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Documento BOE-A-2006-20333

Resolución 137/2006, de 14 de noviembre, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Gobierno de Aragón en materia de logística.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 22 de noviembre de 2006, páginas 40940 a 40941 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2006-20333

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 23 de octubre de 2006, un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Gobierno de Aragón en materia de logística, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 14 de noviembre de 2006.-La Subsecretaria de Defensa, Soledad López Fernández.

ANEXO Convenio Marco de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Gobierno de Aragón en materia de logística

En Zaragoza, a 23 de octubre de 2006

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don José Antonio Alonso Suárez, Ministro de Defensa, en nombre y representación del Ministerio de Defensa, de conformidad con el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.

Y, de otra parte, el excelentísimo señor don Marcelino Iglesias Ricou, Presidente del Gobierno de Aragón, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 10 artículo 12 del Decreto Legislativo 1/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón. Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.-Que el Gobierno de Aragón está impulsando diversas iniciativas en el campo de la logística integral que pretenden convertir a la Comunidad Autónoma, y más concretamente a Zaragoza en un referente internacional en dicho campo. Entre ellas cabe destacar PLAZA, como una de las mayores plataformas logísticas de Europa; el Programa de Innovación Logística PILOT, que además de propiciar la excelencia logística de las empresas constituye un importante foro de discusión logística; el Zaragoza Logistic Center ZLC, en colaboración con el Massachussets Institute of Technology, como centro internacional de investigación y formación logística al más alto nivel, y la Feria Internacional de Logísticas Especializadas LOGIS EXPO.

Segundo.-Que con el objeto de dotarse del instrumento más idóneo para impulsar la actuación en materia logística, el Gobierno de Aragón creó la empresa pública «Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S. A», mediante Decreto 125/2000, de 27 de junio, con el encargo de proyectar, construir, conservar, explotar y promocionar, por ella misma o a través de terceras personas, la Plataforma Logística de Zaragoza. Tercero.-Que el Ejército de Tierra, a través de la Fuerza Logística Terrestre 2 y la Academia de Logística de Calatayud, ha venido colaborando en las cuatro ediciones celebradas de PILOT con la presencia de Oficiales de ambos Organismos, ha impartido seminarios en el Master de Logística que actualmente organiza la Universidad de Zaragoza y ha tenido una muy notable representación en la primera edición de LOGIS EXPO celebrada en el año 2004. Cuarto.-Que la Logística Militar desplegada en Aragón presenta importantes analogías con el proyecto logístico de la Comunidad, en la que confluyen la Academia de Logística como centro de formación y la Fuerza Logística Terrestre 2 como órgano de gestión logística, e innovación en logística multinacional con ocasión del importante número de ejercicios de tal naturaleza en que interviene. Quinto.-Que es propósito del Ministerio de Defensa y del Gobierno de Aragón establecer campos concretos de colaboración que resulten mutuamente beneficiosos y establecer un marco de cooperación abierto que permita englobar las actividades necesarias para materializar dicha colaboración, mediante los acuerdos concretos que en adelante se suscriban en aplicación del presente convenio. Sexto.-Que, a tal efecto, el Ministerio de Defensa ha designado como Autoridades Coordinadoras de las distintas iniciativas que las Fuerzas Armadas lleven a cabo: en Madrid, al excelentísimo señor Director General de Relaciones Institucionales, y en Aragón, al excelentísimo señor Inspector General del Ejército.

En consecuencia con lo expuesto, las Partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.-El presente Convenio tiene por objeto establecer las condiciones generales de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Gobierno de Aragón en el campo de la logística.

Segunda. Aportaciones de las partes.-1. Las Fuerzas Armadas, y en su caso el MINISDEF, participarán en las diferentes ediciones de la Feria LOGIS EXPO, en la modalidad, con la entidad, y los apoyos de la propia Feria que en cada caso se consideren adecuados, de conformidad entre las partes. 2. El Gobierno de Aragón facilitará la participación de Oficiales de las Fuerzas Armadas en las sucesivas ediciones de las Jornadas de Logística que anualmente organiza el programa PILOT. 3. El Gobierno de Aragón propiciará la participación de las Fuerzas Armadas en las diferentes actividades de formación e investigación que el Zaragoza Logistics Center pueda organizar, si resultasen de interés para ambas partes, y en la forma que las mismas acuerden. 4. El Gobierno de Aragón podrá realizar las actuaciones señaladas en este Convenio directamente o a través de su empresa pública «Plataforma Logística de Zaragoza, PLAZA, S. A», la cual coordinará cuantas acciones e iniciativas surjan en materia de logística. Tercera. Financiación.-Los gastos inherentes a las acciones de colaboración que se lleven a cabo en aplicación del presente Convenio, serán sufragados como las partes acuerden en los diferentes convenios de aplicación que del mismo se deriven. Cuarta. Medidas de control y seguimiento.-1. El desarrollo del actual Convenio marco se realizará a través de convenios de aplicación entre las partes. 2. Con el objeto de concretar y llevar a cabo los convenios de aplicación que se deriven del presente Convenio se creará una Comisión paritaria, integrada por representantes de ambas partes, encargada de gestionar dichos acuerdos. 3. La Comisión Paritaria estará compuesta por los siguientes miembros:

Por el Ministerio de Defensa: Un representante de la Dirección General de Armamento y Material.

Un representante de la Delegación de Defensa de Zaragoza. Un representante de la Academia de Logística del Ejército de Tierra. Dos representantes del Cuartel General de la Fuerza Logística Terrestre 2 (dos representantes).

Por el Gobierno de Aragón:

Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes del Gobierno de Aragón.

Consejero Delegado de PLAZA, S. A. Director-Gerente de PLAZA, S. A. Director General de la Feria de Zaragoza Gerente del Zaragoza Logistics Center.

4. La Comisión Paritaria deberá reunirse con periodicidad anual, o a requerimiento de una de las partes. Actuará como secretario de la misma uno de los representantes del Cuartel General de la Fuerza Logística Terrestre 2, levantando acta de las reuniones que la Comisión celebre.

5. Las decisiones de la Comisión Paritaria se adoptarán por acuerdo unánime de las partes. Quinta. Legislación aplicable.-1. Este Convenio tiene naturaleza administrativa. Para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse en su aplicación se estará a los principios del Derecho Administrativo, en particular a los del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas conforme a lo previsto en el artículo 3.2 de la misma, así como en defecto de las anteriores a los generales del Derecho común. 2. Cualesquiera cuestiones litigiosas sobre la interpretación, cumplimiento y efectos de este Convenio serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Sexta. Vigencia.-El presente Convenio Marco producirá efectos a partir de la fecha de su firma y tendrá carácter quinquenal. La prórroga del mismo deberá ser sometida al acuerdo de las partes. Séptima. Causas de resolución.-1. El incumplimiento de cualquier cláusula incluida en el presente Convenio podrá dar lugar a su denuncia y posterior resolución. 2. Asimismo, serán causas de resolución el mutuo acuerdo, la imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin, el transcurso del plazo estipulado, la denuncia de alguna de las partes formulada de forma fehaciente con la antelación de tiempo que se considere oportuno, y las necesidades de la Defensa Nacional. 3. El presente Convenio estará siempre supeditado a las necesidades de la Defensa Nacional. Octava. Cierre.

Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados.-El Ministro de Defensa, José Antonio Alonso Suárez.-El Presidente de la DGA, Marcelino Iglesias Ricou.

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