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Documento BOE-A-2006-14849

Resolución de 27 de julio de 2006, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas para la incorporación en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas de investigadores, mediante contrato en prácticas, en el marco del proyecto I3P cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

Publicado en:
«BOE» núm. 196, de 17 de agosto de 2006, páginas 30628 a 30641 (14 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-14849

TEXTO ORIGINAL

En los últimos años, nuestro país, y concretamente el CSIC, ha realizado un gran esfuerzo de formación de personal investigador y, en este momento, se dispone de un importante activo de jóvenes científicos, altamente cualificados, que poseen el grado de Doctor, máximo escalón que el sistema de formación reglada permite alcanzar. Por otro lado, dentro de las políticas de aplicación de los resultados del Sistema de I+D a la sociedad y más concretamente al sistema productivo, la formación orientada a que las personas egresadas del sistema de formación reglada adquieran conocimientos y experiencia en áreas, técnicas, procedimientos y temas de investigación adquiere una importancia capital, para que su posterior incorporación al sector privado resulte más atractiva y represente uno de los elementos sustanciales del proceso de transferencia de resultados de investigación a la sociedad. Por ello, el CSIC en su calidad de Organismo Gestor del Fondo Social Europeo (FSE) y en el marco de su Programa de Itinerario Integrado de Inserción Profesional (I3P), mantiene su actuación para que esos doctores se incorporen al Sistema Español de Ciencia y Tecnología mediante un contrato de hasta 3 años de duración, según el artículo 11.1 del Estatuto de los Trabajadores y la Disposición Adicional Séptima, apartado b) de la Ley 12/2001 de 9 de julio de Medidas Urgentes de Reforma del Mercado de Trabajo, que modifica el art. 17 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, para perfeccionar su experiencia en centros del CSIC en temas y procedimientos de investigación que puedan ser transferidos al mundo empresarial a través de su propia incorporación al mismo. Por esta razón, el proyecto de inserción a través de uno de estos contratos deberá estar apoyado por la expresión de interés de un Ente Promotor Observador (EPO) que asegure el interés del sector social correspondiente en el contrato propuesto. En este sentido, la práctica laboral se podrá desarrollar en la propia sede del EPO aunque siempre bajo la supervisión del investigador principal del proyecto de referencia y, en este caso, con la colaboración financiera del EPO en la cofinanciación que el programa FSE requiere. El CSIC está inmerso en la elaboración y puesta en marcha de su Plan de Actuación 2006-2009. Componentes fundamentales de este Plan de Actuación institucional son los Planes Estratégicos de cada uno de los centros e institutos del CSIC, confeccionados en un proceso interactivo entre las Comisiones de Área del CSIC y los investigadores de cada uno de los centros. En este proceso han participado expertos internacionales en todas las áreas del saber, asesorando a las Comisiones de Área y a los centros e institutos a fin de que sus Planes Estratégicos se ajustaran a los más altos niveles internacionales de excelencia científica. Uno de los objetivos del Plan de Actuación del CSIC es definir las líneas maestras de la institución, previendo actuaciones y futuros desarrollos necesarios para adecuar su labor al entorno cambiante que caracteriza la investigación científica. A través de sus Planes Estratégicos, los Centros e Institutos del CSIC adquieren un mayor grado de responsabilidad y capacidad de decisión en la planificación de su actividad a corto y medio plazo. Un aspecto fundamental que permite esta mayor responsabilidad es la asignación al centro de los recursos necesarios, tanto financieros como humanos, para el periodo de vigencia del Plan de Actuación. La asignación a centros e institutos concretos de los contratos I3P para doctores ofrecidos en la presente convocatoria se enmarca en el Plan de Actuación 2006-2009 del CSIC. En consecuencia, esta Secretaría General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas ha resuelto publicar la presente convocatoria, que se regirá por las normas que a continuación se detallan y que, de conformidad con el artículo 12 del Reglamento (CE) 1260/1999, se ajusta a las disposiciones de los Tratados y de los actos adoptados en virtud de los mismos, así como a las de las políticas comunitarias. Del mismo modo, esta convocatoria respeta la normativa comunitaria de aplicación en las acciones de información y publicidad: los artículos 34 y 36 del Reglamento antes citado, por el que se establecen disposiciones generales sobre los Fondos estructurales, y el Reglamento de la Comisión Europea n.º 1159/2000 de 30 de mayo, relativo a las acciones de información y de publicidad a llevar a cabo por los Estados miembros sobre las intervenciones estructurales.

Normas de la convocatoria

1. Objeto de la convocatoria.-Los objetivos que se persiguen con la presente convocatoria son los de incrementar la especialización de los doctores en áreas de investigación apoyadas por expresiones de interés de EPOs, mediante la contratación temporal de investigadores postdoctorales, así como ofrecer las mejores condiciones posibles de trabajo y especialización. La convocatoria tiene por objeto la formalización de 200 contratos laborales, de acuerdo con la legislación vigente en el momento de firma del contrato, para perfeccionar la formación y experiencia de doctores en Centros e Institutos del CSIC, durante un período de tiempo total no superior a 36 meses improrrogables, siempre de forma supeditada a la existencia del EPO y en general a los requisitos del Programa Operativo del FSE. Diez de estos contratos (un 5 %) estarán reservados a candidatos que tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, y lo hagan así constar en la solicitud. 2. Condiciones.-La dotación de estos contratos será de 26.360.74 euros brutos anuales, a la que se aplicará los incrementos correspondientes recogidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007. Los investigadores contratados se incorporarán y trabajarán en los centros propios o mixtos del CSIC que se detallan en el Listado de Centros y Contratos (Anexo VI) que acompaña esta convocatoria, adscribiéndose a un proyecto de investigación vigente, cuyo Investigador Principal u otro miembro del equipo de investigación del proyecto actuará de Director del Programa de Trabajo. En aquellos casos en los que el Investigador Principal del proyecto al que se adscribiría el candidato se encuentre a la espera de la resolución de convocatorias vigentes de proyectos, el cumplimiento de este requisito podrá posponerse hasta el momento de la formalización del contrato. El título del proyecto así como su referencia se harán constar en las casillas al efecto de la instancia de solicitud. Los proyectos de investigación susceptibles de incorporar investigadores contratados de este programa deberán ser financiados por el Plan Nacional de I+D, ya sea a través de sus Programas Nacionales, o a través de los Programas Sectoriales integrados en él (Programa de los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación, Medio Ambiente, Educación y Ciencia, Fomento, Industria, Turismo y Comercio, Asuntos Exteriores y Cooperación, y Cultura), por el Fondo de Investigación Sanitaria del Ministerio de Sanidad y Consumo, por Programas de I+D de la Unión Europea y de las Comunidades Autónomas, o por cualquier otro programa de investigación, siempre que su adjudicación se haya realizado mediante procesos de evaluación y selección homologables a los empleados en el Plan Nacional de I+D o encomienda específica y siempre que estos proyectos se desarrollen en centros propios o mixtos del CSIC. Para aumentar la competitividad del programa, manteniendo su adecuación a los Planes Estratégicos de los Centros, un mismo Director de Programa de Trabajo podrá tener adscritos dos contratos I3P doctor de esta convocatoria. Una vez concedido, el contrato I3P se adscribirá al centro al que pertenece el Director del Programa de Trabajo, reflejado en el apartado correspondiente del Anexo I. No se considerarán aquellas solicitudes que se adscriban a centros que no tengan asignados contratos en la presente convocatoria, según se establece en el Listado de Centros y Contratos (Anexo VI). Eventualmente, y a discreción del Director, el programa de trabajo podrá incluir tareas que se realicen en otro centro o en el EPO, siempre que se asegure la coherencia del programa. De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Séptima b) de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral que modifica el Artículo 17 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, la actividad desarrollada por los doctores que sean contratados con arreglo a la presente convocatoria será evaluada, al menos, a los dos años de contrato, pudiendo ser éste resuelto en el supuesto de no superar favorablemente dicha evaluación. 3. Requisitos de los aspirantes.-Los solicitantes deberán cumplir en la fecha de terminación del plazo de presentación de documentos de acuerdo con la Resolución Final de la convocatoria (Apartado 6) y mantener hasta la formalización del contrato, los siguientes requisitos:

3.1 Estar en posesión del grado de Doctor. Aquellos solicitantes que se encuentren en los últimos meses de realización de la tesis doctoral, podrán formalizar la solicitud pero, si resultaran seleccionados, deberán acreditar cumplir este requisito durante la fase de presentación de documentos (descrita en el apartado 6).

3.2 No haber transcurrido más de diez años desde la fecha de obtención del doctorado (fecha de lectura y aprobación de la Tesis doctoral) hasta la presentación de documentos. En el caso de estar en posesión de más de un doctorado, este periodo lo determinará el primero de ellos. En este plazo se excluirán los periodos correspondientes a descansos de maternidad/paternidad según el Régimen General de la Seguridad Social y los correspondientes a la realización del Servicio militar o prestación social sustitutoria. 3.3 No disfrutar o haber disfrutado un contrato I3P doctor en convocatorias anteriores. En el caso de que el candidato beneficiario haya disfrutado de otro contrato en la modalidad de prácticas en virtud del grado de Doctor, el contrato correspondiente a la presente se suscribirá por el periodo que restase entre el contrato ya disfrutado y el límite legal de 5 años establecido en la disposición adicional séptima 1.b, de la Ley 12/2001 de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad. 3.4 Poseer la capacidad legal para contratar, de acuerdo con el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores. 3.5 No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas. 3.6 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme. Los candidatos cuya nacionalidad no sea la española no deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que les impida en su Estado el acceso a la Función Pública.

4. Formalización de solicitudes.-Los doctores que deseen tomar parte en esta convocatoria, presentarán su solicitud por vía telemática, a través de las aplicaciones disponibles en la página web del CSIC (www.csic.es). El formulario de solicitud vendrá acompañado por los siguientes ficheros:

a) Currículum vitae del solicitante, según figura como Anexo II de esta convocatoria, o mediante cualquier modelo equivalente.

b) Memoria del trabajo de investigación que se propone llevar a cabo, según modelo que se adjunta como Anexo III de esta convocatoria y que, a modo orientativo, se podrá dividir en los siguientes apartados: Resumen, Introducción, Objetivos, Metodología y Plan de trabajo, Cronograma de tareas y Bibliografía. La extensión máxima de la memoria no debe superar las 5 páginas a doble espacio y con tamaño de letra de 12 puntos como mínimo. c) Currículum vitae referido a los últimos diez años, del Investigador Director del Programa de Trabajo del candidato, según modelo normalizado disponible en el servidor web del Ministerio de Educación y Ciencia (www.mec.es/ciencia/jsp/plantilla.jsp?area=proyectos/invest&id=5) d) Fotocopia de la resolución de aprobación del Proyecto de Investigación al que se adscribiría el candidato, y el documento en el que conste la composición del equipo investigador. Si el Director del Programa de Trabajo no es el Investigador Principal del Proyecto, se incluirá el visto bueno de éste a su incorporación. e) Fotocopia del DNI, pasaporte o NIE.

No deberá presentarse más documentación que la arriba mencionada; las demás publicaciones, artículos y trabajos sólo deberán ser presentados si así lo solicita expresamente el órgano de selección.

Una vez cumplimentados, los anexos I y III de la solicitud impresos deberán ser presentados, debidamente firmados y dirigidos a la Subdirección General de Programación Seguimiento y Documentación Científica, Serrano 115, 28006 Madrid, en el Registro General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Serrano 117, 28006 Madrid, en los Centros e Institutos de él dependientes, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas (c/ María de Molina 50, Madrid 28006), o en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. Así mismo, se podrán utilizar para este fin los procedimientos previstos en la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cada candidato podrá solicitar un máximo de tres contratos. Los contratos a los que concurre quedarán reflejados en el formulario de solicitud, donde se establecerá la prioridad de los mismos. Los candidatos deberán presentar junto con el formulario de solicitud, los documentos mencionados en los puntos b), c) y d) correspondientes a cada uno de los contratos a los que concurra. En la solicitud se harán constar obligatoriamente los códigos de referencia de: 1) el área científica del CSIC en la que se enmarca el contrato solicitado, según consta en el listado de Centros y Contratos (Anexo VI), por la que será evaluada su solicitud y 2) hasta dos áreas de conocimiento (de las que figuran en el Anexo V) en las que, de forma priorizada, mejor se enmarque temáticamente el trabajo de investigación que se presenta. El plazo de presentación de solicitudes será del 8 al 30 de septiembre del 2006. A estos efectos, la presentación de los anexos I y III en Registro será considerada como fecha de presentación de la solicitud. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se hará pública, en el plazo máximo de un mes, la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos en cada uno de los institutos incluidos en el Listado de Centros y Contratos, mediante la exposición de los correspondientes listados en el tablón de anuncios de la sede de los Servicios Centrales del CSIC (c/ Serrano 117, Madrid 28006), en los de los correspondientes Centros e Institutos de él dependientes, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas y en la página web del CSIC: www.csic.es. En el listado se indicará, en su caso, la causa de exclusión. Los aspirantes excluidos o que no figuren en la lista dispondrán de un plazo de 7 días naturales, a contar a partir del día siguiente de la fecha en que se haga pública la relación, para subsanar los errores que hayan motivado su exclusión u omisión. Transcurrido el plazo mencionado en la base anterior se hará pública en los mismos lugares la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. 5. Procedimiento de selección.-El procedimiento de selección de los candidatos será el de Concurso, de conformidad con el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Para la selección se tendrán en cuenta los siguientes criterios asociados a las puntuaciones máximas especificadas:

a) Los méritos académicos y científicos del candidato (hasta 50 puntos).

b) La calidad científica y capacidad investigadora del Investigador que actúe como Director del Programa de Trabajo del candidato (hasta 30 puntos). c) La calidad científico-técnica del trabajo de investigación propuesto (hasta 20 puntos). En este apartado se valorará el interés de los objetivos y los enfoques conceptuales, metodológicos y de planteamiento propuestos para su ejecución. Además, también se valorará el interés científico de la propuesta para los programas de investigación activos del CSIC, su repercusión en la formación del candidato, y su adecuación a los objetivos generales de la convocatoria. El órgano de selección comprobará y calificará los méritos alegados documentalmente por los candidatos, pudiéndose conceder hasta un máximo de 100 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 60 puntos para superar el proceso. En ningún caso podrán ser tenidos en cuenta los méritos obtenidos con posterioridad a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, o aquellos alegados que, previa petición expresa del órgano de selección, no hayan sido justificados documentalmente. Para cubrir los contratos asignados a cada centro, se seleccionaran los candidatos que hayan obtenido la puntuación más alta entre aquellos que hubieran solicitado la adscripción de su contrato a dicho centro, hasta completar el número máximo de contratos asignados, teniendo en cuenta las Áreas científicas a las que se adscriben. Los contratos del cupo reservado a candidatos que tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 no serán contabilizados a la hora de completar la asignación a cada centro, pudiendo presentarse a cualquiera de los centros y contratos ofrecidos. Serán seleccionados los diez candidatos que obtengan mejor puntuación en el proceso selectivo. 6. Presentación de documentos.-Concluido el proceso selectivo, el órgano de selección elevará a la autoridad convocante la relación, para cada área del CSIC, de los aspirantes que hubieran obtenido las calificaciones mínimas exigidas para la superación del proceso selectivo. En la lista se distinguirán, de manera priorizada de mayor a menor puntuación, separados por institutos y centros de destino, los candidatos elegibles para la formalización del contrato y aquellos que constituyen la lista de reserva. Los candidatos en la lista de reserva pasarán a la condición de elegibles si se produjese alguna vacante entre los candidatos elegibles iniciales, siempre respetando su posición relativa en la lista. En el plazo de 7 días naturales a partir del siguiente al de la fecha en que se haga pública la Resolución de la convocatoria, los aspirantes seleccionados deberán presentar en los lugares establecidos en la base 4 los siguientes documentos:

1. Fotocopia compulsada del documento que acredite estar en posesión del Grado de Doctor, con indicación expresa de la fecha en que se obtuvo.

2. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia judicial firme. 3. Los candidatos seleccionados extranjeros, no comunitarios, deberán aportar la fotocopia del permiso de residencia y trabajo, o de excepción de permiso de trabajo. La Subdirección General de Recursos Humanos facilitará a aquellos candidatos seleccionados que no estuvieran en posesión de dichos documentos en el momento que se publique la Resolución final de la convocatoria, previa petición del Centro destinatario del contrato, las certificaciones necesarias para la tramitación y obtención de dicho permiso, requisito imprescindible para formalizar el contrato. 4. Los aspirantes seleccionados que no posean la nacionalidad española deberán presentar así mismo declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que les impida en su Estado el acceso a la función pública. 5. Los candidatos seleccionados deberán presentar también el documento de expresión del EPO, según el modelo que se les facilitará en el centro en el que se vayan a incorporar. Los Directores del Programa de Trabajo de los contratados, colaborarán en la localización y selección del EPO de acuerdo con el programa a desarrollar. Quienes no presentasen en el plazo indicado los que les correspondan de los documentos anteriormente citados, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, adjudicándose el contrato al candidato inmediatamente siguiente en la lista de aprobados. Las solicitudes y la documentación presentada por los candidatos que superen el proceso selectivo podrán ser retiradas por los interesados en el plazo de dos meses a partir de la fecha de la Resolución del proceso selectivo. Transcurrido dicho plazo se podrá proceder a la destrucción de la no recogida. 7. Formalización y duración de los contratos.-Tras la terminación del proceso selectivo, y siempre que se haya presentado en plazo la documentación relacionada en la base 6, se formalizarán por la Secretaría General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas los correspondientes contratos en la modalidad de prácticas. En ningún caso el número de contratos que se formalicen podrá exceder del número de plazas que se hayan convocado. La duración de los contratos será de tres años, a partir de la fecha de incorporación del Doctor al Centro o Instituto de destino. La finalización de los mismos se comunicará al contratado con una antelación de 15 días naturales; el mismo plazo regirá en caso de renuncia del contrato por parte del contratado. La incorporación de los candidatos seleccionados deberá producirse en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha en que se haga pública la Resolución del proceso. Excepcionalmente, se considerará la posibilidad de retrasar la incorporación hasta un periodo máximo de nueve meses desde la fecha en la que se haga pública la Resolución, bajo solicitud razonada del interesado. Si durante el plazo de seis meses desde la fecha en que se haga pública la Resolución del proceso se produce la renuncia por parte de algún contratado, éste será sustituido por el inmediatamente siguiente en la lista de aprobados del contrato de que se trate. La duración de este nuevo contrato será también de tres años. Tras la incorporación, deberá superarse un periodo de prueba de tres meses de duración. El destino del contrato, que el candidato habrá hecho constar en la instancia de solicitud, vendrá determinado en la propia Resolución y coincidirá con el centro de adscripción del Director del Programa de Trabajo. El contrato se verá interrumpido cuando se solicite el descanso por maternidad/paternidad debidamente acreditado, no contabilizándose el periodo de baja en el cómputo total de duración del contrato. 8. Obligaciones de los contratados.-La aceptación del contrato por el beneficiario implica la de las condiciones fijadas en la presente convocatoria. Los contratados estarán obligados a:

Incorporarse al centro señalado para el disfrute del contrato en la fecha indicada en la notificación de concesión.

Cumplir con aprovechamiento el programa de formación, debiendo ajustarse a las normas de organización y funcionamiento del centro donde haya de realizarse, con dedicación exclusiva a dicha actividad y siguiendo las recomendaciones y directrices marcadas por el Director del Programa de Trabajo. Desarrollar su labor en el centro para el que ha sido concedido el contrato durante el periodo de duración del mismo, siendo necesario, para cualquier cambio de centro, de Investigador Principal o de Director de Programa de Trabajo, o de proyecto de investigación, la autorización del Vicepresidente de Investigación Científica y Técnica del CSIC. En el caso de que el programa de trabajo y formación contemple parte de su desarrollo en el EPO y/o en otro centro, el contratado, siempre con el conocimiento del Investigador Principal y del Director o Responsable del EPO o centro, podrá incorporarse temporalmente a dicho centro, ajustándose a las normas de organización y funcionamiento del EPO o centro de investigación. Hacer constar en cualquier publicación que sea consecuencia de la actividad desarrollada durante su contrato, su condición de contratado del CSIC en el Programa I3P, financiado por el Fondo Social Europeo. Facilitar cuanta información les sea requerida por la Intervención General de la Administración del Estado y por el Tribunal de Cuentas. Poner en conocimiento del CSIC, con carácter inmediato y a través del director del centro correspondiente, la obtención de cualquier resultado susceptible de protección conforme a la normativa en materia de propiedad industrial. Los resultados científicos y posibles invenciones que sean obtenidos como consecuencia de la actividad desarrollada por el beneficiario durante el período de disfrute del contrato, serán de propiedad exclusiva del CSIC, sin perjuicio del reconocimiento, en su caso, de la correspondiente autoría.

9. Órgano de selección.-Para la selección de los candidatos se evaluarán los méritos científicos de los solicitantes por comisiones ad hoc específicas para cada área del CSIC, constituidas por investigadores especialistas en las áreas temáticas consideradas. Las solicitudes de los candidatos serán evaluadas por la comisión del área a la que se adscribe el contrato solicitado, según consta en el Listado de Centros y Contratos (Anexo VI). Para cada área científica del CSIC, las comisiones de evaluación serán nombradas por el Coordinador de área correspondiente y presididas por el Vicepresidente de Investigación Científica y Técnica, actuando el Subdirector General de Programación, Seguimiento y Documentación Científica como secretario de la comisión, con voz y voto. Estas comisiones elaborarán, para cada uno de los centros e institutos que ofrecen contratos en esta convocatoria, listas de los candidatos que hayan presentado su solicitud en cada área, priorizándolos en función de la puntuación obtenida en la evaluación, especificando los candidatos elegibles y los suplentes.

Las solicitudes presentadas al cupo de plazas reservadas a candidatos que tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 serán evaluadas por una comisión ad hoc compuesta de especialistas en las distintas temáticas consideradas. A efectos de comunicaciones e incidencias, el órgano de selección tendrá su sede en la Subdirección General de Programación, Seguimiento y Documentación Científica, C/ Serrano 113, 28006 Madrid, teléfono 91 585 52 84. 10. Norma final.-La presente Resolución y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 27 de julio de 2006.-El Subsecretario de Educación y Ciencia P. D. (Orden ECI /87/2005, de 14 de enero), el Secretario General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Eusebio Jiménez Arroyo.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO VI

(Listado de Centros y Contratos

Área Csic

Centro o Instituto

N.º de contratos

Referencia

Área 1

Ctro. Información y Documentación Científica.

1

I3PDR-1-01

Área 1

Escuela Española de Historia y Arqueología

1

I3PDR-1-02

Área 1

Escuela Estudios Hispanoamericanos

1

I3PDR-1-03

Área 1

Inst. Análisis Económico

1

I3PDR-1-04

Área 1

Inst. Economía y Geografía

2

I3PDR-1-05

Área 1

Inst. Estudios Sociales Avanzados

1

I3PDR-1-06

Área 1

Inst. Filología

2

I3PDR-1-07

Área 1

Inst. Filosofía

1

I3PDR-1-08

Área 1

Inst. Gestión de la Innovación y del Conocimiento

1

I3PDR-1-09

Área 1

Inst. Historia

3

I3PDR-1-10

Área 1

Inst. Lengua Española

2

I3PDR-1-11

Área 1

Institución Mila y Fontanals

1

I3PDR-1-12

Área 1

Unidad de Politicas Comparadas

2

I3PDR-1-13

Área 2

Ctro. Investigaciones Biologicas

4

I3PDR-2-01

Área 2

Ctro. Nacional de Biotecnología

5

I3PDR-2-02

Área 2

Inst. Biol. Mol. y Cel. Cancer. Salamanca

2

I3PDR-2-03

Área 2

Inst. Biol. Mol. y Cel. Plantas «P. Yufera»

2

I3PDR-2-04

Área 2

Inst. Biología Molecular Barcelona

2

I3PDR-2-05

Área 2

Inst. Biología Molecular Madrid

4

I3PDR-2-06

Área 2

Inst. Biología y Genetica Molecular

1

I3PDR-2-07

Área 2

Inst. Biomedicina. Valencia

1

I3PDR-2-08

Área 2

Inst. Bioquímica Vegetal y Fotosintesis

1

I3PDR-2-09

Área 2

Inst. Investigaciones Biomédicas Barcelona

2

I3PDR-2-10

Área 2

Inst. Investigaciones Biomédicas. Madrid

3

I3PDR-2-11

Área 2

Inst. Microbiología Bioquimica

1

I3PDR-2-12

Área 2

Inst. Neurobiología «Ramón y Cajal»

1

I3PDR-2-13

Área 2

Inst. Neurociencias

2

I3PDR-2-14

Área 2

Inst. Parasitología y Biomedicina

2

I3PDR-2-15

Área 2

Laboratorio de Genética Vegetal, Csic-Irta

2

I3PDR-2-16

Área 3

Ctro. Estudios Avanzados de Blanes

1

I3PDR-3-01

Área 3

Ctro. Estudios Avanzados de Blanes-Creaf

1

I3PDR-3-02

Área 3

Estación Biologica Doñana

3

I3PDR-3-03

Área 3

Estación Experimental Zonas Aridas

1

I3PDR-3-04

Área 3

Inst. Acuicultura Torre de la Sal

1

I3PDR-3-05

Área 3

Inst. Andaluz Ciencias de la Tierra

1

I3PDR-3-06

Área 3

Inst. Biología Molecular Barcelona-Dfbm

1

I3PDR-3-07

Área 3

Inst. Botánico Barcelona

1

I3PDR-3-08

Área 3

Inst. Ciencias de la Tierra Jaume Almera

1

I3PDR-3-09

Área 3

Inst. Ciencias del Mar

3

I3PDR-3-10

Área 3

Inst. Ciencias Marinas de Andalucía

1

I3PDR-3-11

Área 3

Inst. Investigación Recursos Cinegeticos

1

I3PDR-3-12

Área 3

Inst. Investigaciones Marinas

2

I3PDR-3-13

Área 3

Inst. Mediterráneo Estudios Avanzados

2

I3PDR-3-14

Área 3

Inst. Recursos Naturales

2

I3PDR-3-15

Área 3

Laboratorio Estudios Cristalográficos

1

I3PDR-3-16

Área 3

Museo Nacional Ciencias Naturales

3

I3PDR-3-17

Área 3

Unidad Tecnologías Marinas

1

I3PDR-3-18

Área 4

Ctro. Edafología y Biología Aplicada del Segura .

4

I3PDR-4-01

Área 4

Estación Agrícola Experimental

1

I3PDR-4-02

Área 4

Estación Experimental Aula Dei

3

I3PDR-4-03

Área 4

Estación Experimental del Zaidin

4

I3PDR-4-04

Área 4

Estación Experimental la Mayora

1

I3PDR-4-05

Área 4

Inst. de Agrobiotecnología

2

I3PDR-4-06

Área 4

Inst. Agricultura Sostenible

2

I3PDR-4-07

Área 4

Inst. Ciencias Agrarias

2

I3PDR-4-08

Área 4

Inst. Investigaciones Agrobiologicas de Galicia

1

I3PDR-4-09

Área 4

Inst. Productos Naturales y Agrobiología

1

I3PDR-4-10

Área 4

Inst. Recursos Naturales y Agrobiología de Sevilla

1

I3PDR-4-11

Área 4

Misión Biologica de Galicia

2

I3PDR-4-12

Área 5

Inst. Acústica

1

I3PDR-5-01

Área 5

Inst. Astrofísica Andalucía

1

I3PDR-5-02

Área 5

Inst. Automática Industrial

2

I3PDR-5-03

Área 5

Inst. Ciencias del Espacio

1

I3PDR-5-04

Área 5

Inst. Estructura la Materia

2

I3PDR-5-05

Área 5

Inst. Física Aplicada

2

I3PDR-5-06

Área 5

Inst. Física Cantabria

1

I3PDR-5-07

Área 5

Inst. Física Corpuscular

2

I3PDR-5-08

Área 5

Inst. Física Teórica

1

I3PDR-5-09

Área 5

Inst. Investigación en Inteligencia Artificial

1

I3PDR-5-10

Área 5

Inst. Matemáticas y Física Fundamental

1

I3PDR-5-11

Área 5

Inst. Matemáticas y Física Fundamental-Matemáticas

1

I3PDR-5-12

Área 5

Inst. Mediterráneo Estudios Avanzados

1

I3PDR-5-13

Área 5

Inst. Microelectrónica Madrid

2

I3PDR-5-14

Área 5

Inst. Microelectrónica Sevilla

1

I3PDR-5-15

Área 5

Inst. Óptica

1

I3PDR-5-16

Área 5

Inst. Robótica e Informática Industrial

1

I3PDR-5-17

Área 5

Nst. Microelectrónica Barcelona

2

I3PDR-5-18

Área 6

Ctro. Nacional Investigaciones Metalúrgicas

3

I3PDR-6-01

Área 6

Inst. Ciencia y Tecnología de Polímeros

3

I3PDR-6-02

Área 6

Inst. Cerámica y Vidrio

2

I3PDR-6-03

Área 6

Inst. Ciencia Materiales de Aragón

2

I3PDR-6-04

Área 6

Inst. Ciencia Materiales de Barcelona

4

I3PDR-6-05

Área 6

Inst. Ciencia Materiales de Madrid

4

I3PDR-6-06

Área 6

Inst. Ciencia Materiales de Sevilla

3

I3PDR-6-07

Área 6

Inst. Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja .

2

I3PDR-6-08

Área 6

Unidad Fisica de Materiales

3

I3PDR-6-09

Área 7

Ctro. Edafologia y Biología Aplicada del Segura.

1

I3PDR-7-01

Área 7

Inst. Agroquímica y Tecnología de Alimentos

3

I3PDR-7-02

Área 7

Inst. de la Grasa

2

I3PDR-7-03

Área 7

Inst. del Frio

2

I3PDR-7-04

Área 7

Inst. Fermentaciones Industriales

3

I3PDR-7-05

Área 7

Inst. Investigaciones Marinas

1

I3PDR-7-06

Área 7

Inst. Productos Lácteos de Asturias

1

I3PDR-7-07

Área 8

Inst. Carboquímica

2

I3PDR-8-01

Área 8

Inst. Catálisis y Petroleoquímica

2

I3PDR-8-02

Área 8

Inst. Ciencia de Materiales de Aragón

1

I3PDR-8-03

Área 8

Inst. Investigaciones Químicas

2

I3PDR-8-04

Área 8

Inst. Investigaciones Químicas y Ambientales .

3

I3PDR-8-05

Área 8

Inst. Nacional del Carbón

2

I3PDR-8-06

Área 8

Inst. Productos Naturales y Agrobiología

1

I3PDR-8-07

Área 8

Inst. Química Física Rocasolano

3

I3PDR-8-08

Área 8

Inst. Química Médica

2

I3PDR-8-09

Área 8

Inst. Química Orgánica General

2

I3PDR-8-10

Área 8

Inst. Tecnología Química

2

I3PDR-8-11

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