Está Vd. en

Documento BOE-A-2005-8081

Decreto 44/2005, de 14 de abril, por el que se delimita el entorno de protección del bien de interés cultural declarado «Palacio y Capilla de Rugama» (Casona de «El Carmen»), en Gama, Bárcena de Cicero.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 17 de mayo de 2005, páginas 16631 a 16633 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2005-8081

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de 21 de abril de 2004, se incoó expediente para la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado «Palacio y Capilla de Rugama» (Casona de «El Carmen»), en Gama, término municipal de Bárcena de Cicero, declarada Monumento por Real Decreto de 1796/1983, de 11 de mayo. Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria. La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto declarar el entorno de protección del bien mencionado, y a tal efecto insta al Consejo de Gobierno de Cantabria dicha declaración, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente. En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del día 14 de abril de 2005, dispongo:

Artículo 1.

Se delimita el entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado «Palacio y Capilla de Rugama» (Casona de «El Carmen»), en Gama, término municipal de Bárcena de Cicero, que figura en el anexo junto con su justificación, y que se encuentra representado en el plano que se publica con este Decreto.

Disposición adicional única.

Se faculta al Excmo. Sr. Consejero de Cultura, Turismo y Deporte para la realización de cuantos actos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Disposición final única.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Santander, 14 de abril de 2005.-El Presidente, Miguel Ángel Revilla Roiz.-El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Francisco Javier López Marcano.

ANEXO

Delimitación del entorno

El entorno de protección comprende la parcela El Carmen, limitada por el camino del mismo nombre, continúa por el límite del núcleo existente, cruza el camino de acceso y núcleo y se prolonga hasta la cota de la ladera situada en el fondo, que a su vez se une al camino perimetral.

Justificación

La delimitación se efectúa considerando el sitio preminente donde se ubica el monumento y atendiendo fundamentalmente a la topografía y a los aspectos de visualización: relaciones de proximidad, plataforma de influencia y fondo de perspectiva.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid