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Documento BOE-A-2005-6771

Resolución de 30 de diciembre de 2004, del Instituto de la Mujer, por la que se concede la novena edición de las ayudas al empleo «Emprender en femenino» para fomentar la inserción por cuenta propia de las mujeres en regiones de Objetivo 3.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 26 de abril de 2005, páginas 14176 a 14177 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-6771

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente administrativo de solicitudes pertenecientes a las regiones de objetivo 3, a la 9.ª convocatoria de las ayudas al empleo «Emprender en Femenino», convocadas por Orden TAS/3175/2004 de 22 de septiembre del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (B.O.E. n.º 240, de 5 de octubre de 2004), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones relativas a la inserción laboral por cuenta propia de las mujeres, con cargo a la partida presupuestaria 19.105.323B.471 del Presupuesto del Instituto de la Mujer y a los Programas Operativos «Lucha contra la Discriminación» para los objetivos 1 y 3, cofinanciados por el Fondo Social Europeo en un 75% y 50% del coste total, respectivamente, se ha apreciado lo siguiente:

La cantidad asignada a las zonas españolas de objetivo 3 asciende a 494.877,55 euros.

Una vez abierto el plazo de presentación de solicitudes relativas a la Orden de convocatoria de las subvenciones de referencia, se presentaron un total de 929 solicitudes (novecientas veintinueve) pertenecientes a regiones españolas de objetivo 3. Del total de las solicitudes cursadas (929), han sido excluidas 264, de las cuales 25 se presentaron fuera de plazo y el resto no cumple los requisitos establecidos en la Orden de convocatoria. La Comisión de Evaluación, prevista en el artículo 11 de la Orden de 22 de septiembre de 2004; a la vista de la documentación aportada y teniendo en cuenta los criterios de baremación establecidos en el artículo 9 de la mencionada Orden, formuló propuesta de Resolución en regiones de Objetivo 3 con fecha de 27 de diciembre de 2004, según consta en el Acta levantada al efecto y que obra en el expediente. De acuerdo con lo dispuesto en dicho artículo, los criterios de valoración que se han tenido en cuenta para la adjudicación de las subvenciones pertenecientes a regiones de Objetivo 3 convocadas en la Orden han sido: el número de mujeres que han creado su propio puesto de trabajo, el número de mujeres con contratos indefinidos por cuenta ajena que tuviera la solicitante a fecha de la publicación de esta convocatoria, el tratarse de actividades relacionadas con: la conciliación de la vida laboral y familiar (servicios a personas dependientes), las nuevas tecnologías, el medio ambiente, y los sectores industria o construcción; el aspecto innovador, el fomento del desarrollo local, la viabilidad del proyecto en su totalidad y la pertenencia a alguno de los colectivos preferentes siguientes: víctimas de violencia de género, discapacitadas, responsables de núcleos familiares (familias monoparentales), desempleadas mayores de 45 años y paradas de larga duración. En los casos de empate en la puntuación, los criterios empleados a los efectos de determinar el orden de las beneficiarias han sido, de acuerdo con lo establecido en la orden de convocatoria, en primer lugar el orden de la fecha de presentación de la solicitud en los registros y oficinas recogidos en el art. 38.4 de la LRJAP-PAC, y en segundo lugar, el mayor número de mujeres que hayan creado su propio puesto de trabajo. En la tramitación de este expediente se han observado las disposiciones contenidas en la Orden de 22 de septiembre de 2004, por la que se convoca la 9.ª edición de las ayudas al empleo «Emprender en femenino» del Instituto de la Mujer para fomentar la inserción laboral por cuenta propia de las mujeres. En su virtud, vista la propuesta de la Comisión de Evaluación constituida al efecto, la Directora General del Instituto de la Mujer en uso de las atribuciones conferidas ha resuelto conceder a las personas que a continuación se relacionan las ayudas al empleo «Emprender en Femenino» para fomentar la inserción laboral por cuenta propia de las mujeres en regiones objetivo 3, en las cantidades que se indican, desestimando de manera expresa el resto de las solicitudes:

Apellidos y nombre

NIF

Localidad

Provincia

Puntos

Cuantía

-

Euros

MONTES VIDABURU, BERTA PAULA

14863649Z

BARAKALDO

VIZCAYA

7.5

6.604,68

TIJERÍN ÁLVAREZ, CARMEN

2646940P

MECO

MADRID

7.5

12.000,00

GUERRERO LEÓN, ADRIANA MAGDALENA

51473090X

VALDEMORO

MADRID

6.5

12.000,00

VIDAL NÚÑEZ, SUSANA

46875966B

MADRID

MADRID

6.5

12.000,00

SIERRA ALONSO, ANA BELÉN

46848518W

MÓSTOLES

MADRID

6.5

12.000,00

PARDOS LLAQUET, EVA MARÍA

38083058A

GABARDERAL

NAVARRA

6.25

7.869,85

ARTEAGA MARTÍNEZ, Mª LUISA

51676030K

MADRID

MADRID

6.25

12.000,00

NOVA ROMERO, LIDIA

52388933Q

MADRID

MADRID

6

12.000,00

CAMARERO DUEÑAS, ROSA

25466530X

ZARAGOZA

ZARAGOZA

6

12.000,00

ORIOL ROCA, MONSERRAT

46219068Q

BARBASTRO

HUESCA

6

8.463,85

PARRA ANENTO, MONSERRAT

43500172L

CAMBRILS

TARRAGONA

6

12.000,00

GURREA BARRICARTE, MONSERRAT

52440495N

MURCHANTE

NAVARRA

5.75

9.794,46

ORELLANA SÁNCHEZ, MARÍA

03796215L

COLMENAR DE OREJA

MADRID

5.5

12.000,00

GÓMEZ-MASCARAQUE PÉREZ, Mº TERESA

1910243R

EL ESCORIAL

MADRID

5.5

12.000,00

FADÓN SALAZAR, CARMEN

30560065B

MADRID

MADRID

5.5

8.961,22

GONZÁLEZ PELÁEZ, MARIA LUISA

44078780Q

VALDETORRES DE JARAMA

MADRID

5.5

12.000,00

ABATI MOREY, GLORIA

42987461R

BARCELONA

BARCELONA

5.5

12.000,00

TRUJILLO MURILLO, CARMEN

1183863F

MADRID

MADRID

5.5

12.000,00

ARCOS AGUADO, GEMA

26221523Y

MADRID

MADRID

5.5

12.000,00

CARRASCO MARTÍNEZ, Mª DEL MAR

39727389H

CAMBRILS

TARRAGONA

5.5

6.581,33

HAGEL WICHMANN, GISELA

38486954L

BARCELONA

BARCELONA

5.5

12.000,00

RIERA JUNCOSA, BLANCA

46357188K

GRANOLLERS

BARCELONA

5.25

12.000,00

MIRANDA RODRÍGUEZ, Mª ÁNGELES

48999074N

FUENLABRADA

MADRID

5.25

8.071,95

MORENO ARROYO, YOLANDA

2890187F

GUADARRAMA

MADRID

5

12.000,00

HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, AURORA

16021842L

VELILLA DE SAN ANTONIO

MADRID

5

12.000,00

BACCHILLER RAMAJO, Mª FELISA

16254688J

ARROYOMOLINOS

MADRID

5

12.000,00

AYMI MARTÍN, MARIA LUZ

01101956A

COLLADO VILLALBA

MADRID

5

12.000,00

IZQUIERDO RUBIO, ANA ISABEL

11815303L

ALCALÁ DE HENARES

MADRID

5

12.000,00

MARGALEF FANECA, Mª JOSÉ

40920475W

TARRAGONA

TARRAGONA

5

12.000,00

CORPA CARPINTERO, LUCÍA

50981235X

MADRID

MADRID

5

12.000,00

NAVARRO CARRILLO, MARIA DEL CARMEN

07222012N

GUADARRAMA

MADRID

5

6.240,50

RODRÍGUEZ PIRES, NAZARETH

08031460K

VILLAVICIOSA DE ODÓN

MADRID

5

6.460,66

MORENO SÁNCHEZ, ROSA MARÍA

34744381Y

GUISSONA

LLEIDA

5

12.000,00

MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, NURIA

46800552Z

BARBERÁ DEL VALLÉS

BARCELONA

5

12.000,00

MARTÍNEZ MARTÍNEZ, TERESA

73060095C

EJEA DE LOS CABALLEROS

ZARAGOZA

5

12.000,00

JANÉ RIUS, MONTSERRAT

77114348V

LA MÚNIA

BARCELONA

4.75

9.817,32

RIVERA MORENO, ELENA

50095780D

MADRID

MADRID

4.75

12.000,00

VENERO ÁLVAREZ, INÉS

30648694K

BILBAO

VIZCAYA

4.75

7.291,91

ESPINAR URBANO, VERÓNICA

43121844H

PALMA

BALEARES

4.75

12.000,00

MARTÍN MARTÍN, SONIA

51414134A

COBEÑA

MADRID

4.75

12.000,00

LAMBAN MARTÍNEZ, Mª ÁNGELES

17154673P

PUEBLA DE ALFINDEN

ZARAGOZA

4.5

12.000,00

MILENA BUENO, MARIA CARMEN

40525469K

SANT FELIÚ DE GUIXOLS

GIRONA

4.5

12.000,00

GARCÍA REGALADO, MÓNICA

46812491Q

MOLINS DE REI

BARCELONA

4.5

12.000,00

CORRAL EMBADE, NATALIA

05287898Z

MADRID

MADRID

4.5

12.000,00

RICO LÓPEZ, Mª AMPARO

51458337T

LAS ROZAS

MADRID

4.5

6.000,00

FRAGUIO SAGRARIO, MERCEDES

5204435H

MADRID

MADRID

4.5

6.719,82

Total beneficiarias:

46.

Cuantía total:

494.877,55

La alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la presente subvención, podrá dar lugar a la modificación de la presente Resolución, en virtud de lo establecido en el artículo 14 apartado d) de la Orden de convocatoria. En caso de renuncia, no justificación de obligaciones tributarias o de Seguridad Social, o en caso de incompatibilidad con la de cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso para la misma finalidad procedente de cualquier Ente público o privado, nacional o internacional por parte de las beneficiarias seleccionadas en zonas objetivo 3, incluidas en el listado anterior, pasarán a ser beneficiarias las solicitantes que hayan obtenido la siguiente mayor puntuación.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección General del Instituto de la Mujer, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, o directamente recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, y en los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa,

Madrid, 30 de diciembre de 2004.-La Directora General, Rosa M.ª Peris Cervera.

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