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Documento BOE-A-2005-2514

Resolución de 8 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo e Industria, por la que se concede la aprobación de modelo de un sistema de medida instalado sobre camiones cisterna destinado al transporte por carretera y al suministro de líquidos de poca viscosidad (viscosidad ≤ 2264 20 mPas) y almacenados a presión atmosférica, con excepción de líquidos alimentarios, marca Indox, modelo SMI-S-S4, fabricado y presentado por la empresa Ros Roca SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 15 de febrero de 2005, páginas 5511 a 5512 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2005-2514

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición presentada por la empresa Ros Roca SA, domiciliada en la Ctra. N-II km 505, en Tàrrega (Lleida), con Registro de Control Metrológico 02-H-046-R, en solicitud de aprobación de modelo de un sistema de medida instalado sobre camiones cisterna destinado al transporte por carretera y al suministro de líquidos de poca viscosidad (viscosidad ≤ 20 mPas) y almacenados a presión atmosférica, con excepción de líquidos alimentarios, marca Indox, modelo SMI-S-S4. De acuerdo con el informe favorable emitido por el Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones, de fecha 6 de octubre de 2004 y número de referencia 4019494, que acredita que se cumplen los requisitos técnicos y metrológicos establecidos en la Orden de 28 de diciembre de 1988 que regula los sistemas de medida de líquidos distintos del agua (BOE núm. 55 de 6 de marzo de 1989) y la Directriz técnica de aplicación de la orden de 28 de diciembre de 1988, relativa a las aprobaciones de modelo de sistemas de medida de gasóleos y gasolinas instalados en camiones-cisterna, aprobada por el Centro Español de Metrología el 25 de febrero de 2003. De acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre que establece el control metrológico que realiza la Administración del Estado; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, que determina los órganos competentes en Cataluña en materia de control metrológico y la Orden de 28 de diciembre de 1988 que regula metrológicamente los sistemas de medida de líquidos diferentes del agua, resuelvo:

Conceder la aprobación de modelo de un sistema de medida instalado sobre camiones cisterna destinado al transporte por carretera y al suministro de líquidos de poca viscosidad (viscosidad ≤ 20 mPas) y almacenados a presión atmosférica, con excepción de líquidos alimentarios, marca Indox, modelo SMI-S-S4, a la empresa Ros Roca SA con Registro de control metrológico 02-H-046-R.

Las versiones autorizadas se presentan con las designaciones: SMI [000][x]S[y][z]S4, donde:

«SMI» indica que es un Sistema de Medida INDOX.

«000» es la codificación numérica del caudal de subministro del equipo, formada per tres cifras y que pueden ser [250] l/min, [500] l/min o [750] l/min. Las características asociadas a cada caudal són las siguientes:

Versión

Qmáx (l/min)

Qmin (l/min)

Pmáx (bar)

Suministro mínimo (l)

Rango temperatura

Líquido a medir

SMI250xSyzS4

250

25

4

50

-10 ºC a +50 ºC

Gasolinas y gasoleos

SMI500xSyzS4

500

50

6

100

-10 ºC a +50 ºC

SMI750xSyzS4

750

100

6

200

-10 ºC a +50 ºC

«x» indica que el cabezal del subsistema es mecánico, es un código alfabético de una letra que corresponde a una [M]. «S» indica que el subsistema de medida es de la marca SAMPI. «y« es la codificación numérica del tipo de válvula de descarga, formada per una cifra y puede ser uno de los mostrados en la tabla siguiente:

Y

Descripción

1

Corresponde a la versión básica del sistema compuesto por una bomba, un subsistema de medida, una manguera llena y una salida por manguera vacia.

No hay válvulas de descarga de dos vías (R1 y R2) ni multiválvula R0. Solo se puede suministrar por bomba, contador y manguera llena o manguera vacia.

2

Adición de la válvula de dos vías R1 a la opción Y=1.

Se permiten las siguientes operaciones:

a) Descarga por bomba, contador y manguera llena o manguera vacía.

b) Descarga por gravedad sin pasar por el contador.

c) Llenado de la cisterna por el fondo sin pasar por el contador. Es necesario usar una bomba externa al Sistema de Medida.

3

Adición de la válvula de dos vías R2 a la opción Y=1.

Se permiten las siguientes operaciones:

a) Descarga por bomba, contador y manguera llena o manguera vacía.

b) Descarga por bomba, sin pasar por el contador.

4

Adición de la válvula de dos vías R1 y R2 a la opción Y=1.

Se permiten las siguientes operaciones:

a) Descarga por bomba, contador y manguera llena o manguera vacia.

b) Descarga por gravedad sin pasar por el contador.

c) Llenado de la cisterna por el fondo sin pasar por el contador. Es necesario usar una bomba externa al Sistema de Medida.

d) Descarga por bomba, sin pasar por el contador.

5

Adición de la multiválvula R0 a la opción Y=1.

Con esta multiválvula se puede invertir el sentido de circulación del producto. Se permiten las siguientes operaciones:

a) Descarga por bomba, contador y manguera llena o manguera vacía.

b) Descarga por gravedad sin pasar por el contador.

c) Llenado de la cisterna por el fondo sin pasar por el contador.

d) Descarga por bomba, sin pasar por el contador.

e) Llenado de la cisterna con bomba propia, sin pasar por el contador.

La válvula R0 permite las mismas operaciones que las válvulas R1 y R2 combinadas, ofreciendo también la opción de autocarga de la cisterna.

Nota: las válvulas R1 y R2 son del tipo de paso en «L», por lo que es imposible la comunicación simultánea entre los tres orificios. «z» es un código alfabético de una letra que corresponde a:

Una [A] si el equipo dispone de una devanadera axial.

Una [R] si el equipo dispone de una devanadera radial.

«S4» indica que el esquema del sistema de medida corresponde a un tipo S4. El contenido y alcance de esta aprobación de modelo están sometidos a las condiciones siguientes:

Primera.-Esta aprobación de modelo se concede por un plazo máximo de validez de diez años. Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad titular solicitará a la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial la oportuna prórroga de la aprobación, caso de estar interesada en ello. Esta aprobación de modelo está condicionada a la vigencia de la aprobación de modelo del subsistema de medida que incorpora.

Segunda.-Los sistemas de medida en los que se substituya la válvula R1 del esquema S4 del punto 4.2, del anexo de la orden de 28 de diciembre de 1988 que regula estos sistemas de medida, por una conexión directa y un mecanismo neumático de enclave -llamado «interlock»-, solo se podrán fabricar y poner en servicio hasta plazo establecido en la Directriz técnica, aprobada por el Centro Español de Meteorología, de aplicación de la orden de 28 de diciembre de 1988, relativa a las aprobaciones de modelo de sistemas de medida de gasóleos y gasolinas instalados en camiones-cisterna. Los sistemas de medida que incorporen las modificaciones descritas en el párrafo anterior no podrán conectarse a un remolque externo ni a ningún depósito exterior al camión cisterna. Si el camión lleva un trailer auxiliar, se tendrá que bombear el producto a uno de los compartimentos del camión cisterna para poderlo suministrar a través de un depósito autorizado. Esta circunstancia ha de indicarse con un cartel perfectamente visible para los consumidores, de unas dimensiones mínimas de un DIN A4 con una altura de letra no inferior a 1,2 cm, que indique «Sistema de medida no apto para conectarse a un depósito exterior al camión cisterna». Tercera.-El signo de aprobación de modelo asignado es:

02

H-046

04037

Cuarta.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta resolución, llevarán visibles, como mínimo, las siguientes inscripciones de identificación:

a) Nombre y anagrama del fabricante.

b) Denominación del modelo y versión. c) Número de serie y año de fabricación. d) Caudal máximo (en l/min). e) Caudal mínimo (en l/min). f) Suministro mínimo (en litros). g) Presión máxima de funcionamiento (en bars). h) Clase de líquido a medir. i) Margen de temperatura de funcionamiento (en grados centígrados). j) Indicación del esquema adoptado. k) Signo de aprobación de modelo.

Estas inscripciones se complementarán con el marcado CE.

Quinta.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta resolución tendrán que superar el control de verificación primitiva, justificando el mismo mediante la colocación de los precintos y etiquetas identificativas correspondientes. Sexta.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta resolución, deberán cumplir todas las condiciones contenidas en el anexo al certificado que la acompaña.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Honorable Consejero de Trabajo e Industria en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 8 de noviembre de 2004.-El Director General, por delegación de la firma, el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara.

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