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Documento BOE-A-2006-16562

Resolución de 3 de agosto de 2006, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Generalitat de la Comunitat Valenciana para el desarrollo del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 21 de septiembre de 2006, páginas 33155 a 33161 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-16562

TEXTO ORIGINAL

Suscrito Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Generalitat de la Comunitat Valenciana para el desarrollo del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Madrid, 3 de agosto de 2006.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

ANEXO Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Generalitat de la Comunitat Valenciana para el desarrollo del Plan Avanza

En Madrid, a 27 de julio de 2006.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por el Real Decreto 988/2004, de 30 de abril, y actuando en el ejercicio de atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado 2.1 de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra parte, el Honorable Sr. D. José-Ramón García Antón, Conseller de Infraestructuras y Transporte de la Generalitat de la Comunitat Valenciana, estando facultado expresamente para este acto por acuerdo del Consell de fecha 21 de julio de 2006. Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento, exponen que:

1. La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

2. El Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza a los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una Sociedad de la Información Europea para el crecimiento y el empleo», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de fin de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y el Empleo adoptadas por la Comisión Europea, en abril de 2005. Asimismo, el Plan i2010 señala la importancia de la adopción de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y la obligación de los Estados Miembros de elaborar un único informe anual donde se describan los progresos realizados en la ejecución de los Programas de Reformas Nacionales antes citados. 3. El Plan Avanza atiende a las recomendaciones que la Comisión de la SI y del Conocimiento del Senado dio traslado al Gobierno por unanimidad el 14 de junio de 2005 para la elaboración del Plan para el Desarrollo de la SI y de Convergencia con Europa. Igualmente el Plan recoge las sugerencias de la Ponencia que se constituyó al efecto en el Consejo Asesor de Telecomunicaciones y de la SI (CATSI), mediante la que se articuló la participación del sector, de los agentes sociales y de las CC.AA. 4. Para aquellas Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía que sean Objetivo 1, este Plan, a su vez, forma parte del Programa Operativo para la Sociedad de la Información, financiado por FEDER de la Unión Europea, que se desarrolla durante el periodo 2000-2006, de acuerdo con las disposiciones establecidas en la gestión de los Fondos Estructurales europeos. 5. El Consejo de Ministros del día 4 de noviembre de 2005 aprobó el Plan Avanza, uno de los ejes del Programa Ingenio 2010 puesto en marcha por el Gobierno para impulsar el I+D+i, con el objetivo de desarrollar la SI en España y la convergencia con Europa y entre nuestras Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía (CC.AA.). Asimismo, el Plan Avanza se orienta a conseguir la adecuada utilización de las TIC para contribuir al éxito de un modelo de crecimiento económico basado en el incremento de la competitividad y la productividad, la promoción de la igualdad social y regional y la mejora del bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos. Este Plan se caracteriza por definir objetivos concretos, estar basado en la colaboración con las CC.AA. y disponer de los correspondientes mecanismos de evaluación y seguimiento. 6. La responsabilidad de la ejecución del Plan Avanza recae sobre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITYC) y, por ende, en la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI), en colaboración con los Ministerios correspondientes en las materias de su competencia. En particular, en materia de Administración Electrónica, las actuaciones se llevarán a cabo en coordinación con el Ministerio de Administraciones Públicas. La estrategia de ejecución del Plan Avanza parte del clima de consenso generado en torno a la radiografía de la situación actual y a la necesidad de alcanzar los niveles de desarrollo de la SI de los países más avanzados. Asimismo, se cuenta con el reconocimiento general de la importancia de la SI como instrumento clave para mejorar la productividad, la competitividad y la cohesión socioeconómica. Dicho consenso será capaz de movilizar al conjunto de agentes implicados -Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, Entidades Locales, sector privado, asociaciones y universidades -en torno a un método y a un proyecto común. Teniendo en cuenta la diversidad de los niveles de implantación de la Sociedad de la Información en cada una de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, y respetando sus distintas aproximaciones para el impulso del desarrollo de la misma, el Plan Avanza propone un modelo de ejecución en cooperación, en el que, dentro de las líneas fijadas por el Gobierno en este Plan, se formalizarán Convenios Marco individuales con cada una de ellas en virtud de sus prioridades, definiendo el alcance de los objetivos perseguidos, las medidas a emprender y la estrategia de cofinanciación de las distintas actuaciones. Las actuaciones a desarrollar para alcanzar los objetivos del Plan Avanza se denominan «medidas» y se ejecutan de forma directa por parte de la Administración General del Estado o, en aquellas que se acuerde, de forma bilateral entre una Comunidad Autónoma o Ciudad con Estatuto de Autonomía y el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través del correspondiente convenio. 7. Las áreas de actuación contempladas en el Plan Avanza son:

1. Hogar e Inclusión de Ciudadanos, desarrollando medidas para garantizar la extensión del uso de las TIC en los hogares, asegurar la inclusión y ampliar los ámbitos de participación de los ciudadanos y las empresas en la vida pública.

2. Competitividad e Innovación, con medidas encaminadas a impulsar la adopción de soluciones tecnológicamente avanzadas por las PYMEs españolas y el desarrollo industrial del sector TIC. 3. Educación y Aprendizaje en la Era Digital, incorporando las TIC en el proceso educativo y de formación en general e incluyendo a todos los colectivos que en él participan. 4. Servicios Públicos Digitales, con medidas que permitan ampliar la oferta y calidad de los servicios prestados actualmente por las Administraciones Públicas, aumentar la calidad de vida, el crecimiento económico y la participación en la Sociedad de la Información. 5. El Nuevo Contexto Digital, que favorezca que las infraestructuras de banda ancha lleguen a todos los ciudadanos y empleados del país, se genere confianza en los ciudadanos y en las empresas en el uso de las nuevas tecnologías, se generalicen mecanismos de seguridad avanzados y se promuevan nuevos contenidos digitales.

8. Durante el año 2005 se han iniciado distintas actuaciones que se engloban también dentro del Plan Avanza, entre ellas los convenios específicos relativos a:

Internet en el Aula, donde se ha firmado un Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la entidad pública empresarial Red.es para la puesta en marcha del programa Internet en el Aula, el pasado 20 de abril de 2005.

Sanidad, donde se ha firmado un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la entidad pública empresarial Red.es para la puesta en marcha del Plan Avanza en el ámbito del Sistema nacional de Salud, el pasado 13 de octubre de 2005.

9. Las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía vienen impulsando el desarrollo de la SI en sus ámbitos de competencia con diversas iniciativas, programas y actuaciones. El Plan Avanza pretende colaborar en el desarrollo de dichas actividades, en la medida que se estime conveniente, bien mediante su apoyo o bien mediante actuaciones complementarias que incrementen su alcance y su impacto, observando el vigente régimen competencial de las Administraciones Públicas.

10. El artículo 19 del vigente Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana atribuye a la Generalitat, en el ámbito de sus competencias, el impulso de un modelo de desarrollo equitativo, territorialmente equilibrado y sostenible, basado, entre otros fundamentos, en la plena integración en la sociedad de la información, reconociendo a la par el derecho de acceso de los valencianos a las nuevas tecnologías y a que la Generalitat desarrolle políticas activas que impulsen la formación, las infraestructuras y su utilización. Como corolario a ese deber de impulso y al reconocimiento de tal derecho, el artículo 49.3 del Estatuto de Autonomía señala que la Generalitat tiene también competencia exclusiva, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación de desarrollo del artículo 149 de la Constitución y, en su caso, de las bases y ordenación de la actividad económica general del Estado, sobre el «régimen de las nuevas tecnologías relacionadas con la sociedad de la información y del conocimiento». Con todo, la reseñada competencia autonómica actual no significa que la Generalitat no haya desplegado con anterioridad una intensa y fructífera labor en materia de tecnologías de la información y la comunicación (TIC). De facto, la Generalitat de la Comunitat Valenciana viene desarrollando desde hace un decenio una política de planificación en TIC que, arrancando con el denominado PEMAV 1996-1999 y continuándose con MODERNIZA.COM 2000-2004, culmina en la actualidad a través de su nueva Estrategia AVANTIC 2004-2010, integrada por el Plan Estratégico Valenciano de Telecomunicaciones Avanzadas (PEVTA) y por el Plan Estratégico para la Consolidación de la Sociedad Tecnológica y del Conocimiento en la Comunitat Valenciana (PETIC), además de por tres programas horizontales que abordan respectivamente la gestión avanzada del Conocimiento, la I+D+I en TIC y la estructura orgánica y funcional del conjunto de AVANTIC. AVANTIC destina sus iniciativas a la inmersión tecnológica y del Conocimiento de la sociedad valenciana, de sus ciudadanos, de las propias Administraciones de la Comunidad, y de la empresa valenciana, singularmente de la pyme. A través de la denominada convergencia sociotecnológica de todos los agentes protagonistas del proceso de consolidación de la Sociedad Tecnológica y del Conocimiento se ha de alcanzar la debida sostenibilidad y solidaridad tecnológicas, mediante infraestructuras y redes de banda ancha, de calidad, capilarizadas por todo el territorio y que promuevan el desarrollo económico, la cohesión social y la vertebración territorial. Pero, fundamentalmente, AVANTIC sitúa su eje teleológico sobre el mayor valor de nuestra actual etapa histórica, el Conocimiento, entendiendo, por tanto, la instrumentalidad de las TIC como medio para generarlo, dinamizarlo y compartirlo eficientemente por y entre nuestros ciudadanos, empresas, organizaciones y sociedades. Un Conocimiento que ha de dotar de valor al capital intelectual y a la innovación de nuestras organizaciones y a sus recursos humanos, y que, en todo caso, ha de conjugarse con una acción proactiva de prevención y eliminación de cualquier riesgo de discriminación. Pretende, en fin, promover la competitividad y la productividad de nuestras pymes, incrementar la excelencia en la calidad de la prestación de servicios públicos y de la gestión pública de nuestras Administraciones convirtiéndolas en organizaciones eficientes e inteligentes, así como incentivar el desarrollo individual, social, organizacional y como pueblo en la Comunitat Valenciana, siempre desde la perspectiva TIC. Tanto el dinamismo, espíritu de competitividad y apertura de la ciudadanía de la Comunitat Valenciana, como el liderazgo y compromiso de sus organizaciones productivas, sociales e institucionales, junto a la ya larga trayectoria -decenal- de planificación y visión estratégicas en materia de Sociedad Tecnológica y del Conocimiento, garantizan que la aplicación de las medidas previstas en el planeamiento en TIC de la Administración General del Estado, AVANZA, de consuno a través del presente Convenio, hayan de ser exitosamente implementadas. El Consell de la Generalitat de la Comunitat Valenciana considera indefectible la colaboración entre las Administraciones Públicas en materia de TIC, puesto que difícilmente cabe afianzar los resultados en un territorio concreto sin el concurso, tanto financiero como institucional, de todos los agentes que despliegan actuaciones y competencias en el mismo. Tal es el sentido de la convergencia sociotecnológica, sin la cual difícilmente se lograrán los objetivos de desarrollo, sostenibilidad y solidaridad o equidad tecnológicas TIC y del Conocimiento. 11. Que en virtud del interés de las partes en cooperar por alcanzar conjuntamente los objetivos del Plan Avanza, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y la Generalitat de la Comunitat Valenciana acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración de acuerdo con las siguientes.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.-El presente Convenio marco tiene por objeto plasmar las condiciones con arreglo a las cuales se llevará a cabo la colaboración entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y la Generalitat de la Comunitat Valenciana, a través de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, para la realización de las actuaciones del Plan Avanza, con el fin de conseguir la adecuada utilización de las TIC y, así, contribuir al éxito de un modelo de crecimiento económico basado en el incremento de la productividad y la competitividad, en la promoción de la igualdad social y regional, en la accesibilidad universal y en la mejora del bienestar y de la calidad de vida de los ciudadanos.

Es, asimismo, objeto de este Convenio Marco asumir el compromiso de rubricar los Convenios de e-Sanidad y de Internet en el Aula, así como aquellas otras actuaciones acordadas y de interés común, de carácter anual, que se incluirán como adendas al mismo. Estas actuaciones contribuirán de manera decisiva al cumplimiento de los fines perseguidos. De manera más específica, el Plan Avanza busca la consecución de un conjunto de objetivos estratégicos, definidos para cada una de las áreas de actuación en que se divide el Plan y alineados con la Agenda de Lisboa, que persiguen la convergencia con los países europeos más avanzados de nuestro entorno en materia de Sociedad de la Información, movilizando para ello el consenso necesario, teniendo en cuenta que la convergencia se tiene que producir también a nivel nacional entre las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía. La cuantificación de estos objetivos se materializa en una serie de indicadores de impacto, sobre los que se establecen las metas para el 2010, a alcanzar al final del período de ejecución del Plan. Los destinatarios de las actuaciones previstas en este Plan son todos los habitantes, empresas e instituciones de la Comunitat Valenciana, pretendiéndose que se beneficien de la aplicación de las nuevas tecnologías en todos los ámbitos sociales y económicos, comprobando en una situación real las ventajas de la Sociedad de la Información, mediante la utilización de servicios avanzados de telecomunicaciones. Segunda. Desarrollo del convenio.-La firma del presente Convenio marco posibilitará:

1. La definición del conjunto de medidas a incluir como adenda en el Convenio Marco durante la vigencia del mismo.

2. La ejecución de las actuaciones acordadas y de interés para ambas partes que serán cofinanciadas y tendrán carácter anual. 3. La puesta en marcha de las actuaciones que van a ser ejecutadas de forma directa por el Ministerio y que serán potenciadas por acciones de carácter complementario o de desarrollo ejecutadas por las CC. AA. 4. La suscripción de nuevos acuerdos para la ejecución de otras medidas de interés común que puedan ser consideradas necesarias. 5. El desarrollo de convenios específicos, tales como Internet en el Aula, eSanidad y otros similares que por su importancia y por la homogeneidad de las acciones que contienen se integran en este Convenio.

En estos casos se encomendará a la entidad Red.es llevar a efecto la ejecución de las acciones definidas en los convenios específicos.

Tercera. Acuerdos sobre aportaciones de Entidades Locales al Convenio Marco.-La Generalitat de la Comunitat Valenciana establecerá con entidades locales, cuando fuese necesario, los correspondientes convenios para llevar a cabo las aportaciones o actuaciones necesarias para la ejecución del Plan objeto de este Convenio. La Generalitat de la Comunitat Valenciana enviará una copia, cuando proceda, de los convenios con las entidades locales y de los documentos sobre dichos compromisos a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Cuarta. Coordinación y seguimiento del Convenio.-La Generalitat de la Comunitat Valenciana, a través de la Secretaría Autonómica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, nombrará un Delegado del Convenio responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio Marco y de las adendas al mismo que se firmen. Este Delegado deberá ser uno de los vocales de la Comisión Bilateral que se constituirá en el marco de este Convenio. El Delegado del Convenio nombrará un responsable de la ejecución que será funcionario de la mencionada Secretaría Autonómica y controlará aquellas actuaciones que se lleven a cabo de manera conjunta por las Administraciones Públicas. Cuando las actuaciones se realicen de manera directa e independiente por cada una de las Administraciones, éstas darán cuenta de los resultados al Delegado del Convenio que informará de la ejecución global y desarrollo del Convenio, tanto con informes trimestrales técnicos y económicos como en las reuniones de control y seguimiento del Convenio. Para la gestión del Convenio, se podrá contar con los servicios de consultoría y asistencia técnica de empresas, asociaciones o fundaciones, que se consideren necesarios. Los gastos de consultoría, asistencia técnica y otros, correspondientes a la gestión del Convenio serán imputables al mismo. No serán imputables los gastos de personal al servicio de las administraciones firmantes del presente Convenio, así como los realizados a tal efecto por dicho personal (viajes, dietas, etc.) Quinta. Desarrollo y financiación del Convenio Marco.-El Convenio Marco se desarrolla mediante la realización de las adendas incluidas durante la vigencia del mismo, que será de 2006 a 2010. Dichas adendas incluirán una descripción de las actuaciones a desarrollar y la financiación correspondiente. Anexas a este Convenio Marco se incluyen las adendas, de las cuales se especifica su contenido y financiación, correspondientes al año 2006:

Medidas cofinanciables: ciudadanos y empresas

Estimación de Préstamos Tecnológicos

Las aportaciones correspondientes al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio se realizarán directamente o a través de la entidad pública empresarial Red.es, cuando existan a tal fin acuerdos o convenios previos, o se suscriban al efecto dentro del marco de las actuaciones contenidas en el presente Convenio.

En el caso de que las actuaciones con aportación de las Administraciones Públicas se realizaran parcialmente o con un coste total de todas las actuaciones inferior al previsto, las aportaciones económicas totales de cada Administración Pública se reducirán proporcionalmente a las indicadas en este Convenio. El Delegado del Convenio enviará cada tres meses a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información los certificados y justificantes de gastos y pagos realizados en los tres últimos meses. Al final del Convenio Marco se realizará la liquidación sobre las bases anteriores, teniendo en cuenta las modificaciones que apruebe la Comisión Bilateral, incluyendo la reasignación de fondos entre las actuaciones o la ejecución de otras actuaciones que completen las programadas en el presente Convenio. Sexta. Contratos, convenios y otros acuerdos para la ejecución del Convenio.-El responsable de ejecución de cada una de las actuaciones establecerá los contratos, convenios, acuerdos, etc., necesarios para su ejecución, en la parte financiada por las Administraciones Públicas, con aplicación cuando proceda del Texto Refundido de la Ley de Contratos de dichas Administraciones en los términos de los artículos 11 y concordantes de dicha Ley. Especialmente, y para la ejecución material de las actuaciones que se prevén en el mismo, la Generalitat de la Comunitat Valenciana podrá suscribir los convenios pertinentes con la Fundación de la Comunitat Valenciana Oficina Valenciana para la Sociedad de la Información (Fundación OVSI), así como con la Asociación para el Fomento del Comercio Electrónico Empresarial (ANETCOM), entidades sin ánimo de lucro que persiguen fines de interés general tecnológico TIC, tanto de carácter global para la sociedad valenciana, como, específicamente, para las pymes de la Comunitat Valenciana. A tal efecto, la Administración de la Generalitat podrá transferir fondos a la Fundación OVSI o a la Asociación ANETCOM, con objeto de que éstas contraten o establezcan convenios o acuerdos destinados a la ejecución de las actuaciones contempladas en este Convenio. En todo caso, los contratos que se establezcan por dichas entidades en el ámbito de este Convenio, deberán cumplir los principios de publicidad y concurrencia que rigen la contratación administrativa; y que se señalan en el artículo 11 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio. Los proyectos de infraestructuras de telecomunicaciones contenidos en este Convenio de colaboración, y/o cofinanciados por FEDER, deben cumplir los requisitos tanto de elegibilidad como de utilización, incluidos en la normativa de la UE sobre requisitos tales como el marco estratégico de despliegue de infraestructuras, idoneidad de las zonas geográficas elegidas, neutralidad tecnológica y acceso abierto a la utilización de infraestructuras y equipos tanto para los operadores como para los proveedores de servicios. Séptima. Instrumentos para el desarrollo del Convenio.

A. Mesa de Directores Generales. Con el objetivo de conocer, analizar y, en su caso, reorientar el objeto de las medidas en curso se establecerá una Mesa de Directores Generales. Así mismo esta Mesa evaluará la importancia de los resultados que se vayan produciendo, identificando los beneficios.

La Mesa de Directores Generales estará compuesta por los siguientes miembros:

El Director General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información que actuará como Presidente.

El Director General de Telecomunicaciones e Investigación de la Secretaria Autonómica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte.

El Secretario de la Mesa de Directores Generales será un representante de la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.

Los miembros de la Mesa podrán delegar su representación y voto. Los representantes de la Administración General del Estado podrán delegar en otra persona de esta misma Administración. Los representantes de la Administración Autonómica podrán delegar en otra persona de la misma Administración Autonómica. Esto será también válido para la sesión de constitución. La Mesa de Directores Generales se reunirá con la periodicidad que la misma determine y, como mínimo, una vez al año.

B. Comisión Bilateral.

Con el fin de asegurar un adecuado control y seguimiento del objeto y contenido del presente Convenio, de su ejecución y financiación, se establece una Comisión Bilateral cuyas funciones serán: Realizar la supervisión y seguimiento de los trabajos y acciones contemplados en el presente Convenio, y su financiación.

Adaptar las actuaciones a ejecutar a las conclusiones y orientaciones de la Mesa de Directores Generales en el marco de este Convenio. Interpretar el contenido del presente Convenio y su aplicación. Cualesquiera otras que se encaminen al cumplimiento de este Convenio o a su desarrollo, conforme a los intereses de las partes. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio, que deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes.

La Comisión Bilateral estará compuesta por los siguientes miembros:

El Director General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, que presidirá la Comisión.

Dos representantes de la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Un representante de la Delegación del Gobierno en la Comunitat Valenciana El Director General de Telecomunicaciones e Investigación de la Secretaría Autonómica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte de la Generalitat de la Comunitat Valenciana. Tres representantes de la Administración de la Generalitat de la Comunitat Valenciana.

Podrán asistir, en calidad de invitados, representantes de otras entidades participantes. El Secretario de la Comisión Bilateral, con voz pero sin voto, será un representante de la Administración de la Generalitat de la Comunitat Valenciana

Los miembros de la Comisión, que serán designados específicamente en el seno de su organización, podrán delegar su representación y voto. Los representantes de la Administración General del Estado podrán delegar en otra persona de esta misma administración. Los representantes de la administración autonómica podrán delegar en otra persona de la misma. Asimismo el presidente podrá delegar en otro miembro de su misma Dirección General. Esto será también válido para la sesión de constitución. La Comisión Bilateral se reunirá con la periodicidad que la misma determine y, como mínimo, dos veces al año. La Comisión Bilateral aprobará, en su caso, aquellas modificaciones del Convenio que se planteen en su ejecución. En ningún caso estas modificaciones supondrán la variación del importe de la aportación total del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio expresada en el presente Convenio. A propuesta del Director de Convenio, se aceptará una tolerancia de un 30% de variación en las cantidades asignadas a cada actuación, sin necesidad de aprobación previa por la Comisión Bilateral. La Comisión Bilateral podrá aprobar en cualquier momento la incorporación de una nueva medida al Convenio Bilateral durante su vigencia y se tratará como una adenda el mencionado Convenio. La Comisión Bilateral servirá de órgano de intercambio de la información general sobre estrategias y medidas que las partes están llevando a cabo para el desarrollo de la SI, independientemente de que estén o no incluidas en el Convenio Bilateral. Octava. Contenido del Convenio.-Se consideran incluidas en el Convenio todas las actuaciones que figuran en las adendas, que deberán circunscribirse a la Comunitat Valenciana. Podrán incluirse como gastos imputables al Convenio los costes de adquisición de equipos, programas y sistemas electrónicos, informáticos y de telecomunicaciones, así como el material fungible, y los costes de los servicios de telecomunicaciones correspondientes al Convenio, incluidas las consultorías y asistencias relacionadas con la ejecución material de las actuaciones contempladas en el presente convenio y en sus adendas. No se podrán incluir como gastos imputables al Convenio los costes de compra o edificación de inmuebles, adecuación, restauración, reformas, etc., el alquiler de los mismos, los costes de mobiliario, enseres e instalaciones (excepto las de telecomunicaciones), ni los gastos generales de mantenimiento y de operación (limpieza, electricidad, etc.). Las áreas de actuación susceptibles de la realización de convenios son las siguientes:

1. Hogar e Inclusión de Ciudadanos, desarrollando medidas para garantizar la extensión del uso de las TIC en los hogares, asegurar la inclusión y ampliar los ámbitos de participación de los ciudadanos y las empresas en la vida pública.

2. Competitividad e Innovación, con medidas encaminadas a impulsar la adopción de soluciones tecnológicamente avanzadas por las PYMEs españolas y el desarrollo industrial del sector TIC. 3. Educación y Aprendizaje en la Era Digital, incorporando las TIC en el proceso educativo y de formación en general e incluyendo a todos los colectivos que en él participan. 4. Servicios Públicos Digitales, con medidas que permitan ampliar la oferta y calidad de los servicios prestados actualmente por las Administraciones Públicas, aumentar la calidad de vida, el crecimiento económico y la participación en la Sociedad de la Información. 5. El Nuevo Contexto Digital, que favorezca que las infraestructuras de banda ancha lleguen a todos los ciudadanos y empleados del país, se genere confianza en los ciudadanos y en las empresas en el uso de las nuevas tecnologías, se generalicen mecanismos de seguridad avanzados y se promuevan nuevos contenidos digitales.

Novena. Información, documentación y revisión de las actividades.-Las Administraciones firmantes del presente Convenio, podrán requerir en cualquiera de las fases del Convenio (definición del pliego de especificaciones, convocatoria de concurso, adjudicaciones, contrataciones, convenios, acuerdos, seguimiento y recepción de obra, etc.) toda la información y documentación elaborada en relación con el mismo, así como la revisión de las actividades previstas o en ejecución.

Asimismo, los órganos competentes suministrarán la información y documentación indicada, y proporcionarán cuanto sea necesario para la revisión de dichas actividades. Toda la documentación generada por la realización del Convenio estará a disposición del Tribunal de Cuentas del Estado, de la Intervención General del Estado, del Congreso, Senado, Comisión de la Unión Europea o cualquier organismo competente que la solicite. En el ámbito de la Comunitat Valenciana, la citada documentación estará a disposición del Consell de la Generalitat, de la Sindicatura de Comptes y de la Intervención General de la Generalitat. Cuando se produzca algún hecho de consideración que pueda afectar al cumplimiento del calendario de las aportaciones o a la ejecución prevista del Convenio, la parte firmante responsable lo comunicará a la otra para su análisis en la Comisión Bilateral. Décima. Disponibilidad del contenido de este Convenio y de sus resultados como demostradores, para su difusión.-El contenido de este Convenio podrá ser utilizado por las Administraciones firmantes para otras iniciativas, proyectos, convenios y todas aquellas iniciativas que supongan un buen uso del mismo. Undécima. Referencia a las Administraciones.-En todas las actividades y resultados objeto de este Convenio será obligatorio incluir y citar sin distinción a las Administraciones firmantes del mismo. Duodécima. Referencia a la Comisión de la Unión Europea.-También se hará referencia en todas las actividades y resultados del Convenio a la referida Comisión Europea mientras la Comunitat Valenciana siga siendo considerada Objetivo 1 o similar. Decimotercera. Notificación a la Comisión de la Unión Europea.-Las Administraciones firmantes tramitarán, en su caso, las notificaciones o autorizaciones que procedan ante la Comisión de la Unión Europea, en cumplimiento de lo previsto en el Tratado de la CE y, en particular, en los artículos 87 y 88 de dicho Tratado. Asimismo, se tendrá en cuenta la normativa comunitaria en materia de acumulación de ayudas y, en general, los Reglamentos de los Fondos Estructurales. Decimocuarta. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.-El presente Convenio de colaboración es de carácter administrativo y se considera incluido en el artículo 3.1. c) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por lo que queda fuera del ámbito de su aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de dicho Real Decreto Legislativo para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio, deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión Bilateral. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas tal y como se dispone en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Decimoquinta. Entrada en vigor.-El presente Convenio comenzará a producir efectos a partir de la fecha de su firma y tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010. El desarrollo de las actuaciones para los ejercicios siguientes queda supeditada a la existencia de los créditos correspondientes en los presupuestos generales de las Administraciones y se instrumentarán en adendas al Convenio Marco. Decimosexta. Causas de resolución y efectos de la misma.-El presente Convenio podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o impidan el cumplimiento de las estipulaciones que constituyen su contenido, previa denuncia en forma fehaciente con un plazo de dos meses. En el supuesto de extinción del Convenio por las causas indicadas anteriormente u otras causas distintas a la expiración del plazo de vigencia, se procederá a la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta ese momento sobre las bases indicadas en la cláusula quinta, sin interrumpir la marcha de aquellas actuaciones que se hallaran en ejecución hasta su completa terminación.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio, por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.-El Conseller de Infraestructuras y Transporte de la Generalitat de la Comunitat Valenciana, José-Ramón García Antón.

Adendas al convenio año 2006

Adenda n.º 1: Medidas cofinanciables: ciudadanos y empresas. Adenda n.º 2: Estimación de Préstamos Tecnológicos.

En las adendas de este Convenio se hace una descripción detallada de las medidas, especificadas y cuantificadas que se realizarán por ser objeto del Convenio para el año 2006.

Serán imputables al presente Convenio las inversiones realizadas en el desarrollo de las medidas, recogidas en el mismo, desde el día 1 de enero de 2006.

Adenda n.º 1. Medidas cofinanciables: ciudadanos y empresas

El presupuesto de esta Adenda del Convenio es de 5.072.429 € (cinco millones setenta y dos mil cuatrocientos veintinueve euros).

Las aportaciones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y de la Generalitat de la Comunitat Valenciana serán las siguientes:

2006

Financiadores

Aportaciones Económicas (€)

MITYC

2.789.836

CC.AA

2.282.593

Total Administraciones Públicas

5.072.429

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Generalitat de la Comunitat Valenciana los fondos correspondientes, 2.789.836 €, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2006.

La Generalitat de la Comunitat Valenciana aportará su parte de financiación, 2.282.593€, con cargo a las aplicaciones presupuestarias y números de proyecto siguientes, de sus presupuestos para el ejercicio 2006: 08.03.01.121.60.74101 T4333; 08.03.01.121.60.44101 T4328; 08.03.121.60.62601 DI400; 08.03.01.121.60.64901 DI400; 08.03.01.121.60.78101 T4330; y 08.03.01.121.60.74101 T4329. El período de ejecución de las medidas previstas en esta Adenda abarcará del 1 de enero de 2006 hasta el 31 de diciembre de 2006.

Descripción de las actuaciones:

CIU.05: Inclusión de ciudadanos con necesidades especiales en la SI (mayores, personal recluso, uso de las tic en el sector terciario, accesibilidad y discapacidad)

Medida 1. Infraestructuras y recursos para la alfabetización digital.

1. Descripción y finalidad. La implantación, gestión, desarrollo y mantenimiento de las infraestructuras y recursos de todo tipo, incluidos los humanos, necesarios para desplegar la acción de la Generalitat en materia de formación y capacitación en TIC (Proyecto Internauta), con el fin de disponer de una organización eficiente a lo largo de todo el territorio de la Comunitat Valenciana que permita promover y atender la demanda de alfabetización digital, así como el fomento de la conectividad a Internet.

2. Destinatarios.

La ciudadanía en general de la Comunitat Valenciana, con especial preferencia a los colectivos con mayor riesgo de exclusión sociotecnológica.

3. Objetivo 2006.

Implantación y gestión integral de 190 aulas plenamente equipadas y operativas para impartir los cursos de alfabetización digital, así como de 130 formadores; ayudas a la conectividad, 1.000 cheques Internauta, asociados al aprovechamiento óptimo de los cursos impartidos, con los que financiar parcialmente la adquisición y acceso a bienes y servicios TIC, fundamentalmente Internet.

4. Medición.

A través de indicadores de seguimiento y cuadro de mando del propio programa Internauta, sobre implantación de aulas e incorporación de formadores, así como sobre cheques Internauta entregados.

5. Financiación.

MITyC: 0 €

Generalitat de la Comunitat Valenciana: 1.322.593 €

Medida 2. Contenidos y servicios para la alfabetización digital. 1. Descripción y finalidad.

Diseño, puesta en marcha, seguimiento y control de la acción formativa y de soporte a la realización de los cursos de Internauta. Desarrollo del campus virtual para la gestión del nivel medio de Internauta (UMI). Provisión de contenidos formativos multilingües debidamente acreditados para el nivel medio de Internauta.

2. Destinatarios.

La ciudadanía en general de la Comunitat Valenciana, con especial preferencia a los colectivos con mayor riesgo de exclusión sociotecnológica.

3. Objetivo 2006.

Alcanzar la capacitación básica UBI (usuario básico de Internauta) de, al menos, 25.000 ciudadanos y ciudadanas; disponer de los contenidos correspondientes al nivel medio de Internauta.

4. Medición.

A través de indicadores de seguimiento y cuadro de mando del propio proyecto internauta, sobre alumnos/as que han superado los cursos de alfabetización digital de manera satisfactoria, así como obtención material de los contenidos.

5. Financiación.

MITYC: 1.502.575 €

Generalitat de la Comunitat Valenciana: 0 €.

Medida 3. Observatorio de la Sociedad Tecnológica y del Conocimiento.-Observatic -Ciudadanía. 1. Descripción y finalidad.

Realizar el análisis y seguimiento de la situación y evolución de la Sociedad Tecnológica y del Conocimiento en la Comunitat Valenciana, sobre bases metodológicas y análisis científicos y estadísticos rigurosos, con atención preferente a la inmersión tecnológica de los colectivos con necesidades especiales, a fin de determinar con rigor las acciones tendentes a eliminar con eficiencia la brecha digital, y contribuyendo al uso y aplicación intensiva de las TIC en la sociedad valenciana y singularmente entre tales colectivos. Asimismo, se analizarán, mediante metodologías acuradas de prospectiva, los escenarios futuros, a fin de diseñar políticas y programas adecuados a las necesidades y demandas futuras de la sociedad en materia de TIC y de Sociedad Tecnológica y del Conocimiento en general.

2. Destinatarios.

Los ciudadanos y ciudadanas de la comunitat valenciana, singularmente, los colectivos con necesidades especiales, así como empresas, administraciones, organizaciones de la sociedad civil y entidades, públicas y privadas, relacionados con la promoción y consolidación sostenida, equitativa y solidaria de la sociedad tecnológica y del conocimiento.

3. Objetivo 2006.

Realización de un mínimo de 4 informes sobre la situación y evolución de la sociedad tecnológica y del conocimiento en la comunitat valenciana, con incidencia y análisis especializado sobre colectivos especiales.

4. Medición.

Elaboración del material de los estudios, informes y análisis que correspondan, de carácter general y sectorial, sobre discapacitados, inmigrantes, mayores, mujeres, etc., así como estudios de desarrollo y de detalle.

5. Financiación.

MITyC: 330.000 €

Generalitat de la Comunitat Valenciana: 0 €

Medida 4. Accesibilidad para la i-Administración. 1. Descripción y finalidad.

Adaptación de los portales de las Conselleries y entidades instrumentales dependientes de la Generalitat de la Comunitat Valenciana, así como de los portales de las Administraciones locales de la Comunitat Valenciana a los máximos estándares internacionalmente aceptados en materia de accesibilidad, fundamentalmente, los niveles óptimos de las normas WAI, promoviendo igualmente todo tipo de medidas, tanto normativas como tecnológicas u organizacionales que consoliden unas TIC accesibles y unas Administraciones Públicas de la Comunitat Valenciana interoperables. Se propondrán, asimismo otras actuaciones que consoliden un concepto amplio de accesibilidad, inclusivo de los aspectos lingüísticos y de interoperabilidad, entre otros. Todo ello, a fin de consolidar el Sistema Integral Multicanal de Atención al Ciudadano (SIMAC) de manera tecnosolidaria, como plataforma global de provisión de servicios públicos de la Generalitat, y de propiciar el paso hacia la denominada i-Administración, tanto dentro de la propia Generalitat como en el ámbito local (Ciudades Inteligentes).

2. Destinatarios.

Los ciudadanos y ciudadanas, empresas y Administraciones Públicas de la Comunitat Valenciana.

3. Objetivo 2006.

Accesibilidad en todos los portales de la Generalitat de la Comunitat valenciana, así como en, al menos, 10 portales de entidades locales.

4. Medición.

Validación de las páginas y portales.

5. Financiación:

MITyC: 0 €

Generalitat de la Comunitat Valenciana: 270.000 €

EMP.09: Soluciones sectoriales para PYMEs Medida 5. Inmersión TIC empresarial. 1. Descripción y finalidad.

Inmersión tecnológica de empresas de la Comunitat Valenciana, singularmente de las pymes, desplegando acciones de asistencia técnica y asesoría especializada y personalizada a los sectores empresariales de la Comunitat Valenciana, especialmente a aquellos con mayores carencias en TIC, a través de Agentes de Desarrollo Tecnológico y de la constitución de la Agencia de Desarrollo Tecnológico. Dicha actuación se complementará con otras acciones de diseminación y divulgación, con iniciativas de formación y capacitación en TIC, así como a través de incentivos para el acceso de calidad a Internet y a las TIC en general por parte de las pymes.

2. Destinatarios.

Pymes de la Comunitat Valenciana.

3. Objetivo 2006.

a) Puesta en marcha de 20 Agentes de Desarrollo Tecnológico.

b) 50 visitas a sendas asociaciones de sectores productivos de la Comunitat Valenciana. c) Realización de 75 diagnósticos TIC a empresas o sectores. d) Realización, organización o participación en 20 eventos de divulgación, información o diseminación de la presente actuación y de su contenido. e) Realización o colaboración en la impartición de 10 cursos de formación y capacitación para empleados y directivos de empresas, de organizaciones empresariales o de asociaciones representativas de sectores empresariales. f) Cheque CompeTIC, para la incentivación del acceso a Internet y a las TIC en general: 20 pymes.

4. Medición.

A través de la implementación de un sistema de indicadores así como del cuadro de mando correspondiente y de los demás sistemas de seguimiento, control, evaluación y calidad de la actuación.

5. Financiación.

MITyC: 0 €

Generalitat de la Comunitat Valenciana: 400.000 €

Medida 6. Competitividad y TIC, CompeTIC: Pymes para la Economía del Conocimiento. 1. Descripción y finalidad.

A través de acciones de impulso tecnológico TIC, se pretende incorporar a las pymes de la Comunitat Valenciana dentro de la Economía del Conocimiento, promoviendo la creación de entornos productivos innovadores (EPI), dinamizando las redes empresariales, así como la generación, compartición y transferencia eficiente de Tecnología y de Conocimiento.

En concreto, se propondrá la generación de soluciones tecnológicas o de gestión aplicables a los sectores productivos de la Comunitat Valenciana; la realización de benchmarking en relación con el grado de desarrollo TIC en los diferentes sectores productivos; establecimiento de centros compartidos de gestión tecnológica o de desarrollo de procesos (parques sectoriales de soluciones TIC); creación de centros de prestación de servicios a las pymes de diferentes sectores productivos, vinculándolos con los centros de I+D+i en TIC (talleres TIC sectoriales); impulso de redes empresariales B2B o B2C; impulso de mecanismos de financiación capital-riesgo TIC y similares; creación de la web CompeTIC con un catálogo de servicios a ofrecer a los sectores y empresas que se suscriban a la misma; implantación del foro CompeTIC, así como la creación, desarrollo y actualización del Directorio on line de pymes de la Comunitat Valenciana, Todocv.com.

2. Destinatarios.

Pymes, organizaciones empresariales y asociaciones representativas de sectores productivos de la Comunitat Valenciana.

3. Objetivo 2006.

a) Suscripción o adhesión de, como mínimo, 600 pymes al proyecto CompeTIC.

b) Creación y publicación de 50 páginas web. c) Creación de la web y del foro CompeTIC. d) Directorio Todocv.com. e) Constitución de 1 taller TIC piloto sectorial. f) Catálogo de servicios on line y oferta de soluciones tecnológicas sectoriales. g) Plataforma de benchmarking.

4. Medición.

A través del propio sistema de indicadores y del cuadro de mando correspondiente del proyecto CompeTIC.

5. Financiación.

a. MITyC: 488.889 € b. Generalitat de la Comunitat Valenciana: 0 €

Medida 7. Observatorio de la Sociedad Tecnológica y del Conocimiento.-Observatic -Empresas y Administraciones

1. Descripción y finalidad.

Realizar el análisis y seguimiento de la situación y evolución de la Sociedad Tecnológica y del Conocimiento en los denominados entornos productivos inteligentes (EPI) de la Comunitat Valenciana (empresas y Administraciones Públicas) sobre bases metodológicas, definición de indicadores, así como trabajos de campo y análisis científicos y estadísticos rigurosos, a fin de ofrecer información actualizada y relevante que permita contribuir al uso y aplicación intensiva de las TIC entre las empresas y las Administraciones Públicas, fomentando la Economía del Conocimiento y la i-Administración. Asimismo, se analizarán, mediante metodologías acuradas de prospectiva, los escenarios futuros, a fin de diseñar políticas y programas adecuados a las necesidades y demandas futuras de dichos EPI de la Comunitat Valenciana en materia de TIC y de Sociedad Tecnológica y del Conocimiento en general.

2. Destinatarios.

Preferentemente, las empresas y sectores productivos de la Comunitat Valenciana, de manera singular el sector TIC y de I+D+i en TIC, así como Administraciones, organizaciones de la sociedad civil y entidades, públicas y privadas, relacionados con la promoción y consolidación sostenida, equitativa y solidaria de la Sociedad Tecnológica y del Conocimiento.

3. Objetivo 2006.

Elaboración y realización de un mínimo de 3 informes sobre la situación y evolución de la Sociedad Tecnológica y del Conocimiento en los EPI de la Comunitat Valenciana, tanto de carácter general como específicos o sectoriales.

4. Medición.

Elaboración material de los estudios, informes y análisis que correspondan, de carácter general, especiales o sectoriales, así como de sus estudios de desarrollo y de detalle.

5. Financiación.

MITyC: 0 €

Generalitat de la Comunitat Valenciana: 290.000 €

Medida 8. Ciudades Inteligentes en la Economía del Conocimiento 1. Descripción y Finalidad.

Creación y explotación de un modelo y plataforma global de provisión de servicios públicos municipales y privados (proyecto Ciudades Inteligentes) para las empresas de la Comunitat Valenciana mediante múltiples canales de interacción, basados en la aplicación de las TIC. El proyecto facilitará las siguientes funcionalidades: a) Plataforma Multi-canal (Web, vocal, movilidad).

b) Herramientas orientadas a pymes. c) Herramientas de gestión integral orientadas al marketing one-to-one. d) Integración con los Sistemas de información de las Administraciones Públicas Locales. e) Plataforma de comercio electrónico. f) Despliegue comercial para la comercialización de un portfolio de productos/servicios.

2. Destinatarios.

Empresas, administraciones locales y ciudadanía de la comunitat valenciana.

3. Objetivo 2006.

Realización del modelo y de la plataforma con las funcionalidades dirigidas a las empresas. Adhesión de 50 empresas.

4. Medición.

Creación efectiva del modelo y de la plataforma e indicadores del propio proyecto ciudades inteligentes

5. Financiación.

MITyC: 318.372 €

Generalitat de la Comunitat Valenciana: 0 €

Medida 9. Centro de Seguridad ante Incidencias y Riesgos TIC de la Comunitat Valenciana (CSIRT-CV) -eConfianza 1. Descripción y Finalidad.

Constitución de un centro especializado para la prevención, resolución, anticipación / proactividad e I+D+I de seguridad informática y TIC, a través de soluciones tecnológicas específicas fundamentalmente para empresas y Administraciones de la Comunitat Valenciana, a fin de generar confianza en la red y dinamizar el negocio y comercio electrónicos y la i-Administración

2. Destinatarios.

Principalmente empresas, sectores productivos y Administraciones Públicas de la Comunitat Valenciana.

3. Objetivo 2006.

Constitución y puesta en marcha del CSIRT, con adhesión de, al menos, 3 sectores empresariales y 10 Administraciones Locales.

4. Medición.

Creación efectiva del CSIRT, convenios de adhesión o suscripción e indicadores del propio proyecto CSIRT -CV.

5. Financiación.

a. MITyC: 150.000 €

b. Generalitat de la Comunitat Valenciana: 0 €

Adenda n.º 2 -Estimación de préstamos tecnológicos

La estimación de préstamos tecnológicos que puedan suscribirse por beneficiarios o destinatarios (hogares, universitarios y empresas) en la Comunitat Valenciana dentro de la convocatoria nacional que al efecto se realice por la Administración General del Estado se cifra en 56.228.020 € (cincuenta y seis millones doscientos veintiocho mil veinte euros), comprometiéndose la Generalitat de la Comunitat Valenciana a realizar las actuaciones de impulso, comunicación, difusión y asesoramiento que permitan que los posibles beneficiarios tengan el debido conocimiento para acceder óptimamente a las citadas ayudas financieras.

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