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Documento BOE-A-2005-8052

Orden INT/1371/2005, de 21 de abril, de declaración de utilidad pública de una asociación.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 17 de mayo de 2005, páginas 16598 a 16598 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2005-8052

TEXTO ORIGINAL

En relación con la solicitud de declaración de utilidad pública de la Asociación Vida Sana, la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, en virtud de delegación del Sr. Ministro, dicta la siguiente Orden:

I. Antecedentes

Primero.-El Ministro del Interior dictó Orden de 30 de octubre de 1997, en virtud de la cual denegaba la solicitud de declaración de utilidad pública instada por la Asociación Vida Sana.

Segundo.-Interpuesto recurso contencioso-administrativo por la cita-da asociación, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional dictó sentencia de 23 de marzo de 2001 en virtud de la cual se estimaba el referido recurso y declaraba el derecho de dicha entidad a ser declarada de utilidad pública. Tercero.-Interpuesto recurso de casación por la representación procesal de la Administración General del Estado, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dicta sentencia 23 de diciembre de 2004 fallando «no ha lugar al recurso de casación».

II. Fundamentos jurídicos

Primero.-La Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (BOE núm. 73, de 26-3-2000), que deroga la anterior Ley 191/1964, de 24 de diciembre, de Asociaciones, establece que la declaración de utilidad pública se llevará a cabo en virtud de Orden del Ministro que se determine reglamentariamente.

Segundo.-El artículo 3 del Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública (BOE núm. 11, de 13 de enero de 2004), dispone que la resolución adoptará la forma de Orden del Ministro del Interior. En virtud de Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades (BOE núm. 90, de 15 de abril de 2005), el Secretario General Técnico del Ministerio del Interior ejercerá, por delegación del Ministro, Titular del Departamento, las competencias «atribuidas en materia de asociaciones, por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación y normativa complementaria, incluyendo las recogidas en el artículo 35 y en la Disposición Adicional Primera, para acordar la declaración de utilidad pública de asociaciones, así como su denegación y revocación, y la facultad para resolver cuantas cuestiones se susciten al respecto, cuando sea parte la Administración».

En su virtud, y en ejecución de la sentencia de 23 de marzo de 2001 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, se acuerda declarar de utilidad pública la Asociación Vida Sana.

Madrid, 21 de abril de 2005.-El Ministro, P. D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril, BOE del 15), la Secretaria General Técnica, María Victoria San José Villacé.

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