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Documento BOE-A-2006-14155

Resolución de 1 de junio de 2006, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía, la Fundación Medio Ambiente, Energía y Sostenibilidad Provincia de Cádiz.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 3 de agosto de 2006, páginas 29242 a 29243 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2006-14155

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la constitución de la Fundación Medio Ambiente, Energía y Sostenibilidad Provincia de Cádiz, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación Medio Ambiente, Energía y Sostenibilidad, Provincia de Cádiz, fue constituida por la Diputación Provincial de Cádiz, el 19 de octubre de 2005, según consta en escritura pública otorgada ante el notario don Federico Linares Castrillón, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 2.914 de su protocolo, subsanada por otra de 26 de abril de 2006, núm. de protocolo 1.135.

Segundo. Fines.-Los fines de la Fundación de acuerdo con lo dispuesto en sus Estatutos, son los siguientes: «La creación de una agencia provincial de la energía; la promoción, desarrollo, impulso, gestión y coordinación de actuaciones destinadas a implantar el ahorro, la eficiencia energética, la promoción del desarrollo sostenible y la defensa del medio ambiente; al fomento e implementación de energías renovables en la provincia; a la mejora y aprovechamiento de los recursos energéticos provinciales; a la sensibilización de entidades locales, empresas y ciudadanos sobre la necesidad de un uso racional de la energía y los recursos naturales, compatible con criterios económicos, medioambientales y de sostenibilidad; a la planificación energética provincial a través de planes y estudios en colaboración con las administraciones competentes; a la puesta en marcha de planes de concienciación, sensibilización y formación, además de su difusión; y por último el fomento, impulso y desarrollo de cuantos cauces permitan el diálogo, la comunicación, la difusión, y los procesos participativos en materia energética, medioambiental, y de impulso de la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible en la provincia de Cádiz, buscando por último la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos; el desarrollo y mejora de los niveles de competitividad empresarial en la provincia; el coadyuvar a la conservación y mejora del medio ambiente y el refuerzo de las acciones de los diferentes actores socioeconómicos implicados.» Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.-El domicilio de la Fundación ha quedado establecido en la Diputación Provincial de Cádiz, calle Valenzuela, 1-3 (Cádiz), y el ámbito de actuación, conforme dispone la norma estatutaria, se extiende principalmente al territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Cuarto. Dotación.-El fundador aporta una finca rústica en pleno dominio, cuyo valor asciende a 346.398,50 euros. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, constando expresamente el carácter gratuito de sus cargos, quedando obligado dicho órgano de gobierno a la rendición anual de cuentas y presentación de un plan de actuación en el que queden reflejados los objetivos y las actividades que se prevea desarrollar durante el ejercicio siguiente. El Patronato inicial, cuya aceptación consta expresamente, queda formado por: el Presidente de la Diputación Provincial de Cádiz, don Francisco González Cabañas (Presidente); el Diputado Delegado del Área de Medio Ambiente de la Diputación de Cádiz, don Juan Román Sánchez (Vicepresidente); el Diputado Delegado del Área de Cooperación Municipal y Patrimonio de la Diputación Provincial de Cádiz, don Francisco Menacho Villalba (Vocal); y, don Antonio Jesús Núñez Sánchez, designado secretario no patrono. Sexto. Director y depositario.-Por acuerdo del Patronato de 26 de octubre de 2005, elevado a escritura pública ante el notario don Federico Linares Castrillón el 7 de noviembre de 2005, bajo el núm. 3.250 de su protocolo, se nombra Director de la Fundación, otorgándole el correspondiente apoderamiento, a don Manuel Jesús Palma Silgado, y con el cargo de Depositaria del Patronato a doña María Isabel de la Rosa Utrera, designaciones efectuadas de acuerdo con lo previsto en los Estatutos. Séptimo. Delegación de facultades.-Por acuerdo del Patronato de 26 de abril de 2006, elevado a escritura pública ante el notario don Federico Linares Castrillón el 26 de abril de 2006, bajo el núm. 1.134 de su protocolo, se delegan facultades del Patronato en el Vicepresidente, don Juan Román Sánchez.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general; el artículo 13.25 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de 20 de diciembre; la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre; y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo.-La Fundación ha sido constituida por persona legitimada para ello, dándose cumplimiento a lo establecido en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Tercero.-La Entidad que ha solicitado su inscripción registral responde a la definición de fundación del artículo 1 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, estando sus fines comprendidos dentro de la enumeración del artículo 3 de dicho texto legal. Cuarto.-De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.2 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, la inscripción de las fundaciones requiere informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, habiendo obtenido al respecto un pronunciamiento favorable por parte del Protectorado de la Consejería de Educación. Quinto.-La documentación aportada reúne los requisitos exigidos por los artículos 9, 11 y 12 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo. Sexto. Los artículos 17 y 26 de los estatutos de la Fundación prevén la existencia de un Depositario del Patronato y un Director de la Fundación. La Ley 10/2005, de 31 de mayo, en su artículo 21.3, establece que en los estatutos se podrá prever la existencia de otros órganos, cuyo cese y nombramiento habrán de notificarse al Protectorado y serán objeto de inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía. Séptimo.-El articulo 16 de los estatutos prevé la delegación de las facultades del Patronato en el Vicepresidente. En este sentido se han delegado en éste todas las facultades del Patronato, salvo las indelegables, reguladas en el artículo 20.1 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo. De conformidad con lo previsto en el artículo 20.3 de dicha norma esta delegación permanente se habrá de inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía. Octavo.-Los apoderamientos han de ser inscritos en el Registro de Fundaciones de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 20.3 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo. Noveno.-El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Décimo.-La Consejería de Justicia y Administración Pública es competente para resolver el presente procedimiento de inscripción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 de su reglamento de organización y funcionamiento.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior y visto el informe de la letrada de la Asesoría Jurídica de la Consejería, resuelve:

Primero.-Clasificar a la Fundación Medio Ambiente, Energía y Sostenibilidad, Provincia de Cádiz, atendiendo a sus fines, como entidad medioambiental, ordenando su inscripción en la Sección Quinta, «Fundaciones Medioambientales» del Registro de Fundaciones de Andalucía, con el número CA/1014.

Segundo.-Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía el nombramiento de los miembros del Patronato relacionados en el antecedente de hecho quinto de la presente Resolución, así como la aceptación de los cargos. Tercero.-Ordenar la inscripción del nombramiento, como Director de la Fundación, a Don Manuel Jesús Palma Silgado, y de doña María Isabel de la Rosa Utrera con el cargo de Depositaria del Patronato. Cuarto.-Ordenar la inscripción de la delegación de facultades realizadas en el Vicepresidente del Patronato, don Juan Román Sánchez, en los términos que figuran en la escritura pública núm. 1.134, de 26 de abril de 2006, y el apoderamiento realizado en el Director de la Fundación, don Manuel Jesús Palma Silgado, con las facultades que se detallan en la escritura pública núm. 3.250, de 7 de noviembre de 2005. Quinto.-Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación al Protectorado de la Consejería de Educación, a la Administración del Estado y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los ar-tículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 1 de junio de 2006.-La Directora General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, M.ª Luisa García Juárez.

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