.ª M.ª Jesús López Manzanedo, Escala de Facultativos de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos de la Administración del Estado. Secretaria: D.ª M.ª Antonia González Díez, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

ANEXO III

Don .............................................................. aspirante a las plazas de la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, habiendo superado la fase de oposición de las pruebas selectivas y de conformidad con la base 8.2., presenta la siguiente documentación acreditativa de los méritos que serán objeto de valoración por el Tribunal calificador en la fase de concurso:

Certificación acreditativa de los méritos enumerados en la base 6.2 según modelo Anexo IV.

En ....................... a ..... de ...................de 200.... Fdo.:

Sr. Presidente del Tribunal calificador de las pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

ANEXO IV

El Certificado debe extenderse por la Unidad de Personal del Organismo donde preste o haya prestado servicios al aspirante.

D./D.ª

Cargo:

Certifico los datos que siguen previa verificación del expediente de la persona interesada. Servicios referidos a la fecha:

Servicios prestados como: Organismo:

Apellidos y nombre.

DNI Cuerpo, Categoría o Escala NRP Situación Administrativa Puesto de trabajo (definitivo o provisional)

Otros puestos desempeñados: Denominación F. Desde F. Hasta A M D

Total: En ....................... a ..... de ................... de 200....

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO VI

Don/doña. con domicilio en y con documento nacional de identidad número declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En ....................... a ..... de ................... de 200...

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