La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 8 de febrero de 2005, acordó hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en su reunión del día 28 de diciembre de 2004, relativo a la aprobación de la modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del mencionado Tribunal Superior, del siguiente tenor literal:
«Sección Primera: Administración Central (incluyendo la periférica del Estado): Personal, incluido FAS y F.C.S.
Subvenciones. Laboral y Seguridad Social.
Administración Autonómica:
Personal docente.
Todas las restantes materias (incluidas farmacias y costas marítimas) excepto tributos de cualquier clase. Laboral y Seguridad Social. Urbanismo.
Administración Local:
Urbanismo.
Administración Institucional:
Todas las materias, incluido personal (INSALUD, Seguridad Social etc.), excepto Universidad.
Disposiciones generales correspondientes a sus competencias apelaciones:
Las correspondientes a la materia de la que es competente.
Sección Segunda:
Administración Central (incluyendo la periférica del Estado): Restantes materias que no correspondan a la Sección Primera (incluyendo costas marítimas y aguas).
Expropiación forzosa. Tributos.
Administración Autonómica:
Personal excepto el docente.
Tributos de toda clase.
Administración Local:
Todas las materias, incluidos tributos, con excepción de urbanismo.
Administración Corporativa (Colegios Profesionales, Cámara de Comercio etc.):
Todas las materias:
Actuaciones de la Confederación Hidrográfica del Segura (todas las materias incluidas personal, aguas, comunidades de regantes, etc. con independencia del órgano que dicte la resolución final recurrida, incluso las que versen sobre el canon de regulación en que interviene el TEARM).
Electoral:
Universidad: Todas las materias.
Derechos fundamentales:
Disposiciones generales correspondientes a sus competencias Junta del Puerto de Cartagena: Todas las actuaciones incluidas personal y tarifas.
Apelaciones:
Las correspondientes a la materia de la que es competente.
Extranjeros por mitad con la otra Sección.
Tramitación:
La correspondiente a los recursos de los que es competente.»
Madrid, 8 de febrero de 2005.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
HERNANDO SANTIAGO
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