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Documento BOE-A-2005-2629

Resolución de 15 de octubre de 2004, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo e Industria, por la que se concede la modificación adicional primera de la aprobación CE de modelo correspondiente al instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, tipo báscula monocélula electrónica, modelo BAM 124-E, a favor de Peso Mundial, S.L.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 16 de febrero de 2005, páginas 5744 a 5745 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2005-2629

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la Entidad Peso Mundial, S.L. (Calle Cobalto, n.º 147, E-08901 l'Hospitalet de Llobregat, España), en solicitud de modificación adicional primera de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, tipo báscula monocélula electrónica, modelo BAM 124-E, con aprobación CE de modelo número E-00.02.24, de 22 de septiembre de 2000, emitida por esta Dirección General (Organismo Notificado número 0315). Visto el dossier técnico que acompaña la petición de la entidad interesada, donde se incluye la documentación relativa a la modificación. Considerando que la documentación presentada acredita que el instrumento está de acuerdo con la Directiva de seguridad del material eléctrico destinado a ser utilizado en determinados límites de tensión, y con la Directiva por la que se establecen los procedimientos de evaluación de la conformidad y los requisitos de protección relativos a la compatibilidad electromagnética de los equipos, sistemas e instalaciones. Esta Dirección General del Departamento de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico; la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE de 22 de julio de 1993, ha resuelto:

Primero.-Autorizar a favor de la Entidad Peso Mundial, S.L, la modificación adicional primera de la aprobación CE de modelo número E-00.02.24 de la báscula monocélula electrónica, modelo BAM 124-E, con aprobación CE de modelo número E-00.02.24, de 22 de septiembre de 2000.

Segundo.-Esta modificación primera corresponde a:

El cambio en la titularidad de la aprobación CE de modelo número E-00.02.24.

El cambio en la titularidad del certificado de ensayo metrológico número E-00.02.C07 correspondiente al dispositivo indicador modelo DLVT-50. El cambio en la titularidad del certificado de ensayo metrológico número E-00.02.C09 correspondiente al dispositivo indicador modelo D. El cambio de placa de características.

Tercero.-Se trata de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, graduado, de equilibrio automático, monorango y monoescalón, con indicación digital de peso. Las características metrológicas son:

Clase de precisión media

(III)

-

n ≤ nmax

3000

-

Max

6

15

30

60

150

300

600

kg

Min

0,04

0,1

0,2

0,4

1

2

4

kg

e

2

5

10

20

50

100

200

g

Temperatura

0 a +40

ºC

Cuarto.-Los instrumentos correspondientes a la modificación adicional primera a que se refiere esta resolución deberán de cumplir las características principales, condiciones de aprobación y las eventuales condiciones especiales que figuran en el certificado de modificación adicional primera número E-00.02.24 y su anexo. El modelo esta completamente descrito en la documentación técnica presentada y que se encuentra depositada en esta Dirección General con el número de referencia 42/04.

Quinto.-Esta modificación adicional primera número E-00.02.24 estará afectada por los mismos plazos de validez de la resolución de aprobación CE de modelo de 22 de septiembre de 2000. Sexto.-Los instrumentos de pesaje correspondientes a la modificación adicional primera a que se refiere esta resolución, llevarán las inscripciones indicadas en el anexo técnico del certificado de modificación primera número E-00.02.24. Séptimo.-Ninguna propiedad de este instrumento, descrita o no, puede ser contraria a la legislación en vigor.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el Honorable Consejero de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que consideren oportuno.

Barcelona, 15 de octubre de 2004.-El Director General, por delegación de la firma, el Jefe de Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara.

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