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Documento BOE-A-2006-608

Resolución de 12 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se modifica la de 27 de septiembre de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas para los programas de doctorado que han obtenido la mención de calidad para el curso 2005-2006.

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 16 de enero de 2006, páginas 1817 a 1817 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-608

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 27 de septiembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 13 de octubre, se establecían las bases reguladoras y se convocaban ayudas para los programas de doctorado que han obtenido la mención de calidad para el curso 2005-2006. Para la financiación de la convocatoria, se hizo una previsión de un máximo de 3.825.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 del ejercicio 2005 y de 1.400.000 euros en 2006. Dado el incremento del número de programas de doctorado que han obtenido o renovado la mención de calidad para el curso académico 2005-2006 y, como consecuencia, el importante número de profesores a los que afecta las ayudas de movilidad, se hace necesario aumentar la financiación de la convocatoria prevista para el ejercicio 2005, para alcanzar los objetivos previstos, que convergen en el impulso de la promoción de la calidad de la actividad universitaria que tiene encomendada este Departamento. Es por ello que en el uso de sus atribuciones esta Secretaría de Estado de Universidades e Investigación ha resuelto:

Primero.-Modificar el punto 9.1 de las normas de aplicación general de la convocatoria publicada por Resolución de 27 de septiembre de 2005, que quedará redactado de la siguiente forma: La financiación de las ayudas se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A541A.781, de los Presupuestos Generales del Estado, con un gasto máximo de 5.930.500,00 euros en 2005, y de 1.400.000,00 euros en 2006. Segundo.-En todos los demás aspectos, la convocatoria se regirá por la Resolución de 27 de septiembre de 2005 (BOE de 13 de octubre).

Tercero.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (Boletín Oficial del Estado de 14 de enero). Cuarto.-Asimismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Lo que pongo en su conocimiento a los efectos pertinentes.

Madrid, 12 de diciembre de 2005.-El Secretario de Estado, Salvador Ordóñez Delgado.

Sra. Directora General de Universidades.

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