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Documento BOE-A-2005-2555

Orden APA/304/2005, de 3 de febrero, por la que se publica la lista de aprobados en la fase de oposición de las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, convocadas por Orden APA/925/2004, de 22 de marzo.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 16 de febrero de 2005, páginas 5641 a 5642 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2005-2555

TEXTO ORIGINAL

Finalizada la fase de oposición de las pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, convocadas por Orden APA/925/2004, de 22 de marzo (BOE del 9 de abril de 2004), de este Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, según lo establecido en el artículo 22.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en la base 7.1 de la mencionada convocatoria. Este Departamento ha dispuesto:

Primero.-Publicar la lista de aprobados por orden de puntuación obtenida en la fase de oposición de las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, según Anexo I de esta Orden.

Segundo.-Los aspirantes aprobados, que figuran en el Anexo I adjunto, dispondrán de un plazo de veinte días naturales desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Orden, para presentar, en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

1. Fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.

2. Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3 de la convocatoria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse fotocopia compulsada de la documentación que acredite su homologación. 3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo II. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado español a que se refiere el párrafo anterior, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura como Anexo III. 4. Los aspirantes extranjeros que no residan en España, deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de participación. 5. Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. 6. Los opositores aprobados por la especialidad de Inspectores de Pesca deberán presentar, además, fotocopia compulsada del permiso de conducir vehículos de la clase B.

Tercero.-Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados documentalmente para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar tal condición, y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Asimismo, deberán formular opción para la percepción de la remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o funcionario interino, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, modificado por Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero. Cuarto.-Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Quinto.-Por orden de la autoridad convocante se procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento. Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo o periodo de prácticas determinado en la convocatoria. Los aspirantes que no superen el curso selectivo o periodo de prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios de carrera mediante resolución motivada por la autoridad convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o periodo de prácticas por causas de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. Sexto.-La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse previa oferta de los mismos y una vez finalizado el periodo de prácticas.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses, contados desde el día siguiente a su publicación ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, significándose que en este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992.

Madrid, 3 de febrero de 2005.-La Ministra, P. D. (Orden APA/3119/2004, de 22 de septiembre, BOE del 30), el Subsecretario, SantiagoMenéndez de Luarca y Navia-Osorio

Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

ANEXO

Relación de aprobados

N.º orden

Apellidos y nombre

D.N.I.

Puntuación

Especialidad: Inspectores de Pesca

1

Zabala Silva, Laura Manuela

26223935

47,70

2

Genoves Ferriols, José Carlos

33403071

41,50

3

Ferreño Martínez, José Antonio

50170777

40,80

4

Hierro Suanzes, Belén del

43774068

39,50

5

Álvarez Gómez, Marco Antonio

36113147

35,80

6

Ponte Fernández, Gerardo

03459285

35,40

7

Hierro Suanzes, María del

47022489

35,20

8

Ríos Cidrás, Xose

36134048

34,60

9

Tubío Rodríguez, José

44825110

34,00

10

Mayoral Vázquez, Gonzalo F.

07966839

33,80

11

Brotons Martínez, José Jordi

48375382

33,60

12

González Fernández, Marta

02269655

33,10

13

Prieto Estévez, Laura

09811302

32,70

14

Orgueira Pérez, María Vanessa

46899344

32,20

15

Alcalde Gutiérrez, Pedro

20266594

31,90

16

Boy Carmona, Sara

50847070

31,80

17

Ochando Ramos, Ana María

44500048

30,30

18

Fontán Aldereguia, María Carmen

33509967

30,00

19

Sánchez Sánchez, Esmeralda

75705163

29,30

Especialidad: Agrícola-Pesquera

1

González Kessler, Carola

01185391

36,80

2

Bravo Rubio, Raquel

50122047

36,20

3

Flórez Lage, Antonio

50739941

35,30

4

Menéndez Natal, Ignacio

50102746

34,90

ANEXO II

Don/Doña........................................................... con domicilio en............................................. y documento nacional de identidad número.......................... declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

En..................................... a........ de...................... de 2005.

ANEXO III

Don/Doña........................................................, con domicilio en............................................................................, y documento de identidad o pasaporte número......................., declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que no ha sido sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su estado el acceso a la función pública.

En..................................... a........ de...................... de 2005.

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