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Documento BOE-A-2005-8082

Decreto 45/2005, de 14 de abril, por el que se delimita el entorno de protección del bien de interés cultural declarado «Torre de Agüero», en San Vicente de Toranzo, término municipal de Corvera de Toranzo (Cantabria).

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 17 de mayo de 2005, páginas 16634 a 16635 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2005-8082

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de 21 de abril de 2004, se incoó expediente para la delimitación del entorno de protección de la «Torre de Agüero», en San Vicente de Toranzo, término municipal de Corvera de Toranzo, que obtuvo la condición de Bien de Interés Cultural en virtud de la Ley 16/1985 de 25 de junio de Patrimonio Histórico Español por encontrarse al amparo del Decreto de Protección de Castillos de 22 de abril de 1949. Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria. La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto declarar el entorno de protección del bien mencionado, y a tal efecto insta al Consejo de Gobierno de Cantabria dicha declaración, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente. En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del día 14 de abril de 2005, dispongo,

Artículo 1.

Se delimita el entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado «Torre de Agüero», en San Vicente de Toranzo, término municipal de Corvera de Toranzo, que figura en el anexo junto con su justificación, y que se encuentra representado en el plano que se publica con este Decreto.

Disposición adicional única.

Se faculta al Excmo. Sr. Consejero de Cultura, Turismo y Deporte para la realización de cuantos actos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Disposición final única.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Santander, 14 de abril de 2005.-El Presidente, Miguel Ángel Revilla Roiz.-El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Francisco Javier López Marcano.

ANEXO

Delimitación del entorno

Linda nordeste con un camino trazado sobre la antigua vía del ferrocarril; sudeste con un camino vecinal; suroeste con un linde quebrado formado por varios caminos vecinales y parte de una parcela, cuyas edificaciones están incluidas en el entorno; y noroeste con una finca dedicada a pradera.

Justificación

La delimitación se efectúa considerando las características de la torre, la relación con el barrio más próximo de San Vicente de Toranzo y el paisaje, la estructura viaria y la topografía. Se ha prestado especial atención a la configuración del primitivo tejido del núcleo y a los aspectos visuales: relación de proximidad, base y fondo de perspectivas. Los límites coinciden, prácticamente en su totalidad, con los lindes de parcelas y los caminos.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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