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Documento BOE-A-2006-12490

Orden INT/2227/2006, de 23 de junio, por la que se convoca el Premio Nacional Victoria Kent 2006, para el fomento de la investigación multidisciplinar en materia penitenciaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 11 de julio de 2006, páginas 26096 a 26097 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2006-12490

TEXTO ORIGINAL

Por Orden INT/2744/2005, de 26 de agosto, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión del premio nacional Victoria Kent para el fomento de la investigación multidisciplinar en materia penitenciaria. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la citada Ley 38/2003, y de acuerdo con lo establecido en la base reguladora sexta, esta Subdirección General ha resuelto aprobar la presente convocatoria del premio nacional Victoria Kent para el fomento de la investigación multidisciplinar en materia penitenciaria para el año 2006, que se desarrollará de acuerdo con el siguiente procedimiento:

La cuantía total de los premios es de seis mil euros (6.000,00), que se imputarán a la aplicación presupuestaria 16 05 133A 485, en la cual existe crédito suficiente, habiéndose tramitado el correspondiente expediente de gasto. Dicha cuantía se distribuirá de la siguiente forma: Premio: 3.000 euros

Accésit 1: 1.500 euros Accésit 2: 1.500 euros

La finalidad del Premio es fomentar la investigación multidisciplinar en materia penitenciaria y el objeto premiar el trabajo de investigación considerado de mayor mérito.

La concesión de las subvenciones se efectuará mediante concurrencia competitiva. Podrán optar a los premios, según la base reguladora tercera, las personas físicas, de nacionalidad española o extranjera. No podrán participar los miembros del jurado ni el personal destinado en los Servicios Centrales de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, ni los premiados en convocatorias anteriores. Los trabajos de investigación versarán sobre el medio penitenciario, desde un plano histórico jurídico, psicológico, social o de cualquier otra disciplina científica, ya sea con un enfoque estrictamente teórico o a partir de experiencias concretas. Serán objeto de atención preferente los trabajos presentados sobre los siguientes temas:

Mujer y drogas.

Régimen abierto. Aplicación de la motivación en Centros Penitenciarios. Beneficios penitenciarios.

Los criterios de valoración de los trabajos serán los establecidos en la base quinta de las bases reguladoras:

«Serán valorados como criterios en la concesión de la subvención, con el porcentaje determinado en cada uno de los apartados que se reseñan a continuación los siguientes: Calidad del trabajo en cuanto al contenido científico: 30 por 100.

Rigor investigador en los datos aportados: 30 por 100. Temas objeto de la investigación: Mujer y droga. Régimen abierto. Aplicación de la motivación en Centros Penitenciarios. Beneficios penitenciarios: 30 por 100. Otros temas sobre el medio penitenciario: 10 por 100.»

Los órganos competentes para la instrucción serán la Dirección General de Instituciones Penitenciarias y para la resolución del procedimiento el Subdirector General de Servicios de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias por delegación del Ministro del Interior, de acuerdo con la Orden INT/985/2005, por la que se delegan determinadas atribuciones y aprueba las delegaciones efectuadas por otras autoridades.

Los trabajos de investigación podrán presentarse en el Registro General de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias (calle de Alcalá, 38, 28014 Madrid) o enviarse por correo certificado dirigido a la citada dirección antes de las 14 horas del día 31 de octubre de 2006. Los trabajos se ajustarán a las especificaciones establecidas en las bases reguladoras. Los trabajos presentados han de ser anónimos y se encabezarán con un lema que se repetirá en la parte exterior de un sobre cerrado que los acompañe, en cuyo interior se encontrará la identidad, domicilio y teléfono del autor concursante. Según determina la base octava de las bases reguladoras, una vez emitido informe por el Jurado en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, el Órgano para la valoración de los trabajos formulará propuesta de resolución provisional, debidamente motivada que deberá notificarse a los beneficiarios para que manifiesten si aceptan la concesión de la subvención así como la posibilidad de presentar alegaciones, según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley General de Subvenciones. Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se formulará la propuesta de resolución definitiva. La resolución será motivada, debiendo en todo caso quedar acreditados los fundamentos de la resolución que se adopte, haciéndose constar, en su caso, de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley General de Subvenciones. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no podrá exceder de seis meses desde la publicación de la correspondiente convocatoria. La resolución sobre la concesión de los premios se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y se notificará directamente a los interesados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, poniendo esta resolución fin a la vía administrativa.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de junio de 2006.-El Ministro del Interior, P. D. (Orden INT/985/2005,de 7 de abril), el Subdirector General de Servicios de Instituciones Penitenciarias, Javier Ramos Barba.

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