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Documento BOE-A-2006-19388

Orden FOM/3430/2006, de 3 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2006, de ayudas a los proyectos de investigación sobre temas de infraestructuras.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 8 de noviembre de 2006, páginas 39010 a 39013 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2006-19388

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Fomento convoca anualmente ayudas para actividades relacionadas con las competencias del mismo, en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. de 18 de noviembre) que regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las Administraciones públicas. Las convocatorias se efectúan teniendo en cuenta el Real Decreto 1476/2004, de 18 de junio (B.O.E. de 19 de junio) que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento, en el que se crea la Subdirección General de Gestión de Ayudas, Subvenciones y Proyectos como órgano dependiente de la Subsecretaria. Asimismo la Orden FOM/3564/2004, de 19 de octubre (B.O.E. de 3 de noviembre) desarrolla la Delegación de competencias del Ministerio de Fomento. Las convocatorias de ayudas a los proyectos de investigación sobre temas de infraestructuras, se rigen por la Orden FOM/2376/2005, de 30 de junio (B.O.E. de 21 de julio) que contiene las Bases reguladoras para la concesión de ayudas a los proyectos de investigación sobre temas de infraestructuras y la Convocatoria para el año 2005. Estas convocatorias, que se han realizado, hasta ahora por la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación, dentro de los objetivos prioritarios del Ministerio de Fomento, y que este año celebrarían su XXV edición, han pasado por la Orden FOM/2078/2006, de 20 de junio, publicada en el B.O.E. de 30 de junio de 2006, a depender de la Subsecretaría, tanto para su tramitación, como para su funcionamiento y gestión, asumiendo la competencia legalmente. De acuerdo con la normativa citada este Ministerio, previo informe de la Abogacía del Estado del Departamento, y de la Intervención Delegada del Ministerio de Fomento, ha acordado abrir convocatoria pública para la concesión de ayudas con arreglo a las bases citadas, que están publicadas en el B.O.E. y constan en la web del Ministerio de Fomento www.fomento.es, teniendo en cuenta las siguientes adaptaciones para este ejercicio presupuestario de 2006:

Primera. Créditos.-Las subvenciones se concederán, hasta un total de 303.000 euros, con cargo al concepto presupuestario 17.01.451N.780, de los Presupuestos Generales del Estado para los ejercicios de los años 2006 y 2007 (teniendo en cuenta que se dispone para 2006 de una asignación presupuestaria de 183.000 euros) que serán distribuidas por Resolución de la Subsecretaria del Departamento.

Segunda. Plazo de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes de subvención habrán de formularse por duplicado, con sujeción al modelo de instancia que se acompaña como Anexo I de esta Orden. Serán dirigidas al Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaria del Ministerio de Fomento, con la inscripción «Ayudas a los proyectos de investigación sobre temas de Infraestructuras del Ministerio de Fomento en el año 2006». Se indicará el nombre de la entidad solicitante, y se presentará en el Registro General del Ministerio de Fomento (Paseo de la Castellana, número 67, 28071 Madrid) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27 de noviembre). Para este último tipo de presentación, se requerirá además de forma simultánea remisión de telegrama, advirtiendo del objeto del envío, nombre, domicilio y teléfono del remitente y titulo del Proyecto presentado.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado. 3. El resto de la documentación que debe acompañar a la solicitud se ajustará a lo indicado en las bases de la convocatoria, de acuerdo con los modelos que se adjuntan como anexos II y IV a esta Orden y junto a la documentación indicada en las citadas Bases, Orden FOM/2376/2005, de 30 de junio (B.O.E de 21 de julio). 4. Los criterios de valoración de las solicitudes serán los que figuran en el anexo III.

Tercera. Órgano competente para la instrucción del procedimiento.-El órgano competente para la instrucción del procedimiento es el Jurado de Selección, que estará presidido por el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaria e integrado por cuatro Vocales (con paridad entre hombres y mujeres) especialistas en las diferentes materias y nombrados por el Presidente. Actuará como Secretario un funcionario que podrá ser del grupo A o B, destinado en la Subdirección General de Gestión de Ayudas, Subvenciones y Proyectos.

Cuarta. Entrada en vigor.-Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 3 de noviembre de 2006.-La Ministra de Fomento, P. D. (Orden FOM/3564/2004, de 19 de octubre), la Subsecretaria del Ministerio de Fomento, M.ª Encarnación Vivanco Bustos.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO III 1. Baremo.-Los conceptos y puntuación que servirán para valorar cada una de las solicitudes se regulan por los siguientes criterios:

a) Historial académico y experiencia investigadora: entre 0 y 4 puntos, valorándose especialmente la experiencia demostrada en el campo objeto del tema de la investigación propuesta.

b) Memoria del proyecto:

b.1 Propuesta metodológica para la investigación: entre 0 y 5 puntos.

b.2 Fuentes bibliográficas y documentales conocidas y aportadas: entre 0 y 2 puntos. b.3 Interés y oportunidad del tema para los fines propios del Ministerio de Fomento: entre 0 y 5 puntos. b.4 Justificación de la cuantía solicitada teniendo en cuenta la programación de los trabajos y los medios puestos a disposición: entre 0 y 4 puntos. b.5 Participación de mujeres en el proyecto de Investigación: entre 0 y 2 puntos.

2. Motivos de exclusión.- En relación con las solicitudes que se presenten en plazo y forma, serán motivo de exclusión automática: el incumplimiento de los requisitos exigidos en los apartados tercero, cuarto y quinto de la Orden de Bases (B.O.E. del 21 de junio de 2005) o recibir puntuación 0 (cero) en el concepto relativo a «interés y oportunidad del tema» objeto del respectivo proyecto de investigación.

ANEXO IV

Don/doña ..............................................................................................., con DNI número ..........................., en nombre y representación de ..................................................................................................................... con domicilio en calle/plaza .............................................................................., número ............., localidad ............................................. provincia ............................................., Código postal ................... con NIF ...................................., declaro: Que, a los efectos establecidos en el artículo 13.7 de la Ley 38 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la entidad a la que represento no está incursa en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones. En ....................................... a ...... de ................................... del año ..........

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