Visto el expediente de indulto de don Antonio Moreno Sánchez, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Murcia, en sentencia de 7 de noviembre de 1997, como autor de un delito de apropiación indebida, a la pena de cuatro meses y un día de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1991, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de diciembre de 2005,
Vengo en conmutar a don Antonio Moreno Sánchez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de cuatro meses de multa, que se satisfará en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 30 de diciembre de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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