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Documento BOE-A-2005-8053

Orden INT/1372/2005, de 21 de abril, por la que se declaran de utilidad pública diversas asociaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 17 de mayo de 2005, páginas 16598 a 16598 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2005-8053

TEXTO ORIGINAL

El artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (BOE núm. 73, de 26-3-2002), dispone que, a iniciativa de las correspondientes asociaciones, podrán ser declaradas de utilidad pública aquéllas en las que concurran los siguientes requisitos: que sus fines estatutarios tiendan a promover el interés general; que su actividad no esté restringida exclusivamente a beneficiar a sus asociados; que los miembros de los órganos de representación que perciban retribuciones no lo hagan con cargo a fondos y subvenciones públicas; que cuenten con los medios personales y materiales adecuados y con la organización idónea para garantizar el cumplimiento de sus fines estatutarios; y que se encuentren constituidas, inscritas en el Registro correspondiente, en funcionamiento y dando cumplimiento efectivo a sus fines estatutarios, ininterrumpidamente y concurriendo todos los precedentes requisitos, al menos durante los dos años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud. Según se establece en el artículo 3 del Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública (BOE núm. 11, de 13 de enero de 2004), la declaración de utilidad pública se llevará a cabo por Orden del Ministro del Interior, previo informe favorable de las Administraciones Públicas competentes en razón de los fines estatutarios y actividades de la asociación y, en todo caso, del Ministerio de Hacienda. En su virtud, previa instrucción de los correspondientes expedientes, en los que obran los preceptivos informes favorables, se acuerda:

Primero-Declarar de utilidad pública las siguientes asociaciones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 1/2002 e inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior:

Asociación

Municipio

Núm.

Nal.

Arco Iris Educación para el Desarrollo

Oviedo.

93564

Asociación Nacional Síndrome de APERT-ANSA

Madrid.

164717

Segundo-Declarar de utilidad pública las siguientes asociaciones inscritas en los Registros de las Comunidades Autónomas:

Asociación

Municipio

Registro CC.AA.

N.º Reg.

Asociación de Padres y Amigos de Sordos ASPAS

Albacete.

Castilla-La Mancha.

168

Asociación de Padres con Hijos con Discapacidad Intelectual de La Comarca de Lorca APANDIS.

Lorca.

Región de Murcia.

4206

Afesmo Asociación de Familiares y Enfermos Mentales de Molina de Segura

Molina de Segura.

Región de Murcia.

4940

Associacio Sociolaboral ESTEL-TAPIA

Barcelona.

Cataluña.

20840

Amfi Asociación de Minusválidos Físicos Intercomarcal Valles del Vinalopo

Elda.

Comunidad Valenciana.

5260

Madrid, 21 de abril de 2005.-El Ministro P.D. (Orden INT/985/2005,de 7 de abril, BOE de 15-4), la Secretaria General Técnica, María Victoria San José Villacé.

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