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Documento BOE-A-2006-4174

Orden PRE/638/2006, de 1 de marzo, por la que se convoca el XIX Certamen «Jóvenes Investigadores», 2006.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 8 de marzo de 2006, páginas 9434 a 9436 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2006-4174

TEXTO ORIGINAL

Enmarcados en la promoción del interés por la investigación científica, se han celebrado dieciocho ediciones del Certamen «Jóvenes Investigadores», organizados por el Instituto de la Juventud (INJUVE-Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales) y la Dirección General de Universidades (Ministerio de Educación y Ciencia). Con esta iniciativa, la Administración General del Estado trata de despertar vocaciones investigadoras entre los jóvenes estudiantes de Enseñanza Secundaria, de Bachillerato, de Enseñanza Superior no graduados y de miembros de distintas asociaciones, además de mejorar la cultura científica y fomentar la actitud racional crítica en la juventud de nuestro país, incorporando al menos una parte de la experiencia directa en el proceso de generación del conocimiento. La experiencia acumulada en las anteriores convocatorias y la positiva aceptación de la iniciativa en el ámbito juvenil, aconsejan proseguir la actividad convocando el XIX Certamen «Jóvenes Investigadores» que continúa contando con la colaboración destacada del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y en esta ocasión, de la Universida Politécnica de Madrid. Por otra parte, este Certamen tiene su continuación en el Certamen Europeo de Jóvenes Investigadores, organizado desde 1989 por la Comisión Europea, en el que participan los mejores trabajos premiados en el certamen nacional. En su virtud, a propuesta del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales y de la Ministra de Educación y Ciencia, dispongo:

Primero.-Se convoca el XIX Certamen «Jóvenes Investigadores», 2006.

Segundo.-El Certamen versará sobre cualquiera de las áreas incluidas dentro del currículo de enseñanzas medias así como de las áreas científico tecnológicas. Tercero.-El Certamen se regirá por las bases que figuran en el Anexo de esta Orden. También será de aplicación lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa de general aplicación. Cuarto.-Los gastos derivados de la presente convocatoria se pagarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 del Ministerio de Educación y Ciencia y 19.201.232A.226.12 del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. El gasto máximo estimado con cargo al MEC es de 105.000,00 € para el ejercicio 2006 y 3.000,00 € para el ejercicio 2007. El gasto máximo estimado para el ejercicio 2006 con cargo al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales es de 60.000,00 €. El abono de las cantidades comprometidas para ejercicios futuros queda condicionado a la existencia de dotación adecuada y suficiente en los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio correspondiente y se harán efectivas con cargo a los créditos presupuestarios mencionados o a los que los sustituyan en ejercicios futuros. La presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pone fin a la vía administrativa. Cabe, no obstante, interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y del artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Quinto.-La Dirección General de Universidades y el Instituto de la Juventud adoptarán las medidas oportunas para la adecuada ejecución de lo dispuesto en esta Orden.

Madrid, 1 de marzo de 2006.

FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ

Sr. Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales y Sra. Ministra de Educación y Ciencia.

ANEXO

Bases

Primera.-Podrán tomar parte en este Certamen los jóvenes de nacionalidad española y del resto de países de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo legalmente establecidos en España, que se encuentren en edades comprendidas entre los quince y los veinte años, cumplidos éstos durante el año 2006. Segunda.-La participación podrá hacerse individualmente o en equipos de trabajo integrados por un máximo de hasta cinco jóvenes. Tanto los equipos como los participantes a título individual deberán ser coordinados por un profesor del centro al que pertenezcan o, en el caso de asociaciones o clubes juveniles, por alguna persona que ejerza funciones de animación o dirección en los mismos. Tercera.-Las personas que deseen tomar parte en este Certamen deberán presentar:

1) El formulario del «Boletín de inscripción del trabajo», cuyo modelo se puede obtener en las páginas web http://mec.es y http://www.mtas.es/injuve, debidamente cumplimentado y acompañado de una fotocopia del documento nacional de identidad de los participantes y coordinadores españoles o fotocopia de la tarjeta o certificado de residencia legal en España de los ciudadanos del resto de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

2) Un trabajo inédito de investigación científica en cualquiera de las áreas de conocimiento, o de innovación tecnológica, redactado en cualquiera de las lenguas oficiales de España, realizado o en proceso avanzado de desarrollo que presente ya resultados significativos, que podrá documentarse con todo tipo de material gráfico, audiovisual, informático u otros medios que se consideren oportunos; en los trabajos deberán constar las colaboraciones y aportaciones que hayan sido necesarias para su realización. 3) Una descripción resumida del trabajo redactada en castellano, cuyas características se indican en la base sexta de esta convocatoria, acompañado por el currículo del coordinador del trabajo.

Cuarta.-Los anteriores documentos se presentarán en el Instituto de la Juventud, calle José Ortega y Gasset, 71, 28006 Madrid, pudiendo hacerlo directamente en el Registro General del Instituto o por cualquiera de los medios establecidos por el art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo para dicha presentación finaliza el 31 de mayo de 2006.

Quinta.-Los trabajos consistirán en investigaciones básicas o aplicadas, o prototipos relacionados con cualquiera de las áreas del currículo de enseñanzas medias o de las áreas científico tecnológicas definidas en los planes de estudios universitarios. Deberán ser originales e inéditos y constituir una investigación completa en sí misma. La presencia de afirmaciones o posiciones racistas o sexistas, serán motivo inapelable de descalificación de los trabajos. Igualmente, los trabajos que impliquen experimentación animal, deberán atenerse a lo dispuesto en la normativa vigente y, en particular en el Real Decreto 223/1.998, sobre protección de animales utilizados para experimentación y otros fines científicos. Sexta.-El resumen en castellano del trabajo constará de las siguientes partes:

1) Datos personales de los participantes y coordinadores, centro de estudio, teléfono, correo electrónico y dirección postal completa del mismo.

2) Título del trabajo. 3) Breve resumen de la investigación (máximo de 500 palabras). 4) Antecedentes e investigaciones previas sobre el tema (1000 palabras). 5) Objetivos de la investigación (1000 palabras). 6) Metodología empleada (500 palabras). 7) Resultados obtenidos (1000 palabras). 8) Bibliografía consultada más importante (500 palabras).

Al resumen se podrá añadir la información gráfica mínima que se considere imprescindible.

Séptima.-En el supuesto de documentación incompleta se requerirá al coordinador responsable del trabajo presentado para que subsane la falta o aporte la documentación preceptiva en el plazo de diez días, transcurrido el cual sin haberlo realizado se le considerará desistido de su petición, previa resolución en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Octava.-Para el correcto desarrollo del Certamen, los Directores Generales de Universidades y del Instituto de la Juventud nombrarán un Director Científico del Certamen. El Director Científico podrá asesorar a los coordinadores de los participantes inscritos a través de recomendaciones básicas que faciliten la presentación del trabajo de investigación realizado. Novena.-La evaluación de los trabajos y proyectos será realizada por expertos nombrados por el Director General de Universidades. Décima.-1) El Jurado, cuya composición se hará publica en los tablones de anuncios de la Dirección General de Universidades y del INJUVE, así como en las páginas Web de ambos organismos: http://mec.es y http://www.mtas.es/injuve, estará compuesto por un máximo de diez especialistas, designados por los Directores Generales de Universidades y del Instituto de la Juventud, de los que dos serán investigadores del CSIC designados a propuesta del Presidente de este Organismo. 2) El Jurado se reunirá antes del 15 de julio de 2006 para seleccionar hasta un máximo de cuarenta trabajos que serán presentados por sus autores en el XIX Congreso «Jóvenes Investigadores», y en el que podrá conceder los siguientes premios:

a) Conceder un premio de Mención Especial del Jurado, de 6.000,00 euros, al trabajo que reúna en grado sumo los méritos incluidos en la base undécima de la presente convocatoria

b) Conceder hasta un máximo de ocho premios de 5.000,00 euros cada uno para los siguientes ocho trabajos seleccionados. De estos ocho premios, cinco están destinados a premiar los mejores trabajos de las siguientes áreas: Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas, Matemáticas, Física y Química, Ciencias de la Tierra y de la Vida y Tecnología e Ingeniería. c) Conceder un premio especial de 5.000,00 euros al mejor trabajo de investigación biomédica para conmemorar la celebración durante 2006 del primer centenario de la concesión del Premio Nobel a D. Santiago Ramón y Cajal. d) Conceder un premio especial de 5.000,00 euros dotado por la Universidad Politécnica de Madrid al mejor trabajo de investigación realizado en las áreas de Ingeniería y Tecnología. e) Conceder hasta un máximo de seis accésit de 3.000,00 euros cada uno para los siguientes seis trabajos seleccionados. De estos seis accésit, cinco están destinados a premiar los mejores trabajos de las siguientes áreas: Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas, Matemáticas, Física y Química, Ciencias de la Tierra y de la Vida y Tecnología e Ingeniería. f) Conceder hasta un máximo de cinco premios especiales de 3.000,00 euros cada uno a los profesores coordinadores cuya labor haya sido apreciada como especialmente destacable en aras del fomento de la cultura científica, tecnológica e investigadora en el ámbito de la juventud. g) Conceder un premio especial de 6.000,00 euros al centro docente, asociación o club juvenil cuya labor haya sido apreciada como especialmente destacable en aras del fomento de la cultura científica, tecnológica e investigadora en el ámbito de la juventud. Este premio se concederá exclusivamente para ser utilizado en la financiación de laboratorios de investigación u otros equipamientos. h) Conceder una Mención de Honor, a la persona o institución que, a juicio del Jurado, haya destacado en las labores de fomento de la cultura científica, tecnológica e investigadora en el ámbito de la juventud. i) Seleccionar a los participantes en la XIX edición del Certamen Europeo del año 2007, que se celebrará en Valencia (España). Los trabajos elegidos para participar en el Certamen Europeo lo serán de entre los presentados individualmente o por equipos de hasta tres miembros, de conformidad con los requisitos exigidos por la convocatoria de la Unión Europea. Los equipos seleccionados recibirán el asesoramiento del Director Científico del Certamen para la mejor presentación de sus resultados en dicho Certamen Europeo. j) Seleccionar hasta un máximo de diez trabajos para que los jóvenes investigadores que componen sus equipos puedan realizar estancias de hasta dos semanas en Centros de investigación del CSIC. Al finalizar la estancia deberán presentar una memoria del trabajo realizado con el Visto Bueno del responsable de la investigación en el Centro. La memoria será evaluada por una Comisión formada por un representante de la Dirección General de Universidades, uno del INJUVE y tres expertos designados por el Director General de Universidades a propuesta del Presidente del CSIC. La Comisión valorará la calidad científica del trabajo en cuanto a metodología y resultados. Los Directores Generales del Instituto de la Juventud y de la Dirección General de Universidades a la vista de la propuesta efectuada por la Comisión de Selección podrán conceder un premio de 3.000,00 euros a la memoria mejor evaluada que será pagado por resolución del Director General de Universidades. Los gastos de viaje y estancia de los miembros de los equipos investigadores en los institutos del CSIC y los derivados de su ejecución durante su estancia en estos centros, correrán a cargo del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Igualmente el CSIC suscribirá una póliza colectiva de asistencia médica y de accidentes laborales a favor del tutor y de los miembros de los equipos, en aquellos casos en que carecieran de ella, durante su estancia en el centro del CSIC.

3) El fallo del jurado será inapelable, pudiendo declarar desierto los premios que considere en razón a la falta de méritos de los candidatos que concurran en cada caso.

4) Por Resolución de quince de octubre de mil novecientos noventa y ocho de la Agencia Estatal de Administración Tributaria dichos premios están exentos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Undécima.-Como criterio fundamental, el Jurado valorará la originalidad de los trabajos, los planteamientos teóricos, los objetivos planteados, la metodología utilizada, la claridad de exposición y las conclusiones y su análisis. Asimismo valorará la utilización de recursos propios y la autonomía de gestación y realización del trabajo por los jóvenes participantes. El dictamen final se realizará por el Jurado tras la celebración del Congreso, teniendo en cuenta la evaluación realizada en la selección previa, el informe del Director Científico y la calidad de las comunicaciones orales y exposiciones gráficas de los trabajos. El fallo del Jurado se realizará el último día del Congreso, haciéndose público en el acto de clausura del mismo.

Duodécima.-El Certamen concluirá con un Congreso que se celebrará durante los meses de septiembre u octubre de 2006 en el Centro Eurolatinoamericano de la Juventud (Mollina, Málaga), y en él los participantes individuales o por equipos, autores de los trabajos seleccionados, deberán presentar los mismos en forma de comunicación oral, con la documentación audiovisual pertinente. Deberán asistir la totalidad de los autores de los trabajos seleccionados. Los gastos de viaje y estancia de los autores de los trabajos seleccionados serán costeados por el Instituto de la Juventud; los correspondientes a viajes y estancia de los profesores coordinadores serán asumidos por la Dirección General de Universidades, mediante el abono de bolsas de viaje por importe de hasta 500,00 euros por cada coordinador presente en el congreso, en función de la distancia desde el centro de origen. Décimotercera.-El pago de los premios se efectuará por resolución de la Dirección General de Universidades de conformidad con el fallo del Jurado. Contra la referida resolución, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta. El importe de los premios concedidos a los trabajos galardonados será distribuido equitativamente y abonado a cada uno de sus autores. El correspondiente a los premios establecidos en la base décima.f) se abonará a sus titulares. Decimocuarta.-Las Direcciones Generales convocantes editarán los resúmenes de los trabajos premiados y seleccionados en las Actas del Congreso y, una vez finalizado el Certamen, los devolverán a sus respectivos autores.

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