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Documento BOE-A-2005-8640

Resolución de 27 de abril de 2005, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se inscribe a SGS Tecnos, S.A. en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas.

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 26 de mayo de 2005, páginas 17774 a 17774 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2005-8640

TEXTO ORIGINAL

SGS TECNOS, S.A. ha solicitado, a través de esta Dirección General, ser inscrita en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas, de conformidad con lo establecido en el Capítulo III de la Instrucción sobre Instaladores Autorizados de Gas y Empresas Instaladoras, aprobada por Orden del Ministerio de Industria y Energía de 17 de diciembre de 1985 (B.O.E. de 9 de enero de 1986).

Vista la solicitud presentada, y demás documentación complementaria, y la Orden Ministerial de 17 de diciembre de 1985, esta Dirección General, teniendo en cuenta los informes favorables emitidos por la Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas de la Junta de Extremadura y por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Badajoz, ha resuelto:

Inscribir a SGS TECNOS, S.A. en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas, existente en esta Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, con arreglo a las siguientes condiciones: Primera.-El ámbito geográfico territorial de actuación para la impartición de los cursos de instaladores de gas, de categorías IG-I, IG-II, IG-III e IG-IV a que se refiere esta inscripción, estará limitado a la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segunda.-Cada uno de los cursos teórico-prácticos para la formación de instaladores de gas que vaya a impartir SGS TECNOS, S.A. deberá ser autorizado previamente por los Órganos Territoriales competentes. Tercera.-SGS TECNOS, S.A. deberá presentar anualmente en los Organismos Territoriales competentes y en la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, una memoria de actuaciones de conformidad con lo previsto en el Capítulo III de la citada Instrucción sobre Instaladores Autorizados de Gas y Empresas Instaladoras.

Cuarta.-La inscripción a que se refiere la presente Resolución tendrá un plazo de vigencia de tres años, pudiendo el interesado solicitar la prórroga de dicho plazo dentro de los seis meses anteriores a la finalización del mismo.

Madrid, 27 de abril de 2005.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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