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Documento BOE-A-2006-21057

Resolución CLT/3218/2006, de 24 de agosto, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 18 de julio de 2006, de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, a favor del yacimiento ibérico y medieval de L'Esquerda, en Les Masies de Roda (Osona).

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 1 de diciembre de 2006, páginas 42493 a 42495 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2006-21057

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo que establece el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

1. Publicar íntegramente en el DOGC y en el BOE el Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 18 de julio de 2006, de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, a favor del yacimiento ibérico y medieval de L'Esquerda, en Les Masies de Roda (Osona).

2. Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el Gobierno en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar, en ambos casos, desde la notificación o publicación en el DOGC.

Barcelona, 24 de agosto de 2006.-El Consejero de Cultura, Ferrán Mascarell i Canalda.

ACUERDO DE 18 DE JULIO DE 2006, DEL GOBIERNO DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA, DE DECLARACIÓN DE BIEN CULTURAL DE INTERÉS NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE ZONA ARQUEOLÓGICA, A FAVOR DEL YACIMIENTO IBÉRICO Y MEDIEVAL DE L'ESQUERDA, EN LES MASIES DE RODA (OSONA)

Por la Resolución CLT/2033/2002, de 4 de julio (DOGC núm. 3679, de 17.7.2002) se incoó expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, a favor del yacimiento ibérico medieval de L'Esquerda, en Les Masies de Roda. Considerando que se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente de acuerdo con los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán; Vistos los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Instituto de Estudios Catalanes; Visto que en la tramitación del expediente se ha presentado una sola alegación, pero que no cambia el contenido del expediente; A propuesta del consejero de Cultura, el Gobierno acuerda:

Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, el yacimiento ibérico y medieval de L'Esquerda, en Les Masies de Roda (Osona), según la descripción y la ubicación que constan en el anexo 1 de este Acuerdo. La delimitación de la zona arqueológica, cuya justificación consta en el anexo 2, se detalla en el plano que se publica con este Acuerdo.

Anexo 1

Descripción y ubicación

El yacimiento arqueológico de L'Esquerda constituye un conjunto de gran interés histórico y uno de los más relevantes de nuestro país tanto por su extensión (12 Ha) como por su amplitud cronológica (siglo viii aC al siglo xiv), y también por el estado de conservación de las construcciones, que documentan claramente la organización urbanística de las diferentes etapas. Los valores científicos y patrimoniales de este conjunto arqueológico constatan su significación y singularidad en un contexto histórico que abarca prácticamente los tres últimos milenios, con una rica documentación, no solamente la extraída del registro arqueológico sino también la aportada por las fuentes escritas. Este yacimiento también se ha convertido en un centro de formación y de aplicación de nuevas líneas de investigación, especialmente por lo que concierne a la arqueología medieval. Contiene los restos de un antiguo establecimiento del Bronce final, de un poblado ibérico y de un poblado medieval, con una cronología que abarca un período comprendido entre el siglo viii aC al siglo xiv dC, con varias etapas de ocupación y abandono que se han ido sucediendo en este mismo paraje. La primera ocupación de este lugar data del período final de la edad del Bronce, en los siglos viii-vii dC, de la cual se han localizado restos de cabañas y de cerámica bruñida con acanalados. A partir del siglo v, en época ibérica, se construyó un poblado fortificado que permaneció hasta el siglo i aC. En época imperial romana se inicia un período de abandono que duró hasta el siglo viii o ix, momento en el que se estableció en el mismo un asentamiento carolingio. La última fase de ocupación comprende desde los siglos x-xi, con la formación del poblado alto medieval que crece en el entorno de la iglesia dedicada a San Pedro, hasta los inicios del siglo xiv, cuando es abandonado de forma definitiva.

Anexo 2

Justificación de la delimitación

La zona objeto de protección es la que comprende toda la superficie de la península de L'Esquerda, definida por el meandro del río Ter, comprendiendo el solar donde se encuentra el Taller-laboratorio de L'Esquerda de propiedad municipal (calle Comtat d'Osona, núm. 12), situado aproximadamente a unos 75 metros de la muralla. Sigue por el límite norte de la parcela 8 (en el punto de contacto con la parcela 12) y se prolonga transversalmente al oeste. La inclusión de toda la península de L'Esquerda en el perímetro de la zona arqueológica, queda justificada por la existencia en el sector superior del meandro, de las estructuras del poblado y por la localización, en la parte baja del meandro, de silos ibéricos de almacenamiento en los campos contiguos al Mas Samalassa y otras posibles estructuras relacionadas con el poblado. La delimitación está justificada por el interés social de preservar este importante conjunto para el conocimiento y disfrute de las generaciones futuras. La declaración incluye la zona descrita y los restos inmuebles, tanto si se encuentran en la superficie como si se encuentran en el subsuelo, así como los bienes muebles vinculantes al yacimiento arqueológico, que tendrán también la consideración de bien cultural de interés nacional.

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