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Documento BOE-A-2006-1665

Resolución de 16 de enero de 2006, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se revoca la autorización definitiva de Rwe Trading GmbH, sucursal en España para el ejercicio de la actividad de comercialización de energía eléctrica y se cancela su inscripción definitiva en la Sección 2.ª del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2006, páginas 4137 a 4137 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-1665

TEXTO ORIGINAL

Vista la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 26 de junio de 2001, por la que se autoriza definitivamente a Rwe Trading GmbH, Sucursal en España, a ejercer la actividad de comercialización, y se procede a la inscripción definitiva de la citada empresa en la Sección 2.ª del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados. Visto el artículo 73 del Real Decreto 1955/2000 en el que se establece como requisito necesario para realizar la actividad de comercialización la acreditación por la empresa de capacidad económica mediante «la presentación ante el operador del mercado de las garantías que resulten exigibles para la adquisición de energía en el mercado organizado de producción de electricidad». Visto el artículo 167 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica dispone que «la cancelación de las inscripciones en los Registros a los que se refiere el presente Título se producirá a instancia del interesado o de oficio en los supuestos de cese de la actividad, revocación por el órgano competente de la autorización que sirvió de base para la inscripción y de falta de remisión de los documentos y datos contemplados en el presente Título». Resultando que mediante escrito de esta Dirección General de fecha 2 de diciembre de 2005 se comunicó a Rwe Trading GmbH, Sucursal en España el Acuerdo de iniciación de oficio del procedimiento de revocación de su autorización definitiva para la comercialización de energía eléctrica, y de cancelación de su inscripción definitiva en la Sección 2.ª del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados, concediéndoles un plazo de diez días para presentar las alegaciones, documentos y justificaciones que estimasen pertinentes, dado que Rwe Trading GmbH, Sucursal en España había retirado las garantías ante el operador del mercado. Teniendo en cuenta que ya ha transcurrido el plazo mencionado sin que Rwe Trading GmbH, Sucursal en España haya presentado la documentación acreditativa de la presentación ante el operador del mercado de las garantías exigibles para la adquisición de energía en el mercado organizado de producción de electricidad. La Dirección General de Política Energética y Minas, resuelve:

Proceder a revocar la autorización definitiva de Rwe Trading GmbH, Sucursal en España para el ejercicio de la actividad de comercialización de energía eléctrica y a cancelar su inscripción definitiva en la Sección 2.ª del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario General de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 16 de enero de 2006.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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