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Documento BOE-A-2006-20183

Corrección de errores Orden TAS/3243/2006, de 19 de octubre, por la que se disponen medidas necesarias para el desarrollo parcial de lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de junio de 2006, sobre determinadas medidas financieras y sociolaborales integradas en el Plan de apoyo al sector textil y de la confección.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 21 de noviembre de 2006, páginas 40703 a 40703 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2006-20183
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2006/10/19/tas3243/corrigendum/20061121

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Orden TAS/3243/2006, de 19 de octubre, por la que se disponen medidas necesarias para el desarrollo parcial de lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de junio de 2006, sobre determinadas medidas financieras y sociolaborales integradas en el Plan de apoyo al sector textil y de la confección, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 252, de 21 de octubre de 2006, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 36848, segunda columna, en el artículo 4, apartado 1.b): Párrafo segundo, donde dice: «Mujeres en general:...»; debe decir: «1º. Mujeres en general:...».

Párrafo tercero, donde dice: «Trabajadores con discapacidad:...»; debe decir: «2º. Trabajadores con discapacidad:...». Párrafo cuarto, donde dice: «Mayores de treinta años y hasta cuarenta y cinco años:...»; debe decir: «3º. Mayores de treinta años y hasta cuarenta y cinco años:...». Párrafo séptimo, donde dice: «Mayores de cuarenta y cinco años y menores de cincuenta y cinco años:...»; debe decir: «4º. Mayores de cuarenta y cinco años y menores de cincuenta y cinco años:...». Párrafo octavo, donde dice: «Trabajadores con cincuenta y cinco o más años:...»; debe decir: «5º. Trabajadores con cincuenta y cinco o más años:...». Párrafo décimo, donde dice: «Cuando el trabajador contratado sea perceptor de prestación contributiva por desempleo...»; debe decir: «Cuando el trabajador contratado con cincuenta y cinco o más años sea perceptor de prestación contributiva por desempleo...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 21/11/2006
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden TAS/3246/2006, de 19 de octubre (Ref. BOE-A-2006-18374).
Materias
  • Ayudas
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Discapacidad
  • Empleo
  • Industria textil
  • Mujer
  • Trabajadores

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